Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Buenas,
Os comento mi caso. Presenté los papeles en el Registro de Vigo el 4/01/2009, llegando la carta para la inscripción de nacidos en el Registro Central el 23/03/2009. Y después de casi 8 meses, por fin el pasado 14/01/2010 llamé y me confirmaron que el trámite habia concluido y que en un mes me llegarian 2 certificados. Hasta aqui todo genial.
Pero tengo un problema. He de viajar si o si el dia 20 de febrero a Uruguay, y la verdad es que si se demoran lo más minimo los certificados me será imposible sacarme el DNI. Por lo que he visto, Khusi ha conseguido sacarse el DNI sin esperar los certificados, actuando de la siguiente forma:
1.- Se sacó unos certificados en Calle de la Montera 18 (Madrid)
2.- Solicitó en c/De la Bolsa (Madrid) una certificación para obtener DNI y unas cuantas certificaciones literales, a pesar de que ya habian sido enviadas las dos certificaciones que suelen enviar (una para DNI y una literal). Asi pudo solicitar su DNI con menor demora, ya que las entregan el mismo dia.
Mi pregunta es si estos pasos son los correctos para poderme sacar después el DNI en Vigo...
Muchas gracias por la información que ha aparecido en este foro, me ha servido mucho de ayuda. Y gracias a sus moderadores.
Os comento mi caso. Presenté los papeles en el Registro de Vigo el 4/01/2009, llegando la carta para la inscripción de nacidos en el Registro Central el 23/03/2009. Y después de casi 8 meses, por fin el pasado 14/01/2010 llamé y me confirmaron que el trámite habia concluido y que en un mes me llegarian 2 certificados. Hasta aqui todo genial.
Pero tengo un problema. He de viajar si o si el dia 20 de febrero a Uruguay, y la verdad es que si se demoran lo más minimo los certificados me será imposible sacarme el DNI. Por lo que he visto, Khusi ha conseguido sacarse el DNI sin esperar los certificados, actuando de la siguiente forma:
1.- Se sacó unos certificados en Calle de la Montera 18 (Madrid)
2.- Solicitó en c/De la Bolsa (Madrid) una certificación para obtener DNI y unas cuantas certificaciones literales, a pesar de que ya habian sido enviadas las dos certificaciones que suelen enviar (una para DNI y una literal). Asi pudo solicitar su DNI con menor demora, ya que las entregan el mismo dia.
Mi pregunta es si estos pasos son los correctos para poderme sacar después el DNI en Vigo...
Muchas gracias por la información que ha aparecido en este foro, me ha servido mucho de ayuda. Y gracias a sus moderadores.
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- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Vas a la calle de la Montera, 18 (bastante temprano, porque dan números limitados. Abren a las 9:00) y solicitas una certificación para el DNI que te dan en el momento.
Ya está, asi de fácil.
Saludos
Ya está, asi de fácil.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Muchisimas gracias Elenilla. Eso haré.Elenilla escribió:Vas a la calle de la Montera, 18 (bastante temprano, porque dan números limitados. Abren a las 9:00) y solicitas una certificación para el DNI que te dan en el momento.
Ya está, asi de fácil.
Saludos
Saludos!!
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Me gustaria que con la mayor claridad posible algun funcionario tenga la bondad de analizar mi caso y me diga la factibilidad de un resultado positivo....
A decir la verdad la confusion es enorme....Y no hay un criterio uniforme que pueda dejarnos tranquilos...
Yo presente el dia 19 de Marzo del 2009 másolicitud por anexo 1, al mismo adjunte la siguiente documentancion: Partida literal de mi abuelo nacido en Palma de Mayorca - Partida de defuncion expedida y certificada en Uruguay donde se acredita su condicion de Español - Certificado de la Corte Electoral donde se expresa que mi abuelo nunca solicito la ciudadania uruguaya - Partida de nacimiento de mi Padre y Partida de defuncion certificada - Partida de Matrimonio de mis padres certificada - Partida de nacimiento mia certificada - Comprobante mio de empadronamiento - Todo esto se llevo a cabo en el Registro Civil de Arona - Tenerife. Mi padre nunca fue inscripto por mi abuelo en el Consuldo Español y mi padre tampoco en vida solicito su ciudadania..
En Arona revisaron todos los documentos presentados y me dieron el visto bueno...Ante la consulta de que podia pasar al mi padre no haber sido inscripto el funcionario me indico con total solvencia manifiesta, que mi padre era español de origen, por lo cual no cabia ninguna otra observacion.
El 15 de julio obtuve numero de expediente 0017166/2009, el cual hasta la fecha se encuentra como '' pendiente de tramite ''....Llamado en reiteradas ocaciones al 902 007 214 la respuesta es invariable, 'esta en tramite . y no hay observaciones, solo hay que esperar'. Entonces concretamente pueden rechazarme mi nacionalidad por alguna razon....SI o No de acuerdo a las vistas precedentes. Se por lo leido que hay gente en iguales condiciones que yo a quienes se les ha concedido son problema...Pero tambien he leido y eso es lo mortificante que a otros se les a pedido una inscripción del padre fallecido, y todo acaen España. Desde ya muchas gracias. Mi e-mail por si alguien quiere hacerme una aclaracion es: gbkyudokanusa@hotmail.com
A decir la verdad la confusion es enorme....Y no hay un criterio uniforme que pueda dejarnos tranquilos...
Yo presente el dia 19 de Marzo del 2009 másolicitud por anexo 1, al mismo adjunte la siguiente documentancion: Partida literal de mi abuelo nacido en Palma de Mayorca - Partida de defuncion expedida y certificada en Uruguay donde se acredita su condicion de Español - Certificado de la Corte Electoral donde se expresa que mi abuelo nunca solicito la ciudadania uruguaya - Partida de nacimiento de mi Padre y Partida de defuncion certificada - Partida de Matrimonio de mis padres certificada - Partida de nacimiento mia certificada - Comprobante mio de empadronamiento - Todo esto se llevo a cabo en el Registro Civil de Arona - Tenerife. Mi padre nunca fue inscripto por mi abuelo en el Consuldo Español y mi padre tampoco en vida solicito su ciudadania..
En Arona revisaron todos los documentos presentados y me dieron el visto bueno...Ante la consulta de que podia pasar al mi padre no haber sido inscripto el funcionario me indico con total solvencia manifiesta, que mi padre era español de origen, por lo cual no cabia ninguna otra observacion.
El 15 de julio obtuve numero de expediente 0017166/2009, el cual hasta la fecha se encuentra como '' pendiente de tramite ''....Llamado en reiteradas ocaciones al 902 007 214 la respuesta es invariable, 'esta en tramite . y no hay observaciones, solo hay que esperar'. Entonces concretamente pueden rechazarme mi nacionalidad por alguna razon....SI o No de acuerdo a las vistas precedentes. Se por lo leido que hay gente en iguales condiciones que yo a quienes se les ha concedido son problema...Pero tambien he leido y eso es lo mortificante que a otros se les a pedido una inscripción del padre fallecido, y todo acaen España. Desde ya muchas gracias. Mi e-mail por si alguien quiere hacerme una aclaracion es: gbkyudokanusa@hotmail.com
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Botija,
No he leido de ningún caso en que se haya calificado positivamente la opción por Anexo 1 sin presentar acta de nacimiento del progenitor originariamente español expedida por un regsitro civil español.
En el caso que poseas residencia legal, y si te resultara po$ible, sugiero que te des una vuelta por UUUUUUUUUY.
El trámite lleva unos 6 meses, pero un familiar puede retirar tu acta y enviártela a Spain para que hagas el DNI y pasaporte.
citapreviaconsular.maec.es
No he leido de ningún caso en que se haya calificado positivamente la opción por Anexo 1 sin presentar acta de nacimiento del progenitor originariamente español expedida por un regsitro civil español.
En el caso que poseas residencia legal, y si te resultara po$ible, sugiero que te des una vuelta por UUUUUUUUUY.
El trámite lleva unos 6 meses, pero un familiar puede retirar tu acta y enviártela a Spain para que hagas el DNI y pasaporte.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Muchas gracias Javier2749c:
La realidad es que en esta misma pagina esta el caso de Kushi, que es identico al mio... Y en todos los Consulados del mundo llevan a cabo ambas inscripciones, sobre todo que lo que me puedan pedir a mi para inscribir a mi padre ya lo tienen en el exp. En fin la disparidad de criterios es enorme. Por otro lado siempre me dicen que esta toda la informacion necesaria.... Asi que por el moment sigo a la espera... Y si alguien sabe algo mas desde ya mi eterno agradecimiento....
La realidad es que en esta misma pagina esta el caso de Kushi, que es identico al mio... Y en todos los Consulados del mundo llevan a cabo ambas inscripciones, sobre todo que lo que me puedan pedir a mi para inscribir a mi padre ya lo tienen en el exp. En fin la disparidad de criterios es enorme. Por otro lado siempre me dicen que esta toda la informacion necesaria.... Asi que por el moment sigo a la espera... Y si alguien sabe algo mas desde ya mi eterno agradecimiento....
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Yo creo que deberias de consultar con los funcionarios si es posible iniciar la inscripción de nacimiento de tu padre, en vez de esperar por la denegación que seguramente te llegará tarde o temprano
No aclaraste si tu padre falleció (ni su fecha de nacimiento). Lo absurdo es que en ningún consulado inscriben al padre fallecido por lo cual no podrias pedir en Montevideo (si tenés hermanos) que se confeccione el acta de tu padre para luego presentarla en España.
No aclaraste si tu padre falleció (ni su fecha de nacimiento). Lo absurdo es que en ningún consulado inscriben al padre fallecido por lo cual no podrias pedir en Montevideo (si tenés hermanos) que se confeccione el acta de tu padre para luego presentarla en España.
Última edición por Javier2749c el 21 Ene 2010, 23:02, editado 1 vez en total.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Presente la partida de defuncion de mi padre legalizada como todo, por el Ministerio de Relaciones Exteriores..... Documentos presente de sobra, y por si fuera poco tuvieron mas que tiempo para avisarme, ya que como veras presente todo el 19 de marzo en Tenerife y recien me dieron numero de exp. en Julio...
A decir la verdad yo no se si crean la confusion a proposito es verdadera negligencia....como sea, nos tienen de rehenes de una situacion innesesaria, porque no se trata de falta de documentos. Tiene toda la probatoria necesaria. Yo se positivamente que tienen todo lo que me pidieron y mas. Pero..... Ya ves en la pagina anterior esta el caso de Kushi como te habia dicho y es exacto al mio... Pero seria bueno que un funcionario si hubiera por ahi...y con toda la informacion brindada es capaz de darnos tranquilidad.....
A decir la verdad yo no se si crean la confusion a proposito es verdadera negligencia....como sea, nos tienen de rehenes de una situacion innesesaria, porque no se trata de falta de documentos. Tiene toda la probatoria necesaria. Yo se positivamente que tienen todo lo que me pidieron y mas. Pero..... Ya ves en la pagina anterior esta el caso de Kushi como te habia dicho y es exacto al mio... Pero seria bueno que un funcionario si hubiera por ahi...y con toda la informacion brindada es capaz de darnos tranquilidad.....
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
-¿Y tu padre nació en qué fecha?
-¿Los documentos fueron legalizados en el Consulado de España en Montevideo?
-¿Los documentos fueron legalizados en el Consulado de España en Montevideo?
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Mi padre nacio en 1918 y todos los documentos fueron legalizdos por el Ministerio de Relaciones Exteriores tal cual me fueron solicitados y a tales fnes.... Lo que no hice fue sencillamente porque no me lo pidieron.... Y como reitero...los revisaron conciensudamente y me dijeron que estaba todo perfecto... Es ahora donde he visto que a algunos le estan pidiendo la inscripción del fallecido... Pero en otros casos y ante identica situacion, no. De verdad que ya no me muevo a hacer mas nada...Que sea lo que DIOS quiera. No tiene sentido que jueguen de esta manera, cuando tuvieron tiempo mas que suficiente para aclarar todas las dudas.... Es muy triste que luego de tenernos espectantes durante tanto tiempo formalisen tramites burocraticos que en definitiva ni los propios representantes de España en el resto del mundo toman en consideracion por lo nulo del valor que aportan.... Español de origen es Español de origen...y no hay dos interpretaciones....nace como tal y muere como tal...Pero bueno...La Ley es la Ley....Y como dije que sea lo que Dios quiera...
MUCHAS GRACIAS..
MUCHAS GRACIAS..
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Espero que tengas suerte, pero si estuviera en tu lugar, iria planificando un viaje a Uruguay para optar.
El único problema es que si no tuvieras residencia legal, tendrias que esperar los 6 meses para obtener el pasaporte en UY.
El único problema es que si no tuvieras residencia legal, tendrias que esperar los 6 meses para obtener el pasaporte en UY.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
En mi caso, Gerardo, lo que no hice fue porque me recomendaron que no lo hiciera. Yo me habia presentado en el RC local para inscribir a mi padre, no para optar. Afortunadamente llevaba toda la documentación, y aún más afortunadamente finalizó el trámite sin que me exigieran la inscripción fuera de plazo de mi difgunto padre. Tuve mucha suerte, como ha dicho Mundo.Gerardo escribió:Lo que no hice fue sencillamente porque no me lo pidieron....
Por otra parte, supongo que el RC Central podria practicar simultáneamente ambas inscripciones, según el articulo 2 de la Ley del Registro Civil, que no sé si sea de aplicación en este caso:
Eso de instar la inscripción omitida quizá lo deberia hacer el Ministerio Fiscal, según el Articulo 24 de la misma Ley, ya que no se hizo previamente conforme lo exige la Instrucción (en aparente contradicción con la Ley). ¿No cabria hacer algo asi, estimados Funcionarios?El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos. Sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuere posible certificar del asiento se admitirán otros medios de prueba; pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.
i‚¡Mucha suerte!
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Gracias Kushi:
Realmente yo pregunte por la inscripción de mi padre, y el funcionario me dijo que ya quedaba demostrado ''sobradamente' que mi padre era español de origen por lo cual no era necesario nada mas... Ahora bien, si lo aceptaron de esa forma y con toda la documentacion presentada.... cabe la posibilidad que cierta de que me otorguen la ciudadania? o ya debo descartarla de plano?, hay otros casos como el tuyo en donde haya sido concedida? Y porque cada vez que llamo al 902........ la respuesta es que todo esta perfecto y no falta nada, que si no ya me lo hubieran notificado. Muchas gracias....
Realmente yo pregunte por la inscripción de mi padre, y el funcionario me dijo que ya quedaba demostrado ''sobradamente' que mi padre era español de origen por lo cual no era necesario nada mas... Ahora bien, si lo aceptaron de esa forma y con toda la documentacion presentada.... cabe la posibilidad que cierta de que me otorguen la ciudadania? o ya debo descartarla de plano?, hay otros casos como el tuyo en donde haya sido concedida? Y porque cada vez que llamo al 902........ la respuesta es que todo esta perfecto y no falta nada, que si no ya me lo hubieran notificado. Muchas gracias....
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Por lo que cuentas, tu caso tuvo el mismo comienzo que el mio, y mi opinión es que tendrá la misma conclusión.Gerardo escribió:Realmente yo pregunte por la inscripción de mi padre, y el funcionario me dijo que ya quedaba demostrado ''sobradamente' que mi padre era español de origen por lo cual no era necesario nada mas... Ahora bien, si lo aceptaron de esa forma y con toda la documentacion presentada.... cabe la posibilidad que cierta de que me otorguen la ciudadania? o ya debo descartarla de plano?, hay otros casos como el tuyo en donde haya sido concedida? Y porque cada vez que llamo al 902........ la respuesta es que todo esta perfecto y no falta nada, que si no ya me lo hubieran notificado. Muchas gracias....
Por cierto, no se trata de una "concesión" (como en el caso de la nacionalidad por residencia), sino del ejercicio de un derecho otorgado en una Ley. Suponiendo que los requisitos se cumplan, si acaso llegaren a desestimar tu inscripción por faltar la de tu padre, yo creo que podrias presentar recurso administrativo de alzada ante la DGRN. Desconozco si existen otros casos como el mio, pero cuenta con mi ayuda si llegaras a necesitarla.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Estrictamente no es necesario que exista una inscripción previa del padre, pues "como en el Registro Civil no juega el principio de tracto sucesivo, es evidente que puede inscribirse el nacimiento de un hijo en el Registro aunque, por diversas razones, no llegue a inscribirse el nacimiento del padre." (http://www.exiliados.org/paginas/Nacion ... e_1999.htm)
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
Enormemente agradecido desde ya.....mas arriba expongo mi correo electronico, por si fuera necesario por esa via una comunicacion mas aclaratoria... Pero te reitero el agradecimiento... y como corolario hace menos de una hora llame al 902 y la persona que me atendio muy gentilmente (y se que carecen de una informacion profunda) me dijo que definitivamene lo que podia apreciar era que estaban todos los documentos requeridos, y si el tiempo se extendia un mes mas remitiera una carta a la calle de La Bolsa nro. 1.... Pero que no veia ningun tipo de problema. Seguimos en carrera.
Muchas gracias tambien a ti Javier...son invaluables todas las ayudas, ya que la desesperacion aumenta con la incertidumbre. Todo aporte y experiencia aumenta las posibilidades de encontrar soluciones... Espero que mi caso en su desarrollo y conclusion, cualquiera sea esta, sirva tambien como elemento de consulta a otros que se puedan encontrar en similares circunstancias.
Muchas gracias tambien a ti Javier...son invaluables todas las ayudas, ya que la desesperacion aumenta con la incertidumbre. Todo aporte y experiencia aumenta las posibilidades de encontrar soluciones... Espero que mi caso en su desarrollo y conclusion, cualquiera sea esta, sirva tambien como elemento de consulta a otros que se puedan encontrar en similares circunstancias.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
La persona que te atendió desconoce absolutamente si has presentado tu solicitud correctamente y si has aportado la documentación requerida porque carece de esa información, de la que sólo dispondrá el funcionario que estudie, cuando le corresponda por su turno, tu petición.Gerardo escribió: llame al 902 y la persona que me atendio muy gentilmente (y se que carecen de una informacion profunda) me dijo que definitivamene lo que podia apreciar era que estaban todos los documentos requeridos
Si yo estuviera en tu caso seguiria el consejo de Javier2749c, muy equilibrado como todas sus opiniones, y solicitaria la inscripción de nacimiento de mi padre en el Registro Civil Central como exige la Instrucción de la DGRN de 4 de noviembre de 2008.
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Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
En el dia de hoy fuimos a averiguar el rcc y la persona que nos atendio nos dijo que a la fecha estan inscribiendo los tramites aprobados en noviembre. Que en unos dos meses llame al 902 para averiguar sobre mi tramite y que no confie en la pagina web poruqe ahi no aparecera como tramite concluido. Tambien nos dijo que cuando tengamos los datos de la inscripción la solicitemos por internet ya que esta tarda solo 15 dias en llegar.
Realmente no deberia de dudar en su palabra pero... Alguien de este foro puede corroborar esto? Muchas gracias.
Realmente no deberia de dudar en su palabra pero... Alguien de este foro puede corroborar esto? Muchas gracias.
Re: Cuanto tiempo tardará la inscripción en el RC Central por la Ley 52/07
tengo una pregunta, mi tramite de inscripción en el RCC (Madrid) me aparece en internet con el estatus de "expediente concluido", he llamado al MJusticia y me dicen que aunque aparece como "concluido" no les aparece ninguna información sobre el registro (ni tomo, ni folio ni nada....) ¿sabeis porque puede ocurrir esto? tampoco he recibido ninguna notificación y al estar supuestamente concluido el problema es que no se que ha pasado (si estoy inscrita o no), alguna ayudda?
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