Tengo dos preguntas sobre el libro de familia para recoger en el consulado español.

Consultas sobre la concesión del Libro de Familia para divorciados o fallecidos.

Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Responder

Topic Author
santosrodrigues
Mensajes: 23
Registrado: 14 Mar 2009, 02:34
Género:
    Windows 10 Chrome

Tengo dos preguntas sobre el libro de familia para recoger en el consulado español.

Mensaje por santosrodrigues »

Tengo dos preguntas sobre el libro de familia para recoger en el consulado español.

1 - ¿Se puede recoger el libro de familia después de que fallezca el padre español? La pareja que vivía en unión estable y el hijo de un año están vivos.
2 - En otro caso: ¿puede un matrimonio entre parejas divorciadas recuperar el Libro de Familia?

Agradecería cualquier ayuda.
Responder
  • Temas similares
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje

Volver a “Otros Trámites en el RC”