¿Se expide fe de vida para ciudadanos extranjeros en los RC de España?
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
¿Se expide fe de vida para ciudadanos extranjeros en los RC de España?
Se expiden en los registros civiles españoles fe de vida a los extranjeros? Tengo entendido que solo si eres español.
-
- Mensajes: 8670
- Registrado: 10 Jul 2008, 01:50
- Agradecido : 146 veces
- Agradecimiento recibido: 452 veces
- Género:
Re: ¿Se expide fe de vida para ciudadanos extranjeros en los RC de España?
No. Estás mal informada.
Se expide a ciudadanos españoles y a extranjeros que hayan nacido en España, además de los que habiendo nacido en el extranjero sean de países que hayan firmado y ratificado el Convenio CIEC nº 27.
De momento lo han ratificado España, Turquía y Holanda.
Y lo han firmado, pero aún no han ratificado -y por tanto no está vigente para sus ciudadanos- Alemania, Francia e Italia.
Los demás, por ahora, se las hacen en su Embajada o su Consulado,... o si esos países aceptan que un notario de fe de ese hecho, a través de ellos.
Se expide a ciudadanos españoles y a extranjeros que hayan nacido en España, además de los que habiendo nacido en el extranjero sean de países que hayan firmado y ratificado el Convenio CIEC nº 27.
De momento lo han ratificado España, Turquía y Holanda.
Y lo han firmado, pero aún no han ratificado -y por tanto no está vigente para sus ciudadanos- Alemania, Francia e Italia.
Los demás, por ahora, se las hacen en su Embajada o su Consulado,... o si esos países aceptan que un notario de fe de ese hecho, a través de ellos.
-
- Mensajes: 3
- Registrado: 20 Sep 2023, 14:00
- Género:
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 1 Respuestas
- 433 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko
-
- 6 Respuestas
- 2561 Vistas
-
Último mensaje por marecuadrado
-
- 2 Respuestas
- 1580 Vistas
-
Último mensaje por Jucrísvic
-
- 0 Respuestas
- 2006 Vistas
-
Último mensaje por JohanStiven
-
- 4 Respuestas
- 1412 Vistas
-
Último mensaje por Zarintaj