Buenas noches.
He leído un caso de un expediente de LMD por anexo 3 presentado en el Consulado General de España en La Habana por una persona de nacionalidad cubana, hija de padres cubanos y residente en Cuba, pero que nació en Eslovaquia.
Necesito confirmar si el procedimiento del Registro Civil Consular en su caso ha sido correcto, me explico:
Por una parte, le han requerido el certificado de nacimiento eslovaco, no admitiendo el certificado de nacimiento cubano. Por dar contexto, la Constitución cubana actual y las demás Constituciones que han estado vigentes en las últimas décadas, ejemplo Constitución de 1976, Capítulo 2, Artículos 28 y 29 confieren la nacionalidad cubana de nacimiento a los nacidos en el extranjero, de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala. Dichos nacimientos se inscriben el Registro del Estado Civil de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (el homólogo del Registro Civil Central en España). Estos "cubanos de nacimiento" serían el homólogo de lo que en España se conoce como "españoles de origen", aunque hayan nacido fuera del territorio nacional.
¿Es correcto no admitirle el certificado de nacimiento cubano, y exigirle el eslovaco?
Por otra parte, le han indicado que el expediente se remitirá desde Cuba al Consulado de España en Eslovaquia, y que allá se resolverá y en cualquier caso se inscribirá allá.
¿Es correcto esto?
En caso de que el Consulado de España en La Habana no esté procediendo de acuerdo a la Ley, ¿qué reglamentos/artículos podría citar la persona en su defensa? Está claro que lo ideal para esta persona sería que aceptaran su certificado de nacimiento cubano (como cubana de nacimiento que es), y que su expediente se resolviera en Cuba (donde reside y país del cual es ciudadana de origen).
Gracias de antemano.
Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
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Re: Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
Todo es correcto. Debe entregar el acta eslovaca y el expediente se resolverá en Bratislava.
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Re: Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
Eso es correcto, tienen que inscribir el nacimiento en la Embajada de España en Bratislava, República Eslovaca, que cumple "funciones de consulares" en ese país, tal como lo refiere la CIRCULAR DE 13 DE ENERO DE 2023 según lo establecido en el Artículo dieciséis TÍTULO III Reglas generales de competencia, Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil que es la que aplica en este caso.
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Re: Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
Gracias Rodolfo IV . Entiendo entonces que es correcto el procedimiento en este caso. Y tiene sentido que si se manda para Eslovaquia le estén pidiendo aportar su partida de nacimiento eslovaca... Incluso puede que esta persona siga pasando por problemas burocráticos, porque en Eslovaquia pidan un papel o apliquen un criterio distinto de lo que están pidiendo y están aplicando en La Habana... Al menos tiene la ventaja de ser Anexo 3.. si fuera Anexo 1 peor todavía porque es ahí donde está el descontrol mayor...
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Re: Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
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