Presentar Recurso sobre la fecha de entrada en vigor de la LMH

La Ley de la Memoria Histórica, analizando la Disposición Adicional 7ª, que concede la Nacionalidad a descendientes de españoles
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vigigra
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Presentar Recurso sobre la fecha de entrada en vigor de la LMH

Mensaje por vigigra »

hola !!! te cuento soy nieta de abuela española mi mama le dieron la ciudadania española el 4/12/2009
como la ley argentina hasta el 21/12/2009 la mayoria de edad era hasta los 21 años PORQUE EL CODIGO CIVIL ME DA 2 AÑOS DE PLAZO PARA PRESENTARME EN EL REGISTRO yo quiero pedir la ciudadania por el art 20 inc 1. A, inc 2 .c junto con toda la documentacion voy a presentar 1 nota
MI TESIS ES QUE LA LEY DE LA MEMORIA EN España se aprobó Y PUBLICO EN EL BOLETIN OFICIAL lel 11 de diciembre del 2007.

En dicha fecha era menor de edad y aun segui­a bajo la potestad de mi madre , que NO inicio los tramites debido a que los consulados empezaron a dar números recién en diciembre del 2008 CON EL OBJETIVO DE EVITAR EL COLAPSO DE LOS CONSULADOS ESPAÑOLES, ORGANIZANDO Y PREPARANDO LA ADMINISTRACIÓN A YFUERAN LO MAS ORDENADO POSIBLE ;

ES ASI QUE LA DISPOSICIÓN REFERENTE A LA NACIONALIDAD ENTRE EN VIGOR EN EL PLAZO DE UN AÑO DESDE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO ESPAÑOL., Demorando el tramite formal que debi­a hacer mi madre para la obtención de la ciudadani­a española y quedar anotada en el registro civil pertinente ,Interpreto que mi madre es española de origen a partir de la aprobación de la ley de memoria ( 11/12/2007 ) porque reuni­a los requisitos requeridos por la ley de ciudadani­a española art 20 inc b ( anexo I )sin importar la fecha en que mi madre es registrada como ciudadana española Por lo tanto considero que cuando a mi madre le otorgan la ciudadani­a española, 12/2009 O ES REGISTRADA EN ESA FECHA PERO ELLA REUNIA LOS REQUISITOS PARA SERLO A PARTIR DE L A APROBACION D ELA LEY 12/2007 Y yo estaba dentro del plazo legal para solicitar la mi­a como menor de edad HASTA EL 13/4/2008 , cuyo plazo se cumpliri­a el 13/04/2011 para hacer mi opción , según art. 24 inc del código civil español, de no aceptar mi posición , dicha decisión seria contraria al arti­culo 14 de la constitución española, porque establece una fuerte discriminación hacia los hijos de españoles y el significado del término “Ius Sanguinis“. .- La transmisión de la nacionalidad española está basada en el Derecho del "Ius Sanguinis"

Insisto porque las demoras de implementación de la ley es importante porque a ley entra en vigencia una vez publicada en el boleti­n oficial que fue en el 2007
para mi independientemente de cuando anotaron a mi madre en el registro civil español como española ya lo era porque su madre lo era por la ley de la sangre y si ella lo era yo también
mi posición no me parece tan loca en mi caso lo que me mato fue la implementación de la ley del 2007 al 2008.
Bueno saludos y gracias
si podes hacerme una nota para presentar en el consulado te lo agradeceri­a mucho tengo que ir el 30/9/2010 voy por anexo I o III? Ya estoy mareada es mas no se si soy argentina ( es broma!!!! )

Trata de no pensar solo fri­amente lo que dice la embajada porque mi posición no es irracional hubo perdida de tiempo por problemas de orden interno que a mi me perjudicaron la embajada me perjudico

saludos y gracias. Gi
Última edición por vigigra el 04 Dic 2011, 13:26, editado 3 veces en total.
Razón: Mensaje separado de http://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=87&t=1803 por tratarse de tema diferente...
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El Abuelo
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Re: Presentar Recurso sobre la fecha de entrada en vigor de la LMH

Mensaje por El Abuelo »

vigigra escribió:hola !!! te cuento
SI PODES HACERME UNA NOTA PARA PRESENTAR EN EL COSULADO TE LO AGRADECERIA MUCHO
TRATA DE NO PENSAR SOLO FRIAMENTE LO QUE DICE LA EMBAJADA
Perdona: ¿A quién le estás preguntando?
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vigigra
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Re: Presentar Recurso sobre la fecha de entrada en vigor de la LMH

Mensaje por vigigra »

Al abuelo eres el moderador lo que pasa que me marie pense que le preguntaba al foro
disculpame pero no deomino bien los foros
gracias
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