Saludos a todos, gracias anticipadas por la atención.
Somos una pareja en busca de información práctica actualizada sobre casos como el nuestro:
queremos casarnos de la forma más rápida y menos complicada, pero queremos un matrimonio que sea legal en los dos países, consideramos la posibilidad de hacer primero el matrimonio por poderes en España y posteriormente el coránico ante los adules pero nos encontramos con muchos obstáculos y dudas.
Puesto que las leyes de Marruecos no reconocen la legalidad del matrimonio civil español, algunos traductores jurados y funcionarios ponen más trabas de las habituales para traducir y apostillar un poder especial para contraer matrimonio, ahora estamos tratando de confirmar los rumores y excusas acerca de plazos exagerados para la audiencia reservada, seguidos de permisos de matrimonio denegados... y ya no digamos el calvario de la posterior solicitud de visado por reagrupación familiar.
El consulado que nos corresponde es el de Casablanca y ya tenemos toda la documentación excepto el poder notarial, si alguien puede aportar alguna experiencia en este asunto, agradecemos mucho su respuesta.
matrimonio marroquí/español por poderes
es posible casarse en España y hacer después el matrimonio coránico?
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Re: matrimonio marroquí/español por poderes
No hay posibilidades de casarse por poderes en España, ya que Marruecos no reconoce el matrimonio por poderes, y en el hipotético caso de que se casaran en España, luego ya no podrían casarse de nuevo en Marruecos, puesto que la validez civil del matrimonio sería del primero celebrado si se hizo conforme a las normas legales.
Deduzco que uno de ustedes es español, y que uno de ustedes se encuentra en España y el otro en Marruecos, si es así, la única posibilidad que tienen es tramitar primero expediente de capacidad matrimonial, y luego con el certificado de capacidad iniciar el expediente de matrimonio ambos bien directamente en el organismo que corresponda en Marruecos compareciendo para ello los dos, o en el Registro Civil del domicilio del contrayente que resida en España compareciendo ambos.
Deduzco que uno de ustedes es español, y que uno de ustedes se encuentra en España y el otro en Marruecos, si es así, la única posibilidad que tienen es tramitar primero expediente de capacidad matrimonial, y luego con el certificado de capacidad iniciar el expediente de matrimonio ambos bien directamente en el organismo que corresponda en Marruecos compareciendo para ello los dos, o en el Registro Civil del domicilio del contrayente que resida en España compareciendo ambos.
Re: matrimonio marroquí/español por poderes
Muchas gracias por su aclaración.
Es lo que sospechábamos, aunque una persona que conoce la administración allí nos dijo que era posible legalizarlo a posteriori, creo que se refería a los matrimonios "privados" que tanto proliferan al margen del sistema judicial... teníamos serias dudas sobre este consejo, porque no pueden superponerse los dos procedimientos, y después de celebrado el civil en España sería imposible obtener el certificado de capacidad matrimonial.
Si lo he comprendido bien, si queremos que el matrimonio sea válido en Marruecos sólo nos queda la opción de hacerlo allí, y después presentar el acta en el registro civil del Consulado para poder pedir el visado.
Es lo que sospechábamos, aunque una persona que conoce la administración allí nos dijo que era posible legalizarlo a posteriori, creo que se refería a los matrimonios "privados" que tanto proliferan al margen del sistema judicial... teníamos serias dudas sobre este consejo, porque no pueden superponerse los dos procedimientos, y después de celebrado el civil en España sería imposible obtener el certificado de capacidad matrimonial.
Si lo he comprendido bien, si queremos que el matrimonio sea válido en Marruecos sólo nos queda la opción de hacerlo allí, y después presentar el acta en el registro civil del Consulado para poder pedir el visado.
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