Saludos a todos los miembros del foro.
Me llamo JM, nací en Francia en 1958 de padre español nacido en España y que seguía siendo español cuando nací, ya que fue naturalizado francés en 1966. Mi padre nunca se inscribió ni tampoco inscribió mi nacimiento en el Consulado español correspondiente.
En el pasado viví muchos años en Madrid, donde me he vuelto a mudar hace 1 año exactamente. El 1 de abril de 2022 entró en vigor el Convenio de Nacionalidad entre Francia y España que introduce cambios significativos, muchos de ellos con efecto retroactivo, en los artículos 24, 25 y 26 del CC añadiendo Francia a la lista de países iberoamericanos, Portugal, etc.
Hace un par de semanas llamé al Consulado español correspondiente a mi lugar de nacimiento en Francia para comprobar si había algún registro de mi padre o de mí. Ningún registro alguno, pero tras explicarles mi caso me dijeron que yo soy español de origen porque mi padre seguía siendo español cuando nací y por ello podía directamente solicitar una recuperación de mi nacionalidad española en el Registro Civil Central de Plaza JACINTO BENAVENTE en Madrid, porque mi residencia actual está ubicada en España (Madrid) y yo soy español nacido en el extranjero.
Hace 2 días tuve una cita en el RCC de JACINTO BENAVENTE y cuando le indiqué al funcionario mi voluntad de solicitar la recuperación de nacionalidad, ni siquiera echó un ojo a la documentación que llevé y me dijo que tenía que presentarla en el Registro Civil de Madrid de la Calle Pradillo por ser residente de Madrid y en 3 minutos me despachó. Así que al salir me fui directamente hasta el RC de la Calle Pradillo, y en la planta baja una secretaria muy simpática me hizo rellenar un papel con mis datos, la razón de mi solicitud y el listado de documentos que presentaba y regresé con un resguardo a mi casa. 3 horas después me llamó una funcionaria del RC de Pradillo diciéndome que tenía que regresar al RC de Pradillo para recuperar la documentación presentada porque 1) mi planteamiento inicial de recuperación de nacionalidad era incorrecto 2) que lo que tenía que hacer era solicitar una inscripción tardía de mi nacimiento como español de origen ocurrido en el extranjero, pero solo el RCC de JACINTO BENAVENTE es competente para inscripción de nacimientos de españoles nacidos en el extranjero si los interesados residen en España.
Querría preguntaros:
¿Puedo pedir una inscripción de mi nacimiento como español de origen si he podido perder mi nacionalidad española a tenor del art. 24.1? A pesar de que el Convenio de Nacionalidad entre Francia y España en vigor desde el 1 de abril de 2022 añade Francia a la lista de países cuya adquisición o atribución de la nacionalidad del mismo a un español de origen no conlleva la pérdida de su nacionalidad española (art. 24.1 2ºpárrafo). Pero si esto no tuviera efecto retroactivo, ¿puedo acogerme a lo estipulado en el art. 26.1 CC sobre la recuperación de la nacionalidad española para los españoles de origen cuyos requisitos son a) RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA (de 1 año que acabo de cumplir, aunque tanto el hecho de ser hijo de emigrante español como lo estipulado en el Convenio de doble nacionalidad franco-española me exime de este requisito. b) Declarar ante el encargado del Registro Civil mi voluntad de recuperarla c) Inscribir la recuperación en el Registro Civil. ¿PERO A QUÉ REGISTRO CIVIL se refieren las letras b) y c): el RC Central de JACINTO BENAVENTE o el RC de la Calle PRADILLO?
Vuelvo a recordar que la funcionaria del RC de Pradillo que me contactó por teléfono me ha dijo que mi planteamiento inicial de recuperación de nacionalidad era incorrecto y que lo que tenía que hacer era solicitar simplemente en el RCC de J. Benavente LA INSCRIPCION TARDIA DE MI NACIMIENTO COMO ESPAÑOL DE ORIGEN, OCURRIDO EN EL EXTRANJERO porque la inscripción de nacimientos de españoles nacidos en el extranjero es competencia exclusiva de los Registros Consulares o del RCC de J. Benavente cuando el solicitante reside en España.
Mi duda es: ¿perdí la nacionalidad española o se supone que no al añadirse Francia a la lista de países a que se refiere el art. 24.1 CC? Si la perdí, ¿qué fue primero el huevo o la gallina?, es decir: ¿qué trámite debo realizar en primer lugar (y en cual RC): mi inscripción tardía de nacimiento y luego la recuperación? ¿o al revés? ¿o puedo realizar ambos trámites al mismo tiempo y en el mismo RC pero cuál?
Os agradezco de antemano vuestra ayuda. Un saludo, JM
Inscribir un nacimiento ocurrido en Francia, de padre español nacido en España y que se naturalizó francés en 1966
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Re: Inscribir un nacimiento ocurrido en Francia, de padre español nacido en España y que se naturalizó francés en 1966
NOVEDADES: AYER PUDE ENTREGAR TODA LA DOCUMENTACION EN EL REGISTRO CIVIL CENTRAL DE MADRID PARA INSCRIPCION DE MI NACIMIENTO COMO ESPAÑOL DE ORIGEN OCURRIDO EN EL EXTRANJERO. Sin embargo, olvidé mencionar en el escrito de solicitud que en caso de ser necesario, mi voluntad de recuperar la nacionalidad y que, a pesar de residir en Madrid, se me exime del requisito de residencia legal por ser hijo de emigrante. ¿QUÉ DEBO HACER? ¿DEBO ENVIARLES POR CORREO OTRO ESCRITO EN ESTE SENTIDO INDICANDO Nº DE EXPEDIENTE?
Si alguien pudiera indicarme lo que debo hacer se lo agradecería un montón. JM
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