Buenos dias a todos,
acabo de llamar al "Misterio" de Justicia y me dicen que mi expediente sigue igual pendiente de trámite con fecha del 22/03/2010.
Al preguntar por qué no tenia acceso a la página web para poder consultar mi expediente, me dijeron que se debia a un problema informático (que yo creo que no, ya que algunos tienen acceso y otros no y si fuera un problema de la página nadie podria tener acceso a ella...).
Me dijeron que no sabia cuando iba a funcionar otra vez (quizás esta misma semana).
Creo que lo que pasa, es que en marzo ortogaron cambios a muchos expediente "pendientes de trámites con fecha de..." y que al no poder estar asi durante meses pues han decidido restringuir el acceso a determinados expedientes hasta que vayan resolviendo los anteriores (irán permitiendo la consulta de los expedientes poco a poco al mismo tiempo que resuelven los expedientes...vamos eso creo...sino no me explico como alguien con expediente 60xxx pueden consultarlo y otros con num 90xxx no pueden).
Otra cosa, sabeis que el MJU tiene la OBLIGACIÓN de mantenernos informado del estado de nuestros expedientes conforme al art 354 del C.C. (Código Civil), de la misma forma que no pueden provocar dilaciones desproporcionadas en el proceso administrativo (nos dan de plazo 1 año para resolver el expediente pero la mayoria obtienen la resolución en un plazo de 2 años lo que me parece abusivo, poco aceptable tirando a casi desproporcionado). En caso de extravio de expediente, será responsable el MJU o organismos responsables de emitir los informes correspondientes (policia, ayuntamientos, RC...).Lo digo ya que he visto que a algunos se le han extrviado el expediente o siguen esperando los informes de la poli 1 año después.
En todo caso, recomiendo depositar una queja formal en el MJU (si no os hacen caso ante el presidente del tribunal superior de Justicia) a los que no han recibido notificación pasado esos 2 años, conforme al art 354 del C.C. (ver abajo). Esta queja no supone interrumpir el proceso de trámite de vuestro expediente, sino simplemente demostrar lo insatisfecho que estais con los servicios del MJU (que se jod..), seguro que si todo el mundo haria eso, se moverian el culo para resolver los expedientes y nos darian más información a la hora de llamar al telefono de atención al ciudadano (ya estoy un poco harto que me tomen el pelo cuando llame y que además te contestan de malas ganas, vamos que no te manden a tomar por saco porque no pueden pero lo piensan tan fuerte que casi me sale un liquido viscoso chorreando por el teléfono...
).
Aqui os copio-pego el articulo:
Articulo 354.
La práctica de una diligencia no paralizará las demás que sean compatibles.
Se evitará toda dilación o trámite superfluo o desproporcionado con la causa. En otro caso, las partes podrán recurrir en queja ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, y, si éste no lo corrige, ante la Dirección General. Igualmente cabrán quejas
por omisión de trámites que puedan subsanarse antes de la resolución definitiva.
El Ministerio fiscal o el órgano de oficio suplirá la pasividad de las partes en el cumplimiento de sus deberes, sin perjuicio de las multas que procedan conforme a la Ley. Transcurridos tres meses desde que un expediente o recurso se paralice por culpa del promotor o promotores, el Ministerio fiscal y las demás partes, unánimemente, podrán pedir que se declare su caducidad, previa citación al promotor o promotores.
En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que se dé orden motivada y escrita en contrario por el inmediato superior.
Los interesados tendrán derecho a ser informados en cualquier momento del estado de la tramitación.