FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

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Gareth
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por Gareth »

Hola buenas,

Necesito ayuda urgente!!

Os explico vivo en Bélgica, estoy inscrito en el consulado español y necesito un certificado de fe y vida urgentemente para la semana que viene máximo pero en el consulado me han dicho que primero tienen que darme una cita para convocarme y luego en la cita me darán el certificado de fe y vida, pero el problema es que me han dicho que la cita será de aqui a 2-3 semanas y yo no puede esperar tanto porque voy a casarme a principios de marzo y necesito entregar el certificado de fe y vida para la semana que viene máximo. Alguien puede ayudarme porfavor? Existe una solución para solicitar documentos urgentes o algo parecido?

Muchas gracias.
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FLORES
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por FLORES »

El artículo 363 del Reglamento de Registro Civil, que regula este documento, viene a decir que "...ningún órgano oficial ante quien la vida se acredite por la comparecencia del sujeto, o el estado civil de soltero viudo o divorciado, por declaración jurada o afirmación solemne del mismo, podrá exigir ningún otro medio de prueba salvo duda fundada"
Por ello podrías hacer una declaración similar a ésta
DECLARACIÓN JURADA DE ESTADO CIVIL:


D. / Dª. ______________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________ C/ _____________________________________________________ que se identifica con el documento en vigor, cuyo número hace constar:

□ DNI □ PASAPORTE □ NIE nº _______________________



Fórmula de la declaración: (Marque la casilla que proceda)

□ DECLARO BAJO JURAMENTO

□ AFIRMO SOLEMNEMENTE

Que mi estado civil al día de de la fecha es el de: (Marque la casilla correspondiente)

□ SOLTERO/A
□ DIVORCIADO/A
□ VIUDO/A


Y para que sirva de declaración jurada y presentación en ___________ _____________________________________________________________ para __________________________________________________, usando la facultad reconocida por la Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 16 de Noviembre de 1.984, dictada en aplicación del Artículo 363 del Reglamento de Registro Civil conociendo las responsabilidades que en el orden civil y penal conlleva esta declaración, firmo la presente.

En ____________________ a ___ de ______________ de ______







REGLAMENTO DE REGISTRO CIVIL
CAPÍTULO VI.
DE LA FE DE VIDA O ESTADO
Artículo 363.
La vida, estado de soltero, viudo o divorciado se acreditan por la correspondiente fe del Encargado.
La vida se acredita también por comparecencia del sujeto o por acta notarial de presencia, y el estado de soltero, viudo o divorciado, por declaración jurada o afirmación solemne del propio sujeto o por acta de notoriedad.
Ningún órgano oficial, ante quien la vida se acredite por comparecencia del sujeto o el estado de soltero, viudo o divorciado por aquella manifestación podrá exigir otros medios de prueba, sin perjuicio de la investigación de oficio que proceda en caso de duda fundada. Por los órganos oficiales se advertirá previamente al declarante la responsabilidad penal en que puede incurrir.
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FLORES
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por FLORES »

Actualizo el primer mensaje respecto a expedición de fe de vida que estaba algo desfasado.

Deivid
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por Deivid »

Soy español, y me voya a casar en Honduras, saque mi certificado de solteria.
Pero tengo entendido según leo, lo tengo que autenticar y o apostillar para sea valido en Honduras.

MI duda, donde y como apostillarlo, aqui en españa antes de viajar a Honduras??
O estando alli en Honduras con mi certificado de solteria obtenido en mi registro civil de mi localidad, pues dirigirme al ministerio de exteriores de Honduras para alli lo verifiquen ??
Me resulta un poco confuso esto...

Gracias.
Saludos.
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Rodolfo IV
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por Rodolfo IV »

Deivid escribió: 02 May 2022, 18:29MI duda, donde y como apostillarlo, aqui en españa antes de viajar a Honduras??
La Sección Consular de la Embajada de España en Tegucigalpa NO legaliza ni apostilla documentos expedidos en España.

https://www.exteriores.gob.es/es/Servic ... tilla.aspx

Legalización de documentos españoles

Legalización de documentos españoles en España (vía diplomática: MAEC).

Legalización de documentos españoles en el extranjero (vía diplomática: Embajadas de España).

1. Legalización de documentos españoles en España ​

Emitidos por la Administración General del Estado​​
Se incluyen en esta categoría los expedidos por sus autoridades y funcionarios, los organismos y entes públicos incluidos en su estructura y las entidades gestoras de la seguridad social.

Su legalización debe ser efectuada:

en primer lugar, por el servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
(Calle General Pardiñas, 55 CP. 28006 Madrid​ Tel: 91 379 16 63)


y posteriormente, por las embajadas y consulados extranjeros en España del país en el cual vaya a surtir efecto el documento.

gestio
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por gestio »

kárbiko escribió: 02 Jul 2014, 18:56 .. pero siempre que el país del solicitante haya firmado ese Convenio.

Eso es lo que me comunicó en su escrito la Secretaria adjunta de la Comisión Internacional del Estado Civil. (que entiendo que debe saber perfectamente sobre su aplicación)

A un italiano no se la expiden en España (caso que yo planteaba) porque su país (Italia) no es firmante de ese Convenio.
Da lo mismo que el italiano viva en Italia que aquí.
El Convenio es válido para los países (y sus ciudadanos) que lo han ratificado.
Solo Alemania, Francia e Italia han sido firmantes, en primer instancia el dia 10 de septiembre 1998.
Los otros estados no han firmado en 1998, y solo han ratificado en fechas posteriores.(2001/2002 y 2004).
De todos modos, el estado que firma (o ratifica posteriormente) el convenio se compromete a expedir el documento cualquiera sea la nacionalidad del peticionario.
No importa si es de un pays Contratante, o no.
OJO: Hablamos de FE de VIDA (borrar la parte ""y ESTADO CIVIL"" en el impreso).
Un documento OFICIAL que inpedira cualquier """interpretacion"":
https://www.ciec1.org/convention-27-rap ... licatif-fr

gestio
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Re: FE DE VIDA Y ESTADO CIVIL: ¿Qué es, cómo obtenerla,....?

Mensaje por gestio »

roberto escribió: 05 Jul 2014, 00:10 Se esta siendo más papista que el Papa...

Francia, Alemania...etc... mandan formatos plurilinguies para acreditar que un tipo que cobra una pensión en españa esta vivo (en españa lo hacen los bancos y las cajas cada x tiempo el certificar tal situación y muchos no lo saben) y que en mi Registro Civil no se sellan (solo es poner un sello) pero la asistente social si que lo hace con el sello del Ayuntamiento y vale de sobra tanto en Francia como en Alemania...

P.D. solo me refiere a ese documento que envian desde alli para que se certifique que esta vivo.
Effectivamente en Francia son los ayuntamientos que firman la fe de vida (detienen el registro civil).
Un alcade es Juez de Paz durante su mandato.
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