Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
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Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
buenas tardes
tengo una relacion con un chico epañol desde hace un año , el cual vinido a colombia hace 3 meses nos vimos en bogota y e quedado embarazada ,tengo tres meses de embarazo ... los dos deseamos casarnos y saber si se puede hacer por poder o preferiblemente debe ser personal .por lo que se le dificultad por cuestiones de trabajo venir a colombia ahora, nuestro deseo es que el bebe nazca alli en españa.
gracias espero caulquier orientacion que nos puedan dar...
tengo una relacion con un chico epañol desde hace un año , el cual vinido a colombia hace 3 meses nos vimos en bogota y e quedado embarazada ,tengo tres meses de embarazo ... los dos deseamos casarnos y saber si se puede hacer por poder o preferiblemente debe ser personal .por lo que se le dificultad por cuestiones de trabajo venir a colombia ahora, nuestro deseo es que el bebe nazca alli en españa.
gracias espero caulquier orientacion que nos puedan dar...
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
La ley española prevé la posibilidad del matrimonio por poder, pero mejor que vaya tu compañero a preguntar al registro civil de su domicilio sobre el trámite.
Luego nos comentas aquí lo que le han dicho y seguimos hablando.
Luego nos comentas aquí lo que le han dicho y seguimos hablando.
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
hola
buena noche
gracias por el aporte , hoy hemos tomado la desicion de que el venga a colombia para casarnos... muhcas gracias pero si tengo alguna pregunta mas les preguntare... buena noche
buena noche
gracias por el aporte , hoy hemos tomado la desicion de que el venga a colombia para casarnos... muhcas gracias pero si tengo alguna pregunta mas les preguntare... buena noche
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Pues que tenga en cuenta que para inscribir el matrimonio en el Consulado de España tiene que llevar ésto.
Por tanto, hay documentos que tiene que llevar por duplicado.... y que tú también necesitarás 2 veces, para presentar una para la boda en Colombia y otro ante el RC español.
Yo le recomendaría que al mismo tiempo de fijar la fecha de la boda, tuviera ya cita en el Consulado para inscribirlo,... si no, se va a hacer eterno... y no podrás venir hasta que el RC del Consulado (o el Central) lo inscriba...
Por tanto, hay documentos que tiene que llevar por duplicado.... y que tú también necesitarás 2 veces, para presentar una para la boda en Colombia y otro ante el RC español.
Yo le recomendaría que al mismo tiempo de fijar la fecha de la boda, tuviera ya cita en el Consulado para inscribirlo,... si no, se va a hacer eterno... y no podrás venir hasta que el RC del Consulado (o el Central) lo inscriba...
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Sugiero pensar muy bien si es conveniente inscribirlo en el Consulado.
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
.. si quieren venir a España es la manera más rápida..
Si se viene a España para solicitarlo desde aquí, ya hemos dicho que se tarda más de 24 meses..
Si se viene a España para solicitarlo desde aquí, ya hemos dicho que se tarda más de 24 meses..
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Si consigue el visado para ingresar.kárbiko escribió:.. si quieren venir a España es la manera más rápida..
Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Si es que la vaina del visa no es nada sencilla.
Conoci a un tio que me arrendo un apartamento a traves de www.wimdu.es y que estuvo en esa mismo situacion y tuvieron mucha dificultad para conseguir un visa para venir para aqui
Conoci a un tio que me arrendo un apartamento a traves de www.wimdu.es y que estuvo en esa mismo situacion y tuvieron mucha dificultad para conseguir un visa para venir para aqui
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Por si no quedó claro, sugiero evitar al consulado de España en Bogotá.
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Re: Mi novio y yo nos quermos casar por medio de un poder
Mientras escribía contestó Javier, y no es que no esté de acuerdo con él, sino que creo que la alternativa que quedaría supondría tener que esperar muchos meses para obtener la respuesta... y que pueda venir tu esposa...
Supongo que Javier lo dice porque en el Consulado en Bogotá no se autorizan muchas inscripciones de matrimonio. (No conozco el porcentaje aprobados/denegazados, ya que en las Resoluciones que vemos sólo salen respecto de los que han sido denegados por el Consulado y han presentado recurso. Pero viendo los boletines está claro que hoy en día el de Colombia es uno de los sitios donde se solicita inscribir más matrimonios entre español@s y extranjer@s. Y, por tanto, uno de los que más acuerdos tiene que tomar, tanto para autorizar como para denegar...)
Yo te recomendaba inscribirlo allá, porque si se inscribe, ya se puede obtener el permiso para venir.
Pero Javier es de otra opinión e indica que tendrías que considerar la inscripción en el Consulado.
La opción alternativa supone que se solicite la inscripción aquí en España y que se mandará para que se hage en el RC Central, que tarda lo que tarda.
Por eso, mi opinión es que la manera más rápida de conseguir que tu esposa obtenga el visado para venir, es que tu matrimonio se inscriba en el Consulado. (de ahí mi frase: ... si quieren venir a España es la manera más rápida.... La manera de venir es habiendo inscrito el matrimonio. Sin esa inscripción sólo puede venir el español, que solicitará la inscripción aquí y tardará más de 2 años en obtener respuesta de si se autoriza no se deniega....)
Si se autoriza la inscripción en el Consulado, ya podéis venir.
Si no se autorizase, la respuesta también es más inmediata que la finalización de la inscripción tramitada en el RCC, ... lo que permitiría desde poder presentar recurso antes a otras alternativas....
Ahora, es una decisión que tienen que tomar ustedes....
Obtengan información de los trámites allá y en el RCC y luego deciden donde lo van a inscribir.
Lo que tenemos claro es que sin la inscripción del matrimonio en un RC español no le van a dar el visado como esposa de un español.
Supongo que Javier lo dice porque en el Consulado en Bogotá no se autorizan muchas inscripciones de matrimonio. (No conozco el porcentaje aprobados/denegazados, ya que en las Resoluciones que vemos sólo salen respecto de los que han sido denegados por el Consulado y han presentado recurso. Pero viendo los boletines está claro que hoy en día el de Colombia es uno de los sitios donde se solicita inscribir más matrimonios entre español@s y extranjer@s. Y, por tanto, uno de los que más acuerdos tiene que tomar, tanto para autorizar como para denegar...)
Yo te recomendaba inscribirlo allá, porque si se inscribe, ya se puede obtener el permiso para venir.
Pero Javier es de otra opinión e indica que tendrías que considerar la inscripción en el Consulado.
La opción alternativa supone que se solicite la inscripción aquí en España y que se mandará para que se hage en el RC Central, que tarda lo que tarda.
Por eso, mi opinión es que la manera más rápida de conseguir que tu esposa obtenga el visado para venir, es que tu matrimonio se inscriba en el Consulado. (de ahí mi frase: ... si quieren venir a España es la manera más rápida.... La manera de venir es habiendo inscrito el matrimonio. Sin esa inscripción sólo puede venir el español, que solicitará la inscripción aquí y tardará más de 2 años en obtener respuesta de si se autoriza no se deniega....)
Si se autoriza la inscripción en el Consulado, ya podéis venir.
Si no se autorizase, la respuesta también es más inmediata que la finalización de la inscripción tramitada en el RCC, ... lo que permitiría desde poder presentar recurso antes a otras alternativas....
Ahora, es una decisión que tienen que tomar ustedes....
Obtengan información de los trámites allá y en el RCC y luego deciden donde lo van a inscribir.
Lo que tenemos claro es que sin la inscripción del matrimonio en un RC español no le van a dar el visado como esposa de un español.
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