Niño español de dos años opta por el DA8 de la LMD
¿Puede un niño pasar a ser español no de origen, tras optar LMD pasar a ser español de origen?
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 23
- Registrado: 14 Mar 2009, 02:34
- Agradecido : 1 vez
- Género:
Niño español de dos años opta por el DA8 de la LMD
¿Puede un niño de dos años, huérfano de padre español, optar por el art 20.1 del Código Civil, pasar a ser español no de origen, tras optar por la Disposición Adicional Octava de la Ley de Memoria Democrática pasar a ser español de origen?
-
- Mensajes: 672
- Registrado: 28 Ene 2021, 16:23
- Agradecido : 167 veces
- Agradecimiento recibido: 197 veces
- Género:
Re: Niño español de dos años opta por el DA8 de la LMD
En todo caso, la madre del menor o su representante legal podría presentar en su nombre el anexo IV DA8 LMD y esperar la decisión del Encargado del Registro Civil y en todo caso presentar recurso de apelación, si el menor nació cuando el padre ya había optado o ya era español sería originariamente español sin ser necesario ningún otro trámite. Si el menor es hijo o nieto de español originario (por ejemplo, recuperaron por artículo 26.1 CC) debería presentarse el anexo I DA8 LMD y en este último caso sería concedido, pues ya fue aclarado el tema por oficio de fecha 23/05/2023.
Spoiler
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 2 Respuestas
- 389 Vistas
-
Último mensaje por VicenteR
-
- 1 Respuestas
- 142 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 4 Respuestas
- 963 Vistas
-
Último mensaje por alek6dj
-
- 1 Respuestas
- 568 Vistas
-
Último mensaje por wb2009
-
- 3 Respuestas
- 954 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 7 Respuestas
- 2295 Vistas
-
Último mensaje por alek6dj
-
- 2 Respuestas
- 231 Vistas
-
Último mensaje por XusiBip
-
- 0 Respuestas
- 95 Vistas
-
Último mensaje por santosrodrigues
-
- 0 Respuestas
- 1543 Vistas
-
Último mensaje por Mmichelena
-
- 0 Respuestas
- 1573 Vistas
-
Último mensaje por trisha1996
-
- 5 Respuestas
- 1684 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 1 Respuestas
- 977 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko