Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
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- Registrado: 23 Abr 2010, 13:01
Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Necesito solicitar en el RC la fe de vida y estado y la copia de mi partida de nacimiento. Estoy empadronado en el Castellar de Valles en Catalunya, pero nacido en Sevilla, en mi pueblo no hay ningún Registro Civil, como puedo identificar a cual RC pertenece mi pueblo?
Gracias por la respuesta de antemano.
Gracias por la respuesta de antemano.
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- Registrado: 18 Abr 2009, 22:32
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
¿Estás seguro de que no hay Registro Civil en Castellar del VallÈs?
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
No, en Castellar no hay. Es posible solicitar estos documentos en cualquier RC? Que todos los Registros tienen una base de datos común.
Gracias!
Gracias!
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- Registrado: 18 Abr 2009, 22:32
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
El Registro Civil de Castellar de VallÈs lo lleva el Juzgado de Paz de esa misma localidad, y es quien tiene que expedirte la fe de vida y estado dado que no puede expedirla más que el RC donde estás empadronado...
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Gracias por la respuesta rápida. Imagino que alli también me expedirán el certificado de nacimiento, no?
Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
No. El certificado de nacimiento sólo puede expedirlo el Registro Civil en el que está inscrito. Si naciste en la ciudad de Sevilla puedes pedirlo por internet a través de la página web del Ministerio de Justicia: http://www.mjusticia.es, en el apartado de trámites personales. También puedes pedirlo por correo postal o a través del Registro Civil de tu domicilio por auxilio registral.Pablo Lopez escribió:Imagino que alli también me expedirán el certificado de nacimiento, no?
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Hola! He hecho la petición por Internet de mi Certificado de Nacimiento en el RC de Sevilla que me lo envie via correo postal a mi dirección, vivo en Cataluña. La pregunta es siguiente si el Certificado fue expedido en Sevilla, lo puedo apostillar en Cataluña? O tiene que ser apostillado en la misma provincia? Gracias de ante mano por la respuesta.
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Si alguien sabe la dirección y el teléfono del Juzgado de Paz de Castellar de Valles, se lo agradeceré también.
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Lo puecdes hacer por tú mismo si, en este foro, lees este tema
También puedes buscar en gootle:
Pon "Ayujtamiento de Castellar de Valles" y ahi tienes los teléfonos y direcciones...
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Hola! He hecho la petición por Internet de mi Certificado de Nacimiento en el RC de Sevilla que me lo envie via correo postal a mi dirección, vivo en Cataluña. La pregunta es siguiente si el Certificado fue expedido en Sevilla, lo puedo apostillar en Cataluña? O tiene que ser apostillado en la misma provincia? Gracias de ante mano por la respuesta.
PD: Gracias kárbiko por la respuesta!
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Re: Identificar el RC que pertenece a tu pueblo.
Pablo, en esta páginadel Ministerio de Justicia, puedes encontrar los TSJ que legalizan tu certificación..
Depende de dónde la vayas a utilizar tiene que estar legalizada o no será necesario: si se va a usar en un organismo español que está en el extranjero (los Consulados, por ejemplo) NO es necesario legalizarla. Si se va a utilizar en un organismo extranjero, entonces SI.
Luego, teniendo que ser legalizada, dependiendo de si el pais donde se va a utilizar es firmante o no del Convenio de la Haya deberá ser legalizada por 1 (TSJ) o 2 vias (TSJ+Consulado de ese pais en España).
Con respecto a tu duda, comentarte que un TSJ de una comunidad autónoma NO legaliza las que expide otra CCAA.
Salu2
Depende de dónde la vayas a utilizar tiene que estar legalizada o no será necesario: si se va a usar en un organismo español que está en el extranjero (los Consulados, por ejemplo) NO es necesario legalizarla. Si se va a utilizar en un organismo extranjero, entonces SI.
Luego, teniendo que ser legalizada, dependiendo de si el pais donde se va a utilizar es firmante o no del Convenio de la Haya deberá ser legalizada por 1 (TSJ) o 2 vias (TSJ+Consulado de ese pais en España).
Con respecto a tu duda, comentarte que un TSJ de una comunidad autónoma NO legaliza las que expide otra CCAA.
Salu2