Seis meses (de residencia) por año ??

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user4463
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Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

Hola,

Cómo están ?? Espero que muy bien : ) !!!

Que les cuento, estoy muy contenta : ) !!! En unos diez dias, tengo mi cita para presentar documentos con el fin de obtener la tarjeta de residencia.
(Como había mencionado en mensajes anteriores, mi madre obtuvo la nacionalidad española por la Ley de la Memoria Histórica.
Yo, para obtener la nacionalidad española, por el hecho de tener mas de dieciocho años, tengo que residir en España por un año).

Entiendo que al entregar los documentos, la tarjeta de residencia, no se expide automáticamente.
La entrega de la tarjeta de residencia, según me han dicho, puede tardar de dos a seis meses. (Dos meses ha sido, el tiempo en promedio, que varias personas a quienes les he preguntado tuvieron que esperar).

Se me ha informado, que con el fin de acreditar el primer año de residencia y de obtener la renovación (de la tarjeta y/o permiso de residencia), es imperativo vivir dentro de España al menos seis meses.
Por consiguiente el tiempo máximo que se viva fuera de España debe de ser menor a seis meses durante el primer año !!!

Con base a lo anterior, tengo las siguientes preguntas:

1. Es necesario u obligatorio ir a recoger la tarjeta de residencia apenas ha sido expedida, (digamos unos dos meses después de haber metido los documentos) ??

2. Hay algún problema, legalmente hablando, si uno llega a vivir (o a residir) a España cinco o seis meses después de que haya sido expedida la tarjeta de residencia. Es decir, se le afecta de alguna forma al requisito de residir en España de forma legal, si uno reside dentro de España solamente los últimos seis o siete meses (del año de residencia) ??

De antemano muchas gracias por su apoyo con estas preguntas, muchos saludos : ) !!!

Carmen

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user4463
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Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola,

Me han invitado algunos amigos a vivir a su piso. Esto sucederá a los quince dias de haber entregado
los documentos para hacer el trámite de arraigo por circunstancias excepcionales. (Como he co-
mentado, mi madre es española por la LMH).

Qué debo de hacer cuando me cambie ?? Si para esa fecha yo ya habré entregado el documento de
empadronamiento con la dirección actual y no con la nueva.

Qué se hace en estos casos ??

Muchas gracias,

Carmen

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user4463
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

P.D. He hecho esta pregunta porque el tiempo que una persona espera mientras le otorgan
la tarjeta de residencia puede ser muy largo y no cuenta como tiempo de residencia. Además,
de que hasta donde entiendo, es un tiempo en el que no se permite laborar porque la persona
que desee laborar, no cuenta con la tarjeta de residencia.

La otra razón porque he preguntado, es porque es importante para mi saber cual es el tiempo
máximo que una persona se puede ausentar de España, como residente interesado en
renovar cada año la residencia ??

De nuevo muchas gracias : ) !!! He visto que ya doce personas han visto este mensaje y
me dá pena pensar que haya escrito yo algo que se perciba incorrecto o como insensible.
Los mensajes se construyen con información que a veces uno recibe. Por eso me siento
bendecido de poder participar en este foro, porque sé que las cosas que yo no escriba bien,
serán corregidas.

Muchos saludos,

Carmen : ) !!!

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user4463
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

Hola Elenilla y Javier,

He escrito este mensaje y probablemente ustedes ya lo hayan mirado.
Todavía no ha habido alguien que me pueda orientar. Yo creo que
de plano en algo ando errando !!!

Muchos saludos,

Carmencita

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user4463
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

Hola,

Estaba intentando recordar donde había escuchado las ideas que me llevaron a formular la pregunta original.
Y esto fue en el siguiente video de youtube. Favor de verlo. El abogado habla de los seis meses de los que hablo:



De nuevo muchas gracias, muchos saludos,

Carmen
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

Carmencita,no soy abogado por tanto es mi opinión personal. Creo que puedes hacer dos cosas:
1) En el momento de presentar la solicitud indicar tu nueva dirección. En cualquier impreso de solicitud siempre existe, a parte de la dirección donde vives la dirección para las notificaciones. Por tanto estarías en la dirección anterior y las notificaciones te llagarían a otra. Es perfectamente comprensible porque podrías estar, por ejemplo de vacaciones en otra casa.
2) Hacer el "redireccionamiento" cotratando un servicio en Correos que te reenvie automáticamente todas las cartas que lleguen a tu dirección antigua, a la nueva dirección que les indiques en el momento de contratar dicho servicio. Tiene un coste (creo pero no lo aseguro porque hace tiempo que no uso) de unos 60 euros/6 meses o algo así. Entra en su página web e infórmate. En cualquier oficina de correos puedes contratar dicho servicio que no es muy conocido pero bastante útil. Te pedirán alguna identificación y ya está.
Saludos
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profesoralex
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por profesoralex »

Carmencita, como no te consta Elenilla, a ver si te puedo decir algo yo.
Es obligatorio residir en España por lo menos 6 meses durante la vigencia de tu tarjeta (hay unos matices pero atiende este plazo) en el momento de presentar la renovación de tu tarjeta. De lo contrario te pueden denegar tu residencia y conozco a la gente que tuvo esta denegación.

EN cuanto a la solicitud de tu tarjeta de residencia.... Uffff, pueden tardar muchísimo, pero si se pasan 3 meses desde su entrega, se entiende que es "silencio administrativo negativo", o sea que te han denegado tu solicitud. Pero tardan mucho hasta cuando hacen las renovaciones: a mi hermano tardaron como 7 meses en responder. Cuando te contesten ( en X tiempo que nadie lo conoce con exactitud), tendrás otro tiempo (a lo mejor unos 2-3 meses) para ir a la policía para dejar huella y fotos. Después de dejar huella, en unos 40 días tu tarjeta estaría hecha. Lo que no sé si la puedes recoger mas tarde de los 40 días pero me imagino que no debería ser mucho problema siempre y cuando lo justifiques. También recordarte que los permisos de residencia iniciales, incluidos los de arraigo por circunstancias excepcionales tienen una duración de 1 año y por tanto no es muy recomendable que dejes pasar mucho tiempo no recogiendo tu tarjeta.
P.D. Un detalle muy importante: no mencionaste que documentos vas a presentar por el arraigo pero te recuerdo que un documento fundamental para eso es el "Informe favorable del ayudantamiento expedido por los servicios sociales". Es superimportante porque sin dicho informe no te aceptarán a trámite tu solicitud. Así que si no lo has hecho todavía ya puedes ir haciéndolo. Entérate bien dónde y cómo te lo pueden expedir.
También recordarte que si no tienes una oferta de trabajo, tienes que justificar (y que lo indiquen en el informe de los servicios sociales) que tienes personas que se encargan de tí para costearte toda tu estancia en España. Por tanto tus familiares en España tienen que ir contigo para preparar el informe y con su nómina y contrato justificar que se pueden encargar de tí. Atiende muy bien todas estas sugerencias porque yo tuve que hacer todo esto para mi madre y no fue fácil. Otra cosa que te quería decir es que vas a necesitar el certificado de antecedentes penales expedido y legalizado por tu país de origen.
Saludos
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user4463
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Estimado Profesor Alex,

Le agradezco mucho su mensaje. Eso realmente me quita otro peso de encima : ) !!!

Reciba un saludos afectuoso,

Carmencita : ) !!!

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user4463
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

Hola Profesor Alex,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!

De alguna forma es una pena el tiempo de espera que uno tarda en recibir en recibir la solicitud de la tarjeta de residencia. Por eso yo pregunté anteriormente, en otro mensaje abierto, si ayudaba en algo a mi trámite el tiempo de espera que a veces tiene uno que hacer: http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =29&t=2537
Es decir, al esperar, no está uno de forma legal. Así que valga la redundancia, lo único que puede hacer uno, es: esperar!

Con relación al "Informe favorable del ayuntamiento expedido por los servicios sociales", es primera vez que lo escucho. Voy a estar pendiente de tramitarlo porque aquí no me lo mencionaron: http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =29&t=1669

De nuevo muchas gracias, muchos saludos,

Carmencita : ) !!!
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profesoralex
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por profesoralex »

Carmencita, insisito en el informe favorable del ayuntamiento, lo tienen que tramitar los servicios sociales. Lo digo porque tuve que hacer lo mismo para mi madre y es un documento fundamental que acredita tu arraigo para poder solicitar la residencia por esta modalidad. Con mi madre hicimos la solicitud en Madrid pero, que yo sepa, los mismos criterios deberían exisitir en otras provincias porque la política de inmigración, que yo sepa, es competencia del gobierno central. No pierdas tiempo y lee muy bien todos los requisitos que deberías aportar para solicitar la residencia por arraigo por circunstancias excepcionales. Cualquier documento que te falte sólo va a retrasar la entrega de tu documentación o te denegarían la residencia después de varios meses de espera.
Saludos y suerte!
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA

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user4463
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Re: Seis meses (de residencia) por año ??

Mensaje por user4463 »

Hola Profesor Alex,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!

Como he comentado, yo estoy haciendo mi trámite de residencia como hija de española (de origen) que obtuvo la nacionalidad por la LMH. La LMH prevee que las hijas(os) mayores de los nietos que tengan interés de residir en España tienen acceso a un permiso de residencia siempre y cuando se presenten los requisitos que se pidan. Según recuerdo, la LMH establece que este permiso de residencia está aparejado al derecho a poder tener una oferta de trabajo (o derecho a buscar trabajo. Ojo! - Otra historia completamente es poder encontrar un trabajo. Entendiblemente, el encontrarlo depende, entre otros factores, del interés y las habilidades de cada persona).

Cómo le hiciste para sacar el "Informe favorable del ayudantamiento expedido por los servicios sociales" ?? Sin embargo, yo no tengo familiares aquí en España. Yo aquí estoy solita!

De nuevo muchas gracias, muchos saludos,

Carmencita : ) !!!

P.D. No quería revolver lo que he escrito aquí anteriormente con lo siguiente. Una muchacha que tiene mas o menos mi misma edad, presentó el lunes papeles y no le pidieron ese documento. Sin embargo, dos horas después se ha dado cuenta que, al mirar la fotocopia del formato EX-00 que entregó, se equivocó al escribir su número de pasaporte.

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user4463
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Elenilla, creo que "andamos atorados" !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Elenilla,

Cómo estás ?? Espero que muy bien : ) !!!

Pues andamos "algo atorados" !!!

Quiénes ?? Lupita, una amiga; Alex el profesor, (probablemente); y yo !!!

En la siguiente linea sea hatocado el tema, en el cual, Alex el prefesor
hace una obsrvaciones con relación a un documento llamado:
"Informe favorable del ayudantamiento expedido por los servicios sociales".

Lupita, una amiga, en su cita del lunes escribió el numero de su pasaporte
anterior y no del nuevo. Se dió cuenta del error, dos horas después de
haber terminado con su cita. Probablemente algún otro documento pueda
tener el mismo error: el número de pasaporte equivocado !!! Ella quiere
llevar el documento corregido en próximos dias junto con el pago de una
tasa que le pidieron que pague. Es posible hacer eso ??

Hemos estado leyendo algunos mensajes anteriores donde tu habías
contribuido. Tenemos varias preguntillas, ojalá nos puedas ayudar : ) !!!

http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =29&t=3450

Muchos saludos,

Carmencita : ) !!!
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

Carmencita, yo tuve que presentar este documento en Madrid para mi madre.
Te pongo un link del Ministerio del Interior ( qu en realidad es el Real Decreto): http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/rd/rd557_2011.2.html

Allí puedes encontrar: " En los supuestos de arraigo social acreditado mediante informe, que deberá ser emitido y notificado al interesado en el plazo máximo de treinta días desde su solicitud, en éste deberá constar, entre otros factores de arraigo que puedan acreditarse por las diferentes Administraciones competentes, "


También te pongo otro link, digamos, no oficial pero que te explica un poco mas este tema: http://www.arraigo.es/

Espero ayudarte con esta información.
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA

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user4463
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Profesor Alex,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!

Qué tan dificil sería para mi tramitar el "Informe favorable del ayuntamiento expedido por los servicios sociales" ??
Qué documentos necesitaría para hacerlo y muy importante cuánto tiempo se tardaría ??

Disculpe, por otro lado, mi amiga Lupita pregunta que si el dia de la cita se DEBEN de quedar ellos con algún original, o que
si es suficiente sólamente con las fotocopias que ellos compulsan o cotejan. Lupita, posterior a su cita, se dió cuenta
que había dejado los certificados de penales originales con la persona que la atendió, aun de que tenía y había mostrado las
fotocopias.

Debido a que Lupita piensa regresar a presentar el pago de la tasa por el trámite, piensa de igual forma presentar ambos, el
certificado de empadronamiento y el certificado EX00 con el número actualizado de su nuevo pasaporte. Tanto el certificado
de empadronamiento, como el certificado EX00, que ella entregó durante su cita, tenían el número del antiguo pasaporte.

Viendo este antiguo link de Elenilla encontré esta información:
http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... =29&t=1669
donde dice que la autoridad se queda sólo con fotocopias compulsadas. Sin embargo, no sé si esto haya cambiado y ahora
la autoridad se queda con algunos documentos originales como los certificados de penales.

Muchas gracias de nuevo Profesor Alex, muchos saludos,

Carmencita

Javier2749c
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por Javier2749c »

profesoralex escribió:Allí puedes encontrar: " En los supuestos de arraigo social acreditado mediante informe,... "
No parece que ella vaya a solicitar arraigo social, sino familiar.

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user4463
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Javier,

Muchas gracias por echarle un ojito a este mensaje : ) !!!

Nos estamos preguntando lo siguiente:

1. Si es realmente necesario el "Informe favorable del ayuntamiento expedido por los servicios sociales" que el profesor Alex sugiere ??

2. Si con las fotocopias de los antecedentes penales es suficiente, o se deben quedar en el expedeiente con los originales ?? Lupita se dió cuenta un par de horas después de haber hecho el trámite que le habían tomado las originales !

3. Si no hay problema de entregar con el número de pasaporte actualizado tanto el certificado de empadronamiento, como el formato EX00 ?? Lupita se dió cuenta un par de horas después de haber hecho el trámite que le habían tomado tanto el certificado de empadronamiento, como el formato EX00 !!! a Lupita le devolvieron una de las fotocopias del formato EX00 selladas para que haga un pago por 37.50€

4. Lupita pensó que se necesitaban dos fotocopias de cada documento original, pero a ella le tomaron una nada más. Se tiene miedo que el expediente esté mal armado y luego lo vayan a rebotar !!!

Javier de nuevo muchas gracias !!! Toda la información con la que ahora nos puedas ayudar será muy importante ya que Lupita tiene menos de una semana de haber entregado documentos y está muy preocupada !!!

Muchos saludos,

Carmencita
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

Carmencita, no sé qué tipo de arraigo vas a solicitar, pero te digo que para mi madre tuve que tramitar en Madrid el informe del ayuntamiento. Creo que es mejor que hables con un despacho de abogados (algunos son gratuitos) para que te informen sobre este tema. Lo que si te puedo decir es que te van a pedir el certificado de antecedentes penales legalizado y en original, eso es seguro. Además dicho certificado caducará, creo, a los 3 meses desde su emisión. Aquí tengo la duda porque algunos me dijeron que también lo aceptaban a los 6 meses desde su emisión.
Saludos
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Javier2749c
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por Javier2749c »

profesoralex escribió:Carmencita, no sé qué tipo de arraigo vas a solicitar, pero te digo que para mi madre tuve que tramitar en Madrid el informe del ayuntamiento.
Saludos
Va a pedir arraigo familiar, por lo cual solamente precisa antecedentes penales y demostrar que su progenitor fue español de origen.

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user4463
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Profesor Alex,

Ojalá y Javier al rato nos pueda dejar aclarar las cosas un poco más al rato : ) !!!

Me queda claro que los antecedentes se los piden a una cuando
se va a hacer el trámite. Ahora, deben de quedarse ellos con los
originales ???

De nuevo muchas gracias, muchos saludos,

Carmencita

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user4463
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Muchas gracias Javier !!!

Se deben de quedar ellos con los originales de los antecedentes, o sólo con las fotocopias ??
Yo estaré presentando dos tipos de antecedentes de mi pais: los antecedentes federales y los
antecedentes estatales!

Muchos saludos,

Carmencita
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

si, se quedarán con los antecedentes en el original que debe ser legalizado. Te hablo siempre desde la experiencia con este papeleo con mi madre.

Tengo este link, a ver si se te aclara algo:
http://www.euroresidentes.com/inmigraci ... rraigo.htm

Como puedes ver, aparece:
Para arraigo familiar:
Pasaporte en debida regla.
Certificados de antecedentes penales del país de origen (si así se exige deberá estar debidamente legalizado)
Documentos que acrediten el vinculo familiar: deberá presentar la documentación que acredite el parentesco, legalizado; o en su defecto el informe del Ayuntamiento.
Documentos que acrediten que el padre o madre han sido originariamente españoles.

Para arraigo social:
Pasaporte en debida regla.
Certificados de antecedentes penales del país de origen (si así se exige deberá estar debidamente legalizado)
Contrato de trabajo y los datos del empresario que lo ha contratado
Si fuera por vinculo familiar: deberá presentar la documentación que acredite el parentesco, legalizado; o en su defecto el informe del Ayuntamiento.
Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante tres años.


Para arraigo laboral:
Pasaporte en debida regla.
Certificados de antecedentes penales del país de origen (si así se exige deberá estar debidamente legalizado)
Resolución judicial o administrativa que acredite la relación laboral no inferior al año.
Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante dos años.


No sé cuál es tu caso, pero, al parecer, el arraigo social por vínculo familiar exigiría un documento legalizado que certifique este vínculo y a mi me pidieron el informe del ayuntamiento porque éste se pude hacer directamente en España. Yo ni sabía que era una alternativa, simpemente me lo exigieron en Madrid.
Presto tu atención que por el arraigo familiar te pedirán un documento que acredite que el padre o madre han sido originariamente españoles. Al parecer, no se exige un tiempo de residencia continuada en España de al menos 3 años que sí se exigiría en caso de arraigo social....
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA

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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Profesor Alex,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!

Entonces ya queda esta duda resuelta !!! Ellos se quedarán con los dos antecedentes penales originales !!!

Para demostrar que mi madre o padre ha sido originariamente español presentaré una fotocopia del
certificado de nacimiento español de mi madre! (Lupita, presentó el de su padre!). También estaré
presentando el certificado de matrimonio de mis padres que estará apostillado!

Muchos saludos,

Carmencita
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

Carmencita, desconozco si es una condición idispensable acreditar "que el padre o madre han sido originariamente españoles". O sólo se trata de acreditar que tu madre o padre son o han sido españoles. Comentaste que tu madre es española, pero, es de origen?
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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profesoralex
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por profesoralex »

Ok, entonces si tu madre es española de origen, se trata del arraigo familiar, pero lleva mejor todos los certificados en original para su cotejo. Y los que vienen de tu país, tienen que estar legalizados. Al parecer, no tienes que entregar el informe del ayuntamiento al ser éste una alternativa (eso espero) al certificado de nacimiento de tu madre que acredita que ella es española de origen. Duda resuelta!
Saludos
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Javier2749c
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por Javier2749c »

profesoralex escribió: No sé cuál es tu caso, pero,
Ella pedirá el permiso por arraigo familiar.
profesoralex escribió: al parecer, el arraigo social por vínculo familiar exigiría un documento legalizado que certifique este vínculo y a mi me pidieron el informe del ayuntamiento porque éste se pude hacer directamente en España. Yo ni sabía que era una alternativa, simpemente me lo exigieron en Madrid.
Efectivamente, así es. Pero ella no pedirá el permiso por arraigo social.
profesoralex escribió: Presto tu atención que por el arraigo familiar te pedirán un documento que acredite que el padre o madre han sido originariamente españoles.
Ese documento es la certificación literal de nacimiento de la madre, expedida por un registro civil español (en este caso el del Consulado de España) en que conste que obtuvo la nacionalidad de origen, creo que en este caso, por la Ley 52/2007.

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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola,

Muchas gracias por toda su ayuda : ) !!!

Muchos saludos,

Carmencita : ) !!!

Javier2749c
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por Javier2749c »

Claro que antes de embarcarte deberías de averiguar si tus experiencias previas no te impedirán ingresar al país.

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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Hola Javier,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!

Es verdad, habrá que ver eso. Pero por otro lado, de ingresar al pais, debería yo
de tener algún otro problema(s) ??

Muchas gracias, muchos saludos,

Carmencita

Javier2749c
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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por Javier2749c »

No tengo la menor idea. Alguien con conocimiento de Extranjería quizá pueda responderte.

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Re: Trámite de arraigo, pero cambio de dirección : ) !!!

Mensaje por user4463 »

Gracias : ) !!!

Es una lástima que se queden con los originales de los antecedentes, a diferencia de las fotocopias !!!

Oye, por favor, sólo confirmame o niegame las siguientes preguntitas por favor : ) !!!

2. No hay problema de entregar "a posteriori", tanto el certificado de empadronamiento, como el formato EX00 con el número de pasaporte actualizado ?? Lupita se dió cuenta un par de horas después de haber hecho el trámite que le habían tomado tanto el certificado de empadronamiento, como el formato EX00 con el número del pasaporte anterior !!! Aún de que su documentación no estaba actualizada, a Lupita le devolvieron una de las fotocopias del formato EX00 selladas para que haga un pago por 37.50€. Qué le sugieren hacer a Lupita en este caso ??

3. Lupita pensó que se necesitaban dos fotocopias de cada documento original, pero a ella le tomaron una nada más. Ella tiene miedo que el expediente esté mal armado y que luego, en tres meses, cuando se dé la resoulución, lo vayan a "rebotar" !!!

1. Lupita presentó los antecedentes penales entre otros documentos. Con las fotocopias de los antecedentes penales es suficiente, o se deben quedar en el expediente con los originales ?? Lupita se dió cuenta un par de horas después de haber hecho el trámite que le habían tomado las originales y no las fotocopias !!

Muchísimas gracias, muchos saludos,

Carmencita
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