En febrero admitieron mi caso de nacionalidad por carta de naturaleza a trámite, me asignaron un numero de expediente y ya he hecho la entrevista de la policía.
Mi duda es la siguiente, ¿Que hayan admitido a trámite el caso quiere decir algo? o ¿Cualquiera que mande la solicitud se lo admiten?
¿Creéis que estos casos se resuelven por prioridad o por orden de solicitud?
¿Alguien en este foro ha obtenido a nacionalidad por esta vía?
Saludos y gracias.
Exp. Nacionalidad por carta naturaleza admitido a trámite: dudas sobre el proceso
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- Registrado: 26 Abr 2013, 12:50
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Re: Exp. Nacionalidad por carta naturaleza admitido a trámite: dudas sobre el proceso
Pues mira yo llevo desde el 2009 esperando alguna informacion y nada de nada y tengo yo creo mas derechos que nadie a que me la concedan aparte de ser sefardi soy empresario a nivel mundial mas e tenido residencia española y llevo residiendo en españa unos 10 años estoy dando trabajo y mis ingresos son muy elevados trabajando fuera de españa parece ser que en este pais no les gusta trabajar luego pasa lo que pasa que cuando lesbtoque a ellos a la calle hay vienen los lloros y las penas y este foro nadie tiene ni idea un saludo
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- Mensajes: 2
- Registrado: 26 Abr 2013, 12:50
Re: Exp. Nacionalidad por carta naturaleza admitido a trámite: dudas sobre el proceso
Me lo imagino, estoy siguiendo todas las referencias de los consejos de ministros, y aprueban uno o dos casos de nacionalidad por carta de naturaleza al mes, de hecho este mes ya han hecho 3 juntas, y no han aprobado ni un caso, el mes pasado solo aprobaron uno, no lo entiendo, tan difícil es resolver estos casos, dudo que hayan muchas solicitudes, seguro que si fuera de un deportista o alguien de interés ya lo hubieran revisado.
Seguiré insistiendo, mandare cartas pidiendo que agilicen el caso, estuve leyendo que los casos de sefardíes se están resolviendo aproximadamente en un año, hace poco hable con un funcionario del ministerio de justicia y me dijo que los casos de nacionalidad por carta de naturaleza se resuelven por "prioridad" y no por el orden en el que se presentan las solicitudes, prioridad pues supongo que se refieren si es alguien de interés o no.
Un saludo y gracias por tu respuesta.
Seguiré insistiendo, mandare cartas pidiendo que agilicen el caso, estuve leyendo que los casos de sefardíes se están resolviendo aproximadamente en un año, hace poco hable con un funcionario del ministerio de justicia y me dijo que los casos de nacionalidad por carta de naturaleza se resuelven por "prioridad" y no por el orden en el que se presentan las solicitudes, prioridad pues supongo que se refieren si es alguien de interés o no.
Un saludo y gracias por tu respuesta.
Re: Exp. Nacionalidad por carta naturaleza admitido a trámite: dudas sobre el proceso
hola amigos!!
para que admitan un caso de nacionalidad por carta de naturaleza la o las circunstancias excepcionales deben venir recogidas en el ordenamiento jurídico español...De lo contrario no admiten el expediente....Dónde está la trampa?? si la circunstancia no establece un plazo para resolver el expediente puede demorarse toda la vida..............
Si la circunstancia no tiene fuerza de LEY o de convenio/tratado internacional tampoco hay obligación de resolver........
Yo solicité mi nacionalidad en virtud de un convenio de nacionalidad (ratificado por acto legislativo en las cortes y real decreto de su majestad).......En 2010 metí a estudio el impreso y al año siguiente me fue admitido a trámite .....Cada 6 meses hay que estar escribiendo para saber cómo va el trámite
si la causal que se invoca nace de una orden o instrucción ministerial o es una ficción jurídica .......No hay mucho para ilusionarse
Esos expedientes los resuelven por prioridad y no por orden de entrada,......
Se había hablado de que cuándo la circunstancia excepcional tenga fuerza de ley .....Los expedientes los resolvieran los registradores en un 100% ...Al final esto no se reglamentó , parece ser......
para que admitan un caso de nacionalidad por carta de naturaleza la o las circunstancias excepcionales deben venir recogidas en el ordenamiento jurídico español...De lo contrario no admiten el expediente....Dónde está la trampa?? si la circunstancia no establece un plazo para resolver el expediente puede demorarse toda la vida..............
Si la circunstancia no tiene fuerza de LEY o de convenio/tratado internacional tampoco hay obligación de resolver........
Yo solicité mi nacionalidad en virtud de un convenio de nacionalidad (ratificado por acto legislativo en las cortes y real decreto de su majestad).......En 2010 metí a estudio el impreso y al año siguiente me fue admitido a trámite .....Cada 6 meses hay que estar escribiendo para saber cómo va el trámite
si la causal que se invoca nace de una orden o instrucción ministerial o es una ficción jurídica .......No hay mucho para ilusionarse
Esos expedientes los resuelven por prioridad y no por orden de entrada,......
Se había hablado de que cuándo la circunstancia excepcional tenga fuerza de ley .....Los expedientes los resolvieran los registradores en un 100% ...Al final esto no se reglamentó , parece ser......
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