Inscripcion privacion patria potestad
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- Registrado: 17 Oct 2011, 22:11
Inscripcion privacion patria potestad
Una sentencia penal condena a la privación de la patria potestad a una persona ¿como se inscribe? gracias
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- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
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Re: Inscripcion privacion patria potestad
Modelo 121. INSCRIPCIÓN DE PRIVACIÓN // INHABILITACIÓN DEL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD.
INSCRIPCIÓN. Por AUTO // SENTENCIA FIRME de FECHA dictado por JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO de LUGAR // JUEZ PENAL NÚMERO de LUGAR // AUDIENCIA PROVINCIAL de LUGAR // Otros órganos judiciales (texto libre), EL PADRE DE/LA INSCRITO/A // LA MADRE DE/LA INSCRITO/A // AMBOS PROGENITORES ha/n quedado inhabilitados para el ejercicio de la patria potestad // ha /n sido privados totalmente del ejercicio de la patria potestad // ha/n sido privados parcialmente del ejercicio de la patria potestad que ostenta/n sobre el/la inscrito/a en el sentido de (texto libre). Texto libre para referencia a los datos del n.º 2 del artículo 180 del Reglamento del Registro Civil. Causa numero / Autos numero. Encargado/a. Secretario/a. Fecha.
Nota. En la inscripción de nacimiento de los hijos debe inscribirse marginalmente la resolución judicial civil (sentencia declarativa, auto Jurisdicción Voluntaria, según los casos) por la que uno de los progenitores o ambos, son privados de la patria potestad que ostentan sobre el inscrito, de forma total o tan solo parcial (suspensión temporal, aunque ya no se contempla en el artículo 170 del Código Civil ni en todo el Cap. IV, restricciones o limitaciones en cuanto a su ejercicio, redistribución entre los titulares. Artículos 156, 161 y 167 del Código Civil), todo ello con fundamento en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o bien en otras causas (ausencia física, imposibilidad física por razón de enfermedad, desacuerdos reiterados …).
Si la sentencia que declara la privación ha sido dictada en causa matrimonial (nulidad, separación o divorcio), se extiende una simple nota de referencia. (ver modelo 139).
También debe inscribirse marginalmente en la inscripción de nacimiento del hijo, la sentencia penal por la que se condene a alguno de los progenitores o a ambos, a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad (art. 46 del Código Penal de 1995).
Por texto libre se especificará si el menor queda sujeto a tutela o bien, en su caso, las facultades que pasan al otro progenitor.
INSCRIPCIÓN. Por AUTO // SENTENCIA FIRME de FECHA dictado por JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO de LUGAR // JUEZ PENAL NÚMERO de LUGAR // AUDIENCIA PROVINCIAL de LUGAR // Otros órganos judiciales (texto libre), EL PADRE DE/LA INSCRITO/A // LA MADRE DE/LA INSCRITO/A // AMBOS PROGENITORES ha/n quedado inhabilitados para el ejercicio de la patria potestad // ha /n sido privados totalmente del ejercicio de la patria potestad // ha/n sido privados parcialmente del ejercicio de la patria potestad que ostenta/n sobre el/la inscrito/a en el sentido de (texto libre). Texto libre para referencia a los datos del n.º 2 del artículo 180 del Reglamento del Registro Civil. Causa numero / Autos numero. Encargado/a. Secretario/a. Fecha.
Nota. En la inscripción de nacimiento de los hijos debe inscribirse marginalmente la resolución judicial civil (sentencia declarativa, auto Jurisdicción Voluntaria, según los casos) por la que uno de los progenitores o ambos, son privados de la patria potestad que ostentan sobre el inscrito, de forma total o tan solo parcial (suspensión temporal, aunque ya no se contempla en el artículo 170 del Código Civil ni en todo el Cap. IV, restricciones o limitaciones en cuanto a su ejercicio, redistribución entre los titulares. Artículos 156, 161 y 167 del Código Civil), todo ello con fundamento en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o bien en otras causas (ausencia física, imposibilidad física por razón de enfermedad, desacuerdos reiterados …).
Si la sentencia que declara la privación ha sido dictada en causa matrimonial (nulidad, separación o divorcio), se extiende una simple nota de referencia. (ver modelo 139).
También debe inscribirse marginalmente en la inscripción de nacimiento del hijo, la sentencia penal por la que se condene a alguno de los progenitores o a ambos, a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad (art. 46 del Código Penal de 1995).
Por texto libre se especificará si el menor queda sujeto a tutela o bien, en su caso, las facultades que pasan al otro progenitor.
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Re: Inscripcion privacion patria potestad
Sólo añadir que si estás en un Juzgado de Paz, necesitas autorización de tu RC Encargado para practicar esa marginal...
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