Buenas tardes.
Tengo un par de dudas sobre en que instancia se encuentra la tramitación de la obtención de la nacionalidad y agradeceré si alguien puede aclararme esto. Por si hiciere falta, aporto algunos datos preliminares que - quizás - fueren útiles.
Datos preliminares del caso: He iniciado el trámite de obtención de nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Histórica, en noviembre de 2011.
Vivo en España hace 6 años y estoy casad@ aquí con un español.
Hice que mi madre (argentina de nacimiento e hija de una emigrante gallega) iniciara los trámites para obtener la suya, en Argentina, donde siempre ha residido.
La nacionalidad española le fue otorgada hace unos dos años aproximadamente.
En el Consulado Español de Buenos Aires, al preguntar por mi situación, le indicaron que yo no podía realizar los trámites de mi nacionalidad española en Argentina a partir de haberla recuperado ella de su madre ya fallecida, sino que tenía que iniciarlos aquí en España, presentando su partida de nacimiento y los demás datos requeridos para el particular, acogiéndome a LMH.
Situación que genera mis dudas:
Ayer recibí un aviso de citación judicial a mi nombre para que me presentase el día de hoy ó de mañana en las Oficinas del Servicio Común Procesal de Notificaciones y Embargos de esta ciudad.
Acudí esta mañana y allí me entregaron una cédula de citación del R.C. para que compareciese en la fecha y hora establecida, en torno al tema de mi trámite de nacionalidad.
Tras recibir esta cédula, decidí acercarme hasta el R.C. con la intensión de que me informasen - de ser posible - algo más sobre las razones de esta citación.
Allí me atendieron y un funcionario me entregó dos hojas fotocopiadas, que son las que deberían entregarme el día en que se me ha citad@, pero que me han facilitado con anterioridad para ayudar a agilizar el reenvío de tales datos al R.C.Central.
- La primera de las hojas es una Declaración de Datos de Inscripción, donde debo aportar datos del nacido, datos del nacimiento, del padre, de la madre, etc.
- La segunda es una fotocopia del ANEXO IV, Diligencia de autenticación de solicitudes de opción/inscripción de la nacionalidad española de origen.
Viendo ambas, todo indicaría que se requieren estos datos para asentar mi nacimiento en el R.C. Lo cierto es que todo ésto me toma por sorpresa, ya que desde noviembre de 2011 no había tenido ninguna noticia más del estado de mi tramitación.
Hoy he llamado al Registro Civil Central (Servicio de Atención al Ciudadano) y me han informado que mi expediente aparece como "en trámite".
Buscando en la red ayer por la noche, he leído que "lo esperable" es que en algún punto de la tramitación se reciba una citación judicial para informarle al solicitante que le ha sido concedida la nacionalidad española.
Luego, indican, que se debe esperar a una posterior citación del R.C. para jurar y que entre el aviso de la concesión hasta la recepción del aviso del R.C. pueden pasar entre 6 - 8 meses más.
Teniendo en cuenta lo anterior, en mi caso no se ha cumplido nada de lo anterior. Directamente se me cita en ambas instancias y finalmente, tengo en mis manos estos dos formularios.
Dudas generadas:
¿Qué significa todo esto?.
¿Se me ha concedido la nacionalidad?,
¿Es esto un paso previo a que se me informe de la concesión?,
¿En qué instancia se encuentra -entonces- la tramitación de mi nacionalidad española?.
¿Es cierto que se toma un examen a los que juran sobre conocimientos generales del lugar donde habitan actualmente dentro del estado español? (vocabulario del lugar, costumbres, usos y formas, etc.).
Y finalmente: ¿Cuáles son los pasos que se seguirán de aquí en más hasta que la obtenga?
Gracias desde ya por contestar a mis dudas. Saludos.
Cita del Juzgado y del RC en trámite de nacionalidad por LMH
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Re: Cita del Juzgado y del RC en trámite de nacionalidad por LMH
Significa que están resolviendo tu expediente y que, siendo probable que conceda la nacionalidad por la LMH, necesitarán los datos para hacer la inscripción.
Por eso te remiten la hoja de datos para que la rellenes y aportes. (lo raro es que no lo hayan remitido desde el inicio, pero quizás fue un despiste. A veces ocurre)
El examen es para quienes solicitan la nacionalidad por residencia, que tienen que demostrar estar integrados y adaptados a la vida en España. (artículo 220 y 221 del reglamento del RC)
Cuando reciban tu documentación, se pasa al trámite de resolver y siendo favorable, se hace la inscripción y te la remiten para que con ella obtengas documentación como español/a
Por eso te remiten la hoja de datos para que la rellenes y aportes. (lo raro es que no lo hayan remitido desde el inicio, pero quizás fue un despiste. A veces ocurre)
El examen es para quienes solicitan la nacionalidad por residencia, que tienen que demostrar estar integrados y adaptados a la vida en España. (artículo 220 y 221 del reglamento del RC)
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