henry escribió:Hola Elenilla,
Gracias por tu repuesta , lo que yo tengo entendido es que al momento de solicitar la nacionalidad en el rc de tu localidad debes haber estado casado por lo menos un año antes y haber residido en españa por lo menos un año igualmente con permiso de residencia en el caso de estar casado con español, bueno yo estoy casado con española y pues tengo el permiso por ese motivo pedi la nacionalidad en el 2007 pero mi caso es disitnto, hasta el dia de hoy llevo junto a mi pareja, lo que digo esque alos que solcicitan en circunstancias como la mia por estar casado con española como que nos demora un poco mas y tambien eso que dices que tiene que iual comparecer tu parejai‚¡i‚¡i‚¡
saludos...
Bueno henry, lo de comparecer con el cónyuge es un mecanismo de la Administración para evitar que se consiga la nacionalidad mediante un matrimonio de conveniencia.
Hay que reconocer que el hecho de casarse con un español da muchas ventajas a la hora de obtener la nacionalidad. Los paises iberoamericanos sólo tienen que esperar dos años de residencia legal, pero en el caso de otros paises ese periodo es de 10 años, con lo cual la reducción a un año solamente, es una gran ventaja.
Pero independientemente de ello, lo que no se suele saber pero es asi, es que aun en el mismo caso la nacionalidad puede tardar más dependiendo de la nacionalidad del solicitante. Ya que hay un listado de nacionalidades para cuyos ciudadanos, además de solicitar informes a la Policia, se solicita informe del CNI (Centro Nacional de Inteligencia, dependiente del Ministerio de Defensa).
En estos casos, el informe del CNI suele tardar bastante menos si se está casado con un español, pues normalmente la investigación se reduce a una llamada telefónica al cónyuge para verificar que el matrimonio sigue existiendo. En los demás casos suelen hacer una visita al domicilio y una exhaustiva entrevista.
Saludos