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Visado
Hola:
Soy nueva en este foro. Tengo un permiso de estancia en España y quiero tramitar una solicitud de permiso inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Pero según el articulo 38 de la Ley 4/2000, en caso de ser favorable la Resolución la autorización está condicionada a la obtención de un visado para entrar a España. Según el articulo 25 de la Ley 4/2000, no se exigirá visado para la entrada en España cuando la persona tenga Tarjeta de Identificación de Extranjero.
Lo cierto es que en virtud de mi visado de familiar de estudiante, al llegar a España me dieron el NIE, el cual tengo que renovar cada año durante los 4 años de la beca de mi esposo. Y no se si es correcto relacionar estos dos articulos como lo he hecho. Yo estoy en Barcelona y en la Sub -delegación del gobierno de aqui me han dicho tajantemente, que estoy obligada a salir del pais y tramitar nuevo visado en mi pais de origen.
Por otra parte, soy ciudadana cubana, pero no tengo residencia en Cuba, y quisiera saber si de ser imprescindible que tuviera que obtener visado puedo hacerlo en mi pais de origen sin ser residente.
Gracias de antemano.
Soy nueva en este foro. Tengo un permiso de estancia en España y quiero tramitar una solicitud de permiso inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Pero según el articulo 38 de la Ley 4/2000, en caso de ser favorable la Resolución la autorización está condicionada a la obtención de un visado para entrar a España. Según el articulo 25 de la Ley 4/2000, no se exigirá visado para la entrada en España cuando la persona tenga Tarjeta de Identificación de Extranjero.
Lo cierto es que en virtud de mi visado de familiar de estudiante, al llegar a España me dieron el NIE, el cual tengo que renovar cada año durante los 4 años de la beca de mi esposo. Y no se si es correcto relacionar estos dos articulos como lo he hecho. Yo estoy en Barcelona y en la Sub -delegación del gobierno de aqui me han dicho tajantemente, que estoy obligada a salir del pais y tramitar nuevo visado en mi pais de origen.
Por otra parte, soy ciudadana cubana, pero no tengo residencia en Cuba, y quisiera saber si de ser imprescindible que tuviera que obtener visado puedo hacerlo en mi pais de origen sin ser residente.
Gracias de antemano.
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- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Visado
Es cierto lo que te han dicho en la Subdelegación. Tú puedes tramitar tu permiso de residencia y trabajo porque estás legalmente en España, pero para los estudiantes sólo se contempla legalmente el cambio de una situación a otra si llevan 3 años viviendo en España como estudiantes. El art. 25 que mencionas se refiere sólo a la entrada en España, no a su derecho a permanecer y trabajar.
Si te concedieran el permiso de residencia podrás ir a Cuba a solicitar el visado que te autorice nuevamente la entrada en otra condición, aunque si ya no tienes residencia alli, tendrias que jugar con los tiempos para no permanecer más del mes (y su posible prórroga) que permite Cuba en estos casos. Pero cada pais tiene sus propios trámites que son independientes en estos casos. Me explico: para Cuba tú ya no eres residente alli (si es que te pasaste de los 11 meses fuera del pais) y para España no eres residente aqui porque estás con un permiso de estancia.
Saludos
Si te concedieran el permiso de residencia podrás ir a Cuba a solicitar el visado que te autorice nuevamente la entrada en otra condición, aunque si ya no tienes residencia alli, tendrias que jugar con los tiempos para no permanecer más del mes (y su posible prórroga) que permite Cuba en estos casos. Pero cada pais tiene sus propios trámites que son independientes en estos casos. Me explico: para Cuba tú ya no eres residente alli (si es que te pasaste de los 11 meses fuera del pais) y para España no eres residente aqui porque estás con un permiso de estancia.
Saludos
Re: Visado
Gracias Elenilla. Yo ya me he pasado de los 11 meses fuera de Cuba como bien presumes, y es precisamente eso lo que me da miedo para empezar el proceso de permiso inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Pues tengo miedo que después que me dicten la Resolución y si es favorable, el Consulado español en Cuba, no me acepte el trámite de solicitud de visado porque ya no resida en Cuba. Qué opinas al respecto? Tendré algún inconveniente?
Para evitar pasarme más de un mes en Cuba he pensado iniciar el trámite de solicitud de visado mediante representación y asi solo ir a Cuba cuando me den el resultado y si es positivo.
Crees que si España me aprueba la solicitud de permiso inicial de residencia y trabajo el Consulado español en Cuba no me ponga objeción para darme la visa? O es posible que me la deniegue?
Te agradeceria mucho que me respondieras estas interrogantes. Pues estoy tratando de aclararme para definir si vale la pena tramitar este permiso o espero a que a mi mamá le llegue la ciudadania de origen que va a solicitar en septiembre se este año, para pedir yo aqui la residencia por ARRAIGO FAMILIAR.
Recibe un saludo de mi parte.
Para evitar pasarme más de un mes en Cuba he pensado iniciar el trámite de solicitud de visado mediante representación y asi solo ir a Cuba cuando me den el resultado y si es positivo.
Crees que si España me aprueba la solicitud de permiso inicial de residencia y trabajo el Consulado español en Cuba no me ponga objeción para darme la visa? O es posible que me la deniegue?
Te agradeceria mucho que me respondieras estas interrogantes. Pues estoy tratando de aclararme para definir si vale la pena tramitar este permiso o espero a que a mi mamá le llegue la ciudadania de origen que va a solicitar en septiembre se este año, para pedir yo aqui la residencia por ARRAIGO FAMILIAR.
Recibe un saludo de mi parte.
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- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Visado
Yo creo que seria extrañisimo que te denegaran el visado por esa razón, pues el tema de los 11 meses y la pérdida de residencia son asuntos de Cuba y no de España. Al Consulado le da igual que tú no puedas volver a residir en Cuba, ni si tienes previsto reagruparte en España o ir a otro pais, o los planes que tengas en tu vida. El Consulado tiene que ceñirse a las realidades y la realidad es que no tienes residencia en España y que te han aprobado un permiso de trabajo, asi que por este tema no te preocupes porque, además, se les tienen que estar dando casos continuamente.
Lo que no podrás hacer es iniciar el trámite de visado por representación, pues el art. 51.6 del RD 2393/2004 prevé expresamente que la solicitud es personal y que incluso el Consulado puede requerirte para hacerte una entrevista personal. Para ganar tiempo, yo presentaria la solicitud, me informaria de cuánto tiempo aproximado están tardando en resolver (en Madrid, un mes y medio más o menos... esto hace unos 10 meses) y cuando fuera a llegar el tiempo estimado, que alguien me fuera tramitando la documentación en Cuba que me requieran en el Consulado (sin olvidar legalizarla en el MINREX), pediria cita desde aqui y viajaria un dia o dos antes. El Consulado no va a tardar más de 15 dias en resolver (lo habitual son 10 dias), asi que te daria tiempo de sobra para regresar antes del mes. Como para Cuba ya eres inmigrante, no tienes que tramitar la salida que es lo que podria alargar más el proceso.
Suponiendo que te denegaran el visado por cualquier causa (esto poniéndonos en el peor de los casos), siempre podrás volver a entrar a España con tu tarjeta de estancia en vigor y después volver a intentar tu residencia en España por arraigo familiar .
Saludos.
Lo que no podrás hacer es iniciar el trámite de visado por representación, pues el art. 51.6 del RD 2393/2004 prevé expresamente que la solicitud es personal y que incluso el Consulado puede requerirte para hacerte una entrevista personal. Para ganar tiempo, yo presentaria la solicitud, me informaria de cuánto tiempo aproximado están tardando en resolver (en Madrid, un mes y medio más o menos... esto hace unos 10 meses) y cuando fuera a llegar el tiempo estimado, que alguien me fuera tramitando la documentación en Cuba que me requieran en el Consulado (sin olvidar legalizarla en el MINREX), pediria cita desde aqui y viajaria un dia o dos antes. El Consulado no va a tardar más de 15 dias en resolver (lo habitual son 10 dias), asi que te daria tiempo de sobra para regresar antes del mes. Como para Cuba ya eres inmigrante, no tienes que tramitar la salida que es lo que podria alargar más el proceso.
Suponiendo que te denegaran el visado por cualquier causa (esto poniéndonos en el peor de los casos), siempre podrás volver a entrar a España con tu tarjeta de estancia en vigor y después volver a intentar tu residencia en España por arraigo familiar .
Saludos.
Re: Visado
Mucha gracias Elenilla por la respuesta. Seguiré tus consejos. Por último me gustaria que me aclararas si existe alguna objeción conque me haga el examen médico que pide el Consulado español para tramitar el Visado aqui en España.
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- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Visado
Siempre que no tenga más de tres meses en el momento de la solicitud, no habrá problemas. Además, asi no tendrás que legalizarlo.MARI.CABRERA escribió:Mucha gracias Elenilla por la respuesta. Seguiré tus consejos. Por último me gustaria que me aclararas si existe alguna objeción conque me haga el examen médico que pide el Consulado español para tramitar el Visado aqui en España.
Mucha suerte.
Re: Visado
Elenilla muchas gracias por todo. Cuando efectúe los trámites y tenga respuesta ya te contaré cómo me fue. Y si, necesito mucha suerte.
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