Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
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Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola amigos,... a ver quien me puede decir la via (o vias, si hay más de una) para resolver este tema.
El español emigrado a Cuba consta en todos los documentos de sus hijos y nietos con un nombre, que es por el único que su familia lo conocia.
Ahora, resulta que al encontar la inscripción de nacimiento y la fé de bautismo, el hombre tiene tres nombres: dos delante del que tiene en los documentos de Cuba. (partida de su matrimonio, partida de nacimiento de los hijos y por tanto de los nietos)
Me pregunto si en todo lo demás es evidente que es la misma persona, ¿el Consulado pondrá pegas para la nacionalidad de los nietos o hay que hacer de todas formas la subsanación? Y ... ¿como se haria?
Gracias.
El español emigrado a Cuba consta en todos los documentos de sus hijos y nietos con un nombre, que es por el único que su familia lo conocia.
Ahora, resulta que al encontar la inscripción de nacimiento y la fé de bautismo, el hombre tiene tres nombres: dos delante del que tiene en los documentos de Cuba. (partida de su matrimonio, partida de nacimiento de los hijos y por tanto de los nietos)
Me pregunto si en todo lo demás es evidente que es la misma persona, ¿el Consulado pondrá pegas para la nacionalidad de los nietos o hay que hacer de todas formas la subsanación? Y ... ¿como se haria?
Gracias.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
¿Vive ese Sr. emigrado a Cuba?
¿Sigue siendo español?
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
El señor emigrado emigrado nació en 1878, ya falleció hace much..... Incluso, el hijo y las nietas tienen todos los documentos y la cita en el consulado.
Sólo faltaba localizar la inscripción.
Con los datos que teniamos, ya se las he localizado en Lugo. Y resulta que tiene 3 nombres: pone José Maria Manuel.
En Cuba se casó como Manuel e inscribió a su hijo como Manuel como nombre del padre.
Por tanto, es también lo que consta en las inscripciones de las nietas.
En el certificado de defución, obviamente, Manuel.
Siempre mantuvo la nacionalidad española, murió siendo español.
Nadie sabia de la existencia de esos nombres.
¿Qué se puede hacer para subsanar esa diferencia de nombres?
Sólo faltaba localizar la inscripción.
Con los datos que teniamos, ya se las he localizado en Lugo. Y resulta que tiene 3 nombres: pone José Maria Manuel.
En Cuba se casó como Manuel e inscribió a su hijo como Manuel como nombre del padre.
Por tanto, es también lo que consta en las inscripciones de las nietas.
En el certificado de defución, obviamente, Manuel.
Siempre mantuvo la nacionalidad española, murió siendo español.
Nadie sabia de la existencia de esos nombres.
¿Qué se puede hacer para subsanar esa diferencia de nombres?
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Por favor ¿nadie sabe? y pregunto referente al mismo tema para no abrir otro post.
Los casos como éste, en que sólo tienen la fé de bautismo por no haber RC en la época que nació, ya sé que se trámita con ésto y la negativa, pero ¿que pasa si en la fé de bautismo constan dos nombres y en cuba sólo uno?
¿También hay que legalizar el documento eclesiástico en el TSJ y luego en el Consulado del pais al que vaya destinado?
Por favor me urge tener claro esto.Gracias.
Los casos como éste, en que sólo tienen la fé de bautismo por no haber RC en la época que nació, ya sé que se trámita con ésto y la negativa, pero ¿que pasa si en la fé de bautismo constan dos nombres y en cuba sólo uno?
¿También hay que legalizar el documento eclesiástico en el TSJ y luego en el Consulado del pais al que vaya destinado?
Por favor me urge tener claro esto.Gracias.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola EMU3924:
Para poder subsanar el nombre de tu abuelo en los documentos de los registros civiles cubanos(defuncion, matrimonio y certificaciones de nacimiento de los los hijos) no es complejo lo que si es bastante tedioso y costoso. El procedimiento es el siguiente:
Primero te aclaro que los registros civiles cubanos cuando se tratan de nombres propios subsanan por via judicial, para esto el encargado del registro civil munipal cubano donde se encuentran los documentos a subsanar abre un expediente de subsanacion doble uno se lo quedan ellos y el otro lo envian al tribunal municipal para que emita la resolucion de subsanacion y se lo incorporen a los documentos .
Claro esto requiere de la ayuda y comprension del encargado del registrocivil cubano, que quiera presentar o pueda presentar un solo juego de expediente de subsanacion para la defuncion de tu abuelo, el matrimonio de tu abuelo y las certificaciones de nacimientos de los hijos de tu abuelo.Por que si no seria un expediente doble por la defuncion otro expediente doble por el matrimonio y un expediente doble por la certificacion de cada hijo, por separado.Si consiguieras que te los subsane todo en la familia junto te ahorraras remenda cantidad de dinero por lo siguente que es en si lo que te piden en el registrocivil cubano para este doble espediente:
Primeramente te piden y es lo mas costoso 2 certificaciones de nacimientos españolas de tu abuelo, que no tienen que ser lierales, pueden ser en extracto.Pero estas certificaciones antes de usarlas el registro civil cubano para este tramite , (porque lo tienen establecido asi)deben ser legalizadas en el Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Autonoma donde vivio tu abuelo aquí en España( esto no te cuesta nada) luego esas dos certificacione de nacimiento de tu abuelo debes pasarla y compulsarla en el consulado Cubano que atiende esa comunidad autonoma aquí en España(este compulsado te cuesta 120Euros por cada certificacion),Ya compulsadas aquí entonces es que pueden viajar a cuba ya en cuba estas certificaciones tienes pasarlas y compulsarlas en el MINREX(aquí debe ser 5CUC y 20 pesos cubano por cada una),ya compulsadas aquí en MINREX entonces Vas a la notaria municipal del pueblo donde esta el registro civil o en otro pueblo y tienes que Protocolizarlas ante el Notario(en la notaria te diran cuanto cuesta este tramite y si te las protocolizan las 2 ,sera unos 20 o 30 pesos)Al final de todo este procedimiento es que las2 certificaciones de tu abuelo las pueden usar los registros civiles cubanos.
Ya te digo si el encargado del registro civil cubano se te atrviesa y quiere hacerte un juego de expedientes para cada documento por separado,calcula cuanto te costaria.Pero hablando las cosas se arreglan alo mejor solo necesitas un juego u subsanas todo.
Este es el procedimiento, que tengas suerte y todo te salga bien
Sant Fdez
Para poder subsanar el nombre de tu abuelo en los documentos de los registros civiles cubanos(defuncion, matrimonio y certificaciones de nacimiento de los los hijos) no es complejo lo que si es bastante tedioso y costoso. El procedimiento es el siguiente:
Primero te aclaro que los registros civiles cubanos cuando se tratan de nombres propios subsanan por via judicial, para esto el encargado del registro civil munipal cubano donde se encuentran los documentos a subsanar abre un expediente de subsanacion doble uno se lo quedan ellos y el otro lo envian al tribunal municipal para que emita la resolucion de subsanacion y se lo incorporen a los documentos .
Claro esto requiere de la ayuda y comprension del encargado del registrocivil cubano, que quiera presentar o pueda presentar un solo juego de expediente de subsanacion para la defuncion de tu abuelo, el matrimonio de tu abuelo y las certificaciones de nacimientos de los hijos de tu abuelo.Por que si no seria un expediente doble por la defuncion otro expediente doble por el matrimonio y un expediente doble por la certificacion de cada hijo, por separado.Si consiguieras que te los subsane todo en la familia junto te ahorraras remenda cantidad de dinero por lo siguente que es en si lo que te piden en el registrocivil cubano para este doble espediente:
Primeramente te piden y es lo mas costoso 2 certificaciones de nacimientos españolas de tu abuelo, que no tienen que ser lierales, pueden ser en extracto.Pero estas certificaciones antes de usarlas el registro civil cubano para este tramite , (porque lo tienen establecido asi)deben ser legalizadas en el Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Autonoma donde vivio tu abuelo aquí en España( esto no te cuesta nada) luego esas dos certificacione de nacimiento de tu abuelo debes pasarla y compulsarla en el consulado Cubano que atiende esa comunidad autonoma aquí en España(este compulsado te cuesta 120Euros por cada certificacion),Ya compulsadas aquí entonces es que pueden viajar a cuba ya en cuba estas certificaciones tienes pasarlas y compulsarlas en el MINREX(aquí debe ser 5CUC y 20 pesos cubano por cada una),ya compulsadas aquí en MINREX entonces Vas a la notaria municipal del pueblo donde esta el registro civil o en otro pueblo y tienes que Protocolizarlas ante el Notario(en la notaria te diran cuanto cuesta este tramite y si te las protocolizan las 2 ,sera unos 20 o 30 pesos)Al final de todo este procedimiento es que las2 certificaciones de tu abuelo las pueden usar los registros civiles cubanos.
Ya te digo si el encargado del registro civil cubano se te atrviesa y quiere hacerte un juego de expedientes para cada documento por separado,calcula cuanto te costaria.Pero hablando las cosas se arreglan alo mejor solo necesitas un juego u subsanas todo.
Este es el procedimiento, que tengas suerte y todo te salga bien
Sant Fdez
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
EMU3924 escribió:Por favor ¿nadie sabe? y pregunto referente al mismo tema para no abrir otro post.
Los casos como éste, en que sólo tienen la fé de bautismo por no haber RC en la época que nació, ya sé que se trámita con ésto y la negativa, pero ¿que pasa si en la fé de bautismo constan dos nombres y en cuba sólo uno?
¿También hay que legalizar el documento eclesiástico en el TSJ y luego en el Consulado del pais al que vaya destinado?
Por favor me urge tener claro esto.Gracias.
sinetras al foro ves la manera de subsanar
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
En el caso de no tener certificaciones de nacimiento del abuelo y ser Fe de bautismo se subsana con el mismo procedimiento que si fuera una certificacion de nacimiento, Lo que en este caso para el registro civil cubano no es necesario la negativa.
un saludo
santiago
un saludo
santiago
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
me parece sin saber nada de derecho que os ahogáis en un vaso de agua, los Bautizados siempre lo son con más de un nombre y eso lo sabe el registro civil, y al momento de registrarlo en el RC suelen ponerle solo uno, el consulado lo sabe, el resgistro civil lo sabe, por lo que si manuel aparece entre los nombres de la fe de bautismo, presentad los documentos como estan ya que no hay error en la incripción solo nombre adicionales. Caso totalmente distinto ejemplo si se llamara Manuel y le hubieran escrito Manel o Emmnanuel, o se apedillara González y le hubieran registrado Gonzales, consulta mejor al consulaod pero yo presentaria la documentación como está.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Y si aquií se llamara Pepe y en una certificación del extranjero apareciera como Juan, se podría solicitar que se hiciera constar en el acta de nacimiento de esa persona en España, que ese Sr. (ya fallecido, se supone) figura inscrito en inscripciones de otro país con el nombre de Juan.
Fundamentado en el art. 38.3º de la Ley del RC:
Asunto resuelto.
Se pide por el inscrito o por quien tenga interés legitimo, en el RC de su domicilio. Si reside en el extranjero, lo solicitará en el Consulado.
Información allí.
Fundamentado en el art. 38.3º de la Ley del RC:
Asunto resuelto.
Se pide por el inscrito o por quien tenga interés legitimo, en el RC de su domicilio. Si reside en el extranjero, lo solicitará en el Consulado.
Información allí.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Pues si este articulo del reglamento del RC Español permite esto, pues ésta es la solucion.La complicacion de mi explicacion es producto de que las leyes cubanas refernte a estos casos los establece asi , pero en el fondo es que en cuba todo lo que se refiera al extranjero o personas con vinculos con el extranjeros,Le hacen pagar caro estos tramites.
Y aquí muchos de estos tramites con el ministerio de justicia no cuestan nada.
Un saludo
Santiago
Y aquí muchos de estos tramites con el ministerio de justicia no cuestan nada.
Un saludo
Santiago
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Les cuento que en la partida de nacimiento del abuelo de mi marido don JOSE MARIA figura como hijo de FEDERICO , pero como la partida de nacimiento los numeros de las legalizaciones tapaban el mes de nacimiento busque un extracto del acta de nacimiento y alli dice que es hijo de JULIAN.
Aparentemente su bisabuelo se llamaba JULIAN FEDERICO pero siempre se identifico como FEDERICO
En el acta de casamiento figura como Federico, sus hijos hijos de Federico y ahora nietos de Federico y bisnietos de Federico.
Que es lo que deberia hacer para lograr esta unificacion? o no debo hacer nada?Debre solicitar una copia nueva del extracto de nacimiento pero que diga que es hijo de Federico?
Los datos son:
Don JULIAN FEDERICO nacio en 1871 aprox .en Mairena
Se caso en 1904 en Ugijar como Federico.
Su hijo JOSE MARIA , fue anotado en Ugijar como hijo de Federico .
Sus nietos argentinos figuran como nietos de Federico.
Su Hijo JOSE MARIA nacio en Ugijar en 1910 en Ugijar.
No tengo la partida de nacimiento de don JULIAN FEDERICO que nacio en Mairena ,pero no se a donde dirigirme para solicitarla.
Desde ya muchas Gracias
Saludos Cordiales,
Monica Del Valle
Aparentemente su bisabuelo se llamaba JULIAN FEDERICO pero siempre se identifico como FEDERICO
En el acta de casamiento figura como Federico, sus hijos hijos de Federico y ahora nietos de Federico y bisnietos de Federico.
Que es lo que deberia hacer para lograr esta unificacion? o no debo hacer nada?Debre solicitar una copia nueva del extracto de nacimiento pero que diga que es hijo de Federico?
Los datos son:
Don JULIAN FEDERICO nacio en 1871 aprox .en Mairena
Se caso en 1904 en Ugijar como Federico.
Su hijo JOSE MARIA , fue anotado en Ugijar como hijo de Federico .
Sus nietos argentinos figuran como nietos de Federico.
Su Hijo JOSE MARIA nacio en Ugijar en 1910 en Ugijar.
No tengo la partida de nacimiento de don JULIAN FEDERICO que nacio en Mairena ,pero no se a donde dirigirme para solicitarla.
Desde ya muchas Gracias
Saludos Cordiales,
Monica Del Valle
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola, y de antemano gracias a todos y a los funcionarios por su consejo. En mi caso estoy por solicitar la nacionalidad basada en el Anexo I de la LMH.
Ya tengo todos los documentos, actas apostilladas etc,.
Sin embargo, ahora que recibi el acta de nacimiento original de mi abuelo, aparece un nombre adicional que el nunca utilizó en sus documentos oficiales en Mexico.
Es decir, su nombre (en su acta original de Espana) aparece como Mauricio Cipriano Casado Lopez, y en sus documentos oficiales en Mexico (también los que constan de su registro en la sede Espanola en Mexico), aparece como Cipriano Casado Lopez.
Quisiera simplemente preguntar si ésto representa algún impedimento para másolicitud.
Aún no he acudido al Consulado en mi lugar de residencia, pero antes de hacerlo quisiera saber si esto representa alguna objecion?
Según lo que tengo entendido, es que como no hay error en los nombres no habria problema, ya que simplemente se trata de un nombre adicional.
Algun comentario? Gracias!
Ya tengo todos los documentos, actas apostilladas etc,.
Sin embargo, ahora que recibi el acta de nacimiento original de mi abuelo, aparece un nombre adicional que el nunca utilizó en sus documentos oficiales en Mexico.
Es decir, su nombre (en su acta original de Espana) aparece como Mauricio Cipriano Casado Lopez, y en sus documentos oficiales en Mexico (también los que constan de su registro en la sede Espanola en Mexico), aparece como Cipriano Casado Lopez.
Quisiera simplemente preguntar si ésto representa algún impedimento para másolicitud.
Aún no he acudido al Consulado en mi lugar de residencia, pero antes de hacerlo quisiera saber si esto representa alguna objecion?
Según lo que tengo entendido, es que como no hay error en los nombres no habria problema, ya que simplemente se trata de un nombre adicional.
Algun comentario? Gracias!
Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola a todos:
Tengo una amiga que vive en Madrid y presenta un caso similar pero es por su abuela. Ella está pidiendo la nacionalidad por su AbuelO, que era español, pero los nombres de su AbuelA aparecen cambiados en el acta de matrimonio y de nacimiento del papá de mi amiga. Es necesario que subsane en Cuba los nombres de su abuela cuando no es a través de ella que solicitará la nacionalidad????? Alguien del registro civil podria aclararme esta duda.
Muchas gracias
Tengo una amiga que vive en Madrid y presenta un caso similar pero es por su abuela. Ella está pidiendo la nacionalidad por su AbuelO, que era español, pero los nombres de su AbuelA aparecen cambiados en el acta de matrimonio y de nacimiento del papá de mi amiga. Es necesario que subsane en Cuba los nombres de su abuela cuando no es a través de ella que solicitará la nacionalidad????? Alguien del registro civil podria aclararme esta duda.
Muchas gracias
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola, debido al dominio sobre este tema, le expongo mi caso:
MIs bisabuelos ambos españoles emigraron a Cuba y mantuvieron su nacionalidad española hasta su muerte.
Tengo ambas Literales de nacimiento y DNI positivos. Mi madre se está haciendo la nacionalidad por LMH, sé que el caso por quien procede es por el abuelo.
En la inscripción, el abuelo aparece como Francisco de la Concepción, pero en las incripciones de nacimiento de su hijo (padre de mi mamá cubano), en la defunción, DNI aparece como Francisco Concepción - omitido el "de la".
¿Puedo solicitar al RC de España donde nació mi abuelo que en nota marginal de la inscripción de nacimiento refleje que es la misma persona?
Si esto no puede ser, el RC ¿puede emitir algún documento oficial que exprese dicha aclaración que me sea válido en el Consulado Español en Cuba?.
Quiero evitar tener que subsanar este error que es muy engorroso.
Por favor si existe alguna variante mas fácil hágamelo saber.
Muchas gracias,
saludos,
Nadia
MIs bisabuelos ambos españoles emigraron a Cuba y mantuvieron su nacionalidad española hasta su muerte.
Tengo ambas Literales de nacimiento y DNI positivos. Mi madre se está haciendo la nacionalidad por LMH, sé que el caso por quien procede es por el abuelo.
En la inscripción, el abuelo aparece como Francisco de la Concepción, pero en las incripciones de nacimiento de su hijo (padre de mi mamá cubano), en la defunción, DNI aparece como Francisco Concepción - omitido el "de la".
¿Puedo solicitar al RC de España donde nació mi abuelo que en nota marginal de la inscripción de nacimiento refleje que es la misma persona?
Si esto no puede ser, el RC ¿puede emitir algún documento oficial que exprese dicha aclaración que me sea válido en el Consulado Español en Cuba?.
Quiero evitar tener que subsanar este error que es muy engorroso.
Por favor si existe alguna variante mas fácil hágamelo saber.
Muchas gracias,
saludos,
Nadia
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Nadia, yo creo que ese dato carece de relevancia.
En España las "Maria del Carmen", suelen aparecer en sus documentos como "Maria Carmen" y no tienen problemas por ello (lo digo por experiencia ). Mucho menos, si todos los demás datos coinciden.
Saludos
En España las "Maria del Carmen", suelen aparecer en sus documentos como "Maria Carmen" y no tienen problemas por ello (lo digo por experiencia ). Mucho menos, si todos los demás datos coinciden.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
De todas maneras.... ¿dónde está el error?
¿En el certificado de qué país? ¿En el de España?
En el de España consta el nombre que le pusieron los padres de él/ella. O sea, ese es el nombre legal de ese señor.
Si después en otro país consta con otro nombre, tiene que ser en el documento de ese país donde hagan las rectificaciones en función de que el nombre legal de ese señor era pepito de los palotes, y no sólo pepito...
Cuando nosotros inscribimos mal el nombre de un extranjero, nos traen un certificado de su país acreditando el nombre correcto de ese señor y en un plis-plas le corregimos el error que existia.
No conozco la legislación de su pais, .... así que lo mejor es que pregunte en el lugar donde constan esas inscripciones, a ver cómo sería la resolución ahií...
¿En el certificado de qué país? ¿En el de España?
En el de España consta el nombre que le pusieron los padres de él/ella. O sea, ese es el nombre legal de ese señor.
Si después en otro país consta con otro nombre, tiene que ser en el documento de ese país donde hagan las rectificaciones en función de que el nombre legal de ese señor era pepito de los palotes, y no sólo pepito...
Cuando nosotros inscribimos mal el nombre de un extranjero, nos traen un certificado de su país acreditando el nombre correcto de ese señor y en un plis-plas le corregimos el error que existia.
No conozco la legislación de su pais, .... así que lo mejor es que pregunte en el lugar donde constan esas inscripciones, a ver cómo sería la resolución ahií...
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
El error está en la inscripción de nacimiento del hijo de Francisco de la Concepción, donde dice que es hijo de Francisco Concepción, debo aclarar que Concepción es en este caso apellido, -no nombre-, y que además es un solo apellido.
Está claro que con la inscripción de nacimiento puedo subsanar el del hijo, pero esta inscripción de nacimiento española para ser utilizada en un registro civil cubano debe legalizarse en el Tribunal Provincial del pueblo de España, después en el consulado cubano en España que cuesta 100 euros, legalizarlo en el MINREX en Cuba, protocolizarlo ante un notario y después con todas estas legalizaciones es que pueden subsanar la certificación de nacimiento del hijo...
Tengo otra duda. ¿Por tener el abuelo un solo apellido en este caso "de la Concepción", será necesario alguna legalización en especifico en el registro civil de España? Pues tengo entendido que en España está bien legislado que las personas deben inscribirse con dos apellidos.
Gracias por las respuestas de antemano,
Un saludo cordial a todos,
Nadia.
Está claro que con la inscripción de nacimiento puedo subsanar el del hijo, pero esta inscripción de nacimiento española para ser utilizada en un registro civil cubano debe legalizarse en el Tribunal Provincial del pueblo de España, después en el consulado cubano en España que cuesta 100 euros, legalizarlo en el MINREX en Cuba, protocolizarlo ante un notario y después con todas estas legalizaciones es que pueden subsanar la certificación de nacimiento del hijo...
Tengo otra duda. ¿Por tener el abuelo un solo apellido en este caso "de la Concepción", será necesario alguna legalización en especifico en el registro civil de España? Pues tengo entendido que en España está bien legislado que las personas deben inscribirse con dos apellidos.
Gracias por las respuestas de antemano,
Un saludo cordial a todos,
Nadia.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola he leido este tema en el forum y estoy en el mismo problema ,
Mi esposo se esta haciendo la ciudadania española y estuvo citado para un requerimiento de subsanación de error de los apellidos del abuelo
Ya vi la respuesta de su tema y se quedo aclarada mi duda
Quisiera saber después que yo haga la tramitación por el consulado cubano en españa y certifique en el minrex esa documentación ,tendría que ir al pueblo donde estan asentados en el registro civil el padre de mi esposo, que el error en la fe de bautismo es que el abuelo inscribio a los hijos con el apellido de su padre y no con su apellido que aparece en la fe de bautismo
Tengo la negativa del DNI que no aparece registrado como ciudadano cubano, pero tampoco como extranjero... O sea no dejo su ciudadanía extranjera.
También estoy buscando el el archivo nacional la entrada del abuelo, pero si no me aparece , no se que tengo que hacer,
Ellos radicaban en Villa Clara y no se si en esa ciudad existe algún archivo de extranjeros.
Por favor si sabe algo al respecto , orienteme sobre este tema,
Mis saludos y diganme si ya terminaron con su tramitación.
Mi esposo se esta haciendo la ciudadania española y estuvo citado para un requerimiento de subsanación de error de los apellidos del abuelo
Ya vi la respuesta de su tema y se quedo aclarada mi duda
Quisiera saber después que yo haga la tramitación por el consulado cubano en españa y certifique en el minrex esa documentación ,tendría que ir al pueblo donde estan asentados en el registro civil el padre de mi esposo, que el error en la fe de bautismo es que el abuelo inscribio a los hijos con el apellido de su padre y no con su apellido que aparece en la fe de bautismo
Tengo la negativa del DNI que no aparece registrado como ciudadano cubano, pero tampoco como extranjero... O sea no dejo su ciudadanía extranjera.
También estoy buscando el el archivo nacional la entrada del abuelo, pero si no me aparece , no se que tengo que hacer,
Ellos radicaban en Villa Clara y no se si en esa ciudad existe algún archivo de extranjeros.
Por favor si sabe algo al respecto , orienteme sobre este tema,
Mis saludos y diganme si ya terminaron con su tramitación.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Mayra, tienes la respuesta a tu cuestión en este temaMayra Ysabel Piedra escribió:...Por favor si sabe algo al respecto , orienteme sobre este tema, ...
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola.
Tengo la misma problematica sobre los papeles de mi abuelo nacido en españa quien emigro a cuba, ya que en la certificacion de nacimiento dice Manuel Maria Fernandez Pereira pero inscribio a sus hijos solo con Manuel Fernandez Pereira y en su defuncion aparece tambien como Manuel... Omitio el Maria.
¿Seria ésto un problema para obtener la nacionalidad española ?
¿Me mandarian a subsanar ?
Solo tiene de error que omitio el segundo nombre en cuba, pues el nombre de los padres si esta correcto en todos los documentos y apellidos.
Por favor alguien con esta misma situacion que por favor me deje saber. Gracias
Tengo la misma problematica sobre los papeles de mi abuelo nacido en españa quien emigro a cuba, ya que en la certificacion de nacimiento dice Manuel Maria Fernandez Pereira pero inscribio a sus hijos solo con Manuel Fernandez Pereira y en su defuncion aparece tambien como Manuel... Omitio el Maria.
¿Seria ésto un problema para obtener la nacionalidad española ?
¿Me mandarian a subsanar ?
Solo tiene de error que omitio el segundo nombre en cuba, pues el nombre de los padres si esta correcto en todos los documentos y apellidos.
Por favor alguien con esta misma situacion que por favor me deje saber. Gracias
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
¿Son la misma persona José Manuel y José ?
¿Y que José Manuel Pedro?
Pueden serlo, pero también cabe la posibilidad de que no sean el mismo.
Y entonces si que es muy diferente ser hijo de uno o de otro.
Por tanto, si prueban que son el mismo, entonces tiene que rectificar los documentos cubanos de los descendientes para que todos sean hijos de Manuel Maria Fernandez Pereira.
El "pequeñó error" que usted menciona tiene mucha importancia en la legislación.
¿Y que José Manuel Pedro?
Pueden serlo, pero también cabe la posibilidad de que no sean el mismo.
Y entonces si que es muy diferente ser hijo de uno o de otro.
Por tanto, si prueban que son el mismo, entonces tiene que rectificar los documentos cubanos de los descendientes para que todos sean hijos de Manuel Maria Fernandez Pereira.
El "pequeñó error" que usted menciona tiene mucha importancia en la legislación.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Buenas tardes, quisiera saber que debo hacer para subsanar un error en el apellido de mi abuelo, les comento que en todos los documentos registrados en Cuba sale con el primer apellido distinto al de su inscripcion literal de nacimiento de españa, solicite el DNI y sale como ciudadano español y que nunca renuncio a la ciudadania española, pero igual con el apellido cambiado, quisiera saber que procedimientos debo seguir para darle solucion a este problema gracias de antemano por la ayuda
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola a todos. Les quisiera comentar mi caso a ver si saben si tiene solución.
Mi abuelo consta en su Fe de Bautismo como Julian Antonio. Pero en toda su documentación en Cuba figuró solamente como Antonio. Con la Fe de Bautismo y la Negativa del registro Civil de España (todo en orden, protocolarizado, legalizado..) subsané toda la documentación en Cuba: su certificación de matrimonio, defunción, el certificado de nacimiento de mi padre... ahora aparece como Julian Antonio.
Pero me deniegan la Nacionalidad porque no aparece ese nombre en los Registros de Extranjería de la Dirección de Inmigración y extranjería de Cuba.
Luego de buscar insistentemente aparece como Antonio. Y ahora no sé si puedo demostrar al Consulado, con el Certifico de Subsanación, que Julián Antonio y Antonio son las misma persona.
Y que no subsanamos el Certifico de Extranjería porque no es un documento subsanable y es así como está asentado en los libros de la época.
¿Saben si tengo alguna posibilidad?
Gracias por la ayuda
Mi abuelo consta en su Fe de Bautismo como Julian Antonio. Pero en toda su documentación en Cuba figuró solamente como Antonio. Con la Fe de Bautismo y la Negativa del registro Civil de España (todo en orden, protocolarizado, legalizado..) subsané toda la documentación en Cuba: su certificación de matrimonio, defunción, el certificado de nacimiento de mi padre... ahora aparece como Julian Antonio.
Pero me deniegan la Nacionalidad porque no aparece ese nombre en los Registros de Extranjería de la Dirección de Inmigración y extranjería de Cuba.
Luego de buscar insistentemente aparece como Antonio. Y ahora no sé si puedo demostrar al Consulado, con el Certifico de Subsanación, que Julián Antonio y Antonio son las misma persona.
Y que no subsanamos el Certifico de Extranjería porque no es un documento subsanable y es así como está asentado en los libros de la época.
¿Saben si tengo alguna posibilidad?
Gracias por la ayuda
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Buen día Patricia Cáceres, te pregunto si pudiste averiguar algo acerca de tu caso pues yo estoy en las mismas.
Puedo subsanar los documentos cubanos civiles, pero en Inmigración y Extranjería me dicen que sus documentos son "no subsanables".
Esta gente del MININT son un caso especial, para mí que lo hacen a propósito con la intención de dificultar el proceso o impedir que obtengamos nuestra ciudadanía española.
En fin, ahora no sé si en el Consulado español me aceptarán los documentos cubanos civiles ya subsanados con el Acta de Nacimiento de mi abuelo español y los 2 documentos de Ciudadanía y Extranjería del MININT con los errores originales.
Saludos.
Nota: si alguien sabe algo de este asunto o ya ha pasado por esta experiencia por favor que responda y aclare pues estoy seguro deben haber bastantes personas con este problema (todas aquellas que tengan que arreglar errores en nombres y apellidos de su antepasado español) Gracias.
Puedo subsanar los documentos cubanos civiles, pero en Inmigración y Extranjería me dicen que sus documentos son "no subsanables".
Esta gente del MININT son un caso especial, para mí que lo hacen a propósito con la intención de dificultar el proceso o impedir que obtengamos nuestra ciudadanía española.
En fin, ahora no sé si en el Consulado español me aceptarán los documentos cubanos civiles ya subsanados con el Acta de Nacimiento de mi abuelo español y los 2 documentos de Ciudadanía y Extranjería del MININT con los errores originales.
Saludos.
Nota: si alguien sabe algo de este asunto o ya ha pasado por esta experiencia por favor que responda y aclare pues estoy seguro deben haber bastantes personas con este problema (todas aquellas que tengan que arreglar errores en nombres y apellidos de su antepasado español) Gracias.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola, en mi caso tuve que subsanar en el registro civil cubano el apellido de mi padre y el mio, asi como el segundo apellido de mi abuelo.
Las certificaciones subsanadas tenian una nota al margen que decian mediante cual resolución se habian hecho las subsanaciones.
El Consulado me ha solicitado que entregue esas resoluciones. En el registro civil cubano me explicaron que los documentos que podían entregarme eran certificados de subsanación de errores, los cuales presenté en el 2017 al Consulado. En el 2020 me respondieron que los documentos aportados no eran suficientes y me solicitaron nuevamente las resoluciones. Me dirigí entonces a la Fiscalía municipal, donde me reiteraron que el registro civil cubano no tiene que entregar al Consulado de España dichas resoluciones, que solo pueden entregarme un certifico de subsanación de errores.
Como ven, estoy atascada.
Según he averiguado, en el momento que hice las subsanaciones debieron entregarme una copia de cada subsanación y las otras se quedaban en el registro civil. En aquel momento no me dieron esas copias y ahora no hay manera de acceder a las copias que ellos guardan... Además, me han dicho que al haber pasado más de cinco años esos expedientes se destruyen.
¿Qué se puede hacer?
Las certificaciones subsanadas tenian una nota al margen que decian mediante cual resolución se habian hecho las subsanaciones.
El Consulado me ha solicitado que entregue esas resoluciones. En el registro civil cubano me explicaron que los documentos que podían entregarme eran certificados de subsanación de errores, los cuales presenté en el 2017 al Consulado. En el 2020 me respondieron que los documentos aportados no eran suficientes y me solicitaron nuevamente las resoluciones. Me dirigí entonces a la Fiscalía municipal, donde me reiteraron que el registro civil cubano no tiene que entregar al Consulado de España dichas resoluciones, que solo pueden entregarme un certifico de subsanación de errores.
Como ven, estoy atascada.
Según he averiguado, en el momento que hice las subsanaciones debieron entregarme una copia de cada subsanación y las otras se quedaban en el registro civil. En aquel momento no me dieron esas copias y ahora no hay manera de acceder a las copias que ellos guardan... Además, me han dicho que al haber pasado más de cinco años esos expedientes se destruyen.
¿Qué se puede hacer?
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Aportar nuevos certificados del Registro Civil cubano y si el mismo te emita una nota refiriendo que las resoluciones ya se destruyeron para que la aportes mediante escrito a tu expediente en el consulado...de otra manera deberás esperar y si te deniegan recurrir.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Gracias por responder. Le comento que ya en otra ocasión presenté nuevos certificados y aún así me piden las resoluciones. El registro civil así como la Fiscalia municipal se negaron a darme por escrito que los expedientes se destruyen, lo único que me ofrecieron fue el certificado de subsanación de errores que desafortunadamente no es suficiente para el Consulado.
Por otra parte he encontrado el certificado de matrimonio de mis abuelos, así como la partida de bautizo de mi padre y las he legalizado en el Arzobispado de Habana, he ido a presentarlas en el Consulado y me han dicho que el expediente aparece denegado porque ya se pasó el tiempo de entrega y no hice prórroga, le mostré al funcionario que según el sitio web del Consulado mi expediente seguía abierto y que debido a la pandemia los trámites sufrían retrasos y entonces me aconsejó hacer una reclamación y entregar adjuntos los nuevos certificados. También encontré el certificado de matrimonio de mis abuelos por el registro civil cubano. Podrían estos papeles servir de ayuda?
Por otra parte he encontrado el certificado de matrimonio de mis abuelos, así como la partida de bautizo de mi padre y las he legalizado en el Arzobispado de Habana, he ido a presentarlas en el Consulado y me han dicho que el expediente aparece denegado porque ya se pasó el tiempo de entrega y no hice prórroga, le mostré al funcionario que según el sitio web del Consulado mi expediente seguía abierto y que debido a la pandemia los trámites sufrían retrasos y entonces me aconsejó hacer una reclamación y entregar adjuntos los nuevos certificados. También encontré el certificado de matrimonio de mis abuelos por el registro civil cubano. Podrían estos papeles servir de ayuda?
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hiciste lo correcto, aunque la denegación deberían habértela notificado por escrito, la ex DGRN (Ministerio de Justicia de España) que es quien resolverá tu recurso si considera que no es "determinante" para que obtengas la nacionalidad española siempre y cuando no estén en duda datos de filiación, probablemente se resuelva a tu favor.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Cuando le pregunté al funcionario por qué no se me había notificado por escrito, me respondió que aún era pronto para que me llegara la notificación, sin embargo, ya me había mostrado que mi expediente había sido denegado desde el 28 de enero del 2021.
Le pregunté a quien debía dirigir mi reclamación y no supo precisar. Me sugirió que en el asunto escribiera que era referente a un expediente de solicitud de nacionalidad española mediante Ley de Memoria Histórica que había sido denegado por demora en la entrega de documentación. Que explicara además que debido a la situación epidemiológica del país, los trámites podían sufrir demoras imprevisibles.
En fin, solo me resta hacer la reclamación, ¿debería dirigirla a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública?
Dígame, ¿?concuerda usted con las sugerencias que me dio el funcionario? Le agradezco de antemano cualquier sugerencia.
Le pregunté a quien debía dirigir mi reclamación y no supo precisar. Me sugirió que en el asunto escribiera que era referente a un expediente de solicitud de nacionalidad española mediante Ley de Memoria Histórica que había sido denegado por demora en la entrega de documentación. Que explicara además que debido a la situación epidemiológica del país, los trámites podían sufrir demoras imprevisibles.
En fin, solo me resta hacer la reclamación, ¿debería dirigirla a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública?
Dígame, ¿?concuerda usted con las sugerencias que me dio el funcionario? Le agradezco de antemano cualquier sugerencia.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Hola diana2018
Tengo una prima a la que también le han denegado su expediente de LMH en el Consulado de La Habana por no presentar a tiempo el requerimiento que le pusieron en plena pandemia, aún sabiendo que los viajes entre provincias estaban prohibidos durante el período que tenía para aportar los documentos... Ella ha presentado una reclamación dirigida al Consulado, aunque en estos casos en los que ya el expediente ha sido resuelto-denegado, no se yo si una reclamación dirigida al Consulado tenga algún efecto...
Por otro lado, usando la funcionalidad de Contactar aquí a la derecha te escribí al correo con el que te registraste en este foro, para preguntarte respecto a las legalizaciones en el Arzobispado, si fueras tan amable de responderme te agradecería.
Un saludo y que consigas destrabar tu trámite.
Tengo una prima a la que también le han denegado su expediente de LMH en el Consulado de La Habana por no presentar a tiempo el requerimiento que le pusieron en plena pandemia, aún sabiendo que los viajes entre provincias estaban prohibidos durante el período que tenía para aportar los documentos... Ella ha presentado una reclamación dirigida al Consulado, aunque en estos casos en los que ya el expediente ha sido resuelto-denegado, no se yo si una reclamación dirigida al Consulado tenga algún efecto...
Por otro lado, usando la funcionalidad de Contactar aquí a la derecha te escribí al correo con el que te registraste en este foro, para preguntarte respecto a las legalizaciones en el Arzobispado, si fueras tan amable de responderme te agradecería.
Un saludo y que consigas destrabar tu trámite.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Yo creo que deberías esperar que te la notifiquen por escrito, quizá @kárbiko te pueda ser mas especifico si ya se está aplicando los artículos 85 y 86 de la "nueva" Ley del Registro Civil o se tiene en cuenta la que estaba vigente cuando fue dictada la resolución (el articulo 29 de la "antigua" LRC)
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
En esta página del ministerio se puede ver la Nota informativa sobre la entrada en vigor de la ley 20/2011,
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudada ... stro-civil
en la que dice:
Así que de momento la nueva ley, ya vigente, no se está aplicando en ningún RC porque ese programa informático no está implementado en ningún sitio. Los primeros serán Madrid (en agosto-septiembre) y Barcelona (noviembre)...
Pero ya hay quien dice que acaba la legislatura y todavía no tendremos a los RC aplicando la nueva ley...
Así que, de momento, los recursos se siguen tramitando igual que hasta ahora.
Y sí, una resolución del Cónsul lo normal y más rápido se que sea recurrida ante el Cónsul. Y luego éste le dará el destino que corresponde, remitiéndolo a la DGSJFP (antes DGRN). Porque si lo manda directamente a ese órgano, luego éste tendrá que mandar todo nuevamente al Cónsul para que el Fiscal y el propio Encargado manden su informe,... con lo cual la demora va a ser todavía mayor que si lo hacen directamente en el consulado.
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudada ... stro-civil
en la que dice:
Si bien se ha producido la entrada en vigor la Ley el 30 de abril de 2021, no se aplicará hasta que:
- Las Oficinas cuenten con los medios y sistemas informáticos y las condiciones de funcionamiento adecuadas (vid Disposiciones transitorias cuarta y octava).
- Se dicte la Resolución por la DGSJFP para ordenar la puesta en marcha
.. si tarda en aparecer, actualiza la página (F5 o control+R)...
Pero ya hay quien dice que acaba la legislatura y todavía no tendremos a los RC aplicando la nueva ley...
Así que, de momento, los recursos se siguen tramitando igual que hasta ahora.
Y sí, una resolución del Cónsul lo normal y más rápido se que sea recurrida ante el Cónsul. Y luego éste le dará el destino que corresponde, remitiéndolo a la DGSJFP (antes DGRN). Porque si lo manda directamente a ese órgano, luego éste tendrá que mandar todo nuevamente al Cónsul para que el Fiscal y el propio Encargado manden su informe,... con lo cual la demora va a ser todavía mayor que si lo hacen directamente en el consulado.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
La notificación no me ha llegado, pero es posible que cuando llegue sea la misma que le llegó a mi hijo, que esperando a que yo solucionara el obstáculo de las resoluciones no había entregado nada, copio y pego su notificación:
Estimado(a) Sr. (a):
Adjunto se remite auto denegatorio dictado por el Encargado del Registro Civil Consular de La Habana en relación con su solicitud de opción a la nacionalidad española en virtud de la Disposición Adicional 7ma de la Ley 52/2007.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 29 de la Ley del Registro Civil, contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia (anteriormente denominada Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia - DGRN) en el plazo de 30 días.
En este caso, también puede presentar el recurso de apelación debidamente firmado por Usted, por la vía electrónica con el escrito de apelación firmado y escaneado dirigido al correo electrónico cog.lahabana.rgc@maec.es, o entregarlo firmado en la Ventanilla de Asuntos Generales de este Consulado General, el cual será tramitado cuando le corresponda y trasladado a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (anteriormente denominada Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia - DGRN), órgano competente para resolverlo, en aplicación del principio de orden de incoación. En cualquier caso, podrá complementar su recurso de apelación con los documentos que usted considere prueban su solicitud de la nacionalidad española. Una vez se reciba la Resolución correspondiente, la misma le será debidamente notificada.
__________________________________________________________
Debería esperar la notificación? O creen que ya debería hacer la reclamación? En ese caso, la dirijo al Consul o a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
Gracias por toda la ayuda
Estimado(a) Sr. (a):
Adjunto se remite auto denegatorio dictado por el Encargado del Registro Civil Consular de La Habana en relación con su solicitud de opción a la nacionalidad española en virtud de la Disposición Adicional 7ma de la Ley 52/2007.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 29 de la Ley del Registro Civil, contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia (anteriormente denominada Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia - DGRN) en el plazo de 30 días.
En este caso, también puede presentar el recurso de apelación debidamente firmado por Usted, por la vía electrónica con el escrito de apelación firmado y escaneado dirigido al correo electrónico cog.lahabana.rgc@maec.es, o entregarlo firmado en la Ventanilla de Asuntos Generales de este Consulado General, el cual será tramitado cuando le corresponda y trasladado a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (anteriormente denominada Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia - DGRN), órgano competente para resolverlo, en aplicación del principio de orden de incoación. En cualquier caso, podrá complementar su recurso de apelación con los documentos que usted considere prueban su solicitud de la nacionalidad española. Una vez se reciba la Resolución correspondiente, la misma le será debidamente notificada.
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Debería esperar la notificación? O creen que ya debería hacer la reclamación? En ese caso, la dirijo al Consul o a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Yo pienso que si deberías esperarla ya que desde que la recibes corre el plazo legal y como dijo @kárbiko enviarlo al consulado, si lo haces antes podría ser interpretado erróneamente como un recurso de reposición o peor aun fuera de plazo.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Si, me parece lógico.
No hago nada con respecto a lo que dijo el funcionario de que mi expediente fue cerrado por no presentar nueva documentación antes del plazo de entrega? O por el contrario debería justificar porque me ha sido imposible entregar los documentos en medio de la pandemia donde el acceso entre provincias esta prohibido.
No hago nada con respecto a lo que dijo el funcionario de que mi expediente fue cerrado por no presentar nueva documentación antes del plazo de entrega? O por el contrario debería justificar porque me ha sido imposible entregar los documentos en medio de la pandemia donde el acceso entre provincias esta prohibido.
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
No se si me equivoco pero hace poco el consulado de España en Cuba facilito un enlace donde puedes consultar el estado del expediente, los documentos puedes adjuntarlos vía recurso aunque no hayas cumplido el requerimiento, hay doctrina en ese sentido, en "virtud del criterio de economía procesal" por ejemplo Resolución de 6 de julio de 2018 (16a)
Spoiler
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Si, el enlace lo conozco, pero solo dice expediente denegado el 28 de enero del 2021.
Que significa adjuntar los documentos vía recurso?
Que significa adjuntar los documentos vía recurso?
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
Sucede que a veces no queda otra alternativa que enviarlo directamente a la ex DGRN porque estas jugado de tiempo, inclusive si requieres al consulado el acta con la inscripción de la perdida por ejemplo en el caso del articulo 24.3 te la terminan enviando "casualmente" 3 o 4 días después de que el plazo para el recurso expiro...
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Re: Cómo subsanar diferencia de nombres entre las inscripciones españolas y las extranjeras (de Cuba)
No me expresé bien, mi idea era escribir al Consulado y explicar que ya les entregué desde el 2017 los únicos documentos que emite el Registro civil cubano con relación a las resoluciones que ellos me solicitaron:
Que debido a la pandemia y la prohibición de trasladarse entre las provincias se retrasó la legalización de otras nuevas certificaciones que pude recopilar. Que cuando finalmente las tuve en mi poder no me las recibieron en la ventanilla del Consulado porque supuestamente ha vencido el plazo de entrega de documentos. Además de que no he recibido aún la notificación por escrito del expediente denegado, inclusive después de haberla solicitado desde el pasado día 16 por el sitio web.
Esto no quiere decir que una vez que me llegara la notificación por escrito no hiciese la reclamación al Consulado nuevamente y hasta a la ex DGNR, pero quiero ganar tiempo, porque no se cuanto más demorará la notificación por escrito en llegar... ¿qué piensas?
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