¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
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¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Buen dia, aquí les expongo mi caso a ver si me pueden orientar:
Mis 2 abuelos paternos, eran españoles nacidos en Canarias y emigraron a Venezuela en 1951, es decir son exiliados.
Ahora bien , el problema está en que mi padre no tiene la nacionalidad (se la denegaron) porque mis abuelos parece que no eran españoles de origen, pues el padre (en ambos casos de c/u de mis abuelos) era uno Britanico y el otro venezolano; aun cuando la madre de ambos abuelos (o sea mis bisabuelas si eran españolas) pero claro la nacionalidad no se transmitia por la madre.
Continuo, lo que yo quiero saber es si yo podria optar a la nacionalidad por la ley de memoria historica pues ellos son exiliados?, tengo pasaporte original con el sello de entrada a Venezuela en el 51 y las partidas de nacimiento de ambos y la de mi padre como venezolano.
Fui a la embajada de españa aquí en caracas y me dijeron que no podia pq mi abuelo (la iba a pedir por el ) no era español de origen, pero lo que no entiendo es que no dice la ley: Incluye a las personas cuyo padre o madre nació después de que el abuelo o abuela exiliados perdiera la nacionalidad española. Por tanto, su ascendiente español más cercano es algún abuelo y que No es necesario que el abuelo o abuela español lo hubiese sido de origen.??????
entonces quisiera consultarles si puedo o no optar mediante el anexo 3??
muchas gracias. saludos
Mis 2 abuelos paternos, eran españoles nacidos en Canarias y emigraron a Venezuela en 1951, es decir son exiliados.
Ahora bien , el problema está en que mi padre no tiene la nacionalidad (se la denegaron) porque mis abuelos parece que no eran españoles de origen, pues el padre (en ambos casos de c/u de mis abuelos) era uno Britanico y el otro venezolano; aun cuando la madre de ambos abuelos (o sea mis bisabuelas si eran españolas) pero claro la nacionalidad no se transmitia por la madre.
Continuo, lo que yo quiero saber es si yo podria optar a la nacionalidad por la ley de memoria historica pues ellos son exiliados?, tengo pasaporte original con el sello de entrada a Venezuela en el 51 y las partidas de nacimiento de ambos y la de mi padre como venezolano.
Fui a la embajada de españa aquí en caracas y me dijeron que no podia pq mi abuelo (la iba a pedir por el ) no era español de origen, pero lo que no entiendo es que no dice la ley: Incluye a las personas cuyo padre o madre nació después de que el abuelo o abuela exiliados perdiera la nacionalidad española. Por tanto, su ascendiente español más cercano es algún abuelo y que No es necesario que el abuelo o abuela español lo hubiese sido de origen.??????
entonces quisiera consultarles si puedo o no optar mediante el anexo 3??
muchas gracias. saludos
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Puedes optar si tu padre nació de padre español. Es decir, si tu abuelo ostentaba la nacionalidad española el dia en que nació tu padre.
Para comenzar, en el acta de nacimiento de tu padre ¿consta como nacido de padre español?
Para comenzar, en el acta de nacimiento de tu padre ¿consta como nacido de padre español?
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Mi padre nacio en 1953 despues de que mi abuelo se hizo venezolano. En las partida de nacimiento de mi padre dice hijo de XXXXX natural de españa y de XXXXXX natural de españa. ahora bien no tengo seguro si mi abuela ya se habia hecho venezolana o no. GRACIAS
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Si tu padre nació más de 180 dias después que tu abuelo adquiriera la nacionalidad venezolana, entonces no puedes optar por Anexo 1.
En cuanto al Anexo 2, debes de probar que alguno de tus abuelos salió de España entre el 18/7/36 y el 31/12/55
y además que perdió la nacionalidad fuera de España.
Primero debes de verificar que alguno de tus abuelos fuera español. Haber poseido pasaporte español no es suficiente.
Para ello, debes ver si en el acta de nacimiento de alguno de tus abuelos consta que haya obtenido la nacionalidad española. Esto puede haber ocurrido al nacer de padre español o por un acto posterior.
En cuanto al Anexo 2, debes de probar que alguno de tus abuelos salió de España entre el 18/7/36 y el 31/12/55
y además que perdió la nacionalidad fuera de España.
Primero debes de verificar que alguno de tus abuelos fuera español. Haber poseido pasaporte español no es suficiente.
Para ello, debes ver si en el acta de nacimiento de alguno de tus abuelos consta que haya obtenido la nacionalidad española. Esto puede haber ocurrido al nacer de padre español o por un acto posterior.
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Quise decir ANEXO 2 disculpen!!!!!
como dije si tengo los documentos para probar la salida de españa en 1951, tengo el pasaporte original con el sello y el de entrada a Venezuela y otro documento que prueba que adquirio luego la nacionalidad venezolana. Con respecto al acta de nacimiento no dice nada en especifico dice inscripciónde nnacimiento de XXXX ...el nombre de los padres de el y donde nacio y todo eso, ademas tiene un sello a la izquierda que dice : "se expidio para obtener documento nacional de identidad hoy dia 8 de junio de 2001".en Icod de los vinos TENERIFE
como dije si tengo los documentos para probar la salida de españa en 1951, tengo el pasaporte original con el sello y el de entrada a Venezuela y otro documento que prueba que adquirio luego la nacionalidad venezolana. Con respecto al acta de nacimiento no dice nada en especifico dice inscripciónde nnacimiento de XXXX ...el nombre de los padres de el y donde nacio y todo eso, ademas tiene un sello a la izquierda que dice : "se expidio para obtener documento nacional de identidad hoy dia 8 de junio de 2001".en Icod de los vinos TENERIFE
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Y en el acta de nacimiento de tu abuelo, expedida por el registro civil de Tenerife, ¿consta que nació de padre de "nacionalidad: española"?
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
No, dice q el primero (padre) natural de venezuela y la madre natural de la gomera. Es decir que no era español? o no de origen? pq sino entonces que nacionalidad tenia? Saludos
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Pues ahi tienes un problema porque su padre nació en Venezuela. ¿Tienes forma de demostrar que el padre de tu abuelo tenia nacionalidad española aún habiendo nacido en Venezuela?
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Buenas,
Estuve leyendo el foro y vi un dato que me pude ser de utilidad comentado por usted en relación y lo cito: ¨Si tu padre nació más de 180 días después que tu abuelo adquiriera la nacionalidad venezolana, entonces no puedes optar por Anexo 1¨
Le explico mi caso, los abuelos de mi madre son españoles de origen / nacidos en España y emigrados durante la Guerra Civil, mi bisabuelo (que es a través del cual mi madre está accediendo a la ciudadanía) adquirió otra nacionalidad 3 meses antes de que mi abuela (la madre de madre) naciera, entonces tenemos la duda de si mi madre tiene derecho a la ciudadanía española de origen.
Por favor pudiera explicarme bien lo de los 180 días, y si es aplicable a toda la región o solo es en Venezuela.
Muchas gracias y a la espera de su pronta respuesta,
Estuve leyendo el foro y vi un dato que me pude ser de utilidad comentado por usted en relación y lo cito: ¨Si tu padre nació más de 180 días después que tu abuelo adquiriera la nacionalidad venezolana, entonces no puedes optar por Anexo 1¨
Le explico mi caso, los abuelos de mi madre son españoles de origen / nacidos en España y emigrados durante la Guerra Civil, mi bisabuelo (que es a través del cual mi madre está accediendo a la ciudadanía) adquirió otra nacionalidad 3 meses antes de que mi abuela (la madre de madre) naciera, entonces tenemos la duda de si mi madre tiene derecho a la ciudadanía española de origen.
Por favor pudiera explicarme bien lo de los 180 días, y si es aplicable a toda la región o solo es en Venezuela.
Muchas gracias y a la espera de su pronta respuesta,
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Re: ¿tengo derecho a la nacionalidad por el ANEXO III?
Tu abuela es considerada como española de origen por ser concebida por un español, pero perdió la nacionalidad en el momento que tu bisabuelo se naturalizó. Por otro lado las mujeres no transmitían la nacionalidad sino hasta después de 1978.
Tu madre pudiera haber accedido a la nacionalidad de origen por la Ley 52/2007, pero esta ya no está en vigor. Tu madre no tiene ningún derecho a acceder automáticamente a la nacionalidad, pues nunca ha sido española. Puede solicitarla, de momento y hasta que haya un cambio de leyes, solo tras residir un año en España y luego someterse al largo calvario que es el proceso de naturalización.
Tu madre pudiera haber accedido a la nacionalidad de origen por la Ley 52/2007, pero esta ya no está en vigor. Tu madre no tiene ningún derecho a acceder automáticamente a la nacionalidad, pues nunca ha sido española. Puede solicitarla, de momento y hasta que haya un cambio de leyes, solo tras residir un año en España y luego someterse al largo calvario que es el proceso de naturalización.
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