Arraigo por matrimonio con residente
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Arraigo por matrimonio con residente
Hola, soy uruguaya residente en España, y tengo una relación con otro uruguayo desde hace 4 años. El se encuentra en situación irregular aun. Tenemos una hija nacida aqui en España. Nosotros pensamos contraer matrimonio próximamente, y quisiera preguntar si yo me caso con el, el podria obtener una residencia en España.
Muchas gracias.
Muchas gracias.
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- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Arraigo por matrimonio con residente
Tiene 3 opciones:
1. Os casáis (o hacés pareja de hecho) y si tú estás legal en España y llevas más de un año en esta situación, podréis tramitar la reagrupación demostrando que tienes medios de vida suficientes y una vivienda que reúna las condiciones. Pero para eso él tendria que regresar a su pais y empezar a tramitar la reagrupación una vez esté alli.
2. Puede regularizarse por arraigo (os caséis o no), si puede demostrar que lleva 3 años en España. Para ello, tendrá que tener una oferta de trabajo. El hecho de casaros o haceros pareja de hecho registrada, le puede ayudar en el sentido de no tener que tramitar el informe de inserción social en el Ayuntamiento. También puede evitarse este informe si vuestra hija está legal (que lo estará si tú lo estás) o tiene nacionalidad española.
3. Si no lleva los 3 años y la niña tiene nacionalidad española, se le puede tramitar una oferta de trabajo en origen sin que se tenga en cuenta la situación nacional de empleo (Catálogo de Ocupaciones de Dificil Cobertura). Pero para esto, él también tendria que regresar a su pais antes de comenzar el trámite.
No se me ocurren más posibilidades.
Saludos y suerte.
1. Os casáis (o hacés pareja de hecho) y si tú estás legal en España y llevas más de un año en esta situación, podréis tramitar la reagrupación demostrando que tienes medios de vida suficientes y una vivienda que reúna las condiciones. Pero para eso él tendria que regresar a su pais y empezar a tramitar la reagrupación una vez esté alli.
2. Puede regularizarse por arraigo (os caséis o no), si puede demostrar que lleva 3 años en España. Para ello, tendrá que tener una oferta de trabajo. El hecho de casaros o haceros pareja de hecho registrada, le puede ayudar en el sentido de no tener que tramitar el informe de inserción social en el Ayuntamiento. También puede evitarse este informe si vuestra hija está legal (que lo estará si tú lo estás) o tiene nacionalidad española.
3. Si no lleva los 3 años y la niña tiene nacionalidad española, se le puede tramitar una oferta de trabajo en origen sin que se tenga en cuenta la situación nacional de empleo (Catálogo de Ocupaciones de Dificil Cobertura). Pero para esto, él también tendria que regresar a su pais antes de comenzar el trámite.
No se me ocurren más posibilidades.
Saludos y suerte.
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Re: Arraigo por matrimonio con residente
Es de suponer que por haber nacido en España de padres uruguayos han de haber solicitado una declaración con valor de simple presunción, ya que los nacidos en el extranjero de padres uruguayos no obtiene la nacionalidad uruguaya.Elenilla escribió:También puede evitarse este informe si vuestra hija está legal (que lo estará si tú lo estás) o tiene nacionalidad española.
Re: Arraigo por matrimonio con residente
Muchas gracias Javier y Elenilla. Si, yo me encuentro con residencia permanente, Mi nina esta registrada en el Registro Civil de mi localidad, tenemos libro de Familia en común, y entonces es que me surge una pregunta: Con la declaración con valor de simple presunción y el resto de documentos pertinentes, a mi hija le podrian dar la nacionalidad espanola?, en ese mismo sentido, al padre de mi hija le podria corresponder algun tipo de beneficio regulatorio sin necesidad de regresar a nuestro pais de origen?
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Re: Arraigo por matrimonio con residente
Para que tu hija obtenga la nacionalidad española, tú y el padre deben solicitar en el registro civil correspondiente a vuestro domicilio que se declare con valor de simple presunción la nacionalidad de la niña.nataliauruguay escribió:Mi niña esta registrada en el Registro Civil de mi localidad, tenemos libro de Familia en común, y entonces es que me surge una pregunta: Con la declaración con valor de simple presunción y el resto de documentos pertinentes, a mi hija le podrian dar la nacionalidad espanola?
Para ello deben de obtener previamente un certificado del Consulado de Uruguay en que se aclare que la niña no es uruguaya.
Cuando soliciten por escrito la declaración en el registro civil, pueden citar como antecedentes las resoluciones (2.ª) de 4 de marzo de 2003, 24 de abril de 2007, y (5.ª) de 23 de marzo de 2006, 15 de diciembre de 1992, (2.a) de 18 de marzo de 1994, (1.a) de 8 de noviembre de 2001, (2.a) de 4 de marzo de 2003, y (2.a) de 14 de mayo de 2004 de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Si el juez del registro civil entiende que la declaración corresponde, procederá a inscribir al margen de su acta de nacimiento la declaración de nacionalidad.
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