Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
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Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
hola buenos dias,
quiero saber se puedo reagrupar a mi madre que tiene 55 años y esta sola en marruecos, mi padre morreo en España en 1994 y a qui vivimos 4 hermanos todos somos legales me pregunta se hay alguna posibilidades de hacerla reagrupación familiar.
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA
quiero saber se puedo reagrupar a mi madre que tiene 55 años y esta sola en marruecos, mi padre morreo en España en 1994 y a qui vivimos 4 hermanos todos somos legales me pregunta se hay alguna posibilidades de hacerla reagrupación familiar.
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA
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- Mensajes: 85
- Registrado: 18 Jul 2011, 18:41
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
buenos días/salam
últimamente se ha puesto muy difícil la reagrupacion familiar en la ultima reforma de la ley de extranjería.
siento decirte que no puedes traer a tu madre de momento,por que la edad minima es de 65 año cuando son padres de un extranjero.
si tuvieras nacionalidad española no hay minimo de edad,pero hay que cumplir muchas mas condiciones.
la condición mas importante es que quien vaya a hacer la reagrupoacion justifique que ha estado enviando dinero el año anterior a la solicitud,por un total todo el año por la cantidad de el 51 por ciento del producto interior bruto percapita de maruecos en este caso.
esto sale a unos 180 euros al mes.
la reagrupacion la tiene que hacer uno de los 4 hermanos,lo mejor es que la haga el que mas gane y menos responsabilidades familiares tenga.
hay mas coas pero es un rollo muy largo,si lo necesitas te lo cuento todo.
suerte
últimamente se ha puesto muy difícil la reagrupacion familiar en la ultima reforma de la ley de extranjería.
siento decirte que no puedes traer a tu madre de momento,por que la edad minima es de 65 año cuando son padres de un extranjero.
si tuvieras nacionalidad española no hay minimo de edad,pero hay que cumplir muchas mas condiciones.
la condición mas importante es que quien vaya a hacer la reagrupoacion justifique que ha estado enviando dinero el año anterior a la solicitud,por un total todo el año por la cantidad de el 51 por ciento del producto interior bruto percapita de maruecos en este caso.
esto sale a unos 180 euros al mes.
la reagrupacion la tiene que hacer uno de los 4 hermanos,lo mejor es que la haga el que mas gane y menos responsabilidades familiares tenga.
hay mas coas pero es un rollo muy largo,si lo necesitas te lo cuento todo.
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Exp: 90xxx/2010 - Concedida
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MJu:10/2010
estado actual: concedida 30/12/2012
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
salam youssef,
Asi que imposible de hacer la reagrupacion, yo de momento estoy esperando la nacionalidad que cuando salga se quiere dios empiezo con los tramites.
gracias
Asi que imposible de hacer la reagrupacion, yo de momento estoy esperando la nacionalidad que cuando salga se quiere dios empiezo con los tramites.
gracias
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
ola estoy en lo mismo tengo que esperar que me la den la nacionalidad. entonces por que eso de la edad es nuevo vaya tela cada dia mas complicado todo que extres ademas eso de la cantidad de dinero no lo entiendo mucho ...mi madre es dominicana y no se que cantidad debo mandarle..
Exp. ??/2012 -
30/01/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 09/02/2013 12:34:24.
jura 25/2/2013
Spoiler
RC: 18/4/2012
Mj: 31/05/2012.
Entrevista de la Policia 7/6/2012
Pendiente de informes desde el 06/08/2012
Mj: 31/05/2012.
Entrevista de la Policia 7/6/2012
Pendiente de informes desde el 06/08/2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 09/02/2013 12:34:24.
jura 25/2/2013
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
en la ultima reforma de la ley de extranjeria han puesto unos requisitos economicos para demostrar que la persona que quieres reagrupar depende de ti y del dinero que le envias
la cantidad que piden es que la persona que hace la reagrupacion familiar tiene que haber estado enviando durante el ultimo año anterior a la solicitud.
como mínimo el 51% de producto interior bruto per capita del pais donde reside el reagrupado.(eso es un calculo de los ingresos del pais devidido por la poblacion)unos ganaran millones y otros nada.es una simple estadistica.
lo puedes ver aqui .http://www.indexmundi.com/es/republica_ ... apita.html
el de república dominicana es de 9300 dolares /año.el 51% son 4743 dolares.al mes 395 dolares.(unos 300 euros)
y aparte de eso hay otras condiciones que puedes ver en este enlace
http://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar/
han endurecido mucho las condiciones,pero no queda otra.he leído que estan denegando muchísimas solicitudes de reagrupacion por no cumplir especialmente las condiciones económicas.
cuidado con algunos abogados que te digan que te pueden conseguir la reagrupacion sin cumplir estas condiciones,que lo único que hacen es quitarte el dinero y cuando llega la denegación te dicen que pongas un recurso así te sacan mas dinero todavía.
saludos
la cantidad que piden es que la persona que hace la reagrupacion familiar tiene que haber estado enviando durante el ultimo año anterior a la solicitud.
como mínimo el 51% de producto interior bruto per capita del pais donde reside el reagrupado.(eso es un calculo de los ingresos del pais devidido por la poblacion)unos ganaran millones y otros nada.es una simple estadistica.
lo puedes ver aqui .http://www.indexmundi.com/es/republica_ ... apita.html
el de república dominicana es de 9300 dolares /año.el 51% son 4743 dolares.al mes 395 dolares.(unos 300 euros)
y aparte de eso hay otras condiciones que puedes ver en este enlace
http://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar/
han endurecido mucho las condiciones,pero no queda otra.he leído que estan denegando muchísimas solicitudes de reagrupacion por no cumplir especialmente las condiciones económicas.
cuidado con algunos abogados que te digan que te pueden conseguir la reagrupacion sin cumplir estas condiciones,que lo único que hacen es quitarte el dinero y cuando llega la denegación te dicen que pongas un recurso así te sacan mas dinero todavía.
saludos
Exp: 90xxx/2010 - Concedida
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estado actual: concedida 30/12/2012
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
gracias youssef 407 si me voy a enterar bien de que necesito entonces por que esta mas complicado de lo que yo pensaba gracias de veras ... lo que digo es que 300 euros son mucho en estos tiempo
Exp. ??/2012 -
30/01/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 09/02/2013 12:34:24.
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Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 09/02/2013 12:34:24.
jura 25/2/2013
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
hola chicos,
bueno yo creo que por el tema de la edad es para que no cojan las pensiones por eso piden que debe tener mas de 65 años.
saludos
bueno yo creo que por el tema de la edad es para que no cojan las pensiones por eso piden que debe tener mas de 65 años.
saludos
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
buenos días
eso de la edad de los 65 años es para que los padres que vengan no estan en edad de trabajar.
la idea es:si un extranjero esta enviando dinero a sus padres,dejarle que los traiga a España y así el dinero que les enviaba se queda aquí.
pero eso de la edad solo es para padres de extranjeros,para padres de españoles o comunitarios no hay mínimo de edad.
pero si hay que cumplir el resto de condiciones igual.
saludos
eso de la edad de los 65 años es para que los padres que vengan no estan en edad de trabajar.
la idea es:si un extranjero esta enviando dinero a sus padres,dejarle que los traiga a España y así el dinero que les enviaba se queda aquí.
pero eso de la edad solo es para padres de extranjeros,para padres de españoles o comunitarios no hay mínimo de edad.
pero si hay que cumplir el resto de condiciones igual.
saludos
Exp: 90xxx/2010 - Concedida
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Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
Buenas tardes,
Soy nuevo en este foro, y me animo a exponer mi caso aquí después de muchas vueltas por distintos abogados.
Soy mexicano de orígen, residente desde hace 12 años en Barcelona, con solicitud de nacionalidad en trámite -por residencia, expediente 20xxx/2010- y a partir junio de 2012 con tarjeta permanente como familiar de comunitario puesto que estoy casado con español desde 2010. No hice el cambio de tajeta antes -error- porque aún estaba vigente una de 2 años.
En días pasados mi marido realizó el trámite para reagrupar a mi madre - viuda de 66 años y con mi único hermano viviendo en Girona- pues, aunque yo lo iba a hacer por reagrupación familiar, nos asesoraron que debía hacerlo mi marido como comunitario. Él está en paro desde 2010 y agotó la prestación en 2011; ahora ni está inscrito como demandante de empleo ni recibe prestación alguna. Yo soy el que aporta los recursos económicos a la unidad familiar. Llevo casi 2 años haciendo transferencias por importe superior al 51% del PIB de México, ya contaba con el informe de vivienda adecuada y todo lo demás pues lo fuí preeviendo desde hace más de 1 año. También cumplimos los requisitos de ingresos referentes al IPREM por unidad familiar.
Cuando nos asesoraron y al hacerlo él como comunitario, ya no era necesario ni tramitar el visado - aunque como turista a los mexicanos no se nos exige visado para entrar, pero sí para permanecer más de 90 días en territorio español- ni antecedentes penales de mi madre, ni comprobar ingresos. Ella llegó aquí el 1 de noviembre entrando como turista.
En el momento que mi marido ingresó el trámite, presentamos tanto la declaración de la renta conjunta, como mis contratos, nóminas y extractos bancarios conjuntos que dan cuenta de que él tiene acceso a mis nóminas y recursos económicos y demás documentos que nos avalan como una unidad familiar.
Sin embargo, hoy hemos recibido la notificación de la oficina de extranjería y nuestra solicitud ha sido denegada indicándonos que "No ha quedado suficientemente acreditado, en el expediente, que se dé alguna de las circunstancias previstas en el Art. 7.1 del R.D. 240/2007, modificado por el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, que demuestren la posesión de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante su período de residencia."
Adicionalmente, durante la entrega de la documentación, en ningún momento se nos indicó que la acreditación de la condición anteriormente señalada era un punto pendiente a subsanar. Mi madre es pensionista en México y cuenta con cobertura sanitaria ahí.
Aunque yo intentase hacer la reagrupación por mis medios (inmediatamente al conocer la comunicación he solicitado una cita para hacerlo así la próxima semana), la hoja informativa 12 del Ministerio de Seguridad Social indica que uno de los requisitos necesarios para realizar el trámite es "No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar - mi marido es español- de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen comunitario." Fué como realizamos inicialmente el trámite, por régimen de comunitarios. Yo cuento con una tarjeta permanente, que no me hace ciudadano, pero que me vincula como familiar a mi marido.
Por otro lado, la reciente modificación en la ley de la Seguridad Social excluye a los ascendientes como beneficiarios de un asegurado con lo que infiero que o bien se contrata un seguro privado por 5 años -que entiendo es la vigencia inicial de estas tarjetas- o justificamos que el estado mexicano abonará los gastos derivados de una posible utilización de la sanidad española por parte de mi madre.
En la notificación, se hace constar que podemos interponer un Recurso de Alzada ante la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, en el plazo de un mes contado a partir del 29 de noviembre, fecha que figura al pié de la comunicación. Sin embargo, desconocemos como se puede acreditar esta condición o si definitivamente lo que subyace es la eliminación del derecho a la reagrupación de ascendientes sin que se manifieste de manera directa.
Ahora no tengo tan claro si he de presentar este recuso o intentar hacerlo por reagrupación, pero en este último supuesto posiblemente le exigirían a mi madre tanto el visado por la intención de estar más de 180 días aquí, los antecedentes penales y un seguro médico que, equiparado a las coberturas sanitarias de la Seguridad Social, implica una póliza anual -dependiendo de la compañía- de entre 1300 y 1700€.
La tercera vía es esperar a que se resuelva mi expediente de nacionalidad y hacerlo yo como comunitario, pero ya conocemos por los otros foros cómo va el tema, y desconozco si el trámite lo puedo empezar una vez concedida o, lo que creo más probable, hasta que tenga el DNI español, que puede llevar otros 6 meses según lo que he leído. A esto habría que sumar la incertidumbre de los continuos cambios en la legislación, la del mercado laboral -puede que si en 6 meses estoy en paro y la ley cambia para además exigir condiciones económicas ya no cumpla los requisitos relativos al IPREM- y lo que pueda acumularse.
De antemano, muchas gracias por alguna respuesta y una disculpa si es demasiado extensa la exposición, es con el fin de ser lo más claro posible. Un saludo.
Soy nuevo en este foro, y me animo a exponer mi caso aquí después de muchas vueltas por distintos abogados.
Soy mexicano de orígen, residente desde hace 12 años en Barcelona, con solicitud de nacionalidad en trámite -por residencia, expediente 20xxx/2010- y a partir junio de 2012 con tarjeta permanente como familiar de comunitario puesto que estoy casado con español desde 2010. No hice el cambio de tajeta antes -error- porque aún estaba vigente una de 2 años.
En días pasados mi marido realizó el trámite para reagrupar a mi madre - viuda de 66 años y con mi único hermano viviendo en Girona- pues, aunque yo lo iba a hacer por reagrupación familiar, nos asesoraron que debía hacerlo mi marido como comunitario. Él está en paro desde 2010 y agotó la prestación en 2011; ahora ni está inscrito como demandante de empleo ni recibe prestación alguna. Yo soy el que aporta los recursos económicos a la unidad familiar. Llevo casi 2 años haciendo transferencias por importe superior al 51% del PIB de México, ya contaba con el informe de vivienda adecuada y todo lo demás pues lo fuí preeviendo desde hace más de 1 año. También cumplimos los requisitos de ingresos referentes al IPREM por unidad familiar.
Cuando nos asesoraron y al hacerlo él como comunitario, ya no era necesario ni tramitar el visado - aunque como turista a los mexicanos no se nos exige visado para entrar, pero sí para permanecer más de 90 días en territorio español- ni antecedentes penales de mi madre, ni comprobar ingresos. Ella llegó aquí el 1 de noviembre entrando como turista.
En el momento que mi marido ingresó el trámite, presentamos tanto la declaración de la renta conjunta, como mis contratos, nóminas y extractos bancarios conjuntos que dan cuenta de que él tiene acceso a mis nóminas y recursos económicos y demás documentos que nos avalan como una unidad familiar.
Sin embargo, hoy hemos recibido la notificación de la oficina de extranjería y nuestra solicitud ha sido denegada indicándonos que "No ha quedado suficientemente acreditado, en el expediente, que se dé alguna de las circunstancias previstas en el Art. 7.1 del R.D. 240/2007, modificado por el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, que demuestren la posesión de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante su período de residencia."
Adicionalmente, durante la entrega de la documentación, en ningún momento se nos indicó que la acreditación de la condición anteriormente señalada era un punto pendiente a subsanar. Mi madre es pensionista en México y cuenta con cobertura sanitaria ahí.
Aunque yo intentase hacer la reagrupación por mis medios (inmediatamente al conocer la comunicación he solicitado una cita para hacerlo así la próxima semana), la hoja informativa 12 del Ministerio de Seguridad Social indica que uno de los requisitos necesarios para realizar el trámite es "No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar - mi marido es español- de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen comunitario." Fué como realizamos inicialmente el trámite, por régimen de comunitarios. Yo cuento con una tarjeta permanente, que no me hace ciudadano, pero que me vincula como familiar a mi marido.
Por otro lado, la reciente modificación en la ley de la Seguridad Social excluye a los ascendientes como beneficiarios de un asegurado con lo que infiero que o bien se contrata un seguro privado por 5 años -que entiendo es la vigencia inicial de estas tarjetas- o justificamos que el estado mexicano abonará los gastos derivados de una posible utilización de la sanidad española por parte de mi madre.
En la notificación, se hace constar que podemos interponer un Recurso de Alzada ante la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, en el plazo de un mes contado a partir del 29 de noviembre, fecha que figura al pié de la comunicación. Sin embargo, desconocemos como se puede acreditar esta condición o si definitivamente lo que subyace es la eliminación del derecho a la reagrupación de ascendientes sin que se manifieste de manera directa.
Ahora no tengo tan claro si he de presentar este recuso o intentar hacerlo por reagrupación, pero en este último supuesto posiblemente le exigirían a mi madre tanto el visado por la intención de estar más de 180 días aquí, los antecedentes penales y un seguro médico que, equiparado a las coberturas sanitarias de la Seguridad Social, implica una póliza anual -dependiendo de la compañía- de entre 1300 y 1700€.
La tercera vía es esperar a que se resuelva mi expediente de nacionalidad y hacerlo yo como comunitario, pero ya conocemos por los otros foros cómo va el tema, y desconozco si el trámite lo puedo empezar una vez concedida o, lo que creo más probable, hasta que tenga el DNI español, que puede llevar otros 6 meses según lo que he leído. A esto habría que sumar la incertidumbre de los continuos cambios en la legislación, la del mercado laboral -puede que si en 6 meses estoy en paro y la ley cambia para además exigir condiciones económicas ya no cumpla los requisitos relativos al IPREM- y lo que pueda acumularse.
De antemano, muchas gracias por alguna respuesta y una disculpa si es demasiado extensa la exposición, es con el fin de ser lo más claro posible. Un saludo.
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- Mensajes: 28
- Registrado: 22 Nov 2012, 19:55
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
Lamento lo que te ha ocurrido. Se supone que la normativa de extranjería de los comunitarios es menos restrictiva y más ventajosa que la de los no comunitarios, pero tengo entendido que si la normativa no comunitaria beneficia más aun familiar de comunitario se le puede aplicar.
Si vas a seguir con la reagrupación como familiar de un comunitario, seguramente necesitaras contratar un seguro privado como lo hacen los estudiantes extranjeros que vienen aquí. Si quieres reagruparla tú, lamentablemente uno de los requisitos es que la persona a reagrupar se encuentre en su país de origen. En ambos casos te recomiendo que averigües el nivel de ingresos requerido para aprobar las reagrupaciones en tú ciudad, este dato es fundamental. Si cumples ese requisito, puedes probar comprando el seguro de salud a tú madre.
Si vas a seguir con la reagrupación como familiar de un comunitario, seguramente necesitaras contratar un seguro privado como lo hacen los estudiantes extranjeros que vienen aquí. Si quieres reagruparla tú, lamentablemente uno de los requisitos es que la persona a reagrupar se encuentre en su país de origen. En ambos casos te recomiendo que averigües el nivel de ingresos requerido para aprobar las reagrupaciones en tú ciudad, este dato es fundamental. Si cumples ese requisito, puedes probar comprando el seguro de salud a tú madre.
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- Mensajes: 53
- Registrado: 26 Mar 2012, 03:32
- Género:
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
Hola.
Estoy en la misma situación que vosotros, quiero reagrupar en régimen comunitario a mi madre de nacionalidad brasileña pero tengo una duda... alguien que haya tramitado una reagrupacion de ascendiente podría decirme como se prueba que vive a mi cargo, con envíosde dinero de cuantos meses anterior a la solicitud, 12, 6 , 3 meses ?
Un saludo a tod@s.
Estoy en la misma situación que vosotros, quiero reagrupar en régimen comunitario a mi madre de nacionalidad brasileña pero tengo una duda... alguien que haya tramitado una reagrupacion de ascendiente podría decirme como se prueba que vive a mi cargo, con envíosde dinero de cuantos meses anterior a la solicitud, 12, 6 , 3 meses ?
Un saludo a tod@s.
Exp: R-95xxx/2011 - Madrid (Pradillo) Concedida 26/02/2013
Otros datos:
1- El 25/10/2012: Informes de la DGP enviado al MJu (me lo han informado por telf)
2- El 26/11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 06/08/2012
3- El 17/01/2013: Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio
4- El 26/02/2013: Concedida la nacionalidad
5- El 20/06/2013: Cita para la pre-jura (R.C Pradillo)
6- El 02/07/2013: Cita para la Jura (R.C Pradillo)
Spoiler
Valenbrj |
---|
1- El 25/10/2012: Informes de la DGP enviado al MJu (me lo han informado por telf)
2- El 26/11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 06/08/2012
3- El 17/01/2013: Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio
4- El 26/02/2013: Concedida la nacionalidad
5- El 20/06/2013: Cita para la pre-jura (R.C Pradillo)
6- El 02/07/2013: Cita para la Jura (R.C Pradillo)
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
hola youssef 407 como estas,
Ya tengo la nacionalidad española y ahora me gustaria decirme lo que tengo que hacer y cuales la mejor manera para hecerlo quiero decir desde me pais o aqui cuando veine con visado de turista.
saludos
Ya tengo la nacionalidad española y ahora me gustaria decirme lo que tengo que hacer y cuales la mejor manera para hecerlo quiero decir desde me pais o aqui cuando veine con visado de turista.
saludos
-
- Mensajes: 53
- Registrado: 26 Mar 2012, 03:32
- Género:
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
felihi31 yo reagrupé a mi madre y todo salió perfecto, a las 3 semanas ya teníamos la respuesta favorable en internet....
la reagrupamos desde España pq a los brasileños no hace falta tener visa para entrar aquí,
No se de q nacionalidad es tu madre, pero si no necesita visa para entrar en España, hacer todo el tramite desde aquí que es mas fácil, y q ya venga con toda la documentación que le hace falta presentar.
Suerte, y un saludo!
la reagrupamos desde España pq a los brasileños no hace falta tener visa para entrar aquí,
No se de q nacionalidad es tu madre, pero si no necesita visa para entrar en España, hacer todo el tramite desde aquí que es mas fácil, y q ya venga con toda la documentación que le hace falta presentar.
Suerte, y un saludo!
Exp: R-95xxx/2011 - Madrid (Pradillo) Concedida 26/02/2013
Otros datos:
1- El 25/10/2012: Informes de la DGP enviado al MJu (me lo han informado por telf)
2- El 26/11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 06/08/2012
3- El 17/01/2013: Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio
4- El 26/02/2013: Concedida la nacionalidad
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6- El 02/07/2013: Cita para la Jura (R.C Pradillo)
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Valenbrj |
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1- El 25/10/2012: Informes de la DGP enviado al MJu (me lo han informado por telf)
2- El 26/11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 06/08/2012
3- El 17/01/2013: Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio
4- El 26/02/2013: Concedida la nacionalidad
5- El 20/06/2013: Cita para la pre-jura (R.C Pradillo)
6- El 02/07/2013: Cita para la Jura (R.C Pradillo)
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- Registrado: 18 Dic 2011, 15:58
Re: Ayuda a Reagrupar a Mi Madre
Hola valenbrj,
Tuviste que contratar un seguro medico privado para el tramite de tu madre ?
Si es así con que empresa lo contraste y cual fue el rango de las fechas - un año renovable o para 5 años ?
Gracias
Tuviste que contratar un seguro medico privado para el tramite de tu madre ?
Si es así con que empresa lo contraste y cual fue el rango de las fechas - un año renovable o para 5 años ?
Gracias
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