Donde escribir por una queja Consular LMD

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Booboo
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Donde escribir por una queja Consular LMD

Mensaje por Booboo »

Hola amigos,

El Consulado de España en Manila no esta haciendo caso al Oficio sobre las solicitudes del Anexo III en el mismo día en que su progenitor haya aplicado por el Anexo I, adjuntando copia sellada de la solicitud de su progenitor. Dicen que de momento solo pueden solicitar por la LMD los que están aplicando por Anexo I y que después de aproximadamente un año, una vez aprobada la solicitud, pueden hacer la solicitud los que le correspondan el Anexo III. Me parece increíble que no están siguiendo las instrucciones internas. También dicen que si estas haciendo la solicitud por ser nieto/a, que tu padre/madre haga la solicitud y cuando este resuelto, sus hijos podrán solicitar cita, tratándoles como si fueran Anexo III.

Por otro lado, hay muchísimas personas que se están poniendo nerviosas ya que el Consulado no esta contestando a los correos electrónicos de personas que están pidiendo citas enviándoles toda la documentación completa, incluso apostillada y traducida. Hay muchos que llevan 3 o 4 meses esperando y prácticamente están haciendo el seguimiento cada semana sin recibir ninguna respuesta. Hay una sola persona en el Consulado recibiendo las solicitudes y ni siquiera es el Encargado del Registro Civil. Al parecer solo están recibiendo unas 12 personas diarias y muchas de ellas ni siquiera tiene la documentación completa.

Filipinas fue una vez colonia Española y muchos Españoles que emigraron alli pasaron la nacionalidad a sus descendientes en cadena y así figura la nacionalidad Española tanto del padre o madre soltera en las partidas de sus hijos en las partidas de bautismo de la época. Pues resulta que la persona recibiendo la documentación esta dando información equivocada a los solicitantes y les esta pidiendo que entreguen certificado del Registro Civil en España mostrando que el bisabuelo haya nacido en España. Le dijo a una persona que como su bisabuelo Español nacido en el año 1871 no nació en España que es probable que le denieguen pero que no se preocupe que puede apelar si quiere.

Por otro lado, están pidiendo que los solicitantes con abuelos/as nacidas después de 1900 demuestran que su bisabuelo aun seguía siendo Español cuando nace el abuelo/abuela del solicitante. Lo gracioso es que Filipinas fue uno de los países mas bombardeados durante la segunda guerra mundial y mucha documentación antes de 1945 no existe ya que fueron destruidas. Sin embargo, al parecer el Consulado tiene el libro de matriculas de Españoles y tampoco contestan a las solicitudes de matriculación o partidas de nacimiento que están en su poder. Si por casualidad contestan, dicen que no esta inscrito aunque algunas personas tienen copias de documentación de viaje de sus abuelos donde constan que tenían pasaporte Español emitido por el Consulado de España en Filipinas. Algunos países tienen los libros de la época en linea donde se puede consultar si sus abuelos o bisabuelos estaban matriculados en el Consulado pero en el caso de Filipinas no es así y las personas que necesitan demostrar que su bisabuelo seguía siendo Español lo tienen mas dificil ya que al parecer, el consulado o el Encargado del Registro Civil simplemente no le da la gana emitir certificados.

Por ultimo, Si después de 3 meses tienes la suerte que te den cita, llevan un retraso de 5 meses con lo cual hubieras esperado 8 meses solo para obtener una cita.

La pregunta es lo siguiente:

1. Es normal que el consulado (que a su vez hace función de Registro Civil Español en el extranjero) no contesta a las personas que están solicitando citas y enviándoles copia escaneada con toda la documentación en regla?
2. Es normal que el Encargado del Registro Civil no emita certificados de matriculación o de nacimiento cuando se les solicita mediante el formulario oficial cuando es una tarea que esta incluida dentro del Reglamento?
3. Es normal que hacen caso omiso al Oficio emitido por España sobre las solicitudes simultáneas de Anexo I y III?
4. Es normal que no permiten que los nietos que solicitan mediante Anexo I apliquen sin que sus padres apliquen primero?
5. Es normal que solo haya una persona recibiendo documentación y por lo tanto solo pueden atender a un numero muy limitado de personas al día y dando información equivocada ya que no es el propio Encargado del Registro Consular que atiende a las personas?

Si todo esto en el medio de una ley limitada por tiempo no es normal, se puede enviar una queja y donde?

Muchísimas gracias de antemano.
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