Tarjeta comunitaria

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juletusifo
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Tarjeta comunitaria

Mensaje por juletusifo »

hola tengo un poblema estuvo casada con espanol desde 2005-2010 y cuando iba a renova mi tarjeta mi marido estaba en fuga de justicia y no tenia su DNI para renova y pedir la modificacion con la demanda de divocio (dentro de 3 meses posterior) y me denegaron por no aporta la sentencia de divorcio . salio la sentencia en deciembre 2010 y hoy fue a solicita la modificacion de nuevo. por favor me pregunta es si tengo possibilidad o no. gracis es urgente.

Elenilla
Mensajes: 274
Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por Elenilla »

Te darán la modificación a régimen general, siempre y cuando:

- Tu matrimonio haya durado 3 años hasta el momento de la solicitud de separación legal o divorcio.
- Estés dada de alta en la Seguridad Social o demuestres tener medios de vida suficientes.

Todavía estás en el plazo de 6 meses posteriores a la Sentencia de divorcio, en el que se permite solicitar el cambio.

Saludos.

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juletusifo
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por juletusifo »

mucha gracias, no tengo trabajo ahora,yo pensaba que como me tocar larga duracion no hace falta contrato o no.

Elenilla
Mensajes: 274
Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por Elenilla »

Sí, perdona... no me había dado cuenta de que hasta el 2010 no has estado divorciada. Es cierto que para la permanente no necesitas contrato de trabajo, siempre que puedas demostrar que has permanecido 5 años enteros de forma legal.

Saludos.

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juletusifo
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por juletusifo »

gracias de nuevo, me olvide dice a usted que hasta el mes pasado estuvo con la tarjeta caducado, como sabe mi tarjeta caduco en april 2010 y no puedo renova por no tene el DNI de mi marido. estoy en situation irregular auque pidio la modificacion con la tarjeta caducada.

xmara_ve
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por xmara_ve »

Hola

Mi marido solicito la tarjeta comunitaria el 6/05/11 en madrid, se han cumplido los 3 meses y no ha recibido la carta, la semana pasada fue a preguntar en la avda. de los poblados y le dijeron que debe esperar máximo 6 meses que van con retraso. Podemos reclamar al respecto? o como nos enteramos si todo va bien? Tenemos programado un viaje al exterior en octubre...o puede pedir el permiso de entrada a españa solo con el resguardo sin el NIE? gracias
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profesoralex
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por profesoralex »

Hola, xmara_ve:
Aquí tienes el link de Nuevo Reglamento de Extranjería: http://www.enlatino.com/sites/www.enlat ... ERIA_0.pdf

En particular, hay una "Disposición adicional duodécima. Plazos de resolución de los procedimientos" que pone:

"Sin perjuicio de los plazos específicamente establecidos en relación con
determinados procedimientos, el plazo general máximo para notificar las resoluciones
sobre las solicitudes que se formulen por los interesados en los procedimientos
regulados en este Reglamento será de tres meses contados a partir del día siguiente
al de la fecha en que hayan tenido entrada en el registro del órgano competente para
tramitarlas. Se exceptúan las peticiones de autorización de residencia por
reagrupación familiar, de autorización de trabajo de temporada y las realizadas al
265
amparo de los artículos 185 y 186 de este Reglamento, cuyas resoluciones se
notificarán en la mitad del plazo señalado."


Eso quiere decir que si no te contestan en 3 meses, se debería considerar el silencio administrativo negativo, o sea que han denegado la solicitud de residencia y por tanto se podría presentar ya un recurso.

En esta misma disposición pone:
"Se exceptúan las peticiones de autorización de residencia por
reagrupación familiar, de autorización de trabajo de temporada y las realizadas al
265 amparo de los artículos 185 y 186 de este Reglamento, cuyas resoluciones se
notificarán en la mitad del plazo señalado".
Me imagino que quere decir que para todas estas solicitudes el plazo de notificación debería ser aún menor (la mitad).

Espero que Javier y Elenilla puedan explicar mejor este tema porque yo no soy abogado.

De todas formas, es un asunto bastante delicado y siempre es mejor buscar un asesoramiento profesional (en este foro tienes varias páginas de ayuda a los extranjeros), sobre todo cuando creemos que por el silencio administrativo podrían haber denegado tu solicitud y hay que presentar un recurso.
Lo que te puedo decir a ciencia cierta es que tu marido NO DEBERÍA SALIR DE ESPAÑA ANTES DE TENER EL ASUNTO RESUELTO DE SU RESIDENCIA, porque de lo contrario se arriesga a tener problemas a la hora de volver. Aquí en el foro tenemos ya varias experiencias de las personas que tuvieron este problema (Carmencita y Manuel, creo).
Saludos y mucha suerte!
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA

xmara_ve
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por xmara_ve »

muchas gracias profesor alex....y en donde podemos interponer el recurso?
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profesoralex
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Registrado: 07 Sep 2010, 11:51
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Re: Tarjeta comunitaria

Mensaje por profesoralex »

xmara-ve, creo recordar que el recurso de reposición lo puedes interponer en el mismo sitio donde hicisteis la solicitud.
Te recomiendo que tratéis este tema con un despacho de abogados ya que si decidís hacer un recurso es mejor que lo prepare un abogado. Yo en su momento lo trataba con legalitas: http://www.legalitas.com, su teléfono es 902900777. Ellos por una cuota anual te pueden preparar todo lo que necesites, incluso ellos mismos pueden presentar un recurso por orden tuya.
Sinceramente, no sé si vale la pena esperar como os dijeron en la Comisaría o empezar a preparar un recurso. Eso os lo puede decir mejor un despacho de abogados. Pero esperar para luego tener la solicitud denegada (poque por el silencio administrativo estaría denegada) no sé si merece la pena perder tanto tiempo.
Espero poderte ayudar.
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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