Hijo de padre inscrito después de la muerte
Dudas LMD
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Hijo de padre inscrito después de la muerte
Buen día !
Realicé la inscripción póstuma de nacimiento de mi padre, contiene la sentencia:
"La presente inscripción se practica sin que prejuzgue la nacionalidad del inscrito."
Tengo las siguientes dudas:
- ¿ Mi padre és español originário?
- ¿Puedo utilizar su registro español para optar por la ley 20/2022 (LMD) , aunque haya nacido fuera de España de padres españoles?
Gracias
Realicé la inscripción póstuma de nacimiento de mi padre, contiene la sentencia:
"La presente inscripción se practica sin que prejuzgue la nacionalidad del inscrito."
Tengo las siguientes dudas:
- ¿ Mi padre és español originário?
- ¿Puedo utilizar su registro español para optar por la ley 20/2022 (LMD) , aunque haya nacido fuera de España de padres españoles?
Gracias
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Re: Hijo de padre inscrito después de la muerte
Parece que no ha quedado acreditado que fuera español EN EL MOMENTO DEL NACIMIENTO DEL INSCRITO y que por eso hayan puesto esa observación.
Para ver si es español de origen, habría que ver CONCRETAMENTE la certificación de nacimiento de esa persona. Y ahí ver si pone que el progenitor suyo era español en el momento de su nacimiento. Entonces sí lo será de origen.
Acompañe la certificación de nacimiento de sus abuelos, además de las de su padre y madre en su solicitud por el anexo I
Saludos
Para ver si es español de origen, habría que ver CONCRETAMENTE la certificación de nacimiento de esa persona. Y ahí ver si pone que el progenitor suyo era español en el momento de su nacimiento. Entonces sí lo será de origen.
Acompañe la certificación de nacimiento de sus abuelos, además de las de su padre y madre en su solicitud por el anexo I
Saludos
Re: Hijo de padre inscrito después de la muerte
Los consulados brasileños solo registran en el Anexo I a las personas cuyos abuelos fueron exiliados, sin considerar las instrucciones publicadas en el BOE el 26/10/2022, para asistir también a los nietos de abuelos no exiliados.
¿Cómo apelar en estos casos? Gracias.
¿Cómo apelar en estos casos? Gracias.
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Re: Hijo de padre inscrito después de la muerte
Reportalo, con suerte alguien te responde.
https://twitter.com/CGCEE_VIII
Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares
C/ Príncipe de Vergara, 52
28006 Madrid
Teléfonos: 91 379 79 65
91 394 88 54
Fax: 91 394 86 66
Atención al público en la esquina entre Calle de Padilla y Calle del General Pardiñas.
consular@maec.es
informacion.consular@maec.es
Subdirección General de Protección y Asistencia Consular
Subdirección General de Asuntos Jurídicos Consulares
Subdirección General de Asuntos de Extranjería
División de Emergencia Consular
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Re: Hijo de padre inscrito después de la muerte
¿Existe un modelo de petición que yo pueda presentar junto con la documentación referente al anexo 1 de la LMD para que el consulado si me denegar, tenga que justificar los hechos para tal denegación.?
Eso pues varios consulados en Brasil no están respectando las instrucciones sobre la LMD y no aceptan los hijos y nietos de no exilados.
Gracias y saludos a todos.
Eso pues varios consulados en Brasil no están respectando las instrucciones sobre la LMD y no aceptan los hijos y nietos de no exilados.
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Re: Hijo de padre inscrito después de la muerte
Un escrito dirigido al a encargado del Registro Civil, donde cites entre otros el art. 226 del Reglamento de LRC, art. 16.4 c) de la Ley 39/2015, si fueran tan amables de contestarte claro esta.adesoliveira escribió: ↑29 Nov 2022, 19:39¿Existe un modelo de petición que yo pueda presentar junto con la documentación referente al anexo 1 de la LMD para que el consulado si me denegar, tenga que justificar los hechos para tal denegación.?
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