Hola,
estoy desesperado de intentar arreglar unos errores en mi partida de nacimiento; todo viene a raiz de que en mi DNI no me pusieron ninguna tilde en mi nombre y apellidos.
Para corregir dicho DNI, solicité una partida de nacimiento mia, la sorpresa vino cuándo la vi, no me figura ninguna tilde y encima tiene un error en el primer apellido (añadieron una letra más).
He solicitado las partidas de nacimiento de mis padres, a la de mi padre figura correctamente el apellido con su tilde, pero en la de mi madre no me figura la tilde (que costumbre tenian de escribirlo todo sin ninguna tilde).
Alguien me podria echar una mano y decirme si es posible corregir mi partida de nacimiento y añadirle correctamente las tildes (las tiene que llevar por norma ortográfica) , es una causa muy importante para mi.
Puedo hacer dichas gestiones por mi cuenta o tengo que hacerlo desde el juzgado de paz de mi población (no hay reg. civil en mi pueblo) ? Cómo puedo corregir la tilde de másegundo apellido si en la partida de nacimiento de mi madre también se la dejaron? Me hace falta algún tipo más de documentación?
Un saludo y muchas gracias de antemano.
Rectificar error apellido y tildes
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Re: Rectificar error apellido y tildes
Debes promover expediente de rectificación de los errores que hay en tu inscripción de nacimiento, para que tu primer apellido sea igual que el de tu padre y para que tus dos apellidos lleven la tilde correspondiente.
Si tu apellido materno no ofrece dudas de que debe llevar tilde (ejemplo; "GARCÍA") no hace falta aportar el certificado de nacimiento de tu madre; si ofrece dudas seria conveniente aportar el de tu abuelo materno (caso de que le hubieran puesto la tilde, claro).
El Registro Civil de tu localidad lo lleva el propio Juzgado de Paz, asi que ve alli y expón el caso.
Si no te ofrecen solución o te ponen pegas me lo dices y te pongo una Resolución de la DGRN donde dice que hay que acentuar las mayúsculas según las normas ortográrficas de la R.A.E.
Si tu apellido materno no ofrece dudas de que debe llevar tilde (ejemplo; "GARCÍA") no hace falta aportar el certificado de nacimiento de tu madre; si ofrece dudas seria conveniente aportar el de tu abuelo materno (caso de que le hubieran puesto la tilde, claro).
El Registro Civil de tu localidad lo lleva el propio Juzgado de Paz, asi que ve alli y expón el caso.
Si no te ofrecen solución o te ponen pegas me lo dices y te pongo una Resolución de la DGRN donde dice que hay que acentuar las mayúsculas según las normas ortográrficas de la R.A.E.
Re: Rectificar error apellido y tildes
Hola Jucrisvic,
primeramente, muchas gracias por la respuesta, la verdad es que llevo con ello muchisimo tiempo, y cada uno me dice un argumento distinto, sólo veo que la ortografia no se lleva bien por esos lares la verdad, me ayudaria muchisimo el documento que mencionas dónde dice que las mayúsculas deben llevar tilde.
muchas gracias de nuevo.
primeramente, muchas gracias por la respuesta, la verdad es que llevo con ello muchisimo tiempo, y cada uno me dice un argumento distinto, sólo veo que la ortografia no se lleva bien por esos lares la verdad, me ayudaria muchisimo el documento que mencionas dónde dice que las mayúsculas deben llevar tilde.
muchas gracias de nuevo.
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Re: Rectificar error apellido y tildes
Te pongo la resolución.
Spoiler
Resolución (2ª) de 27 de abril de 2000, sobre rectificación de errores ortográficos en nombre y apellido.
En el expediente sobre rectificación de errores en inscripción de nacimiento remitido a este Centro en trámite de recurso por virtud del entablado por el promotor contra acuerdo de la Juez Encargada del Registro.
HECHOS
1. Por escrito presentado en el Registro Civil el 29 de febrero de 2000 don R., nacido en España el dia (---) de 1975, solicitaba se rectificasen los errores ortográficos en su inscripción de nacimiento ya que tanto su nombre como su segundo apellido figuran escritos sin la tilde correspondiente. Adjuntaba al escrito certificación literal de nacimiento y certificado de empadronamiento.
2. La Juez Encargada con fecha 3 de marzo de 2000 dictó acuerdo denegando lo solicitado al ser un cambio minimo e intrascendente significando que es costumbre en el Registro Civil, omitir tildes y demás signos que puedan dar lugar a confusión respecto a las menciones de identidad.
3. Notificado el acuerdo al interesado, éste interpuso recurso alegando que no se trata de que el cambio sea minimo e intrascendente sino de que sea correcto o incorrecto y según la Ortografia de la Lengua Española el empleo de la mayúscula no exime de poner tilde cuando asi lo exijan las reglas de acentuación, además los nombres y apellidos de una persona son lo suficientemente importantes como para que aparezcan correctamente escritos.
4. En la tramitación del recurso el Ministerio Fiscal interesó la confirmación del acuerdo apelado. La Juez Encargada informó que es costumbre en el Registro omitir los tildes o signos que pudieran dar lugar a confusión ya que muchas veces los propios declarantes ignoran las reglas ortográficas y otras veces los signos de puntuación en nombres y apellidos extranjeros son diferentes a los utilizados en el alfabeto latino.
2. La Juez Encargada con fecha 3 de marzo de 2000 dictó acuerdo denegando lo solicitado al ser un cambio minimo e intrascendente significando que es costumbre en el Registro Civil, omitir tildes y demás signos que puedan dar lugar a confusión respecto a las menciones de identidad.
3. Notificado el acuerdo al interesado, éste interpuso recurso alegando que no se trata de que el cambio sea minimo e intrascendente sino de que sea correcto o incorrecto y según la Ortografia de la Lengua Española el empleo de la mayúscula no exime de poner tilde cuando asi lo exijan las reglas de acentuación, además los nombres y apellidos de una persona son lo suficientemente importantes como para que aparezcan correctamente escritos.
4. En la tramitación del recurso el Ministerio Fiscal interesó la confirmación del acuerdo apelado. La Juez Encargada informó que es costumbre en el Registro omitir los tildes o signos que pudieran dar lugar a confusión ya que muchas veces los propios declarantes ignoran las reglas ortográficas y otras veces los signos de puntuación en nombres y apellidos extranjeros son diferentes a los utilizados en el alfabeto latino.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Vistos los articulos 93 de la Ley del Registro Civil; 12 y 342 del Reglamento del Registro Civil, y las Resoluciones de 12 de enero, 16-3ª y 24 de febrero, 4-2ª y 25-1ª de marzo y 5-1ª y 6-6ª de abril de 2000.
II. El nombre propio y los apellidos son en una inscripción de nacimiento menciones de identidad (cfr. art. 12. RRC), por lo que, si se demuestra que han sido consignadas erróneamente, cabe su rectificación por expediente gubernativo con apoyo en el articulo 93-1º de la Ley.
III. Teniendo en cuenta que, con arreglo a las normas ortográficas de la Academia de la Lengua, el empleo de las letras mayúsculas no exime de que las palabras hayan de escribirse con tilde cuando ésta sea preceptiva, hay que concluir que se han escrito erróneamente el nombre propio y el segundo apellido del promotor. El acento ortográfico y otros signos diacriticos que acompañan en ocasiones al nombre y a los apellidos han de ser reproducidos al escribirlos en la inscripción de nacimiento.
Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta reglamentaria estimar el recurso y ordenar que se escriban con tilde en la inscripción de nacimiento debatida.
Madrid, 27 de abril de 2000 Firmado: El Director General: Luis Mª Cabello de los Cobos y Mancha
.II. El nombre propio y los apellidos son en una inscripción de nacimiento menciones de identidad (cfr. art. 12. RRC), por lo que, si se demuestra que han sido consignadas erróneamente, cabe su rectificación por expediente gubernativo con apoyo en el articulo 93-1º de la Ley.
III. Teniendo en cuenta que, con arreglo a las normas ortográficas de la Academia de la Lengua, el empleo de las letras mayúsculas no exime de que las palabras hayan de escribirse con tilde cuando ésta sea preceptiva, hay que concluir que se han escrito erróneamente el nombre propio y el segundo apellido del promotor. El acento ortográfico y otros signos diacriticos que acompañan en ocasiones al nombre y a los apellidos han de ser reproducidos al escribirlos en la inscripción de nacimiento.
Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta reglamentaria estimar el recurso y ordenar que se escriban con tilde en la inscripción de nacimiento debatida.
Madrid, 27 de abril de 2000 Firmado: El Director General: Luis Mª Cabello de los Cobos y Mancha
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Re: Rectificar error apellido y tildes
hola, quisiera saber como puedo corregir un apellido en una inscripción de nacimiento antigua? y a donde tengo que dirigirme para solicitar la corrección. Estoy muy interesada en obtener esta información, porque no tengo idea de qué es lo que tengo que hacer. Muchas gracias.
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