No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
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No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Consulta referida al titulo : mis dos abuelos paternos eran españoles, inicié el trámite por abuelo en enero del 2009, se denegó porque el abuelo habia iniciado los trámites de nacionalidad antes del nacimiento de mi padre, pero no pasó a ratificarla y quedó el expediente anulado, por este motivo la denegaron, en mayo del 2009 envié el recurso y hasta el momento no han respondido. Hace unos meses atrás inicié el trámite por abuela, al entregar la documentación me informan que no pueden aceptarla porque tengo una causa abierta y como no saben como va a resolver la DGR los recursos no puden aceptar otro trámite. que saben que va a ser denegada. La funcionaria me informa que si en el recurso menciono que la abuela es española, ellos mismos se encargan de darme "el ok" para iniciar el trámite por la abuela. Esta negación a recibir tramite por la abuela es correcto?
Gracias Xavier Uruguay
Gracias Xavier Uruguay
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Si tu recurso fue presentado en mayo de 2009, no ha de faltar demasiado para que sea resuelto. Hay varios casos similares y me sospecho que la resolución será negativa.
Para poder optar por el segundo apartado, deberias de demostrar que tu abuela salió de España entre el 18-7-39 y el 31-12-55 y que además perdió la nacionalidad como consecuencia del exilio.
Para poder optar por el segundo apartado, deberias de demostrar que tu abuela salió de España entre el 18-7-39 y el 31-12-55 y que además perdió la nacionalidad como consecuencia del exilio.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Si,eso tengo claro que no va a salir positivo. la abuela llega al pais junto con mi abuelo,en 1904,se conocen en el barco y se casan en uruguay.
Saludos Xavier
Saludos Xavier
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Entonces no tendria mucho sentido presentar una nueva solicitud. En cuanto a la solicitud original, supongo que tu abuelo obtuvo efectivamente la ciudadania legal uruguaya más de 180 dias antes del nacimiento de tu padre por lo cual tu padre no fue una persona originariamente española.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Inició los trámites en el 13, mi padre nace en el 17, pero como no ratifica la cudadania,lo dan por anulado y no hay dentro del expediente ningún dato más . en ese entonces solo pedian datos personales una vez que pasaba a ratificarla. Entiendo que España en ese periodo lo toma como que ejerció en algún momento la ciudadania uruguaya
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
La ratificación estaba indicada en las diposiciones transitoria de la Constitución de 1934.
I) Dentro del término de tres años, a contar de la fecha de promulgación de esta Constitución, los ciudadanos legales que hubiesen obtenido su carta de ciudadania antes de la referida fecha, deberán justificar su identidad ante las autoridades correspondientes según el articulo 9º de la Ley 2 de Febrero de 1928, observándose los procedimientos que la misma establece, a aquel solo efecto.
Vencido dicho término, quedarán canceladas y sin ningún valor las cartas de ciudadania de las personas que no hubieren cumplido con ese requisito o que, habiéndolo hecho, no hubiesen obtenido pronunciamiento favorable de la Corte Electoral.
Tu única posibilidad seria que le hubieran concedido la carta de ciudadania menos de 180 dias antes de nacer tu padre. Los amigos del consulado consideran la fecha en que se inició la solicitud de ciudadania legal, lo que no es correcto.
I) Dentro del término de tres años, a contar de la fecha de promulgación de esta Constitución, los ciudadanos legales que hubiesen obtenido su carta de ciudadania antes de la referida fecha, deberán justificar su identidad ante las autoridades correspondientes según el articulo 9º de la Ley 2 de Febrero de 1928, observándose los procedimientos que la misma establece, a aquel solo efecto.
Vencido dicho término, quedarán canceladas y sin ningún valor las cartas de ciudadania de las personas que no hubieren cumplido con ese requisito o que, habiéndolo hecho, no hubiesen obtenido pronunciamiento favorable de la Corte Electoral.
Tu única posibilidad seria que le hubieran concedido la carta de ciudadania menos de 180 dias antes de nacer tu padre. Los amigos del consulado consideran la fecha en que se inició la solicitud de ciudadania legal, lo que no es correcto.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Según en Corte electoral, no hay nada,ningún dato más del que te menciono. Sólo dice que fulanito inició los trámites, no dice ni padres,ni dónde nació, solo el nombre,apellido y que era español.. Sobre el recurso, en septiembre. me informan esto:
En relación con su consulta, se informa que el expediente nº xxxx/2009 a su nombre, sobre opción a la nacionalidad española de origen en aplicación de la disposición adicional 7ª de la Ley 52/07, se encuentra actualmente pendiente de estudio y se resolverá cuando por su turno de entrada le corresponda.
Atentamente.
En relación con su consulta, se informa que el expediente nº xxxx/2009 a su nombre, sobre opción a la nacionalidad española de origen en aplicación de la disposición adicional 7ª de la Ley 52/07, se encuentra actualmente pendiente de estudio y se resolverá cuando por su turno de entrada le corresponda.
Atentamente.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Me olvidaba, tengo un conocido que está en la misma situación que yo, el abuelo inicia los trámites antes que el hijo naciera y no pasa a ratificarla y se anula, pero si se entera que sacó la cédula uruguaya.
Por supuesto fue denegado su sulicitud y mandó recurso a principios de año.
¿Interfiere en algo que haya sacado la cédula ?
Los años que estamos hablando son cerca de los 20
Por supuesto fue denegado su sulicitud y mandó recurso a principios de año.
¿Interfiere en algo que haya sacado la cédula ?
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Normalmente el certificado de la Corte dice que inició el trámite para obtener la ciudadania legal en fecha tal, que le fue otorgada la Carta de Ciudadania en fecha tal y la Credencial Civica en tal otra fecha. Y en algunos casos dice que al no haberla ratificado, quedó sin efecto.
Última edición por Javier2749c el 02 Nov 2010, 16:47, editado 1 vez en total.
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
No entiendo la relación con la cédula. Los extranjeros tienen cédula de identidad.aguixa0 escribió:..... pero si se entera que sacó la cédula uruguaya. ......
¿Interfiere en algo que haya sacado la cédula? .....
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
El certificado de la corte dice textualmene:
Certifica que a nombre de ......,nacido en España , carpeta nº............,expedida por el ministerio del interior en ...... 1913,la cual quedó anulada en razón de no haber comparecido a ratificarla de conformidad con lo previsto en la Dispocisión transitoria letra i de la constitución del año 1934. A pedido del interesado se expide el presente.............
Es lo unico que dice el certificado, no hay ningún dato más dentro del expediente y en ningún otro lado dentro de la Corte Electoral
Certifica que a nombre de ......,nacido en España , carpeta nº............,expedida por el ministerio del interior en ...... 1913,la cual quedó anulada en razón de no haber comparecido a ratificarla de conformidad con lo previsto en la Dispocisión transitoria letra i de la constitución del año 1934. A pedido del interesado se expide el presente.............
Es lo unico que dice el certificado, no hay ningún dato más dentro del expediente y en ningún otro lado dentro de la Corte Electoral
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Es tal cual la trancribo, no sólo saque una, sino a lo largo de unos años saque dos más y dice exactamente lo mismo, pido explicación porque no ponen más datos y la corte dice que no pueden poner más datos porque no hay. No saben si votó, nada de nada. El expediente está vacio
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Además no entiendo qué cosa fue expedida, no sé si faltó transcribir algo o está mal redactado el certificado.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Se ha recibido solicitud de certificación de ciudadania de xxxxx xxxxx , nacido en xxxx el xxxx.
En respuesta de esta solicitud A. Cataldi, Secretario Letrado de la Corte Electoral certifica que a nombre de xxxx, existe carpeta nº xxxxx, expedida por el Ministerio del interior el xxx xxx de 1913, la cual quedó anulada en razón de no haber comparecido el interesado a ratificarla, de conformidad con lo previsto en la Dispocición Transitoria Letra i de la Constitución de la República del año 1934.
A pedido de la parte interesada, por mandato de la corte Electoral, se expide el presente en Montevideo a los ..................
Este es el certificado que expidieron en Corte Electoral y el cuál presenté en el Consulado.
Si no agregan más datos es porque no existe ningún dato más dentro de esa u otra carpeta con el nombre de la persona en cuestión.
Estas son las razones que explica la Corte cuando, en muchas oportunidades, he reclamado por más datos.
Dicen que no pueden agregar algo que no existe
Xavier
En respuesta de esta solicitud A. Cataldi, Secretario Letrado de la Corte Electoral certifica que a nombre de xxxx, existe carpeta nº xxxxx, expedida por el Ministerio del interior el xxx xxx de 1913, la cual quedó anulada en razón de no haber comparecido el interesado a ratificarla, de conformidad con lo previsto en la Dispocición Transitoria Letra i de la Constitución de la República del año 1934.
A pedido de la parte interesada, por mandato de la corte Electoral, se expide el presente en Montevideo a los ..................
Este es el certificado que expidieron en Corte Electoral y el cuál presenté en el Consulado.
Si no agregan más datos es porque no existe ningún dato más dentro de esa u otra carpeta con el nombre de la persona en cuestión.
Estas son las razones que explica la Corte cuando, en muchas oportunidades, he reclamado por más datos.
Dicen que no pueden agregar algo que no existe
Xavier
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Nunca habia visto una redacción de ese tipo: "Existe carpeta expedida por el Ministerio del Interior".....
He visto la redacción clásica que también trae problemas que es "solicitó la ciudadania en fecha tal, se le otorgó carta de ciudadania en tal otra fecha y credencial civica en fecha tal" y eventualmente el agregado que quedó anulada por no haberla ratificado luego de la Constitución de 1934.
Y hace poco lei otra: "....existe solicitud de carta de ciudadania correspondiente al expediente número tal, iniciado en fecha tal, el que fue archivado en la sub-división "en suspenso" en tal otra fecha, no habiéndose otorgado la ciudadania legal....."
He visto la redacción clásica que también trae problemas que es "solicitó la ciudadania en fecha tal, se le otorgó carta de ciudadania en tal otra fecha y credencial civica en fecha tal" y eventualmente el agregado que quedó anulada por no haberla ratificado luego de la Constitución de 1934.
Y hace poco lei otra: "....existe solicitud de carta de ciudadania correspondiente al expediente número tal, iniciado en fecha tal, el que fue archivado en la sub-división "en suspenso" en tal otra fecha, no habiéndose otorgado la ciudadania legal....."
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Pues ahora puedes agregar otro formato de redacción, que no es clara y perjudica al solicitante, y cuando pides aclaración o que se redacte de otra forma para que sea más entendible y dicen que es el formato de solicitud convencional y es la que expiden.
No les interesa si perjudican o no al usuario. que es más que evidente el resultado final de esto.
No les interesa si perjudican o no al usuario. que es más que evidente el resultado final de esto.
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Bueno, tal como lo cuentas, parece ser que tu abuelo seguia siendo español en el momento de nacer tu padre.
Pero, al constar (no se donde, ni cómo se enteró el Consulado de España, ... pero el caso es que lo sabe) que tu abuelo habia iniciado la petición de la nacionalidad uruguaya, pues han denegado presumiendo que la adquirió antes del nacimiento de tu padre.
Has recurrido, y supongo que habrá sido acreditando que tu abuelo nunca llegó a adquirir la nacionalidad por no haber formalizado el acto necesario para ello.
(Hago un inciso: seria similar al caso de que en nuestras nacionalidades por residencia actuales, la DGRN concede la nacionalidad y nunca pasas, por la causa que sea, a prestar el juramento. Aunque te la han concedido, nunca la has tenido y, por tanto, tus descendientes no pueden tenerla por no estar bajo patria potestad de un español.
Este es un caso que tengo en mi RC, ya que la Sra. a quien se la concedieron falleció en el transcurso de la tramitación. La DGRN se la concede y al ir a notificarle, me comunican su defunción...)
Por tanto, decia, no se hizo uruguayo y su hijo nació español.
Si demuestras que no se hizo nunca español (que lo puedes hacer, con la documentación que tienes), ¿qué es lo que se hace con los hijos de españoles? Inscribirlos en un RC español.
¿Y qué pasa cuando han nacido en el extranjero? Que se inscriben en el Consulado
¿Y si han perdido la nacionalidad española por utilizar otra a partir de la mayoria de edad¿ Entonces, ahora, solicitan recuperar su nacionalidad.
O sea, que lo que tiene que hacer tu padre es solicitar su inscripción como español (al haber nacido como tal), y recuperar la nacionalidad (al haberla perdido en el momento que fuera).
Además, es la única manera de que los hijos mayores de edad de él (nietos del emigrante) puedan optar por la disposición 1ª aunque sean mayores de edad.
Si lo que piden es la opción para tu padre por el anexo que sea, se quedará en él y en los hijos que ahora mismo (en el momento de solicitarla) sean menores de edad.
Ahora, estando el procedimiento de solicitud por la LMH en tramite al haberse recurrido, no puedes iniciar el mismo trámite (optar)
Pero si puedes solicitar el otro: la inscripción fuera de plazo del nacimiento de un español.
Pero, al constar (no se donde, ni cómo se enteró el Consulado de España, ... pero el caso es que lo sabe) que tu abuelo habia iniciado la petición de la nacionalidad uruguaya, pues han denegado presumiendo que la adquirió antes del nacimiento de tu padre.
Has recurrido, y supongo que habrá sido acreditando que tu abuelo nunca llegó a adquirir la nacionalidad por no haber formalizado el acto necesario para ello.
(Hago un inciso: seria similar al caso de que en nuestras nacionalidades por residencia actuales, la DGRN concede la nacionalidad y nunca pasas, por la causa que sea, a prestar el juramento. Aunque te la han concedido, nunca la has tenido y, por tanto, tus descendientes no pueden tenerla por no estar bajo patria potestad de un español.
Este es un caso que tengo en mi RC, ya que la Sra. a quien se la concedieron falleció en el transcurso de la tramitación. La DGRN se la concede y al ir a notificarle, me comunican su defunción...)
Por tanto, decia, no se hizo uruguayo y su hijo nació español.
Si demuestras que no se hizo nunca español (que lo puedes hacer, con la documentación que tienes), ¿qué es lo que se hace con los hijos de españoles? Inscribirlos en un RC español.
¿Y qué pasa cuando han nacido en el extranjero? Que se inscriben en el Consulado
¿Y si han perdido la nacionalidad española por utilizar otra a partir de la mayoria de edad¿ Entonces, ahora, solicitan recuperar su nacionalidad.
O sea, que lo que tiene que hacer tu padre es solicitar su inscripción como español (al haber nacido como tal), y recuperar la nacionalidad (al haberla perdido en el momento que fuera).
Además, es la única manera de que los hijos mayores de edad de él (nietos del emigrante) puedan optar por la disposición 1ª aunque sean mayores de edad.
Si lo que piden es la opción para tu padre por el anexo que sea, se quedará en él y en los hijos que ahora mismo (en el momento de solicitarla) sean menores de edad.
Ahora, estando el procedimiento de solicitud por la LMH en tramite al haberse recurrido, no puedes iniciar el mismo trámite (optar)
Pero si puedes solicitar el otro: la inscripción fuera de plazo del nacimiento de un español.
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Kárbiko,
Creo que no comprendes cómo funcionaba la solicitud de "ciudadania legal" uruguaya en aquellas épocas.
Un extranjero, en este caso español, solicitaba la ciudadania legal uruguaya, y si le era concedida obtenia la Carta de Ciudadania, y luego el documento que le permitia sufragar como ciudadano uruguayo, la llamada Credencial Civica.
Sin embargo, a raiz de una disposición transitoria de la Constitución uruguaya de 1934, quienes hubieran obtenido la ciudadania legal debian de presentarse a ratificar su interés en conservarla. Desconozco cuál era la intención del legislador pero era muy común que la gente no se presentara a conservarla y por lo tanto la perdiera.
De modo que hay miles de españoles que obtuvieron la ciudadania legal uruguaya, perdiendo asi la española, y luego de la Constitución de 1934 perdieron la uruguaya y continuaron residiendo como "españoles" sin serlo.
Este parecer ser el caso del abuelo de aguixa. El cónsul interpreta que su abuelo dejó de ser español por adquirir voluntariamente la ciudadania uruguaya -tal como consta en el certificado de la Corte Electoral- luego tuvo a su hijo que nació de padre uruguayo, y luego a nadie le importa si dejó de ser uruguayo porque por eso no recuperaba la nacionalidad española.
Creo que no comprendes cómo funcionaba la solicitud de "ciudadania legal" uruguaya en aquellas épocas.
Un extranjero, en este caso español, solicitaba la ciudadania legal uruguaya, y si le era concedida obtenia la Carta de Ciudadania, y luego el documento que le permitia sufragar como ciudadano uruguayo, la llamada Credencial Civica.
Sin embargo, a raiz de una disposición transitoria de la Constitución uruguaya de 1934, quienes hubieran obtenido la ciudadania legal debian de presentarse a ratificar su interés en conservarla. Desconozco cuál era la intención del legislador pero era muy común que la gente no se presentara a conservarla y por lo tanto la perdiera.
De modo que hay miles de españoles que obtuvieron la ciudadania legal uruguaya, perdiendo asi la española, y luego de la Constitución de 1934 perdieron la uruguaya y continuaron residiendo como "españoles" sin serlo.
Este parecer ser el caso del abuelo de aguixa. El cónsul interpreta que su abuelo dejó de ser español por adquirir voluntariamente la ciudadania uruguaya -tal como consta en el certificado de la Corte Electoral- luego tuvo a su hijo que nació de padre uruguayo, y luego a nadie le importa si dejó de ser uruguayo porque por eso no recuperaba la nacionalidad española.
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Ahh, entendi que hasta que no se hiciera el 2º requisito (ratificación) no era uruguayo ni, por tanto, habia dejado de ser español...
Entonces, debe de haber un trámite anterior (que no aparecece..) en el que el abuelo solicitó (y adquirió, tanto él como su esposa e hijos menores) la nacionalidad uruguaya.
En el caso de que se pidiera certificado sobre si ese señor adquirió la nacionalidad uruguaya, ¿qué certificaria la administración?
¿Que si se hizo y que luego la perdió*? ¿Que no se hizo y por tanto nunca fue uruguayo?
* Y si perdió la uruguaya y ya no era español, ¿cual seria a partir de ese momento la nacionalidad...? Porque para ser español debia manifestar su voluntad de recuperarla ¿no es asi?
Entonces, debe de haber un trámite anterior (que no aparecece..) en el que el abuelo solicitó (y adquirió, tanto él como su esposa e hijos menores) la nacionalidad uruguaya.
En el caso de que se pidiera certificado sobre si ese señor adquirió la nacionalidad uruguaya, ¿qué certificaria la administración?
¿Que si se hizo y que luego la perdió*? ¿Que no se hizo y por tanto nunca fue uruguayo?
* Y si perdió la uruguaya y ya no era español, ¿cual seria a partir de ese momento la nacionalidad...? Porque para ser español debia manifestar su voluntad de recuperarla ¿no es asi?
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Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
En principio interpretamos que fue uruguayo y que luego dejó de serlo. Obtener una explicación de la Corte Electoral es imposible.kárbiko escribió:Ahh, entendi que hasta que no se hiciera el 2º requisito (ratificación) no era uruguayo ni, por tanto, habia dejado de ser español...
Ya se pidió y dice esto:kárbiko escribió: En el caso de que se pidiera certificado sobre si ese señor adquirió la nacionalidad uruguaya, ¿qué certificaria la administración?
¿Que si se hizo y que luego la perdió*? ¿Que no se hizo y por tanto nunca fue uruguayo?
Se ha recibido solicitud de certificación de ciudadania de Juan Salvador Perez Gonzalez, nacido en Madrid en 1892.
En respuesta de esta solicitud Alfonso Mario Cataldi, Secretario Letrado de la Corte Electoral certifica que a nombre de Juan Salvador Perez Gonzalez, existe carpeta nº 1346, expedida por el Ministerio del interior el 7 de octubre de 1913, la cual quedó anulada en razón de no haber comparecido el interesado a ratificarla, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Letra i de la Constitución de la República del año 1934.
A pedido de la parte interesada, por mandato de la corte Electoral, se expide el presente en Montevideo
Asi es, debia de retornar al Reino y recuperar la nacionalidad.kárbiko escribió:Y si perdió la uruguaya y ya no era español, ¿cual seria a partir de ese momento la nacionalidad...? Porque para ser español debia manifestar su voluntad de recuperarla ¿no es asi?
Como se quedó en Uruguay pasó a ser apátrida, aunque probablemente se identificaba como español ante las autoridades uruguayas.
Re: No aceptan mi trámite por abuela Consulado en Uruguay
Exactamente Javier, en todo documento que a firmado o entregado datos en territorio uruguayo, hace constar que era ciudadano español. En ningún documento figura como uruguayo. Desde acta de matrimonio, nacimiento de todos sus hijos ,y defunción
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