Hola,
Soy nuevo en el foro.
Mi nombre es Luis, soy brasileño y resido en Brasil, tengo 17 años.
Soy hijo no matrimonial. Cuando yo tenia 10 años de edad mi madre falleció. Ese mismo año mi madrina se convirtió en mi tutora y mi padre inició un procedimiento judicial de reconocimiento de paternidad que se completó en julio de 2004 y ya consta en mi certificación de nacimiento, con el consentimiento de mi tutora, pues siempre fue voluntad de mi madre que mi padre me registrara.
Mi padre ha optado recientemente por la nacionalidad. La pregunta es si podré optar por estar bajo la patria potestad de un español, ya que soy su hijo y llevo su apellido.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Luis
Patria Potesdad Y Tutela
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Re: Patria Potesdad Y Tutela
Si tu padre ha adquirido la nacionalidad española siendo tú menor de edad si que puedes.
Para hacerlo mientras seas menor de edad, deberás acudir, acompañado de tu padre y de tu tutora, al RC de tu lugar de empadronamiento con el modelo que corresponde y que puedes encontrar en este enlace.
Dejarte claro que no hay plazo para que puedas ejercer este derecho, .. pero con una salvedad.
Si acudes al RC siendo mayor de edad, ya no necesitas ir acompañado de tu tutora y progenitor.
Si lo haces antes de cumplir 20 años, se levanta acta y se manda al RCC para que hagan tu inscripción y ya está.
Si lo haces después de cumplidos los 20, deberás demostrar que has residido legalmente es España por el plazo de 1 año, justo anterior a tu solicitud. Entonces, cunplido ese requisito, se levantará el acta correspondiente y se hace tu acta.
Si naciste en el extranjero y estás ahora mismo en ese pais o piensas estarlo, es preferible que pidas cita en el Consulado de España y ahi sea donde presentes tu solicitud, porque el acta se inscribe más pronto que en el RCC.
Para hacerlo mientras seas menor de edad, deberás acudir, acompañado de tu padre y de tu tutora, al RC de tu lugar de empadronamiento con el modelo que corresponde y que puedes encontrar en este enlace.
Dejarte claro que no hay plazo para que puedas ejercer este derecho, .. pero con una salvedad.
Si acudes al RC siendo mayor de edad, ya no necesitas ir acompañado de tu tutora y progenitor.
Si lo haces antes de cumplir 20 años, se levanta acta y se manda al RCC para que hagan tu inscripción y ya está.
Si lo haces después de cumplidos los 20, deberás demostrar que has residido legalmente es España por el plazo de 1 año, justo anterior a tu solicitud. Entonces, cunplido ese requisito, se levantará el acta correspondiente y se hace tu acta.
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Re: Patria Potesdad Y Tutela
Creo que su duda era si efectivamente está bajo la patria potestad de su padre español al estar tutelado por otra persona.
Si cumple 18 pronto, puede resultarle conveniente optar luego para no precisar autorización.
Si cumple 18 pronto, puede resultarle conveniente optar luego para no precisar autorización.
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