Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
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Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Buenas noches,
Soy hijo de madre española (nacida en España) y padre británico (nacido en el Reino Unido). Yo nací en Portugal el año 1978. En el momento de nacer, mis padres me dicen que no me registraron con las nacionalidades portuguesa o española para evitar que tuviera que prestar el servicio militar. Toda mi vida he usado únicamente la nacionalidad británica. En este momento tengo mi residencia en Colombia.
De acuerdo al Artículo 17 del Código Civil Español, tengo entendido que soy español de origen. En el Libro de Familia aparece registrado mi nacimiento, y el sello del Vicecónsul de España en Ponta Delgada, la ciudad donde nací, aunque en las observaciones dice “Nacionalidad Inglesa”. Hace referencia al tomo y página del registro civil. Sin embargo, cuando solicité copia del acta ante el Registro Civil Central de Madrid me indicaron que no encontraron información al respecto.
Curiosamente, el número del tomo y página que aparecen en el Libro de Familia español son similares (pero no corresponden exactamente) al tomo y página de mi registro civil portugués. Esto me lleva a pensar que posiblemente mi nacimiento no fue inscrito correctamente ante el Registro Civil Español.
Estaría interesado en saber qué posibilidades tendría de recuperar mi nacionalidad española. Tengo los siguientes documentos:
* Libro de familia español, donde aparece el registro de mi nacimiento, pero al parecer con un tomo y página de registro civil que no existen
* Registro Civil Portugués, donde aparece el nombre de mi madre
* Registro Civil del Consulado Británico de Lisboa, donde aparece el nombre de mi madre
Por otro lado, en caso de que logre recuperar mi nacionalidad española. ¿Debo renunciar a mi nacionalidad británica? ¿Qué pasaría si no lo hago? He leído mensajes algo contradictorios al respecto, en este foro hay personas que afirman que es posible tener las dos nacionalidades a la vez.
Estaría muy agradecido de cualquier sugerencia...
Soy hijo de madre española (nacida en España) y padre británico (nacido en el Reino Unido). Yo nací en Portugal el año 1978. En el momento de nacer, mis padres me dicen que no me registraron con las nacionalidades portuguesa o española para evitar que tuviera que prestar el servicio militar. Toda mi vida he usado únicamente la nacionalidad británica. En este momento tengo mi residencia en Colombia.
De acuerdo al Artículo 17 del Código Civil Español, tengo entendido que soy español de origen. En el Libro de Familia aparece registrado mi nacimiento, y el sello del Vicecónsul de España en Ponta Delgada, la ciudad donde nací, aunque en las observaciones dice “Nacionalidad Inglesa”. Hace referencia al tomo y página del registro civil. Sin embargo, cuando solicité copia del acta ante el Registro Civil Central de Madrid me indicaron que no encontraron información al respecto.
Curiosamente, el número del tomo y página que aparecen en el Libro de Familia español son similares (pero no corresponden exactamente) al tomo y página de mi registro civil portugués. Esto me lleva a pensar que posiblemente mi nacimiento no fue inscrito correctamente ante el Registro Civil Español.
Estaría interesado en saber qué posibilidades tendría de recuperar mi nacionalidad española. Tengo los siguientes documentos:
* Libro de familia español, donde aparece el registro de mi nacimiento, pero al parecer con un tomo y página de registro civil que no existen
* Registro Civil Portugués, donde aparece el nombre de mi madre
* Registro Civil del Consulado Británico de Lisboa, donde aparece el nombre de mi madre
Por otro lado, en caso de que logre recuperar mi nacionalidad española. ¿Debo renunciar a mi nacionalidad británica? ¿Qué pasaría si no lo hago? He leído mensajes algo contradictorios al respecto, en este foro hay personas que afirman que es posible tener las dos nacionalidades a la vez.
Estaría muy agradecido de cualquier sugerencia...
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
No eres español de nacimiento, porque el código Civil vigente en el momento de tu nacimiento no indicaba lo que lees actualmente. Decía ésto:
Eso sí, puedes optar por la nacionalidad española acogiéndote a lo que dispone el artículo 20 del código civil vigente:
Y te pedirán el certificado de nacimiento portugués (puedes pedirlo en formato plurilingüe para no tener que legalizarlo mi traducirlo, y seguro que el consulado de Portugal en Colombia podrá ayudarte a obtenerlo) y el certificado de nacimiento de tu madre, para acreditar que era una española nacida en España.
En tu caso, seguías la nacionalidad de tu padre por lo que nunca has sido español.Son españoles:
Primero. Los hijos de padre español.
Segundo. Los hijos de madre española aunque el padre sea extranjero, cuando no sigan la nacionalidad del padre.
Eso sí, puedes optar por la nacionalidad española acogiéndote a lo que dispone el artículo 20 del código civil vigente:
Deberás hacer la solicitud en el consulado de España ahí en Colombia que se corresponda a tu domicilio.1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
c) Las que se hallen comprendidas e
Y te pedirán el certificado de nacimiento portugués (puedes pedirlo en formato plurilingüe para no tener que legalizarlo mi traducirlo, y seguro que el consulado de Portugal en Colombia podrá ayudarte a obtenerlo) y el certificado de nacimiento de tu madre, para acreditar que era una española nacida en España.
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Estimado kárbiko,
Muchas gracias por tu tiempo en contestarme y la valiosa información. Con esto siento que tengo una base para empezar mi proceso.
Cordial saludo, juan1978
Muchas gracias por tu tiempo en contestarme y la valiosa información. Con esto siento que tengo una base para empezar mi proceso.
Cordial saludo, juan1978
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Si bien debes cumplir con el requiso para optar mediante articulo 20.1.b no "renuncias" a la nacionalidad británica si no simplemente declaras tu voluntad de hacerlo que como viene reiterando la doctrina es un mero requisito formal.
RESOLUCIÓN (2.a) de 2 de diciembre de 2005, sobre opción a la nacionalidad española.
El ejercicio de la opción prevista en el artículo 20 núm. 1.b) del Código civil exige la renuncia de la nacionalidad que se viniese ostentando salvo en los casos exceptuados.
RESOLUCIÓN 17 de septiembre de 2007
La respuesta debe ser afirmativa porque la renuncia a la nacionalidad anterior que exige el artículo 23.b) del Código civil como requisito de validez de la adquisición de la nacionalidad española ha sido interpretada por la doctrina oficial de esta Dirección General como un mero requisito formal de «declaración de la renuncia», con independencia de los efectos que tal declaración pueda desplegar para el Ordenamiento jurídico extranjero respectivo, es decir, al margen de que dicha renuncia produzca o no de «iure» la pérdida de la nacionalidad a la que se declara renunciar, ya que lo contrario implicaría subordinar la adquisición de la nacionalidad española a la concepción propia sobre la nacionalidad del Derecho extranjero (vid. Resolución de 24 de septiembre de 1971)
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Muchas Gracias, Rodolfo IV, por tu valiosa aclaración de este tema.
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Optar por la nacionalidad española, padre británico, nacido en Portugal, vivo en Colombia
Buenas tardes.
Me he comunicado con el Consulado de España en Bogotá, el cual considero corresponde a mi domicilio, dado que he vivido aqui más de 7 años (inicialmente tuve una visa de conyuge y ahora visa de residente colombiana). Sin embargo, los del consulado me dicen:
¿Esto está reglamentado de alguna forma?
¿El lugar del trámite para la declaración de opción de la nacionalidad lo define el lugar de nacimiento, o el domicilio actual?
¿Mi cédula de extranjería colombiana o mi pasaporte británico con visa de residente es suficiente para mostrar que mi domicilio actual es Colombia?
Una vez más gracias a todos por su apoyo.
Me he comunicado con el Consulado de España en Bogotá, el cual considero corresponde a mi domicilio, dado que he vivido aqui más de 7 años (inicialmente tuve una visa de conyuge y ahora visa de residente colombiana). Sin embargo, los del consulado me dicen:
Las inquietudes que me surgen son, ya que obviamente es complicado para mi viajar a Lisboa a hacer este trámite:En relación con su correo se le informa, que tiene que contactar con el Consulado General de España en Lisboa, por haber nacido en esa demarcación
¿Esto está reglamentado de alguna forma?
¿El lugar del trámite para la declaración de opción de la nacionalidad lo define el lugar de nacimiento, o el domicilio actual?
¿Mi cédula de extranjería colombiana o mi pasaporte británico con visa de residente es suficiente para mostrar que mi domicilio actual es Colombia?
Una vez más gracias a todos por su apoyo.
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Estando dentro de esa demarcación consular tienes que darte de alta como residente en el Consulado de Bogotá, ya con eso puedes iniciar el tramite ahí.
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
Gracias Rodolfo IV.
No estoy seguro a cual consulado te refieres, ¿al español o al británico? Pues recuerda que aún solo soy británico y deseo adquirir la nacionalidad española por opción. Por ende, no creo que me pueda dar de alta en en consulado español como residente sin ser español. Por favor corrígeme si estoy equivocado. Gracias por tu ayuda.
No estoy seguro a cual consulado te refieres, ¿al español o al británico? Pues recuerda que aún solo soy británico y deseo adquirir la nacionalidad española por opción. Por ende, no creo que me pueda dar de alta en en consulado español como residente sin ser español. Por favor corrígeme si estoy equivocado. Gracias por tu ayuda.
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Re: Recuperación nacionalidad española tras el Brexit
En el de España, te hacen hacer todo el tramite junto, la hoja declaratoria de datos de nacimiento, el de matricula (como residente) el CERA (Censo Electoral de los Residentes Ausentes) llevas completos esos formularios...español serás a partir de que inscriban el nacimiento con efecto "retroactivo" al momento de la opción, presentas los documentos en el Consulado de Bogotá y serán remitidos al de Lisboa pues ahí harán tu inscripción de nacimiento con la anotación marginal correspondiente, eso es lo que corresponde no es que tu estés pidiendo que el encargado del Registro Civil de Bogotá inscriba tu nacimiento en ese Consulado
En resumen deberías reunir los documentos completar los formularios y pedir cita.
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... revia.aspx
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN COMO RESIDENTE
Hoja declaratoria nacimiento
En resumen deberías reunir los documentos completar los formularios y pedir cita.
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... revia.aspx
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN COMO RESIDENTE
Hoja declaratoria nacimiento
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