Filiacion pendiente para consecucion de nacionalidad

Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Responder
Avatar de Usuario

Topic Author
Morela
Mensajes: 45
Registrado: 27 Dic 2012, 23:10
Agradecido : 1 vez
Agradecimiento recibido: 1 vez
    unknown unknown

Filiacion pendiente para consecucion de nacionalidad

Mensaje por Morela »

Hola, soy Colombiana mayor de 40 años, hija de Español de origen nacido en España. De acuerdo al Codigo Civil sería yo Española de Origen.

Mi caso es que no fui reconocida por mi padre (q.e.p.d). Inicié una Demanda de Filiacion Paterna ya que no fue posible y despues de muchos años de busqueda, que la Familia reconocida por mi padre en España me aceptara o me ayudara para el reconocimiento y pruebas de ADN.

El proceso va en camino y en pocos dias tengo el juicio en España.

Ganando el proceso de Filiación que procedimientos debo seguir para la obtención de mi Nacionalidad Española? Debo optar por la Nacionalidad por Opción? Debo inscribirme en el Registro Civil primero? muchas dudas y mucha ansiedad después de muchos años, gracias a todos...Feliz Año 2013.

Javier2749c
Mensajes: 3117
Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
Agradecido : 14 veces
Agradecimiento recibido: 187 veces
    unknown unknown

Re: Filiacion pendiente para consecucion de nacionalidad

Mensaje por Javier2749c »

Artículo 17 CC

2. La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación.
Responder
  • Temas similares
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje

Volver a “Opción a la Nacionalidad”