<![CDATA[www.fororegistrocivil.es]]> https://www.fororegistrocivil.es Smartfeed extension for phpBB <![CDATA[Off-Topic :: Re: LEGAJO DE NACIMIENTO :: Reply by esta que esta aqui]]> 2025-01-04T00:30:59+00:00 2025-01-04T00:30:59+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=142&t=7079&p=104978#p104978 Muchas gracias, por adelantado.]]> Muchas gracias, por adelantado.]]> <![CDATA[Off-Topic :: Re: LEGAJO DE NACIMIENTO :: Reply by FLORES]]> 2025-01-05T17:59:43+00:00 2025-01-05T17:59:43+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=142&t=7079&p=104980#p104980 <![CDATA[Inscribir un Nacimiento :: Re: inscripción 1871/70 nacimiento? :: Reply by Menorquina2014]]> 2025-01-14T12:02:44+00:00 2025-01-14T12:02:44+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=47&t=11179&p=104991#p104991 Entonces no sabemos si maciba las 20 , 03 o a las 23h.]]> Entonces no sabemos si maciba las 20 , 03 o a las 23h.]]> <![CDATA[Cuestiones de Nombres y Apellidos :: Edit: Re: Nombre y apellidos: Duda sobre la "y" que une los apellidos :: Reply by ismaelresp]]> 2024-12-30T08:50:28+00:00 2024-12-30T08:50:28+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=181&t=10495&p=104975#p104975
La copulativa "y" puede formar parte o no oficialmente de los apellidos de la persona en el Registro Civil, también por cualquier motivo. Para asegurarse de si es un caso o el otro hay que pedir un certificado de nacimiento en extracto al Registro Civil. El funcionario interpretará los asientos en los libros en del Registro Civil y el resultado de dicha interpretación la reflejará en el certificado en extracto.

Yo en documentos extranjeros o con destino al extranjero, si piden nombre completo concatenaria el nombre propio con el primer apellido y el segundo apellido (o los apellidos) tal y como aparecen en el DNI (o el pasaporte) (sin copulativo "y" si éste no aparece en el DNI o en el pasaporte), ignorando las normas gramaticales para evitar problemas.

Si piden apellido, concatenaria el primer apellido y el segundo apellido directamente (sin copulativo "y" si éste no aparece en el DNI o en el pasaporte) tal y como aparecen en el DNI, o tal cuál como aparezcan en el pasaporte.]]>

La copulativa "y" puede formar parte o no oficialmente de los apellidos de la persona en el Registro Civil, también por cualquier motivo. Para asegurarse de si es un caso o el otro hay que pedir un certificado de nacimiento en extracto al Registro Civil. El funcionario interpretará los asientos en los libros en del Registro Civil y el resultado de dicha interpretación la reflejará en el certificado en extracto.

Yo en documentos extranjeros o con destino al extranjero, si piden nombre completo concatenaria el nombre propio con el primer apellido y el segundo apellido (o los apellidos) tal y como aparecen en el DNI (o el pasaporte) (sin copulativo "y" si éste no aparece en el DNI o en el pasaporte), ignorando las normas gramaticales para evitar problemas.

Si piden apellido, concatenaria el primer apellido y el segundo apellido directamente (sin copulativo "y" si éste no aparece en el DNI o en el pasaporte) tal y como aparecen en el DNI, o tal cuál como aparezcan en el pasaporte.]]>
<![CDATA[Inscribir un Matrimonio :: Re: Cuánto está tardando la inscripción de Matrimonio celebrado en el extranjero :: Reply by glendat]]> 2024-12-26T18:22:36+00:00 2024-12-26T18:22:36+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=31&t=10440&p=104971#p104971
A mí justo me han devuelto la documentación que mandé al Registro Civil Central, diciendo que no era ahí donde tenía que mandarla.

Estoy buscando un abogado para que me ayude. A ver si hay suerte.]]>

A mí justo me han devuelto la documentación que mandé al Registro Civil Central, diciendo que no era ahí donde tenía que mandarla.

Estoy buscando un abogado para que me ayude. A ver si hay suerte.]]>
<![CDATA[Inscribir un Matrimonio :: Re: ha pasado a inscripcion mi expediente de matrimonio? :: Reply by Lydia Esosa]]> 2025-01-08T17:32:33+00:00 2025-01-08T17:32:33+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=31&t=10700&p=104983#p104983
Rebas escribió: 04 May 2023, 23:06 Hola, porfa yo estoy igual. Me puedes informar si ya tienes el libro o si sigues esperando. Gracias.
Hola buenas tardes. Estoy en la misma situación. Por favor me puedes decir cómo lo resolviste?]]>
Rebas escribió: 04 May 2023, 23:06 Hola, porfa yo estoy igual. Me puedes informar si ya tienes el libro o si sigues esperando. Gracias.
Hola buenas tardes. Estoy en la misma situación. Por favor me puedes decir cómo lo resolviste?]]>
<![CDATA[Nacionalidad por Residencia :: Re: Inscripción del segundo apellido (apellido de soltera de la madre) sin la letra "-A" final :: Reply by VicenteR]]> 2024-12-23T05:37:58+00:00 2024-12-23T05:37:58+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=21&t=11234&p=104967#p104967 RRC y con la Instrucción 23 mayo 2007, DGRN sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español.
Artículo 200.
En la inscripción de nacimiento constará la forma masculina o femenina del apellido de origen extranjero cuando en el país de procedencia se admite la variante, acreditándose ésta, si no es conocida por el Encargado, en virtud de testimonio del Cónsul en España, del Cónsul de España en el país o de Notario español que la conozca. Los hijos de españoles fijarán tales apellidos en la forma que en el uso haya prevalecido.
«Instrucción 23 mayo 2007, DGRN, sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español»
1.º Para el extranjero con filiación determinada que adquiere la nacionalidad española han de consignarse, en principio, en su inscripción de nacimiento en el Registro Civil español los apellidos fijados por tal filiación, según las leyes españolas, que se sobreponen a los usados de hecho (cfr. artículo 213, regla 1.ª, RRC). Por esto ha de reflejarse en la inscripción de nacimiento dichos apellidos, primero del padre y primero de los personales de la madre, aunque sea extranjera (cfr. artículo 194 RRC), según resulten de la certificación extranjera de nacimiento acompañada. (...)
4.º La aplicación de la ley española que resulta de lo antes expresado no impide que si en el país extranjero de la anterior nacionalidad del interesado los apellidos del mismo tienen terminaciones distintas masculinas o femeninas según el sexo, deba consignarse la variante respectiva, en función del sexo del nuevo nacional español, en su inscripción de nacimiento, con independencia del sexo del progenitor que se lo transmite (cfr. artículo 200 RRC y Resolución de 23-3ª de diciembre de 2002).
Si el Encargado del registro civil no conociera que la ley de tu país permite esa variante, tendrías que acreditarla mediante un testimonio por escrito que diga que es así, emitido por el Consulado de tu país o por un Notario español al que le conste que es así.

Aunque ya hiciste por escrito la manifestación sobre tus apellidos, junto con tu solicitud de nacionalidad, no estaría de más reiterar esa manifestación ante el Notario que te tome la jura/promesa.]]>
RRC y con la Instrucción 23 mayo 2007, DGRN sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español.
Artículo 200.
En la inscripción de nacimiento constará la forma masculina o femenina del apellido de origen extranjero cuando en el país de procedencia se admite la variante, acreditándose ésta, si no es conocida por el Encargado, en virtud de testimonio del Cónsul en España, del Cónsul de España en el país o de Notario español que la conozca. Los hijos de españoles fijarán tales apellidos en la forma que en el uso haya prevalecido.
«Instrucción 23 mayo 2007, DGRN, sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español»
1.º Para el extranjero con filiación determinada que adquiere la nacionalidad española han de consignarse, en principio, en su inscripción de nacimiento en el Registro Civil español los apellidos fijados por tal filiación, según las leyes españolas, que se sobreponen a los usados de hecho (cfr. artículo 213, regla 1.ª, RRC). Por esto ha de reflejarse en la inscripción de nacimiento dichos apellidos, primero del padre y primero de los personales de la madre, aunque sea extranjera (cfr. artículo 194 RRC), según resulten de la certificación extranjera de nacimiento acompañada. (...)
4.º La aplicación de la ley española que resulta de lo antes expresado no impide que si en el país extranjero de la anterior nacionalidad del interesado los apellidos del mismo tienen terminaciones distintas masculinas o femeninas según el sexo, deba consignarse la variante respectiva, en función del sexo del nuevo nacional español, en su inscripción de nacimiento, con independencia del sexo del progenitor que se lo transmite (cfr. artículo 200 RRC y Resolución de 23-3ª de diciembre de 2002).
Si el Encargado del registro civil no conociera que la ley de tu país permite esa variante, tendrías que acreditarla mediante un testimonio por escrito que diga que es así, emitido por el Consulado de tu país o por un Notario español al que le conste que es así.

Aunque ya hiciste por escrito la manifestación sobre tus apellidos, junto con tu solicitud de nacionalidad, no estaría de más reiterar esa manifestación ante el Notario que te tome la jura/promesa.]]>
<![CDATA[Nacionalidad por Residencia :: Re: Inscripción del segundo apellido (apellido de soltera de la madre) sin la letra "-A" final :: Reply by majojana]]> 2024-12-23T15:56:41+00:00 2024-12-23T15:56:41+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=21&t=11234&p=104968#p104968 <![CDATA[Nacionalidad por Residencia :: Re: Inscripción del segundo apellido (apellido de soltera de la madre) sin la letra "-A" final :: Reply by kárbiko]]> 2024-12-26T14:22:08+00:00 2024-12-26T14:22:08+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=21&t=11234&p=104970#p104970
Por tanto, al usted sólo tener un único apellido, no puede conservar algo que nunca ha tenido (2 apellidos).

Sí que puede solicitar que se adecúe la terminación de su apellido a la variante que corresponda al género masculino, que será el que indica (DIMITROV).

Por tanto su nombre será Andrey-Petrov y sus apellidos serán Hristov y Dimitrov.

Saludos]]>

Por tanto, al usted sólo tener un único apellido, no puede conservar algo que nunca ha tenido (2 apellidos).

Sí que puede solicitar que se adecúe la terminación de su apellido a la variante que corresponda al género masculino, que será el que indica (DIMITROV).

Por tanto su nombre será Andrey-Petrov y sus apellidos serán Hristov y Dimitrov.

Saludos]]>
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Conservación expresa de nacionalidad por mayoría de edad :: Autor marcelinohv]]> 2025-01-10T14:08:51+00:00 2025-01-10T14:08:51+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11237&p=104988#p104988
Vivimos en México y es imposible pedir un turno en el registro civil, la página es un desastre y llevo 4 meses probando 10 veces por día a las 00hs, a las 2, a las 4, a la mañana, al medio día, a la tarde… imposible.

Y me dijeron que él podría dar ese consentimiento en España. Me dijeron en una comisaría, por lo que leo acá, seguramente sea en un Registro Civil.

En junio estaré en Barcelona con él. Podemos hacerlo allí?]]>

Vivimos en México y es imposible pedir un turno en el registro civil, la página es un desastre y llevo 4 meses probando 10 veces por día a las 00hs, a las 2, a las 4, a la mañana, al medio día, a la tarde… imposible.

Y me dijeron que él podría dar ese consentimiento en España. Me dijeron en una comisaría, por lo que leo acá, seguramente sea en un Registro Civil.

En junio estaré en Barcelona con él. Podemos hacerlo allí?]]>
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Conservación expresa de nacionalidad por mayoría de edad :: Reply by anduyen90]]> 2025-01-11T00:31:53+00:00 2025-01-11T00:31:53+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11237&p=104989#p104989
Si buscas en el foro, alguien comentó que se puede firmar el acta de conservación, sacar una copia, y entregar en mesa de entrada identificándose con el pasaporte. Por experiencia propia te puedo decir que no es el caso de Ciudad de México, donde una vez aceptado y sellado el documento en mesa de entrada, te contactarán para decirte que regreses a recoger tu documento y vuelvas con cita. (Eso, si logras convencer a los guardias que te permitan acceder a la mesa de entrada en ventanilla 1).

Pero parece ser que es posible con un notario en España:
Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Artículo 68. Inscripción de la nacionalidad y de la vecindad civil.
(..)
3. Las declaraciones de voluntad relativas a la adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción, así como su recuperación, conservación o pérdida, y las declaraciones de voluntad relativas a la vecindad, podrán realizarse ante el Encargado del Registro Civil, notario, o funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil.
Ver: https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?t=10735

Aunque me queda la duda de que esto sea aplicable para el RC Consular de Ciudad de México, ya que este RC se rige aún por la Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil.

Y en efecto, las citas son extremadamente difíciles de obtener en Ciudad de México. En mi caso, después de meses de búsqueda logré encontrar una fecha y hora de cita que no pude registrar porque el sistema arrojaba que mi número de pasaporte es inválido. Tuve que remitir un burofax al Subdirector General de Asuntos Jurídicos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores para solicitar que actualicen su plataforma de citas a las nuevas numeraciones de pasaporte (en el Consulado se desentienden y dicen que ellos no tienen acceso para realizar ese cambio). Meses después, a finales del año pasado lo logré y mi cita es para marzo. No sin antes pasar por la frustración de encontrar dos citas y recibir error al final del formato, porque hay miles de personas buscándolas, y el que escribe más rápido los datos es el que logra registrarla.]]>

Si buscas en el foro, alguien comentó que se puede firmar el acta de conservación, sacar una copia, y entregar en mesa de entrada identificándose con el pasaporte. Por experiencia propia te puedo decir que no es el caso de Ciudad de México, donde una vez aceptado y sellado el documento en mesa de entrada, te contactarán para decirte que regreses a recoger tu documento y vuelvas con cita. (Eso, si logras convencer a los guardias que te permitan acceder a la mesa de entrada en ventanilla 1).

Pero parece ser que es posible con un notario en España:
Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Artículo 68. Inscripción de la nacionalidad y de la vecindad civil.
(..)
3. Las declaraciones de voluntad relativas a la adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción, así como su recuperación, conservación o pérdida, y las declaraciones de voluntad relativas a la vecindad, podrán realizarse ante el Encargado del Registro Civil, notario, o funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil.
Ver: https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?t=10735

Aunque me queda la duda de que esto sea aplicable para el RC Consular de Ciudad de México, ya que este RC se rige aún por la Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil.

Y en efecto, las citas son extremadamente difíciles de obtener en Ciudad de México. En mi caso, después de meses de búsqueda logré encontrar una fecha y hora de cita que no pude registrar porque el sistema arrojaba que mi número de pasaporte es inválido. Tuve que remitir un burofax al Subdirector General de Asuntos Jurídicos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores para solicitar que actualicen su plataforma de citas a las nuevas numeraciones de pasaporte (en el Consulado se desentienden y dicen que ellos no tienen acceso para realizar ese cambio). Meses después, a finales del año pasado lo logré y mi cita es para marzo. No sin antes pasar por la frustración de encontrar dos citas y recibir error al final del formato, porque hay miles de personas buscándolas, y el que escribe más rápido los datos es el que logra registrarla.]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: ¿Es obligatoria la inscripción post-mortem? :: Reply by treyesr]]> 2024-12-28T22:04:08+00:00 2024-12-29T00:01:56+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10826&p=104974#p104974 Muchas gracias de antemano,

Tomas Reyes]]>
Muchas gracias de antemano,

Tomas Reyes]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Cuanto tardan en resolverse los expedientes de LMD :: Autor Vela]]> 2024-12-31T07:31:02+00:00 2024-12-31T07:31:02+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=11235&p=104976#p104976 <![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: ¿sirven certificados del pre registro civil para LMD? :: Autor Marcelasol]]> 2025-01-09T04:53:31+00:00 2025-01-09T04:53:31+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=11236&p=104985#p104985 Encontramos un registro de nacimiento de 1863 en Málaga, en los libros del archivo municipal digitalizados en FamilySearch. Aparece lugar, fecha, nombres de padres y abuelos, y parroquia de bautismo. Al pedir el bautismo en el archivo diocesano, nos dicen que los libros se destruyeron en la guerra. ¿Es posible solicitar la nacionalidad con un certificado del archivo municipal de Málaga?
Muchas gracias.]]>
Encontramos un registro de nacimiento de 1863 en Málaga, en los libros del archivo municipal digitalizados en FamilySearch. Aparece lugar, fecha, nombres de padres y abuelos, y parroquia de bautismo. Al pedir el bautismo en el archivo diocesano, nos dicen que los libros se destruyeron en la guerra. ¿Es posible solicitar la nacionalidad con un certificado del archivo municipal de Málaga?
Muchas gracias.]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by JulioMine]]> 2025-01-03T11:46:42+00:00 2025-01-03T11:46:42+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104977#p104977 ]]> ]]> <![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by Paciencia12345]]> 2025-01-06T07:29:48+00:00 2025-01-06T07:29:48+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104981#p104981
En mi caso presente el expediente a finales de 2022.
Pase por las siguientes fases:
Pendiente por tramitar
En tramite
Hice el juramento
Y ahora me aparece como concluido, pero nadie ha contactado conmigo alguien sabe cuál es el siguiente paso?

Muchas gracias]]>

En mi caso presente el expediente a finales de 2022.
Pase por las siguientes fases:
Pendiente por tramitar
En tramite
Hice el juramento
Y ahora me aparece como concluido, pero nadie ha contactado conmigo alguien sabe cuál es el siguiente paso?

Muchas gracias]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by XusiBip]]> 2025-01-07T16:12:57+00:00 2025-01-07T16:12:57+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104982#p104982
Al final se va a cumplir 2 años.

Es verdaderamente triste que gente que QUIERA TRABAJAR en España de manera "legal" tenga que estar toda su familia sin posibilidad de "legalizarse" hasta que no reciba la respuesta de la Administración.

Nosotros lo solicitamos en octubre de 2023 y se nos requirió documentación en mayo de 2024. Desde entonces "El expediente está en trámite".]]>

Al final se va a cumplir 2 años.

Es verdaderamente triste que gente que QUIERA TRABAJAR en España de manera "legal" tenga que estar toda su familia sin posibilidad de "legalizarse" hasta que no reciba la respuesta de la Administración.

Nosotros lo solicitamos en octubre de 2023 y se nos requirió documentación en mayo de 2024. Desde entonces "El expediente está en trámite".]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by XusiBip]]> 2025-01-08T21:06:04+00:00 2025-01-08T21:06:04+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104984#p104984
Si ya tienes el expediente concluido lo que tienes que hacer es (si resides en España) pedir cita para la obtención del DNI y Pasaporte si lo deseas .]]>

Si ya tienes el expediente concluido lo que tienes que hacer es (si resides en España) pedir cita para la obtención del DNI y Pasaporte si lo deseas .]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by Paciencia12345]]> 2025-01-09T17:10:12+00:00 2025-01-09T17:10:12+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104986#p104986
He llamado al registro civil y me han dado página y tomo para reclamar el certificado de nacimiento, ahora lo tengo en trámite entiendo que una vez lo reciba ya puedo pedir cita para obtener DNI y pasaporte.

Sabes si es así?

Muchas gracias!]]>

He llamado al registro civil y me han dado página y tomo para reclamar el certificado de nacimiento, ahora lo tengo en trámite entiendo que una vez lo reciba ya puedo pedir cita para obtener DNI y pasaporte.

Sabes si es así?

Muchas gracias!]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by XusiBip]]> 2025-01-09T22:09:41+00:00 2025-01-09T22:09:41+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104987#p104987
JulioMine escribió: 03 Ene 2025, 12:46 Expediente presentado el 24/04/2023, comparecencia el 26/02/2024. A día de hoy: expediente pendiente de tramitar. A alguien se lo aprobaron recientemente? Que por favor diga cuándo fue su comparecencia en el Registro Civil de su domicilio. Gracias. 🙏🏽
Una pregunta ¿qué te requirieron exactamente en la comparecencia de febrero? quiero decir ¿cómo accedes al derecho a la nacionalidad? ¿como hijo de español o como exiliado por la guerra?

Gracias]]>
JulioMine escribió: 03 Ene 2025, 12:46 Expediente presentado el 24/04/2023, comparecencia el 26/02/2024. A día de hoy: expediente pendiente de tramitar. A alguien se lo aprobaron recientemente? Que por favor diga cuándo fue su comparecencia en el Registro Civil de su domicilio. Gracias. 🙏🏽
Una pregunta ¿qué te requirieron exactamente en la comparecencia de febrero? quiero decir ¿cómo accedes al derecho a la nacionalidad? ¿como hijo de español o como exiliado por la guerra?

Gracias]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by JulioMine]]> 2025-01-13T18:04:39+00:00 2025-01-13T18:04:39+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104990#p104990
Completé los datos de nacimiento y de diligencia de autenticación de Anexo 3. Como hijo de español. Mi padre obtuvo la nacionalidad española de origen en 2013 por Memoria Histórica. El día de la comparecencia me entregaron una copia del resguardo, solicitando el RC de Madrid al Central, que inscriba mi Nacionalidad y me dijeron los dos apellidos. Pero hasta hoy, Expediente pendiente de tramitar. Yo creo que durante este 2025, debo poder obtener mi DNI y Pasaporte Español.

Igualmente me gustaría saber si alguien presentó la comparecencia antes del 26/02/2024, y ya tiene la nacionalidad aprobada, para saber aproximadamente por qué meses están resolviendo.

Un saludo! 😁 Y espero que pronto todos podamos obtener el DNI. (Aclaro que estoy legal con NIE actualmente).]]>

Completé los datos de nacimiento y de diligencia de autenticación de Anexo 3. Como hijo de español. Mi padre obtuvo la nacionalidad española de origen en 2013 por Memoria Histórica. El día de la comparecencia me entregaron una copia del resguardo, solicitando el RC de Madrid al Central, que inscriba mi Nacionalidad y me dijeron los dos apellidos. Pero hasta hoy, Expediente pendiente de tramitar. Yo creo que durante este 2025, debo poder obtener mi DNI y Pasaporte Español.

Igualmente me gustaría saber si alguien presentó la comparecencia antes del 26/02/2024, y ya tiene la nacionalidad aprobada, para saber aproximadamente por qué meses están resolviendo.

Un saludo! 😁 Y espero que pronto todos podamos obtener el DNI. (Aclaro que estoy legal con NIE actualmente).]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by XusiBip]]> 2025-01-14T22:07:23+00:00 2025-01-14T22:07:23+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104995#p104995
Paciencia12345 escribió: 09 Ene 2025, 18:10 He llamado al registro civil y me han dado página y tomo para reclamar el certificado de nacimiento, ahora lo tengo en trámite entiendo que una vez lo reciba ya puedo pedir cita para obtener DNI y pasaporte.
Quieres decir que después de haber estado "concluido" ahora otra vez aparece como "en trámite"?.]]>
Paciencia12345 escribió: 09 Ene 2025, 18:10 He llamado al registro civil y me han dado página y tomo para reclamar el certificado de nacimiento, ahora lo tengo en trámite entiendo que una vez lo reciba ya puedo pedir cita para obtener DNI y pasaporte.
Quieres decir que después de haber estado "concluido" ahora otra vez aparece como "en trámite"?.]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by XusiBip]]> 2025-01-14T22:11:59+00:00 2025-01-14T22:11:59+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104996#p104996
Jesus160419 escribió: 23 Ene 2024, 15:16 En mi caso mi expediente duró 5 meses en PENDIENTE DE TRAMITAR

Ahora estoy en el estado EXPEDIENTE EN TRAMITE el cual lleba 2 meses y medio y eso me tiene un poco preocupado
Yo llevo con el EXPEDIENTE EN TRÁMITE prácticamente desde mediados de JULIO. Es decir 6 MESES
Jesus160419 escribió: 23 Ene 2024, 15:16 La pregunta que te quiero hacer es tu primo llevó alguna prueba de que su familiar hubiera sufrido de exilió ya que yo no presente ningún documento que pudiera acreditar esa condición
Si no has presentado nada van a REQUERIRTE que lo hagas, con muy poco tiempo (a mí me dieron apenas 15 días) así que vete buscando las pruebas que tengas.]]>
Jesus160419 escribió: 23 Ene 2024, 15:16 En mi caso mi expediente duró 5 meses en PENDIENTE DE TRAMITAR

Ahora estoy en el estado EXPEDIENTE EN TRAMITE el cual lleba 2 meses y medio y eso me tiene un poco preocupado
Yo llevo con el EXPEDIENTE EN TRÁMITE prácticamente desde mediados de JULIO. Es decir 6 MESES
Jesus160419 escribió: 23 Ene 2024, 15:16 La pregunta que te quiero hacer es tu primo llevó alguna prueba de que su familiar hubiera sufrido de exilió ya que yo no presente ningún documento que pudiera acreditar esa condición
Si no has presentado nada van a REQUERIRTE que lo hagas, con muy poco tiempo (a mí me dieron apenas 15 días) así que vete buscando las pruebas que tengas.]]>
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by graceeee]]> 2025-01-16T18:15:47+00:00 2025-01-16T18:15:47+00:00 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=104999#p104999
Lidianadi escribió: 18 Oct 2024, 19:18 Hola, quiero exponer mi situación para ver si alguien me puede aclarar:
Yo presente mi solicitud de Nacionalidad por la LMD hace casi 1 año ( NOVIEMBRE 2023) en el ...

Hola, queria saber si ya recibiste la resolución? Yo presenté el mío en diciembre 2023 y aún nada.
Hola, @paciencia12345, podrías decirnos cuánto tiempo tardó tu trámite por favor ?]]>
Lidianadi escribió: 18 Oct 2024, 19:18 Hola, quiero exponer mi situación para ver si alguien me puede aclarar:
Yo presente mi solicitud de Nacionalidad por la LMD hace casi 1 año ( NOVIEMBRE 2023) en el ...

Hola, queria saber si ya recibiste la resolución? Yo presenté el mío en diciembre 2023 y aún nada.
Hola, @paciencia12345, podrías decirnos cuánto tiempo tardó tu trámite por favor ?]]>