Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

La Ley de la Memoria Histórica, analizando la Disposición Adicional 7ª, que concede la Nacionalidad a descendientes de españoles
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Javier2749c
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Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por Javier2749c »

Aparentemente se ha enviado a los consulados (y registros) una Instrucción de Servicio con el número 31, de 3 de abril de 2009, con aclaraciones sobre la aplicación del apartado segundo de la disposición adicional 7a de la Ley 52/2007.
Alguien sabri­a por favor decirme cómo conseguir una copia o se debe esperar a que se publique (en el BOE?)
Muchas gracias,

Javier
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admin
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por admin »

Déjalo por ahora en aparentemente..... porque ni idea de lo que hablas..

user827
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por user827 »

Es verdad lo que dice Javier, hay una modificación en el caso de las abuelas emigradas No olvidar que una instrucción modifica a otra
http://descendientes.wordpress.com/

Agustin746
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por Agustin746 »

Se tratari­a de una instrucción del MAEC a los registros civiles consulares, por eso seguramente no ha llegado a manos de funcionarios de los registros peninsulares. Alguien conoce un foro de funcionarios consulares? icon_lol

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Javier2749c
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por Javier2749c »

Es de suponer que el criterio debe de ser usado también en el Central en donde se deciden las solicitudes de los extranjeros que quiera optar residiendo en España.

viscavalencia
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por viscavalencia »

No solo al central, sino a todos los registros que reciben los documentos, pues son ellos quienes levantan acta y deciden si se cumplen o no con los requisitos y lo envi­an al central.

monica
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por monica »

Alguien sabe donde esta publicada esta instruccion?? Nadie la conoce??.
Monica

Silvina
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por Silvina »

Se me ha informado que esa instructiva dice que las abuelas que perdieron la nacionalidad por matrimonio y salieron casadas con este extranjero de españa, no podran darle la nacionalidad que contemplaba el anexo II, porque ya no salieron como españolas sino con la nacionalidad que adoptaban por matrimonio.

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Javier2749c
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Re: Instrucción de Servicio 31, de 3 de abril de 2009

Mensaje por Javier2749c »

En dónde te han informado eso?
Y qué hay de las mujeres españolas que salieron en el peri­odo 36-55 y contrajeron matrimonio con extranjero fuera de España pero nunca adquirieron efectivamente otra nacionalidad?
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