Las certificaciones de bautismo españolas, ¿deben ser legalizadas? ¿Cuáles son los pasos de legalización? (Se va a presentar en el consulado de Buenos Aires.)
(El nacimiento es en 1893 y no se encuentra el acta en registro civil, voy a pedir la negativa también).
Certificaciones de bautismo españolas: ¿hay que legalizarlas?
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 4
- Registrado: 02 Nov 2022, 19:37
-
- Mensajes: 8670
- Registrado: 10 Jul 2008, 01:50
- Agradecido : 146 veces
- Agradecimiento recibido: 452 veces
- Género:
Re: Certificaciones de bautismo españolas: ¿hay que legalizarlas?
Los documentos expedidos por organismos españoles para ser utilizados en oficinas española no necesitan legalización alguna.
Las oficinas de los Consulados de España en el extranjero SON OFICINAS ESPAÑOLAS, por lo que los documentos que expiden los organismos españoles no necesitan ninguna legalización.
Otra cosa es que lo fuera a presentar en una oficina o administración extranjera. Entonces sí tienen que ser legalizadas/apostilladas, según el caso.
Las oficinas de los Consulados de España en el extranjero SON OFICINAS ESPAÑOLAS, por lo que los documentos que expiden los organismos españoles no necesitan ninguna legalización.
Otra cosa es que lo fuera a presentar en una oficina o administración extranjera. Entonces sí tienen que ser legalizadas/apostilladas, según el caso.
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 2 Respuestas
- 1736 Vistas
-
Último mensaje por Pepeco
-
- 1 Respuestas
- 935 Vistas
-
Último mensaje por izhak
-
- 0 Respuestas
- 2872 Vistas
-
Último mensaje por FLORES
-
- 1 Respuestas
- 3493 Vistas
-
Último mensaje por luisa
-
- 0 Respuestas
- 1112 Vistas
-
Último mensaje por aismelva
-
- 3 Respuestas
- 1771 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 0 Respuestas
- 2027 Vistas
-
Último mensaje por victor
-
- 11 Respuestas
- 3461 Vistas
-
Último mensaje por Roma1317