¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
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¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Hola:
El nacimiento debe incribirse en el lugar en el que ocurre, por lo tanto el nacimiento del hijo de un español entiendo que deberá inscribirse en el registro civil consular correspondiente. Se supone que tienen obligación de aceptar la solicitud de inscripción, ¿no? Se trata de un hijo no matrimonial (los padres están a la espera de la resolución del recurso interpuesto ante la DGRN por denegación de la capacidad matrimonial) de un español y una marroqui, la madre residente en Marruecos y el padre pasando todo el tiempo que puede en dicho pais. Es decir, el Consulado es competente tanto por ser el lugar del nacimiento como el lugar de residencia de los padres.
¿Qué documentos deben presentarse además de --interpreto-- la presencia de los dos progenitores? de los que se especifican en el hilo de trámites necesarios no pueden aportarse ni el "impreso amarillo" ni el Libro de familia...
A ver si alguien puede aclararlo. Y, por favor, no contestéis la obviedad de que lo pregunte en el consulado porque eso ya está hecho y no muestran muchas ganas de colaboración, por lo que hay que llevarles todo preparado y, si es posible, la base legal.
El nacimiento debe incribirse en el lugar en el que ocurre, por lo tanto el nacimiento del hijo de un español entiendo que deberá inscribirse en el registro civil consular correspondiente. Se supone que tienen obligación de aceptar la solicitud de inscripción, ¿no? Se trata de un hijo no matrimonial (los padres están a la espera de la resolución del recurso interpuesto ante la DGRN por denegación de la capacidad matrimonial) de un español y una marroqui, la madre residente en Marruecos y el padre pasando todo el tiempo que puede en dicho pais. Es decir, el Consulado es competente tanto por ser el lugar del nacimiento como el lugar de residencia de los padres.
¿Qué documentos deben presentarse además de --interpreto-- la presencia de los dos progenitores? de los que se especifican en el hilo de trámites necesarios no pueden aportarse ni el "impreso amarillo" ni el Libro de familia...
A ver si alguien puede aclararlo. Y, por favor, no contestéis la obviedad de que lo pregunte en el consulado porque eso ya está hecho y no muestran muchas ganas de colaboración, por lo que hay que llevarles todo preparado y, si es posible, la base legal.
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Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Preguntas:
a) ¿en qué pais ha nacido el hijo?
b) ¿ha sido ya inscrito en el registro civil del pais donde ha nacido?
c) ¿el padre tiene residencia legal en España o en el pais donde ha nacido el hijo? (teniendo en cuenta que, en este úiltimo caso, para ser residente a efectos legales creo que debe estar inscrito como tal en el Registro de Matricula del Consulado de España del pais donde está residiendo)
a) ¿en qué pais ha nacido el hijo?
b) ¿ha sido ya inscrito en el registro civil del pais donde ha nacido?
c) ¿el padre tiene residencia legal en España o en el pais donde ha nacido el hijo? (teniendo en cuenta que, en este úiltimo caso, para ser residente a efectos legales creo que debe estar inscrito como tal en el Registro de Matricula del Consulado de España del pais donde está residiendo)
Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Gracias, Jucrisvic. Contesto a tus preguntas:
a) El niño ha nacido en Marruecos.
b) Si, ha sido inscrito en el RC marroqui.
c) El padre es español, creo que si está inscrito en el registro de matricula del Consulado, lo voy a preguntar (¿qué diferencia habria?)
a) El niño ha nacido en Marruecos.
b) Si, ha sido inscrito en el RC marroqui.
c) El padre es español, creo que si está inscrito en el registro de matricula del Consulado, lo voy a preguntar (¿qué diferencia habria?)
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Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Si el padre está inscrito en el registro de matricula del Consulado entonces si que pueden atenderlo alli.
en caso contrario tiene que iniciarlo en el RC de su domicilio en España, ya que sigue empadrononado en él.
en caso contrario tiene que iniciarlo en el RC de su domicilio en España, ya que sigue empadrononado en él.
NO resuelvo consultas usando Mensajes Privados
Antes de preguntar,utiliza la búsqueda: Seguramente ya está resuelta en el foro.
La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Pero de inscribirlo en el RC de su localidad podria ir la madre... (ni el niño, claro) ¿Es posible?
Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Me contesto a mi misma:
Art. 68 del RRC
Los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscribirán en el Registro
Municipal o Consular del sitio en que acaecen, cualquiera que sea el domicilio
de los afectados, la incardinación de la parroquia o el lugar de enterramiento.
Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor está
domiciliado en España, deberá practicarse antes la inscripción en el Registro
Central, y después, por traslado, en el Consular correspondiente.
Nueva pregunta que me surge:
¿Puede ser promotora de la inscripción en el Registro Civil Consular del nacimiento del hijo de padre español la madre extranjera??????
Art. 68 del RRC
Los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscribirán en el Registro
Municipal o Consular del sitio en que acaecen, cualquiera que sea el domicilio
de los afectados, la incardinación de la parroquia o el lugar de enterramiento.
Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor está
domiciliado en España, deberá practicarse antes la inscripción en el Registro
Central, y después, por traslado, en el Consular correspondiente.
Nueva pregunta que me surge:
¿Puede ser promotora de la inscripción en el Registro Civil Consular del nacimiento del hijo de padre español la madre extranjera??????
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Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Yo entiendo que si en la inscripción marroqui ya consta como hijo de padre español, la madre puede solicitar la inscripción ante el Consulado de España.
Otra cosa es que al ser hijo no matrimonial el Consulado deba practicar actuaciones complementarias antes de inscribirlo, para dar validez a ese reconocimiento paterno efectuado ante el registro civil extranjero, en cuyo caso tendrá que enviar una solicitud al registro civil del domicilio del padre ya que éste tiene su residencia legal en España.
Salvo mejor opinión.
Otra cosa es que al ser hijo no matrimonial el Consulado deba practicar actuaciones complementarias antes de inscribirlo, para dar validez a ese reconocimiento paterno efectuado ante el registro civil extranjero, en cuyo caso tendrá que enviar una solicitud al registro civil del domicilio del padre ya que éste tiene su residencia legal en España.
Salvo mejor opinión.
Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Es que, en este caso concreto, ya existe un acta (notarial) de reconocimiento paterno ante el cónsul (funciones notariales)... ¿no vale con eso?
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Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Y seguro que ese Cónsul, levantada ese acta, ¿no ordenó que se hiciera por duplicado y remitió al RC Consular para que se practicara la correspondiente inscripción...?
Se supone que él ya tuvo que realizar esas comprobaciones.
No obstante, si no consta inscrito, al solicitarlo ahora, podria indicar que se practicaran.
No es lo normal, pero ....
Lo normal seria que ya estuviera practicada justo después de levantada ese acta de reconocimiento....
Como dice Forges....:
Pais...
Se supone que él ya tuvo que realizar esas comprobaciones.
No obstante, si no consta inscrito, al solicitarlo ahora, podria indicar que se practicaran.
No es lo normal, pero ....
Lo normal seria que ya estuviera practicada justo después de levantada ese acta de reconocimiento....
Como dice Forges....:
Pais...
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Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?
Si el padre español ya ha efectuado un reconocimiento de su paternidad ante el mismo Cónsul donde se ha instado la inscripción del nacimiento, doy por hecho que éste está estudiando el asunto y en breve plazo decidirá si inscribe o no.
Ya por las opiniones sobre los Consulados de España que llevo leidas en este foro no voy a opinar más, por si acaso.
Ya por las opiniones sobre los Consulados de España que llevo leidas en este foro no voy a opinar más, por si acaso.
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