Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
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Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
Bisabuela fallecida originariamente española y nacida en España, Recupera Nacionalidad Española en 1999, se nacionalizo en Cuba antes de nacer su hijo ( mi abuelo)
Mi abuelo nació en Cuba con Nacionalidad Española por opción por ley 36/2002 en el año 2007.
Mi madre, se hará ahora por la LMD previo Mi abuelo cambie la de Opción por la de Origen.
Yo??? Que pudiera hacer?
Opciones posibles incluido el exilio?
Gracias, saludos
Mi abuelo nació en Cuba con Nacionalidad Española por opción por ley 36/2002 en el año 2007.
Mi madre, se hará ahora por la LMD previo Mi abuelo cambie la de Opción por la de Origen.
Yo??? Que pudiera hacer?
Opciones posibles incluido el exilio?
Gracias, saludos
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Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
Por lo que tengo entendido, tu madre hace el trámite por Anexo I al ser nieta y tu presentas por Anexo III, ya sea esperando que tu madre termine su trámite y tu hacerlo (pero que sea antes de que termine el plazo), o, si el consulado lo permite, iniciar tu trámite poco después del inicio de tu madre con copia del recibo.
Cuando dices: "Mi madre, se hará ahora por la LMD previo Mi abuelo cambie la de Opción por la de Origen." ¿se lo están solicitando en el consulado? no creo que tenga que esperar a que eso pase (pero puedo estar equivocado). Suerte.
Cuando dices: "Mi madre, se hará ahora por la LMD previo Mi abuelo cambie la de Opción por la de Origen." ¿se lo están solicitando en el consulado? no creo que tenga que esperar a que eso pase (pero puedo estar equivocado). Suerte.
Presenté papeles en agosto de 2009 en Monterrey, México. Acta en mis manos! Septiembre 2011
Tramité pasaporte noviembre 2011, recibido diciembre 2011, renovado 2023.
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Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
Gracias,
Mi madre se presentó con Anexo III pq mi abuelo se acogió a la de Origen por Anexo IV ( q ya tiene resolución favorable),
La duda soy yo que siendo bisnieta de una originariamente española q recupero nacionalidad española en 1999 si tengo derecho o no a presentar solicitud y por cual Anexo I o Anexo III (mi abuelo tiene ahora la de Origen por la LMD y mi madre hizo la solicitud por mi abuelo con Anexo III)
Mi madre se presentó con Anexo III pq mi abuelo se acogió a la de Origen por Anexo IV ( q ya tiene resolución favorable),
La duda soy yo que siendo bisnieta de una originariamente española q recupero nacionalidad española en 1999 si tengo derecho o no a presentar solicitud y por cual Anexo I o Anexo III (mi abuelo tiene ahora la de Origen por la LMD y mi madre hizo la solicitud por mi abuelo con Anexo III)
Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
bitito, como te dice Vicente, lo que más te conviene es que tu madre aplique por anexo 1 y después tú por anexo 3.
Como tu madre es nieta de una persona originariamente española y esto ya lo demostró tu abuelo por ser español por el anexo 20.1.b, tengo entendido que en Cuba no están solicitando aportar documentación del originariamente español, sino solo de el progenitor que es español por el 20.1.b. (Porque sería redundante que tu madre tenga que demostrar ser nieta de una persona originariamente española cuando su padre ya lo demostró ante el consulado)
No hace falta que tu abuelo aplique por anexo 4, pero si quiere puede hacerlo y es independiente de lo demás.
No es necesario que esperes a que el expediente de tu madre sea resuelva primero. Tú te Presentas con su anexo 1 firmado y sellado por el consulado, y después cuando a ella le salga la nacionalidad te presentas por asuntos generales para aportar tomo y folio de tu madre.
En Cuba todo esto que te digo es completamente normal y va muy rápido. Las resoluciones están saliendo en menos de 3 meses. El problema allí es conseguir cita. Los cubanos están acudiendo a "gestores" que tienen captado el sistema informático y están abusándose económicamente de la situación.
Como tu madre es nieta de una persona originariamente española y esto ya lo demostró tu abuelo por ser español por el anexo 20.1.b, tengo entendido que en Cuba no están solicitando aportar documentación del originariamente español, sino solo de el progenitor que es español por el 20.1.b. (Porque sería redundante que tu madre tenga que demostrar ser nieta de una persona originariamente española cuando su padre ya lo demostró ante el consulado)
No hace falta que tu abuelo aplique por anexo 4, pero si quiere puede hacerlo y es independiente de lo demás.
No es necesario que esperes a que el expediente de tu madre sea resuelva primero. Tú te Presentas con su anexo 1 firmado y sellado por el consulado, y después cuando a ella le salga la nacionalidad te presentas por asuntos generales para aportar tomo y folio de tu madre.
En Cuba todo esto que te digo es completamente normal y va muy rápido. Las resoluciones están saliendo en menos de 3 meses. El problema allí es conseguir cita. Los cubanos están acudiendo a "gestores" que tienen captado el sistema informático y están abusándose económicamente de la situación.
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Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
Me imagino que eres mayor de edad entonces aplicas por Anexo III ya que tu madre aplicó por Anexo III también. Por lo menos eso creo.Juani65 escribió: ↑22 Jul 2023, 21:04 Gracias,
Mi madre se presentó con Anexo III pq mi abuelo se acogió a la de Origen por Anexo IV ( q ya tiene resolución favorable),
La duda soy yo que siendo bisnieta de una originariamente española q recupero nacionalidad española en 1999 si tengo derecho o no a presentar solicitud y por cual Anexo I o Anexo III (mi abuelo tiene ahora la de Origen por la LMD y mi madre hizo la solicitud por mi abuelo con Anexo III)
Presenté papeles en agosto de 2009 en Monterrey, México. Acta en mis manos! Septiembre 2011
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Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
¡¡bitito cree bien!!
izhak creo que confundió el caso y por eso dio esa info que es menos correcta.
Y si encima haces la petición en España, en el RC Central están exigiendo que se aporte SIEMPRE documentación que acredite la condición de exiliado cuando se solicita por el anexo I.
Y si no la has presentado, viene denegada y presenta recurso... Y a esperar otro año para que terminen dándote la razón... Pero precisamente los recursos están para recurrir cuando no se está de acuerdo con lo que un instrucctor decide.
izhak creo que confundió el caso y por eso dio esa info que es menos correcta.
Y si encima haces la petición en España, en el RC Central están exigiendo que se aporte SIEMPRE documentación que acredite la condición de exiliado cuando se solicita por el anexo I.
Y si no la has presentado, viene denegada y presenta recurso... Y a esperar otro año para que terminen dándote la razón... Pero precisamente los recursos están para recurrir cuando no se está de acuerdo con lo que un instrucctor decide.
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Re: Nacionalidad por LMD bisnieto Cuba
Muchas Gracias a todos por contestar, me quedo con Anexo III, efectivamente soy hija mayor de edad y despues que presente mi madre por Anexo III, q es la nieta del originariamente español e hija del de origen por LMD.
Igual es enrevesado el texto....
Saludos a tod@s
Igual es enrevesado el texto....
Saludos a tod@s
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