Inscribir Matrimonio (habiendo fallecido el cónyuge español)
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Inscribir Matrimonio (habiendo fallecido el cónyuge español)
Mi consulta es la siguiente,
Mi madre, mexicana y viuda de español, nunca ha inscrito su matrimonio (celebrado en Mexico) en este Consulado. Todos sus hijos somos Españoles.
Ahora quiero registrar su matrimonio y en el consulado mexicano nos han dicho: "para que? Si ya ha fallecido su marido ".
Es posible solicitar la inscripción aun cuando su marido español ya haya fallecido y obtener libro de familia?
Gracias!
Mi madre, mexicana y viuda de español, nunca ha inscrito su matrimonio (celebrado en Mexico) en este Consulado. Todos sus hijos somos Españoles.
Ahora quiero registrar su matrimonio y en el consulado mexicano nos han dicho: "para que? Si ya ha fallecido su marido ".
Es posible solicitar la inscripción aun cuando su marido español ya haya fallecido y obtener libro de familia?
Gracias!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
No sólo es posible si no que, además, la ley del Registro Civil obliga a inscribir ese matrimonio, aunque haya fallecido el cónyuge español.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Muchas gracias por responder Jucrisvic y aclararme esto, normalmente los Consulados Honorarios desconocen las leyes o los mecanismos, pues solo son intermediarios de los Consulados Generales.
Espero que no me nieguen otra vez la inscripción.
Muchas gracias.
Espero que no me nieguen otra vez la inscripción.
Muchas gracias.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Davidof, te amplio la contestación que correctamente te dió Jucrisvic:
Articulo 71 Ley del Registro Civil
Están obligados a promover la inscripción del matrimonio canónico los propios contrayentes. A este fin pondrán por escrito en conocimiento del encargado del Registro competente, con veinticuatro horas de anticipación, por lo menos, el dia, hora y lugar del acto. El encargado dará recibo de dicho aviso y asistirá, por si o por delegado, a la celebración, al solo efecto de verificar la inmediata inscripción.
En todo caso, la inscripción podrá hacerse en cualquier momento, aun fallecidos los contrayentes, a petición de cualquier interesado, mediante la simple presentación de copia auténtica del acta sacramental o de certificación eclesiástica acreditativa del matrimonio. La inscripción deberá ser comunicada al párroco.
Articulo 71 Ley del Registro Civil
Están obligados a promover la inscripción del matrimonio canónico los propios contrayentes. A este fin pondrán por escrito en conocimiento del encargado del Registro competente, con veinticuatro horas de anticipación, por lo menos, el dia, hora y lugar del acto. El encargado dará recibo de dicho aviso y asistirá, por si o por delegado, a la celebración, al solo efecto de verificar la inmediata inscripción.
En todo caso, la inscripción podrá hacerse en cualquier momento, aun fallecidos los contrayentes, a petición de cualquier interesado, mediante la simple presentación de copia auténtica del acta sacramental o de certificación eclesiástica acreditativa del matrimonio. La inscripción deberá ser comunicada al párroco.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Muchas gracias Karbiko.
En este caso se menciona un Matrimonio Eclesiastico, pasa lo mismo con un matrimonio civil? (Lo digo porque mi madre NO se caso por la iglesia, solo por lo civil).
Gracias!
En este caso se menciona un Matrimonio Eclesiastico, pasa lo mismo con un matrimonio civil? (Lo digo porque mi madre NO se caso por la iglesia, solo por lo civil).
Gracias!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
He ido hoy al Consulado Honorario y les he comentado lo que me habeis constestado por aquí del Articulo 71 Ley del Registro Civil, y me han dicho lo siguiente:
"Eso le han dicho? Esta bien, vamos a enviar la inscripción del matrimonio de su madre al Consulado General, pero NO le daran Libro de Familia."
Por lo pronto lo mas importante es la Inscripción. Pero el Articulo 75 Ley del Registro Civil, menciona lo del Libro de Familia. En fin, ya veremos una vez inscrito el matrimonio.
Muchas gracias Karbiko y Jucrisvic!!!
"Eso le han dicho? Esta bien, vamos a enviar la inscripción del matrimonio de su madre al Consulado General, pero NO le daran Libro de Familia."
Por lo pronto lo mas importante es la Inscripción. Pero el Articulo 75 Ley del Registro Civil, menciona lo del Libro de Familia. En fin, ya veremos una vez inscrito el matrimonio.
Muchas gracias Karbiko y Jucrisvic!!!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Llevo dándole vueltas desde hace unos dias a tu pregunta inicial y creo que me precipité en la respuesta que te di, sobre todo tras leer la respuesta de mi colega Kárbiko.
Tengo mis serias dudas de que se pueda inscribir ese matrimonio civil. ¿Los hermanos tenéis determinada en vuestras inscripciones de nacimiento la filiación matrimonial?. Dicho de otro modo; ¿fuisteis inscritos con referencia al matrimonio de vuestros padres?.
Y, por supuesto, doy por hecho que tu padre era ya español cuando se casó con tu madre. ¿Cierto?.
Tengo mis serias dudas de que se pueda inscribir ese matrimonio civil. ¿Los hermanos tenéis determinada en vuestras inscripciones de nacimiento la filiación matrimonial?. Dicho de otro modo; ¿fuisteis inscritos con referencia al matrimonio de vuestros padres?.
Y, por supuesto, doy por hecho que tu padre era ya español cuando se casó con tu madre. ¿Cierto?.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Jucrisvic,
Efectivamente, todos mis hermanos estamos registrados y consta el matrimonio de mis padres en las inscripciones,
cito textualmente de mi Certificado Literal, a ver que opinas,
Padre XXX
Estado CASADO
Nacionalidad Española
Madre XXX
Estado CASADA
Nacionalidad Mexicana
Matrimonio de los Padres EXISTE
Dia de Celebracion XXX
Mes xx año xxxx
Lugar xxx
Tomo xx Pagina xxx
Documento Presentado ACTA DE MATRIMONO (Mexicana)
Efectivamente, todos mis hermanos estamos registrados y consta el matrimonio de mis padres en las inscripciones,
cito textualmente de mi Certificado Literal, a ver que opinas,
Padre XXX
Estado CASADO
Nacionalidad Española
Madre XXX
Estado CASADA
Nacionalidad Mexicana
Matrimonio de los Padres EXISTE
Dia de Celebracion XXX
Mes xx año xxxx
Lugar xxx
Tomo xx Pagina xxx
Documento Presentado ACTA DE MATRIMONO (Mexicana)
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Correcto. Y ahora me confirmas que tu padre tenia nacionalidad española cuando se casó y, ya de paso, me dices el año en que contrajo matrimonio con tu madre.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Te confirmo, mi padre siempre fue Español, y se casaron en 1961.
Por cierto , tuvieron hijos antes y despues del matrimonio, los hermanos que nacimos despues de 1961 inscribimos la nacionalidad española de Origen, mientras que mis hermanos nacidos antes de 1961 la tienen española recuperada de origen.
Por cierto , tuvieron hijos antes y despues del matrimonio, los hermanos que nacimos despues de 1961 inscribimos la nacionalidad española de Origen, mientras que mis hermanos nacidos antes de 1961 la tienen española recuperada de origen.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
En principio te contesté pensando que el matrimonio de tus padres era canónico y que en México la ley daba plena eficacia juridica a ese matrimonio al igual que la ley española, con lo cual hubiera bastado la simple presentación de la certificación eclesiástica para poder inscribirlo.
Luego al decirme que fue un matrimonio civil recordé que lei una resolución de la DGRN denegando la inscripción de un matrimonio contraido entre español y extranjera al haber fallecido uno de los cónyuges, motivo por el cual la DGRN llegaba a la conclusión de que no podia llegar a determinarse si hubo o no verdadero consentimiento matrimonial (art. 246 Reglamento del Registro Civil), pero lamentablemente no encuentro esa resolución.
No obstante todo lo anterior, quien realmente tiene interés legitimo en promover esa inscripción es tu madre, si vive todavia, pues adquirió la nacionalidad española al haber contraido matrimonio con español antes de 1975 aunque luego la haya perdido por seguir utilizando su nacionalidad mexicana. Pero para poder recuperar esa nacionalidad española necesita previamente que se inscriba el matrimonio en un Registro Civil español.
Luego al decirme que fue un matrimonio civil recordé que lei una resolución de la DGRN denegando la inscripción de un matrimonio contraido entre español y extranjera al haber fallecido uno de los cónyuges, motivo por el cual la DGRN llegaba a la conclusión de que no podia llegar a determinarse si hubo o no verdadero consentimiento matrimonial (art. 246 Reglamento del Registro Civil), pero lamentablemente no encuentro esa resolución.
No obstante todo lo anterior, quien realmente tiene interés legitimo en promover esa inscripción es tu madre, si vive todavia, pues adquirió la nacionalidad española al haber contraido matrimonio con español antes de 1975 aunque luego la haya perdido por seguir utilizando su nacionalidad mexicana. Pero para poder recuperar esa nacionalidad española necesita previamente que se inscriba el matrimonio en un Registro Civil español.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Por fin!
Jucrisvic y Karbiko, hoy he recibido la Inscripción de Matrimonio de mis padres ( 5 meses para un Consulado Honorario esta OK).
Ahora que debe hacer mi madre para recuperar la nacionalidad española?? (puesto que como bien dices, es mexicana pero se caso en 1961). Que decimos en el Consulado Honorario? Que formulario u opcion es?
Un saludo!!
Jucrisvic y Karbiko, hoy he recibido la Inscripción de Matrimonio de mis padres ( 5 meses para un Consulado Honorario esta OK).
Ahora que debe hacer mi madre para recuperar la nacionalidad española?? (puesto que como bien dices, es mexicana pero se caso en 1961). Que decimos en el Consulado Honorario? Que formulario u opcion es?
Un saludo!!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Para recuperarla debe de residir legalmente en España. O puede pedir una dispensa a dicho requisito que dificilmente sea concedida, por no concurrir circunstancias excepcionales.
Algo de ello se discutió en:
http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =22&t=1643
Algo de ello se discutió en:
http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =22&t=1643
Última edición por Javier2749c el 12 Mar 2010, 22:26, editado 1 vez en total.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hola Javi, muchas gracias por responder.....
Le he estado dando vueltas, y he encontrado esto:
"En virtud de la Instruccion Consular No. 40, por medio de la cual se aclara e interpreta el parrafo 2 de la D.A. 7a. De la Ley 52/2007 por la Direccion General de los Registros y el Notariado hay una nueva oportunidad para que sus expedientes sean aprobados, ya que dicha dependencia entiende que si una persona tiene la condición de exiliado, la pérdidad de la nacionalidad española, por matrimonio en el caso de la mujer, se debe fundamentalmente al exilio. Por ello, será el exilio el que deberá acreditarse según se dispone en la Instrucción del 4 de noviembre de 2008 emitida por la D.G.R.N."
En el caso de mi abuela mexicana, puede ser el exilio de mi abuelo español un motivo para obtener la dispensa y asi ella recuperarla?
Gracias!
Le he estado dando vueltas, y he encontrado esto:
"En virtud de la Instruccion Consular No. 40, por medio de la cual se aclara e interpreta el parrafo 2 de la D.A. 7a. De la Ley 52/2007 por la Direccion General de los Registros y el Notariado hay una nueva oportunidad para que sus expedientes sean aprobados, ya que dicha dependencia entiende que si una persona tiene la condición de exiliado, la pérdidad de la nacionalidad española, por matrimonio en el caso de la mujer, se debe fundamentalmente al exilio. Por ello, será el exilio el que deberá acreditarse según se dispone en la Instrucción del 4 de noviembre de 2008 emitida por la D.G.R.N."
En el caso de mi abuela mexicana, puede ser el exilio de mi abuelo español un motivo para obtener la dispensa y asi ella recuperarla?
Gracias!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Me temo que no. Esa instrucción se refiere a la posibilidad de optar por parte de los nietos de "exiliadas".
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hola,
nuevamente por aquí deseo consultar lo siguiente (no se si sea en este hilo).
Una vez inscrito el matrimonio con español (1961) de mi madre mexicana, que modelo hay que usar para la inscripción de nacimiento? es una inscripción directa? o en donde se hace la observacion de la adquisicion de la nacionalidad española por matrimonio?
(En el entendido de que anotaran al margen que perdio la nacionalidad en 1975 y mas adelante pueda recuperarla por residencia).
Muchas gracias!
nuevamente por aquí deseo consultar lo siguiente (no se si sea en este hilo).
Una vez inscrito el matrimonio con español (1961) de mi madre mexicana, que modelo hay que usar para la inscripción de nacimiento? es una inscripción directa? o en donde se hace la observacion de la adquisicion de la nacionalidad española por matrimonio?
(En el entendido de que anotaran al margen que perdio la nacionalidad en 1975 y mas adelante pueda recuperarla por residencia).
Muchas gracias!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Quizá te ayude leer la resolución citada en este mensaje:
http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... 643#p11662
http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... 643#p11662
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Muchas gracias Javier, pero la verdad es que no me queda muy claro que hacer y si procedera o no.
Por lo pronto hemos entregado la inscripción de nacimiento directa de mi abuela en el Consulado Honorario.
A ver que dicen cuando llegue al Consulado General.
Si la inscriben, anotaran que la ha perdido. ( ya luego veremos lo de la dispensa para recuperarla no?)
Un saludo y gracias nuevamente
Por lo pronto hemos entregado la inscripción de nacimiento directa de mi abuela en el Consulado Honorario.
A ver que dicen cuando llegue al Consulado General.
Si la inscriben, anotaran que la ha perdido. ( ya luego veremos lo de la dispensa para recuperarla no?)
Un saludo y gracias nuevamente
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
No, todo indica que no hay forma en que pueda recuperar la nacionalidad. Salvo que se traslade a España y obtenga residencia legal, y luego tramite la recuperación.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Efectivamente, si en dado momento se viniera a España, es mas facil si es una recuperacion que empezar de cero no crees?
Ya os contare por aquí que pasa con la inscripción, espero que no se nieguen....
Ya os contare por aquí que pasa con la inscripción, espero que no se nieguen....
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Si, claro. Si obtiene la inscripción, luego ya tiene parte del camino hecho.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Espero no salirme mucho del hilo con la siguiente pregunta:
Quiero tramitar el NIE de mi madre para que viaje a España, y pienso que nos puede ser util el Libro de Familia, sin embargo, en el Consulado Honorario cuando recibimos el Certificado de Matrimonio, no le dieron Libro, pues justificaron que mi padre (Español) esta fallecido.
Como puedo solicitarlo? Para que mi madre (mexicana) entre a España amparada con algo mas que un Certificado de Matrimonio.
Muchas gracias!
Quiero tramitar el NIE de mi madre para que viaje a España, y pienso que nos puede ser util el Libro de Familia, sin embargo, en el Consulado Honorario cuando recibimos el Certificado de Matrimonio, no le dieron Libro, pues justificaron que mi padre (Español) esta fallecido.
Como puedo solicitarlo? Para que mi madre (mexicana) entre a España amparada con algo mas que un Certificado de Matrimonio.
Muchas gracias!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Tu madre no ostenta la nacionalidad. Que haya estado alguna vez casada con un español y por lo tanto haya sido española no le facilita el ingreso a España. Es una extranjera más.
A no ser que tú solicites alguna reagrupación o algo asi. Consulta en la sección de extranjeria.
También parece que no le han entregado acta de nacimiento, que era lo que consultaste anteriormente.
A no ser que tú solicites alguna reagrupación o algo asi. Consulta en la sección de extranjeria.
También parece que no le han entregado acta de nacimiento, que era lo que consultaste anteriormente.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hemos entregado la inscripción de nacimiento en el Consulado honorario, lo que no es indicativo que vayan a inscribir la nacionalidad.
Pero la pregunta es, (al tener inscrito el matrimonio) si tiene derecho o no a un Libro de Familia?
Pero la pregunta es, (al tener inscrito el matrimonio) si tiene derecho o no a un Libro de Familia?
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hola . Mi caso es el mismo de David, mi madre es viuda de español, pero no se ha realizado la inscripción del matrimonio, entonces para iniciar el trámite en el Consulado de Buenos Aires, he pedido la partida de nacimiento de mi padre en su pueblo.
Acabo de recibir la partida literal de nacimiento de mi padre, y Oh sorpresa! veo que en un margen tiene una anotación que pone "Contrajo Matrimonio en Buenos Aires con ..... El 29/9/66 - Libertad (nombre del pueblo donde se casaron). Creo que esa fecha es la de su boda religiosa, porque en Argentina la gente tiene que casarse (si quiere que su matrimonio sea válido oficialmente) primero por el Registro Civil y si quieren después hacen la ceremonia religiosa.
No tiene apuntado tomo ni folio, solo dicha anotación. Me llama la atención y quisiera saber si esta anotación marginal puede indicar algún tipo de inscripción en el consulado. Mi padre no tenia Libro de Familia español ni nunca dijo que hubiese realizado la inscripción del matrimonio, por eso me ha sorprendido ver la anotación marginal en la partida de nacimiento.
Saludos
MARISA
Acabo de recibir la partida literal de nacimiento de mi padre, y Oh sorpresa! veo que en un margen tiene una anotación que pone "Contrajo Matrimonio en Buenos Aires con ..... El 29/9/66 - Libertad (nombre del pueblo donde se casaron). Creo que esa fecha es la de su boda religiosa, porque en Argentina la gente tiene que casarse (si quiere que su matrimonio sea válido oficialmente) primero por el Registro Civil y si quieren después hacen la ceremonia religiosa.
No tiene apuntado tomo ni folio, solo dicha anotación. Me llama la atención y quisiera saber si esta anotación marginal puede indicar algún tipo de inscripción en el consulado. Mi padre no tenia Libro de Familia español ni nunca dijo que hubiese realizado la inscripción del matrimonio, por eso me ha sorprendido ver la anotación marginal en la partida de nacimiento.
Saludos
MARISA
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hola Javier, el problema es que no aparece tomo ni folio, solamente sale ese dato en la partida de nacimiento de mi padre, y en la mia, emitida por el R.C. del Consulado cuando solicité la nacionalidad, aparece consignado que el matrimonio "existe" sin indicar tomo ni folio, de hecho tuve que llevar la partida de matrimonio de mis padres y su libro de familia argentino para poder inscribir mi nacimiento, supongo que si ellos lo tuviesen registrado no me hubieran pedido esa documentación.
He hablado esta tarde con mi madre y me dijo que ella no tenia conocimiento de que mi padre hubiese inscrito su matrimonio alli, ella nunca tuvo que ir al consulado español. Me dijo que cuando empezó la dictadura en Argentina, (1976-83) mi padre fue al consulado a arreglar sus papeles, (sacar matricula de residente, pasaporte, etc.) pero ella no tuvo que ir para nada alli-
La verdad es que estamos ante el misterio de la inscripción fantasma....
Bueno, además de que el Consulado Español no envia documentación por correo, ya lo estuve averiguando y nada.
He hablado esta tarde con mi madre y me dijo que ella no tenia conocimiento de que mi padre hubiese inscrito su matrimonio alli, ella nunca tuvo que ir al consulado español. Me dijo que cuando empezó la dictadura en Argentina, (1976-83) mi padre fue al consulado a arreglar sus papeles, (sacar matricula de residente, pasaporte, etc.) pero ella no tuvo que ir para nada alli-
La verdad es que estamos ante el misterio de la inscripción fantasma....
Bueno, además de que el Consulado Español no envia documentación por correo, ya lo estuve averiguando y nada.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Si, es el consulado de Buenos Aires. Les envié un correo para solicitar información acerca de la inscripción, a ver si me contestan.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
http://www.cgeonline.com.ar/2das/pedirP ... imonio.php
- Le comunicaremos la fecha en que deberá venir a recoger la certificación solicitada mediante un correo electrónico que recibirá en la dirección que nos proporcione una vez que haya completado correctamente el siguiente formulario:
Datos registrales de la inscripción de matrimonio (si consigna estos datos, nos ayudará a encontrar la inscripción y podremos enviarle antes la certificación). Tenga en cuenta que se trata de los datos de la la inscripción en el Registro Civil español, no en el Registro Nacional de la Personas argentino
- Le comunicaremos la fecha en que deberá venir a recoger la certificación solicitada mediante un correo electrónico que recibirá en la dirección que nos proporcione una vez que haya completado correctamente el siguiente formulario:
Datos registrales de la inscripción de matrimonio (si consigna estos datos, nos ayudará a encontrar la inscripción y podremos enviarle antes la certificación). Tenga en cuenta que se trata de los datos de la la inscripción en el Registro Civil español, no en el Registro Nacional de la Personas argentino
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Claro!! Pero el problema es que yo no puedo ir a recogerlo y ellos no lo envian a domicilio!!!
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Bueno, es de esperar que puedas conseguir que alguien lo retire. Suerte.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
No es exactamente asi. El certificado argentino del matrimonio contraido por tus padres prueba que tú tenias filiación matrimonial cuando naciste, aunque no estuviera inscrito ese matrimonio en el registro civil español.marisa_gf escribió:(...) tuve que llevar la partida de matrimonio de mis padres y su libro de familia argentino para poder inscribir mi nacimiento, supongo que si ellos lo tuviesen registrado no me hubieran pedido esa documentación.
Si no hubieran estado casados en ninguna parte tu filiación seria no matrimonial.
¿Por qué no pruebas a pedirles simplemente que te comprueben si consta inscrito el matrimonio y, en caso afirmativo, que te den el número de tomo y página de su Libro para poder pedir tú desde España una certificación al RC Central con esos datos?.
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Re: Inscribir Matrimonio (fallecido)
Hola, ya he enviado un correo electrónico al consulado de Buenos Aires, solicitándole que constaten si se ha realizado o no la inscripción del matrimonio, y en caso afirmativo que me indiquen Tomo y Página para solicitarlos al Central. Adjunté también una copia de la partida de nacimiento de mi padre para que vean que alli consta dicho matrimonio , sin datos de tomo y página. Espero que me contesten.
Saludos y gracias
Saludos y gracias
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Re: Inscribir Matrimonio (habiendo fallecido el cónyuge español)
Hola. Mi caso es muy parecido al de David y al de Marisa. Veo que el hilo no tiene entradas desde hace mucho tiempo. Alguien sabe si ellos lograron finalmente resolver satisfactoriamente la situación migratoria de sus madres?
Me interesaría mucho comunicarme con alguno de ellos o con alguna persona que me pueda guiar para iniciar los trámites de recuperación de nacionalidad de mi madre. Ella es costarricense casada con español (ya fallecido) en marzo de 1975 (es decir, mes y medio antes de que se cambiara el código civil)
Me interesaría mucho comunicarme con alguno de ellos o con alguna persona que me pueda guiar para iniciar los trámites de recuperación de nacionalidad de mi madre. Ella es costarricense casada con español (ya fallecido) en marzo de 1975 (es decir, mes y medio antes de que se cambiara el código civil)
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Re: Inscribir Matrimonio (habiendo fallecido el cónyuge español)
Para recuperar la nacionalidad obtenida por matrimonio, debe de obtener un permiso de residencia en España.
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Re: Inscribir Matrimonio (habiendo fallecido el cónyuge español)
Hola Javier gracias por tu respuesta.
Me surge la siguiente duda:
Me surge la siguiente duda:
Duda sobre cuestión ajena a este tema y que has planteado en otro nuevo.
Continuación en el mismo: http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... 189#p84189
admin
Continuación en el mismo: http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... 189#p84189
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