Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Todo lo relativo al procedimiento para contraer matrimonio civil y documentación necesaria.
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ada2009
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Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por ada2009 »

Hola, mi novio (marroqui) y yo (española) residimos en madrid.
Iniciamos el expediente matrimonial civil y lo tenemos autorizado en junio de este año, 2011.

La cuestión es, dado que las listas son muy largas, para casarse por el ayuntamiento (y mucho mas para casarse en el RC de Madrid) hemos decidido casarnos en una mezquita (hacerlo de forma religiosa, ya que ambos somos musulmanes)

Me surge la duda de saber si el expediente autorizado solo es para Madrid (que ya va dirigido al EXCMO SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID porque al RC le dijimos que nos casabamos en el ayuntamiento de madrid) o ¿nos podriamos casar en GRANADA?

¿y de forma religiosa, es igual de valido "el expediente matrimonial civil"?

Pero al ir a la Mezquita de la M30 (en Madrid) para ver si podiamos hacerlo.... nos piden certificado de capacidad matrimonial.
¿Es que no les basta el expediente matrimonial autorizado?

Si vamos al RC a pedir el CERTIFICADO DE CAPACIDAD MATRIMONIAL ¿cuanto tardan? Ya tenemos cita para el viernes 22 de julio...no queremos tener problemas para que nos inscriban nuestro matrimonio en el RC....me urge gracias.

Por la red, he visto que no es obligatorio (sino "conveniente")para matrimonios que se celebren por el rito musulman.- ¿entonces por qué me lo piden?
http://www.marroquies.es/topic/401/matrimonio-en-espaNa


Gracias por vuestro tiempo.
Muy agradecida.

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ada2009
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por ada2009 »

Perdonad, creo que no me he expresado muy bien. Intentaré abreviar:

Tengo dos dudas:

1.- Si resido en Madrid ¿una vez que tengo la autorizacion, puedo o no puedo casarme en otra provincia?

2.- si tengo "expediente matrimonial CIVIL" autorizado VALIDO para casarme por el ayuntamiento- por qué ahora nos piden CERTIFICADO DE CAPACIDAD MATRIMONIAL (para casarme en una mezquita).
Si estoy capacitada para casarme por lo civil, por logica tambien por lo religioso
¿Es o no es lo mismo?

Si estoy autorizada para casarme por lo CIVIL ¿por qué no por lo religioso-islamico?

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ada2009
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por ada2009 »

Otra pregunta:

Si me caso en otra provincia, la boda ha de inscribirse en el lugar donde se realice, ¿puedo yo luego trasladar el expediente, de vuelta a Madrid?

Perdonad y muchisimas gracias anticipadas, por vuestra ayuda.
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WikiArchivero
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por WikiArchivero »

Oiga, la diferencia fundamental entre un matrimonio civil y un matrimonio religioso (sea éste islámico, canónico, evangélico o judío) es que un matrimonio religioso es justo lo contrario de un matrimonio civil... por eso un matrimonio civil tiene un trámite y un matrimonio religioso tiene otro... por eso para muchos paises musulmanes no tiene ninguna validez el matrimonio civil, porque sólo reconocen el religioso... cosa que no ocurre en España.
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Gerena
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por Gerena »

ada2009 escribió:1.- Si resido en Madrid ¿una vez que tengo la autorizacion, puedo o no puedo casarme en otra provincia?
En cualquier provincia de España.
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Gerena
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por Gerena »

ada2009 escribió:Otra pregunta:

Si me caso en otra provincia, la boda ha de inscribirse en el lugar donde se realice, ¿puedo yo luego trasladar el expediente, de vuelta a Madrid?

Perdonad y muchisimas gracias anticipadas, por vuestra ayuda.
Pueden solicitar el traslado ambos cónyuges de común acuerdo, y una vez trasladada la misma habrán de transcurrir 25 años para otro traslado (art. 76 del RRC).
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kárbiko
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por kárbiko »

Ada habla de trasladar el expediente... y lo que ha contestado Gerena es para trasladar la inscripción, después de practicada en el RC del lugar donde se celebró el enlace., lo que puede inducir a error. Son cosas distintas.....

Los expedientes NO SE TRASLADAN...
Se inician en un sitio, donde tiene que residir alguno de los promotores
Y si me voy de ese sitio, tengo que comunicar el nuevo domicilio,.... o desistir de este procedimiento y se archiva.

Si comunicas el domicilio, el expediente continua tramitándose, ... pero todo será mucho más lento que si sigues en el mismo municipio..
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Gerena
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Re: Expediente matrimonial civil autorizado pero ahora nos queremos casar en una mezquita

Mensaje por Gerena »

ada2009 escribió:Otra pregunta:

Si me caso en otra provincia, la boda ha de inscribirse en el lugar donde se realice, ¿puedo yo luego trasladar el expediente, de vuelta a Madrid?

Perdonad y muchisimas gracias anticipadas, por vuestra ayuda.
Kárbiko aunque Ada habla de expediente, yo creo que lo que realmente pregunta es si luego puede trasladar la inscripción a Madrid, porque el expediente está claro que se lo queda el Registro que realiza la inscripción.

Saludos.
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