Tras la obtención del certificado de capacidad matrimonial y una vez celebrado el matrimonio la embajada de España en el Cairo se niega a hacer la inscripción diciendo que como no tengo tarjeta de residencia en Egipto no son competentes. ¿ Es esto cierto?
El art.10 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, no hace ninguna mención a la residencia
Competencia para Inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero
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Re: Competencia para Inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero
Es que no sólo se regula por la nueva LRC2011, sino que este caso lo recoge el Reglamento del RC:
Pero si lo solicita usted, que lo está en un municipio de España, entonces el competente es el Central.
Si su cónyuge está empadronado en Egipto, y es quien promueve la inscripción, entonces la competencia es del RC consular.Art. 342.
Es competente el Juez Encargado a que correspondiere el Registro donde deba inscribirse la resolución pretendida.
Si la inscripción hubiera de practicarse en los Registros Consular y Central la competencia será del primero si el promotor está domiciliado en el extranjero , y del segundo, en otro caso.
Pero si lo solicita usted, que lo está en un municipio de España, entonces el competente es el Central.
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