Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

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Mannu
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Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Mannu »

Buenos días,
Comento mi caso, originariamente tenía nacionalidad alemana y para nacionalizarme en España tuve que renunciar a la nacionalidad de origen, esto lo hice antes del 2007.
Tras informarme en el consulado alemán, resulta que en el 2007 Alemania creó una ley interna, supongo, que permite tener nacionalidad alemana + una europea o suiza.

Adjunto parte del texto:
Enlace.

Autorización de conservación:
Desde el 28.08.2007 un ciudadano alemán no pierde la ciudadanía al adquirir la nacionalidad de otro país de la Unión Europea o Suiza. Si solicita por iniciativa propia otra nacionalidad (que no sea de la Unión Europea o Suiza), puede perder automáticamente la nacionalidad alemana. Antes de solicitar por iniciativa propia otra ciudadanía, infórmese por favor sobre la autorización de conservación.

Naturalización
Si perdió la ciudadanía alemana (p.ej. por adquirir la nacionalidad española antes del 28.08.2007), puede solicitar una renaturalización.
En general, la naturalización al Estado Alemán no es posible desde el extranjero.


El tema es, el uso de otra nacionalidad o la que se renunció durante 3 años sin informar al encargado del Registor Civil la voluntad de conservar la española, hace que pierdas esta.
Si yo pido la RECUPERACIÓN de la nacionalidad de origen, como se me trata?

Según:
Artículo 24. (código civil) Redacción según Ley 36/2002, de 8 de octubre.
1. Pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación. La pérdida se producirá una vez que transcurran tres años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación. No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentro del plazo indicado declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del Registro Civil.

2. En todo caso, pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.

3. Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.


No cumplo todos los requisitos, pues según 24.1 NO adquiero otra nacionalidad, la recupero y Alemania me permite usar al 100% la española sin perder la alemana.
24.2 NO renuncio a la española.


Artículo 25. Redacción según Ley 36/2002, de 8 de octubre.
1. Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:
- Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
- Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.


Según el artículo 25, puedo pedir la nacionalidad alemana y antes de 3 años, declarar que deseo mantener la española, en tal caso, se mantendrían las dos? Pues en ese periodo de 3 años, tendré la española + la alemana LEGALMENTE, y como Alemania respeta la doble nacionalidad, mantendría ambas aunque España no me la reconozca?

Básicamente, lo que quiero decir es, Alemania respeta doble nacionalidad aunque el país tercero no reconozca la alemana. Como puede ocurrir con España + Andorra, Andorra no reconoce la española pero España si la andorrana.

Espero que me puedan dar un consejo.

Un saludo!

amsterdam1
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por amsterdam1 »

Tu eres español. Si ahora recuperas la nacionalidad alemana podrías perder la española, pero solo si incurres en una de las causas establecidas en los arts. 24 y 25 que señalas.
Por tanto debes tener especial cuidado si resides en el extranjero, pq si te descuidas te será de aplicación el 24.1 y sobre todo cuidado con el 25.1, que te puede ser de aplicación si no haces uso de la nacionalidad española (ten siempre un pasaporte español en vigor).

Javier2749c
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Javier2749c »

Puedes recuperar la alemana y luego, en el plazo de 3 años, declarar tu voluntad de conservar la española de modo de no perder ésta.

-- 31/Ago/2012, 14:17 --
Mannu escribió:Buenos días,
No cumplo todos los requisitos, pues según 24.1 NO adquiero otra nacionalidad, la recupero y Alemania me permite usar al 100% la española sin perder la alemana.
24.2 NO renuncio a la española.

Si recuperas tu nacionalidad alemana, estás adquiriendo una nacionalidad, y por lo tanto tienes 3 años para declarar tu voluntad de cnservar la española.

En cualquier caso, si perdieras la nacionalidad española podrías recuperarla con tan solo manifestarlo, en virtud del art. 26 CC, ya que eres "español emigrante"

Topic Author
Mannu
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Mannu »

Muchas gracias por las respuestas!

Entonces si resido fuera, lo único que debo hacer es mantener al día mi pasaporte y DNI español, independientemente de darme de baja en el país (dandome de alta en el consulado/embajada español en el extranjero) lo cual no tengo muy claro si es un país de la EU.

En cuanto a recuperar la nacionalidad alemana y mantener la española, la coletilla o picardía, está en declarar dentro de los 3 años la voluntad de mantener la española o justo al día siguiente de obtener la alemana, en tal caso tendré doble nacionalidad como ya indicaba, por mucho que España no la reconoce, eso entiendo, Alemania lo tendrá en cuenta como "obtener" una nacionalidad de un país dentro de la EU.

Alguna otra cosa a tener en cuenta, que me podais comentar? Para no pillarme los dedos.

Un saludo

Javier2749c
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Javier2749c »

Si perdiste la nacionalidad alemana por adquirir la española y ahora puedes recuperar aquella, lo único que tienes que hacer en el plazo de 3 años es declarar en el consulado español tu voluntad de conservarla. Luego, mantén siempre vigente tu pasaporte español. Eso es todo.

BBR
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por BBR »

Buenas!

Soy nuevo en el foro aunque lo siga desde hace mucho tiempo :)
Esta es una duda que siempre tuve, efectivamente la ley dice que si se adquiere otra nacionalidad tienes que en el plazo de 3 años declarar la voluntad de mantener la nacionalidad española pero no me queda claro si los españoles que no lo sea de origen lo pueden hacer también o si pierden automáticamente la nacionalidad española por residencia al adquirir otra nacionalidad... Claro es que los españoles que no lo sean de origen pierden la nacionalidad española no tienen la opción de recuperarla... ¿Me equivoco? Gracias
Spoiler
Presentación de documentos RC Barcelona: 10/09/2013
Examen de integración: 17/06/2014
Expediente: 104xxx/2014-0
Entrada MJ: 27/10/2015
Solicitados informes preceptivos: 10/11/2015
Entrevista policía: --/--
En estudio: 19/01/2016
Concedida: 29/02/2016

Javier2749c
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Javier2749c »

Si mantiene el pasaporte vigente se considera que usa la nacionalidad y por lo tanto solamente la perdería por adquirir otra y no manifestar su voluntad de conservar la española en el plazo de 3 años.

Topic Author
Mannu
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Re: Recuperar nacionalidad de origen de Alemania, como afecta a la española

Mensaje por Mannu »

Buenos días,
BRR Siendo NACIONALIZADOS (excluyendo iberoamericanos, filipinos, portugueses o andorranos), no los españoles de ORIGEN que NUNCA pierden su nacionalidad, acabo de consultar en la Dirección General de Reg. Civil, sobre mi caso y me comentan, lo que ya han dicho en el foro junto a un par de detallillos:

Puedo recuperar la nacionalidad de origen, pero en un plazo de 3 años debo de notificar la voluntad de mantener la española.
Después, si resido fuera de España, debo darme de alta en el consulado español, Notificar mi voluntad de mantener la nacionalidad española, independientemente de la renovación del DNI y Pasaporte, pues si resides fuera de España y no declaras la voluntad de mantener la nacionalidad, da igual si renuevas al cabo de 10 años el pasaporte. Además no Notifican nada, de si perderás o no la nacionalidad igual al cabo de 3 años te llevas la sorpresa :S.

La duda que me asalta es:
El darse de baja en España, cuando sales por cambio de empleo, hasta que punto es es "obligatorio" o importante, o solo son "beneficios" para mi, en caso de votar, renovar pasaporte o DNI y poco más? y obligar a cumplir el articulo 24.2 del CC. Que otros problemas acarrea el darse de baja en España? Por seguros de automóvil, cuentas corrientes en el banco,...???

En el caso de no notificarlo porque se te pase o no te interesara en el momento, cuales pueden ser los problemas?

Después, por lo que me dio a entender la persona de atención al ciudadano del Registro Civil, si hiciera la recuperación de la nacionalidad alemana, a España no se le iba a notificar dicho cambio a no ser que lo haga yo, pues me comenta, que si resido en España, estoy como español al 99.99% sin problemas, en cambio si resido en Alemania, ya entran en juego otras partes del artículo 24.2 del CC (Residencia en el extranjero,otra nacionalidad y residir habitualmente fuera).


Un saludo.

-- 06 Sep 2012, 09:07 --

Otra duda, si resides en el extranjero y pierdes la nacionalidad, con cual te quedas? pues entiendo que apátrida no puedes quedar, y si no has recuperado la de origen que quizás no la permiten recuperar por X motivos, ni obtienes la del país en el que resides puesto que son 10 años algunos paises el tiempo mínimo de residencia...cuando solo llevas 3 años?

Un saludo
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