LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

La Ley de la Memoria Histórica, analizando la Disposición Adicional 7ª, que concede la Nacionalidad a descendientes de españoles
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user862
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LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por user862 »

Buenas tardes:

Hoy acompañé a mi marido a notificarse en el Consulado Español en Chile, sobre la inscripción de nacimiento fuera de plazo de su padre (ya fallecido) Esta solicitud la inició en España el año 2008, ahora mi marido está en Chile.

La solicitud fue rechazada por lo que me parece fue un error de redacción/lectura de parte de las autoridades.

Expongo:

Cedula de Notificación
D/Dña Maria xxxxxxx secretario judicial del Registro Civil Central, que el expediente nr .xxxx a instancia de D. Federico XXXX (Mi suegro, ya fallecido ¿insta? )que tiene por objeto la filiación, inscripción de nto. se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
En Madrid octubre 2009

Hechos:
Primero.- En fecha 13 de mayo de 2009 tuvo su entrada en este Registro Central solicitud presentada por Don Marco xxx (mi marido), de inscripción de nacimiento fuera de plazo de Dn Federico xxx, nacido en Santiago de Chile, el 12 de junio de 1920 y fallecido el 16 de enero de 2001 por ser hijo de padre español.
Segundo.- A la solicitud se acompañaban los siguientes documentos: Se listan, no están todos los que se acompañaron.
Razonamientos Juri­dicos
Primero.- La competencia para conocer y resolver el presente expediente corresponde a este Registro Civil Central, de conformidad con lo establecido en los arts 16 de la Ley de Registro Civil, y 68, 342 y 343 del Reglamento del Registro Civil, al estar domiciliada la parte promotora en España.
Segundo.- De la documentación aportada aparece que el interesado ha nacido el 12 de junio de 1920 en Santiago de Chile (él no es el interesado, está muerto desde hace 9 años, el interesado es mi marido) de padre español y fallecido en fecha 16 de enero de 2001 en Chile y con nacionalidad chilena. En el Registro Civil Español,. se inscriben los hechos concernientes al estado civil que afecten a españoles (art. 15 de la LRC y 66 del RRC), por lo que procede denegar la inscripción solicitada, por cuanto el mismo perdió la nacionalidad española y su inscripción no afecta a ningún español.

Ala vista de lo expuesto, el Ilmo. Sr. don Antonio XXXX Magistrado-Juez encargado del RCC acuerda denegar la inscripción de don Federico XXXX

termino de exponer el escrito.

El Consul le dijo a mi marido que la solicitud fue rechazada porque no fue promovida por un español. Otro habri­a sido el resultado si hubiese instado otro tipo de solicitud, aqui­ usó una palabra técnica que no recuerdo. En esto y para beneficio de quienes leen, les solicito su aporte ¿es asi­? ¿Cómo se llama el trámite?

Yo recuerdo haber realizado las consultas en el antiguo foro del registro y no se mencionó si quien inicia la inscripción debe o no ser español por lo que me cabe la duda de si la negativa deriva de esto o es por otra causa.

Mi marido realizará la opción acá en Chile en Septiembre, pero paralelamente, quiere apelar por el simple hecho de considerar la negativa una injusticia mayúscula.

Saludos,
Doris
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kárbiko
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por kárbiko »

dorist escribió:....El Consul le dijo a mi marido que la solicitud fue rechazada porque no fue promovida por un español. Otro habri­a sido el resultado si hubiese instado otro tipo de solicitud, aqui­ usó una palabra técnica que no recuerdo.
Me da que entendieron mal... o que el Cónsul, quizás, se expresó mal o no entendió lo que el JUEZ-MAGISTRADO dijo en la resolución...
Entendamos que el Cónsul no se un magistrado. Pertenece a la carrera diplomática, no a la judicial, aunque haga las veces.... icon_question1 :?:

La resolución dice que sobre quien se solicita la inscripción, (el padre de tu marido) no fue español, ya que su padre (abuelo de tu esposo) era español, pero se ve que luego adquirió la nacionalidad chilena.. y si no hay una inscripción de recuperación de la nacionalidad española, a partir del momento en que se hizo chileno, su esposa y sus descendientes adquirieron también esa nacionalidad.
Por tanto, su hijo (al que tratáis de inscribir) fue chileno, y no español.
Por tanto, no cabe la inscripción fuera de plazo de un chileno en registro civil español.

Cabri­a solicitar la inscripción:
  • Si hubiera documento que indicara que posteriormente a adquirir la nacionalidad chilena, (el abuelo de tu marido) recuperó la nacionalidad española siendo su hijo (tu suegro) aún menor de edad....., o
  • que a quien se pretende inscribir (tu suegro) naciera ANTES de que su padre ( el abuelo) adquiriese la nacionalidad chilena, (naciendo tu suegro en este caso español), ...
En caso contrario, no es posible, ya que a quien se pretende inscribir no tuvo nunca la nacionalidad española mientras vivió.


Date cuenta de que lo que has destacado en negrita: ..... ha nacido el 12 de junio de 1920 en Santiago de Chile, de padre español.... es el caso de que si yo, siendo español renunció a mi nacionalidad y me hago ...yoquesé,... ruso. Mi hijo seri­a hijo de alguien que fue español en el nacimiento, que renunció a esa nacionalidad y se hizo ruso. Por tanto, soy ruso y mi hijo será Ruso. No somos españoles. Y si si hijo no lo es, ..los hijos de mi hijo tampoco lo serán...
Ahora, si yo me hago nuevamente español, y aún es menor mi hijo, entonces él es español en ese momento y se puede solicitar inscribir.
Pero habrá que demostrar que yo volvi­ a serlo.
Y, en ese caso, mis nietos si que podri­an ser españoles... (que es vuestro caso, ¿no es asi­?)

El hecho de que quien solicite la inscripción sea o no español no tiene que ver.
El hecho de que a quien se solicita inscribir si lo sea o lo fuera alguna vez SI tiene que ver.

Esa, creo, fue la confusión...
dorist escribió:..Otro habri­a sido el resultado si hubiese instado otro tipo de solicitud, aqui­ usó una palabra técnica que no recuerdo. En esto y para beneficio de quienes leen, les solicito su aporte ¿es asi­? ¿Cómo se llama el trámite?
Yo no me doy cuenta... No tengo n'idea de a qué se pudieron referir.....
dorist escribió:.....Mi marido realizará la opción acá en Chile en Septiembre, pero ......
No se cómo será en ese Consulado....
En teori­a, deberi­an de inscribir antes al padre de tu marido..... que es lo que dice la instrucción....pero....
En todo caso, tu esposo deberá demostrar que su padre nació siendo su abuelo español (o sea, que cuando el abuelo se hizo chileno, ya habi­a nacido su padre)... o que el abuelo recuperó la naciolidad española siendo aún menor de edad el padre de tu marido..
dorist escribió:..... pero paralelamente, quiere apelar por el simple hecho de considerar la negativa una injusticia mayúscula.
Si no acredita lo dicho antes, no van a considerar, ya que lo que tu ves como injusto es lo que deci­a la ley..
Si alguien perdi­a su nacionalidad, arrastraba a la esposa e hijos. Y eso le pasó al abuelo de tu esposo... y pasa hoy en di­a con los hijos. a los que les transmites la nacionalidad...
Y gracias a esa ley, si la adquiere tu esposo, se la va a poder transmitir a sus (tus) hijos...
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Javier2749c
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por Javier2749c »

Esto ya viene siendo agotador.
Tal como ya habi­amos discutido, tu esposo no precisa inscribir a su progenitor español fallecido para poder optar.
Queda la duda si en algún formulario se confundieron al cumplimentar los datos y por eso la resolución, o si son tan ineptos como dejan translucir en sus resoluciones. Creo que lo último, por lo que se lee.
Y encima ahora tienes que sufrir al igualmente inepto cónsul en Santiago.

Igual puedes presentar recurso, pero no veo que sirva para nada. Es decir, salvo que tengas especial interés en que se confeccione el acta de tu suegro fallecido.
Última edición por Javier2749c el 31 Mar 2010, 01:18, editado 2 veces en total.
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mundo
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por mundo »

dorist escribió:En el Registro Civil Español,. se inscriben los hechos concernientes al estado civil que afecten a españoles (art. 15 de la LRC y 66 del RRC), por lo que procede denegar la inscripción solicitada, por cuanto el mismo perdió la nacionalidad española y su inscripción no afecta a ningún español.
He lei­do muchas burradas, pero esta es de las más grandes.

Javier2749c
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por Javier2749c »

Mundo,
¿Podri­as por favor explicar someramente cómo funciona el Registro Central en lo que refiere a calificación?

He lei­do algunas resoluciones sorprendentes como la (10.ª) de 28 de noviembre de 2008.

Supongo que ahora hay un nuevo Juez que no quiere quedarse atrás...
Muchas gracias.

Javier2749c
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por Javier2749c »

mundo escribió:
He lei­do muchas burradas, pero esta es de las más grandes.
También parece seguir la "doctrina consular" de no inscribir a españoles que fallecieron siendo extranjeros

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user862
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Re: LMH: Inscripción de Nacimiento fuera de plazo rechazada

Mensaje por user862 »

Hola, me pareci­a una explicación absurda y ustedes me lo han confirmado. La sola lectura de resoluciones de DGRN respecto de inscripciones fuera de término dan una idea absolutamente diferente a la explicación del motivo de la denegación presentada arriba, aún para alguien ajena a los temas legales como yo.
Saludos,
Doris
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