Buenas tardes,
Estoy solicitando la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi abuela, española de origen nacida en La Unión-Perú, hija de padre español nacido en Lardero-España. Tengo entendido que la inscripción de nacimiento de españoles de origen nacidos en el extranjero se asientan en el Registro Civil Central.
¿Puedo solicitar que la inscripción del nacimiento fuera de plazo de mi abuela sea realizada en el Registro Civil de Lardero, donde nació y se inscribió a su padre? De no ser así, ¿puedo solicitar posteriormente el traslado de la inscripción del nacimiento de mi abuela del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
Mi abuela ya falleció y estoy solicitando esta inscripción para solicitar la nacionalidad española por residencia durante 1 año como nieto. De recibir la nacionalidad española y habiendo yo también nacido en Piura-Perú, ¿puedo solicitar que la inscripción de mi nacimiento sea realizada en el Registro Civil de Lardero de mi bisabuelo? De no ser así, ¿es posible solicitar posteriormente el traslado de la inscripción de mi nacimiento del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
Muchas gracias.
Traslado de Inscripción de Nacimiento
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Re: Traslado de Inscripción de Nacimiento
Veo que nadie te responde así que lo haré yo...
1.- ¿Puedo solicitar que la inscripción del nacimiento fuera de plazo de mi abuela sea realizada en el Registro Civil de Lardero, donde nació y se inscribió a su padre?
No.
2.- ¿Puedo solicitar posteriormente el traslado de la inscripción del nacimiento de mi abuela del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
No.
3.- ¿Puedo solicitar que la inscripción de mi nacimiento sea realizada en el Registro Civil de Lardero de mi bisabuelo?
Sí, si estás domiciliado ahí.
4.- ¿es posible solicitar posteriormente el traslado de la inscripción de mi nacimiento del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
También, si estás domiciliado ahí.
Todo esto lo encuentras en los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento del Registro Civil. http://noticias.juridicas.com/base_dato ... rc.t3.html
1.- ¿Puedo solicitar que la inscripción del nacimiento fuera de plazo de mi abuela sea realizada en el Registro Civil de Lardero, donde nació y se inscribió a su padre?
No.
2.- ¿Puedo solicitar posteriormente el traslado de la inscripción del nacimiento de mi abuela del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
No.
3.- ¿Puedo solicitar que la inscripción de mi nacimiento sea realizada en el Registro Civil de Lardero de mi bisabuelo?
Sí, si estás domiciliado ahí.
4.- ¿es posible solicitar posteriormente el traslado de la inscripción de mi nacimiento del Registro Civil Central al Registro Civil de Lardero?
También, si estás domiciliado ahí.
Todo esto lo encuentras en los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento del Registro Civil. http://noticias.juridicas.com/base_dato ... rc.t3.html
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Re: Traslado de Inscripción de Nacimiento
El traslado de la inscripción sólo lo puede solicitar el inscrito o su representante legal.
Si ya ha fallecido, por tanto, no hay ni el uno ni el otro y no se puede trasladar a ningún RC.
Como la competencia para hacer la inscripción de un hecho acontecido en el extranjero (en este caso el nacimiento de tu abuela) es del RC Central o del RC del Consulado de España en el país donde ocurrió el nacimiento, y dado que ese órgano competente vendrá determinado por el lugar de empadronamiento del solicitante, supondrá que si estás empadronado en España -como parece-, la competencia para hacer la inscripción de tu abuela va a ser del RC Central.
Si residieras en el extranjero, sería del RC del Consulado de España en Quito.
Inscripción que -como dije arriba- no va a poder ser trasladada a ningún otro RC.
Con respecto a la 3ª de las preguntas, en principio la la respuesta es la misma que para el otro caso: si naciste en el extranjero, el RC donde se hará la inscripción será el Central o el Consular, dependiendo de tu lugar de residencia.
Pero hay un caso especial que es el que indica el art. 16.4 de la Ley del RC y que permite que quien ha obtenido la nacionalidad española POR RESIDENCIA pueda solicitar al aceptarla (el levantamiento del acta de aceptación, con el famoso juramento...), decía que en ese momento puede solicitar que la inscripción se haga en el Registro Civil Encargado que ha tramitado el expediente.
Como en el caso de que residas en Lardero, el RC Encargado es el de Logroño, pues será en éste en el que puedas solicitar que se practique la inscripción en lugar de que se practique en el RC Central.
Y por último, como inscrito e interesado si que podrás solicitar que se traslade esa, tu inscripción, al RC de TU DOMICILIO, que si es Lardero será al RC de ese municipio al que se podrá trasladar.
Si ya ha fallecido, por tanto, no hay ni el uno ni el otro y no se puede trasladar a ningún RC.
Como la competencia para hacer la inscripción de un hecho acontecido en el extranjero (en este caso el nacimiento de tu abuela) es del RC Central o del RC del Consulado de España en el país donde ocurrió el nacimiento, y dado que ese órgano competente vendrá determinado por el lugar de empadronamiento del solicitante, supondrá que si estás empadronado en España -como parece-, la competencia para hacer la inscripción de tu abuela va a ser del RC Central.
Si residieras en el extranjero, sería del RC del Consulado de España en Quito.
Inscripción que -como dije arriba- no va a poder ser trasladada a ningún otro RC.
Con respecto a la 3ª de las preguntas, en principio la la respuesta es la misma que para el otro caso: si naciste en el extranjero, el RC donde se hará la inscripción será el Central o el Consular, dependiendo de tu lugar de residencia.
Pero hay un caso especial que es el que indica el art. 16.4 de la Ley del RC y que permite que quien ha obtenido la nacionalidad española POR RESIDENCIA pueda solicitar al aceptarla (el levantamiento del acta de aceptación, con el famoso juramento...), decía que en ese momento puede solicitar que la inscripción se haga en el Registro Civil Encargado que ha tramitado el expediente.
Como en el caso de que residas en Lardero, el RC Encargado es el de Logroño, pues será en éste en el que puedas solicitar que se practique la inscripción en lugar de que se practique en el RC Central.
Y por último, como inscrito e interesado si que podrás solicitar que se traslade esa, tu inscripción, al RC de TU DOMICILIO, que si es Lardero será al RC de ese municipio al que se podrá trasladar.
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