Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
y no han dictado ninguna instrucción hasta la fecha.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
veces los son incompletos o en contra de l interes publico y de los ciudadanos...
este solucion de los notarios ajuda a mejorar el servicio publico. Porque boscamos a poner obstaculos delante una solucion tan buena como la jura de los notarios que tienen al mismo grado acadimico y el valor juridico como los jueces y tienen la confianca del pueblo y la administracion desde de siempre.
Este carro ha tardado mucho para empezar, assin li ponen pedras en las ruedas. y difusen un publicidad negativa que jode a la administracio y
mucho mas estos immigrantes que esperar anos y anos per tener lo y tener igualdad como un humano que sufri por un respueta;
este solucion de los notarios ajuda a mejorar el servicio publico. Porque boscamos a poner obstaculos delante una solucion tan buena como la jura de los notarios que tienen al mismo grado acadimico y el valor juridico como los jueces y tienen la confianca del pueblo y la administracion desde de siempre.
Este carro ha tardado mucho para empezar, assin li ponen pedras en las ruedas. y difusen un publicidad negativa que jode a la administracio y
mucho mas estos immigrantes que esperar anos y anos per tener lo y tener igualdad como un humano que sufri por un respueta;
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a todos me he enterado por una funcionaria del registro civil de valencia que no vale de nada ir a el notario por que ellos van a seguir por orden de concesión no se si esto es para que no se les acumule la faena pero la verdad me preocupa si a alguien le llega el registro por favor avisar gracias
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Gracias [mention=FF66FF]user 7316[/mention] . No obstante, entiendo que si llega una instrucción desde la DGRN tendrán que adoptarla e inscribir las juras mientras van llegando.
Exp: 7.xxx/2011 - Barcelona
Spoiler
Solicitud cita RC: Agosto 2009
RC: Septiembre 2010
MJ: Febrero 2011
Policía: Mayo 2011
Cambio a recibido los informes, el expediente se encuentra en estudio: Febrero 2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
Jura ante notario
RC: Septiembre 2010
MJ: Febrero 2011
Policía: Mayo 2011
Cambio a recibido los informes, el expediente se encuentra en estudio: Febrero 2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
Jura ante notario
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a todos,
Cada vez vamos a peor, con lo facil que es (organizar y) solucionar estos tramites, pero no, nos come la burocracia.
Si el funcionario ( en caso de que sea solo uno) le costaba tramitar las inscripciones cuando no habia avalancha, pues ahora puede que simplemente se funda la maquina, y con razon, el desorden y la improvisacion van de la mano, y no siempre es por culpa de los que estan detras o delante de los mostradores, es porque no se hacen las cosas bien en los despachos centrales (entiendase altos cargos).
Asi que nada, por lo que veo vamos a disfrutar del verano siendo nuevos-españoles indocumentados, y no quiero ni pensar en aquellos que renuncian a su anterior nacionalidad, quedan en el limbo !!!
Alguien se anima a preguntar a la DGRN?
Cada vez vamos a peor, con lo facil que es (organizar y) solucionar estos tramites, pero no, nos come la burocracia.
Si el funcionario ( en caso de que sea solo uno) le costaba tramitar las inscripciones cuando no habia avalancha, pues ahora puede que simplemente se funda la maquina, y con razon, el desorden y la improvisacion van de la mano, y no siempre es por culpa de los que estan detras o delante de los mostradores, es porque no se hacen las cosas bien en los despachos centrales (entiendase altos cargos).
Asi que nada, por lo que veo vamos a disfrutar del verano siendo nuevos-españoles indocumentados, y no quiero ni pensar en aquellos que renuncian a su anterior nacionalidad, quedan en el limbo !!!
Alguien se anima a preguntar a la DGRN?
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
No entiendo por qué tanta especulación sobre jura a través de los notarios... Ellos nos han dirigido a utilizar los notarios. Si el proceso es correcto, incorrecto, legal o no, no es asunto nuestro. Ellos tienen que vivir con las consecuencias.
No hay marcha atrás después de la jura ya que desde este momento uno ya es ciudadano de espanya/europa. Lo que hacen los registradores o dejan de hacer, incluso los retrasos ya no tienen relevancia ninguna... menos para los que quieren utilizar el pasaporte para trabajar en otro país de comunidad europea y tienen prisa.
Dejen de darle vueltas y dejen de intentar a entender cómo funcionan las normas y las leyes en espanya ya que con eso uno se puede volver loca!
Yo entiendo que el proceso ha sido largo y psicológicamente duro... mucha gente se ha enganchado a seguir y criticar (con razón) lo sucedido. Pero ya es tiempo de volver a la vida cotidiana y dejar de comerse la cabeza. Espanya es un país tercermundista en muchas cosas, pero negar la inscripción de la nacionalidad por haber seguido los tramites recomendado por ellos mismos, como jurar ante un notario, es algo muy grave con consecuencias a nivel europea. Así ir a dormiros tranquilos y no darle mas vueltas.
No hay marcha atrás después de la jura ya que desde este momento uno ya es ciudadano de espanya/europa. Lo que hacen los registradores o dejan de hacer, incluso los retrasos ya no tienen relevancia ninguna... menos para los que quieren utilizar el pasaporte para trabajar en otro país de comunidad europea y tienen prisa.
Dejen de darle vueltas y dejen de intentar a entender cómo funcionan las normas y las leyes en espanya ya que con eso uno se puede volver loca!
Yo entiendo que el proceso ha sido largo y psicológicamente duro... mucha gente se ha enganchado a seguir y criticar (con razón) lo sucedido. Pero ya es tiempo de volver a la vida cotidiana y dejar de comerse la cabeza. Espanya es un país tercermundista en muchas cosas, pero negar la inscripción de la nacionalidad por haber seguido los tramites recomendado por ellos mismos, como jurar ante un notario, es algo muy grave con consecuencias a nivel europea. Así ir a dormiros tranquilos y no darle mas vueltas.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
user 7316 escribió:....en RC de Valencia no vale de nada ir a el notario por que ellos van a seguir por orden de concesión ...
La mayoría de nosotros ya tenemos nuestra agenda cerrada hasta después de verano.PepeBCN escribió:...si llega una instrucción desde la DGRN tendrán que adoptarla e inscribir las juras mientras van llegando.
Yo en mi caso la tengo hasta septiembre. Ya se quien viene cada día a jurar y se qué tengo que tener preparado del tema de nacionalidades para cada día.
Pero yo no me dedico sólo a nacionalidades.
También hago inscripciones de nacimiento de recién nacidos y las defunciones, QUE TIENEN PRIORIDAD, pues hay plazos legales.
También tramito expedientes de otras personas, en las que se les rectifica errores, se cambian nombres, se adoptan a personas, hay incluso quien se casa!! e inicia expediente. Por tanto, también inscribo los matrimonios. Además, también atendemos las peticiones de quienes acuden bien a por inscripciones o bien demandando información (¿sabe algo de mi expediente...? Os suena, ¿verdad?) o para hacer otros trámites.
Además, está el teléfono y resolver las dudas de los funcionarios que trabajan en Registros Civiles dependientes del mío, por ser cabecera de partido judicial.
Ellos nos consultan o nos remiten documentación para que les demos las pautas a seguir o para que les autoricemos a hacer alguna inscripción o nota de referencia. Cosa que tenemos que registrar en nuestro libro diario y que SSª, tras calificar, nos indica si procede o no y tenemos que hacer la correspondiente resolución, que luego firmará y les remitiremos a ese RC municipal.
Además, hay quien pierde el
También hay quien pide el traslado de su inscripción de otro RC al nuestro.... Incluso ahora que lo puede obtener con el DNI en su casa, ... como tenemos poco trabajo, nos dan un poco más para entretenernos....
Como casi nadie se divorcia, sólo hacemos unos 15-20 marginales de separación/divorcio al mes.
Y como no está de moda hacer un documento ante notario para manifestar su voluntad sobre su persona o bienes, pues nos llegan comunicaciones de notarios para que las hagamos. Unas pocas al mes,....
Al igual que las capitulaciones matrimoniales, que como no se ha puesto de moda hacer la separación de bienes DESPUÉS de casados,... cuando la podían haber hecho justo la semana pasada antes de casarte y así la poníamos ya en el momento de inscribir el matrimonio, .... pues un poquito más....
Y hay quien viene a inscribir su matrimonio de antes de ser español, o quien pide la opción a la nacionalidad para su hij@,....
Ahhh, .. y todo eso atendiendo también la guardia cuando te toca. (como esta semana, en la que además yo estoy de guardia y han tocado los detenidos normales de la semana... casi siempre los mismos, más lo q puede tocar.... Como hoy, que hemos tenido juicios rápidos por alcoholemia.... ) Y mañana y pasado estoy de guardia, pendiente de si hay algún detenido acudir a la llamada del Juez para «atender» al detenido...
Antes me iba y aprovechaba y sacaba ese trabajo extra que te iba entrando y se te queda por detrás en la semana....
Y eso entre las 7.30 a 2.30 (aunque siempre salimos más cerca de las 3.30 que de las 2.30... ¿quieres que te muestre el registro de los fichajes de entrada/salida? Y si ves algún sábado entrar a las 5 de la tarde y salir a las 10 de la noche...¿sería que vine
Y ahora, como tenemos tanto tiempo libre, viene uno desde no se donde y dice que va a llevar mi agenda y me va a decir cuándo tengo que citar o cómo me tengo que organizar para hacer mi trabajo.. Ese que previamente ya me he encargado yo de programar como hacerlo....
Arreglados vamos!!!
Han abierto un nuevo tunel que va a dar a mi oficina, en la que están pretendiendo que atienda a los que entren por ese hueco y deje de hacerlo con los que están en la cola para entrar..... Si el que está en la puerta esperando a ser atendido eres tú y te dejo para atender al que entra por el agujero ¿estarías de acuerdo? ...
Que no os cuenten ni nos cuenten a nosotros pamplinas.....
Si hacen eso de permitir que alguien tenga la capacidad para, sin ser el funcionario competente según la legislación vigente, permitirle recoger las manifestaciones sobre esta cuestión de aceptar la nacionalidad y los requisitos del art. 23 delCódigo Civil, que les permitan igualmente hacer las inscripciones y las rectificaciones de los errores que cometan. Que son expedientes que tardan hasta dos meses en resolverse para cambiar una S por una Z,.. y que seguro que llegarían.... y «nos tendríamos que comer nosotros»...
Entonces si que se avanza. Juras y sales con tu inscripción....
Pero abriendo un tunel que lleve a mi oficina, lo único que posiblemente se consiga, es que haya un lugar por donde escaparme cuanto antes.....
De momento me pagan por todo ello. Por hacer mi trabajo.
Que me lo organizo yo.
NO resuelvo consultas usando Mensajes Privados
Antes de preguntar,utiliza la búsqueda: Seguramente ya está resuelta en el foro.
La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Otra opción hubiera sido que nos mandaran a los registros civiles a los oficiales y administrativos que trabajan en las notarías para echarnos una manita, pero en eso no han pensado los lumbreras que tenemos por ahí arriba en la capital del Reino de España...
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Gracias kárbiko, es muy interesante el trabajo que hacéis en el RC, no sabía que hacíais tantas cosas. No obstante, creo que para analizar la cuestión de la inscripción de las juras, todo ello no viene mucho al caso. Como dicen en el RC de BCN, cada RC es un mundo (cosa que no entiendo, porque los españoles deberíamos ser todos iguales, no?) No entiendo como una persona de un pueblito de Cataluña tiene más derechos que alguien de BCN, podrían repartirles a ellos un poco de curro y todo hubiera quedado en los RC y todos contentos.
Pero bueno, volviendo al tema, lo que deberíais considerar para las juras, creo yo, a mi humilde entender y sin ánimos de ofender a nadie, es que ya no se debería citar a nadie más a jurar al RC (al menos en los RC que están petados). A la gente que ya citaron, evidentemente, sí atenderla, pero nadie más. Está muy claro que el sistema de jura en RC es más lento (seguramente porque hay menos gente) y es mejor que lo lleven los notarios (de paso es menos curro para Uds.) y que, respecto a la gente que ya tiene la nacionalidad concedida, os dediquéis a inscribir juras y corregir alguna cosa que haya salido mal. Supongo que desde el Min Justicia también os llegan expedientes con errores.
En síntesis, el tiempo que antes dedicabais a las juras e inscripciones, dedicarlos solo a las inscripciones. Es así de simple. No sé con cuanta anticipación tenéis cita a la gente (cada RC es un mundo), pero deberíais considerarlo.
Gracias por su infinita comprensión. Sé que lo que digo puede vulnerar alguna que otra Ley y/o Reglamento, pero es lo más operativo.
Por otro lado, a las nacionalidades no las deberían inscribir la gente de nacimientos? es muy diferente el trabajo a lo que ya hacen? (entiendo que es muy parecido). Y creo que al igual que un recién nacido, un recién concedido (y jurado) tiene el derecho de tener su inscripción. Sobre todo la pobre gente que renunció a su nacionalidad anterior y quedó, a ojos españoles, como apátrida.
Que paséis un buen fin de semana y para los que estáis en Cataluña: Feliç Sant Joan!
Pero bueno, volviendo al tema, lo que deberíais considerar para las juras, creo yo, a mi humilde entender y sin ánimos de ofender a nadie, es que ya no se debería citar a nadie más a jurar al RC (al menos en los RC que están petados). A la gente que ya citaron, evidentemente, sí atenderla, pero nadie más. Está muy claro que el sistema de jura en RC es más lento (seguramente porque hay menos gente) y es mejor que lo lleven los notarios (de paso es menos curro para Uds.) y que, respecto a la gente que ya tiene la nacionalidad concedida, os dediquéis a inscribir juras y corregir alguna cosa que haya salido mal. Supongo que desde el Min Justicia también os llegan expedientes con errores.
En síntesis, el tiempo que antes dedicabais a las juras e inscripciones, dedicarlos solo a las inscripciones. Es así de simple. No sé con cuanta anticipación tenéis cita a la gente (cada RC es un mundo), pero deberíais considerarlo.
Gracias por su infinita comprensión. Sé que lo que digo puede vulnerar alguna que otra Ley y/o Reglamento, pero es lo más operativo.
Por otro lado, a las nacionalidades no las deberían inscribir la gente de nacimientos? es muy diferente el trabajo a lo que ya hacen? (entiendo que es muy parecido). Y creo que al igual que un recién nacido, un recién concedido (y jurado) tiene el derecho de tener su inscripción. Sobre todo la pobre gente que renunció a su nacionalidad anterior y quedó, a ojos españoles, como apátrida.
Que paséis un buen fin de semana y para los que estáis en Cataluña: Feliç Sant Joan!
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RC: Septiembre 2010
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Cambio a recibido los informes, el expediente se encuentra en estudio: Febrero 2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
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Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Suscribo lo dicho por kárbico de la cruz a la raya.
Y al Ministro que dice que "gobernar a veces es repartir dolor" le digo que quiero el mismo apaño dado a las juras a las listas de espera en sanidad.
Saludos
Y al Ministro que dice que "gobernar a veces es repartir dolor" le digo que quiero el mismo apaño dado a las juras a las listas de espera en sanidad.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Pepe, es que tenemos que comprobar y corroborar que todos los datos que has puesto al rellenar el formulario en el Notario se corresponden con los datos que aparecen en la/s inscripción/es que presentas.
Es que no se trata de hacer las inscripciones con los datos que tú pones.
Entonces yo me pongo que soy hijo de Amancio Ortega (el dueño de Zara, entre otros....) y venga, ya tengo un documento legal que me da la filiación..
Habrá que acreditar esos datos.
Y mi trabajo es comprobarlos y hacer la inscripción con los que la ley determina que se tienen que poner y, en determinados casos, con los que puedes elegir.
Para eso tengo que citarte para que traigas la documentación.
Esa documentación posiblemente ya me la habías presentado. Pero como quienes han registrado el expediente sólo me dejan ver un sólo documento de los que aportaste, pues no tengo cómo comprobarlos.
Si no los tienes, tengo que dejarte el acta con solamente los datos que aparecen en tu acta de nacimiento.
En algunos RC os dan la hoja de datos para que la rellenéis y creen que es con esos datos con los que ya hay que hacer la inscripción. Y eso no es así.
Esa hoja de datos «la inventó» el Registro Civil Central, para agrupar los datos que se presentaban en las certificaciones de nacimiento del interesado y en las de sus padres y el matrimonio de éstos, de manera que UNA VEZ COMPROBADOS QUE ESOS ERAN CORRECTOS (y, en su caso, corregirlos) pasarlos al funcionario que se encarga de hacer la inscripción y que no tuviera que estar comprobando dónde estaba uno u otro.
De ahí, a que ahora, en que tras la modificación del 2007 se ha permitido que la inscripción se haga (a vuestra elección) en el RC Encargado que ha tramitado el expediente o en el RC Central, los RC locales hayan tomado esa hoja de datos como «LA GUÍA» por la que hacer la inscripción,...... transcribiendo INCORRECTAMENTE todos los datos que pone quien la rellena,.... sin comprobar ni siquiera si son ciertos o no...
GRAN FALLO. Eso da lugar a que en las inscripciones de hermanos de los mismos padres, éstos tengan diferentes nombres, hayan nacido en diferentes lugares y diferentes fechas e incluso no coincidiendo los nombres de los abuelos.
¿Sabes qué significa eso? más trabajo para mi luego, si coincide que cuando vayas a corregirlo estás residiendo en uno de los municipios que forman parte de este partido judicial (y lo tendrás que hacer, pues todos quieren heredar de sus padres... y si éstos no coinciden no son hijos de ellos y no podrán hacerlo....., o la viuda no podrá cobrar la pensión correspondiente, o...... hay múltiples casos en los que será necesario corregirlos...).
Todo por no comprobarlo en este momento... Más trabajo para mi o para otro compañero al que le toque...
Y como no tenemos pocos tramitándose ahora que están falleciendo personas nacidas sobre todo entre los años 1920 a 1940 que tienen todos los datos diferentes en sus actas de nacimiento, matrimonio y nacimiento de sus hijos, pues que sigan generando nuevos para el futuro...
Ahora, si nos permiten los corregimos poniendo tipex encima,.... y perfecto.
Pero resulta que para rectificar un error hay que localizar a todas las personas que están afectados por esa corrección y notificarles que se va a llevar a cabo...
¿Sabes lo que significa eso en el caso de un señor que tuvo hijos, que éstos están casados y a su vez son ya padres de hijos mayores de edad..? Pues pon 4 hijos (cosa normal en los 50-60), con sus espos@s, y cada uno de ellos con ¿3? hijos y sus espos@s y éstos con ¿2 hijos mayores de edad?.... ¿Sumamos? 4+4 + 3+3+2=16. Habrá que citar y/o localizar a personas para tramitar ese expediente, en el que posiblemente habrá que modificar todas esas actas de nacimiento y matrimonio si el nombre del abuel@ está incorrectamente reflejado... Eso lleva un tiempito...
Eso,.... o cambian la ley y reglamento para modificar la tramitación de los expedientes y que no necesite que el fiscal informe,.... sino... ¿Un error? Pon una marginal e invéntate el número de expediente y pones que la hacemos de oficio porque nos acabamos de dar cuenta que se equivocaron al poner el año de tu fecha de nacimiento....
¿Y por qué no vamos a citar a nadie si precisamente esa pobre gente está esperando desde hace unos meses? ¿Porque resulta que son personas que no tienen los conocimientos para hacer la solicitud por internet y así se les han colado un montón a quienes se les ha concedido la nacionalidad con posterioridad, siendo éste el criterio del ministerio para llevar el orden en que se hagan las inscripciones.
¿Te pongo dónde lo dicen? Míralo:
Luego yo cito y puede ser que no te localice o que tú no vengas el día que estaba previsto para ti y se haga el juramento de otro expediente que fue concedido posteriormente al tuyo. Pero yo he proveído tu expediente en el orden correcto.
¿Queremos que ésto se cambie?
Pues eso es lo que decimos. Que mientras no se dicte una disposición especial que cambie la legislación actual y la forma prevista para tramitar los expedientes, ni los notarios son funcionarios competentes para recibir declaraciones sobre adquisición, conservación o modificación de nacionalidad o vecindad civil (que el art. 20.2.a del Código Civil determina es el Encargado del Registro Civil.) Por eso, mientras no exista esa disposición especial esas declaraciones de voluntad es como si las recogiese mi hermano el enfermero del hosp¡tal..., que también es funcionario de carrera.
Entonces pueden aprovechar y cambian todo y hacen y deshacen como quieran hacerlo... o a la carta de cada uno que comparezca en el RC...
¿Y usted qué quiere que le pongamos? .... Eso pretendía una señora que venía con un nombre en su pasaporte colombiano, otro diferente en el NIE y otro diferente en su inscripción colombiana.
Para mayor complicación, el nombre en el pasaporte y NIE era de varón, cambiando el segundo apellido en éstas por la manía de poner el DE- (por ser "posesión" de su esposo, parece ser. Incluso a pesar de llevar cerca de 35 años ya sin convivir con él) y el «gran criterio» del funcionario que le hizo el NIE de quitarle el DE- y dejarle como segundo apellido suyo ¡¡¡¡el que era del esposo!!!...
Esa señora había rellenado la hoja de datos con un nombre y apellidos que luego no fueron los de su inscripción:
-el nombre no se permitió por ser de varón. Se le puso el suyo de nacimiento. Femenino
-el primer apellido era el común en todas las inscripciones.
-el segundo se le puso el de su madre. Justo el que no tenía sino en el acta de nacimiento que aportó.
Eso (y los datos de sus padres) nos llevó un ratillo estar analizando sus documentos para hacer luego su acta correctamente.
La «pobre gente que renunció a su nacionalidad» sigue siendo a ojos españoles un extranjero. No apátrida. Ya que el art. 23 del Código Civil establece como un de los requisitos para la validez de la adquisición, el que esté hecha la inscripción. Por tanto, aún no ha tenido validez y por tanto no ha tenido efecto esa pérdida en España, por lo que se sigue acreditando como extranjero.
Además, para su país sigue siendo nacional del mismo, ya que no reconoce que en este acto renuncie a su nacionalidad.
O sea, que sigue en la misma situación administrativa, con la circunstancia que desde que esté su inscripción hecha, podrá demostrar que los actos que ha hecho desde que juró eran de un español.
Por último, el único interés mío es que se hagan las cosas bien. Y que se lleven el registro a donde sea, pero cuando antes....
Ni mi puesto ni el de ningún compañero en los registros va a desaparecer.
Si. No llevaremos cuestiones de esta materia. Pero somos funcionarios de un juzgado y nos repartirán otra de las materias que se llevan...
A lo mejor me toca tu divorcio, ... o reclamar que te paguen algo o el desahucio de otros...
En el juzgado hay para entretenernos....
No estamos preocupados, porque perder nuestros trabajos no los vamos a perder....
Ahora si, desde que seas español tened por seguro que vais a tener que pasar por caja para estos servicios que ahora se hacen en los RC «sin coste impositivo directo» («gratuito» no hay nada. Si se hace es porque lo pagamos en los impuestos. Y yo también los pago...
Parece que algunos piensen que los que cotizan y pagan impuestos son exclusivamente ellos...)
Perdón por el tocho....
Pero espero aclarar dudas que se puedan tener...
Es que no se trata de hacer las inscripciones con los datos que tú pones.
Entonces yo me pongo que soy hijo de Amancio Ortega (el dueño de Zara, entre otros....) y venga, ya tengo un documento legal que me da la filiación..
Habrá que acreditar esos datos.
Y mi trabajo es comprobarlos y hacer la inscripción con los que la ley determina que se tienen que poner y, en determinados casos, con los que puedes elegir.
Para eso tengo que citarte para que traigas la documentación.
Esa documentación posiblemente ya me la habías presentado. Pero como quienes han registrado el expediente sólo me dejan ver un sólo documento de los que aportaste, pues no tengo cómo comprobarlos.
Si no los tienes, tengo que dejarte el acta con solamente los datos que aparecen en tu acta de nacimiento.
En algunos RC os dan la hoja de datos para que la rellenéis y creen que es con esos datos con los que ya hay que hacer la inscripción. Y eso no es así.
Esa hoja de datos «la inventó» el Registro Civil Central, para agrupar los datos que se presentaban en las certificaciones de nacimiento del interesado y en las de sus padres y el matrimonio de éstos, de manera que UNA VEZ COMPROBADOS QUE ESOS ERAN CORRECTOS (y, en su caso, corregirlos) pasarlos al funcionario que se encarga de hacer la inscripción y que no tuviera que estar comprobando dónde estaba uno u otro.
De ahí, a que ahora, en que tras la modificación del 2007 se ha permitido que la inscripción se haga (a vuestra elección) en el RC Encargado que ha tramitado el expediente o en el RC Central, los RC locales hayan tomado esa hoja de datos como «LA GUÍA» por la que hacer la inscripción,...... transcribiendo INCORRECTAMENTE todos los datos que pone quien la rellena,.... sin comprobar ni siquiera si son ciertos o no...
GRAN FALLO. Eso da lugar a que en las inscripciones de hermanos de los mismos padres, éstos tengan diferentes nombres, hayan nacido en diferentes lugares y diferentes fechas e incluso no coincidiendo los nombres de los abuelos.
¿Sabes qué significa eso? más trabajo para mi luego, si coincide que cuando vayas a corregirlo estás residiendo en uno de los municipios que forman parte de este partido judicial (y lo tendrás que hacer, pues todos quieren heredar de sus padres... y si éstos no coinciden no son hijos de ellos y no podrán hacerlo....., o la viuda no podrá cobrar la pensión correspondiente, o...... hay múltiples casos en los que será necesario corregirlos...).
Todo por no comprobarlo en este momento... Más trabajo para mi o para otro compañero al que le toque...
Y como no tenemos pocos tramitándose ahora que están falleciendo personas nacidas sobre todo entre los años 1920 a 1940 que tienen todos los datos diferentes en sus actas de nacimiento, matrimonio y nacimiento de sus hijos, pues que sigan generando nuevos para el futuro...
Ahora, si nos permiten los corregimos poniendo tipex encima,.... y perfecto.
Pero resulta que para rectificar un error hay que localizar a todas las personas que están afectados por esa corrección y notificarles que se va a llevar a cabo...
¿Sabes lo que significa eso en el caso de un señor que tuvo hijos, que éstos están casados y a su vez son ya padres de hijos mayores de edad..? Pues pon 4 hijos (cosa normal en los 50-60), con sus espos@s, y cada uno de ellos con ¿3? hijos y sus espos@s y éstos con ¿2 hijos mayores de edad?.... ¿Sumamos? 4+4 + 3+3+2=16. Habrá que citar y/o localizar a personas para tramitar ese expediente, en el que posiblemente habrá que modificar todas esas actas de nacimiento y matrimonio si el nombre del abuel@ está incorrectamente reflejado... Eso lleva un tiempito...
Eso,.... o cambian la ley y reglamento para modificar la tramitación de los expedientes y que no necesite que el fiscal informe,.... sino... ¿Un error? Pon una marginal e invéntate el número de expediente y pones que la hacemos de oficio porque nos acabamos de dar cuenta que se equivocaron al poner el año de tu fecha de nacimiento....
¿Y por qué no vamos a citar a nadie si precisamente esa pobre gente está esperando desde hace unos meses? ¿Porque resulta que son personas que no tienen los conocimientos para hacer la solicitud por internet y así se les han colado un montón a quienes se les ha concedido la nacionalidad con posterioridad, siendo éste el criterio del ministerio para llevar el orden en que se hagan las inscripciones.
¿Te pongo dónde lo dicen? Míralo:
Ahí está la directriz que tenemos ahora mismo de cómo y en qué orden tenemos que proveer los expedientes que nos llegan resueltos.Se resuelven solicitudes muy recientes antes que las más antiguas.
.....
En vista de todo ello, se considera que desde los RRCC deben proveerse los expedientes por el orden en que son resueltos por la Dirección General de los Registros y del Notariado y remitidos telemáticamente a los Registros Civiles, orden determinado, como queda dicho, por el momento, no ya de incoación, sino de cumplimentación total de todos los tramites por llegada de los informes preceptivos para poder ser resueltos. Lo contrario sería retrasar la resolución de expedientes terminados, por el mero hecho de haber sido presentados con posterioridad a otros que no tienen completada la documentación.
Debe tenerse en cuenta que no existe una incompatibilidad de expedientes que exija una resolución por orden de entrada como si la terminación de unos impidiera la de otros.
Por último, dada la velocidad actual de tramitación, las molestias que pudieran causarse, quedan claramente minimizadas.
Luego yo cito y puede ser que no te localice o que tú no vengas el día que estaba previsto para ti y se haga el juramento de otro expediente que fue concedido posteriormente al tuyo. Pero yo he proveído tu expediente en el orden correcto.
¿Queremos que ésto se cambie?
Pues eso es lo que decimos. Que mientras no se dicte una disposición especial que cambie la legislación actual y la forma prevista para tramitar los expedientes, ni los notarios son funcionarios competentes para recibir declaraciones sobre adquisición, conservación o modificación de nacionalidad o vecindad civil (que el art. 20.2.a del Código Civil determina es el Encargado del Registro Civil.) Por eso, mientras no exista esa disposición especial esas declaraciones de voluntad es como si las recogiese mi hermano el enfermero del hosp¡tal..., que también es funcionario de carrera.
Entonces pueden aprovechar y cambian todo y hacen y deshacen como quieran hacerlo... o a la carta de cada uno que comparezca en el RC...
¿Y usted qué quiere que le pongamos? .... Eso pretendía una señora que venía con un nombre en su pasaporte colombiano, otro diferente en el NIE y otro diferente en su inscripción colombiana.
Para mayor complicación, el nombre en el pasaporte y NIE era de varón, cambiando el segundo apellido en éstas por la manía de poner el DE- (por ser "posesión" de su esposo, parece ser. Incluso a pesar de llevar cerca de 35 años ya sin convivir con él) y el «gran criterio» del funcionario que le hizo el NIE de quitarle el DE- y dejarle como segundo apellido suyo ¡¡¡¡el que era del esposo!!!...
Esa señora había rellenado la hoja de datos con un nombre y apellidos que luego no fueron los de su inscripción:
-el nombre no se permitió por ser de varón. Se le puso el suyo de nacimiento. Femenino
-el primer apellido era el común en todas las inscripciones.
-el segundo se le puso el de su madre. Justo el que no tenía sino en el acta de nacimiento que aportó.
Eso (y los datos de sus padres) nos llevó un ratillo estar analizando sus documentos para hacer luego su acta correctamente.
Precisamente donde hay muchos nacimientos o nacionalidades, hay especialización para que cada uno lleve lo suyo.PepeBCN escribió:....
Por otro lado, a las nacionalidades no las deberían inscribir la gente de nacimientos? es muy diferente el trabajo a lo que ya hacen? (entiendo que es muy parecido). Y creo que al igual que un recién nacido, un recién concedido (y jurado) tiene el derecho de tener su inscripción. Sobre todo la pobre gente que renunció a su nacionalidad anterior y quedó, a ojos españoles, como apátrida.
...
La «pobre gente que renunció a su nacionalidad» sigue siendo a ojos españoles un extranjero. No apátrida. Ya que el art. 23 del Código Civil establece como un de los requisitos para la validez de la adquisición, el que esté hecha la inscripción. Por tanto, aún no ha tenido validez y por tanto no ha tenido efecto esa pérdida en España, por lo que se sigue acreditando como extranjero.
Además, para su país sigue siendo nacional del mismo, ya que no reconoce que en este acto renuncie a su nacionalidad.
O sea, que sigue en la misma situación administrativa, con la circunstancia que desde que esté su inscripción hecha, podrá demostrar que los actos que ha hecho desde que juró eran de un español.
Por último, el único interés mío es que se hagan las cosas bien. Y que se lleven el registro a donde sea, pero cuando antes....
Ni mi puesto ni el de ningún compañero en los registros va a desaparecer.
Si. No llevaremos cuestiones de esta materia. Pero somos funcionarios de un juzgado y nos repartirán otra de las materias que se llevan...
A lo mejor me toca tu divorcio, ... o reclamar que te paguen algo o el desahucio de otros...
En el juzgado hay para entretenernos....
No estamos preocupados, porque perder nuestros trabajos no los vamos a perder....
Ahora si, desde que seas español tened por seguro que vais a tener que pasar por caja para estos servicios que ahora se hacen en los RC «sin coste impositivo directo» («gratuito» no hay nada. Si se hace es porque lo pagamos en los impuestos. Y yo también los pago...
Parece que algunos piensen que los que cotizan y pagan impuestos son exclusivamente ellos...)
Perdón por el tocho....
Pero espero aclarar dudas que se puedan tener...
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Los funcionarios en España tenéis mucho que hacer porque hacer papeleo en España es el deporte nacional. Eso no es decir que la culpa lo tengan uno o dos funcionarios sin no el sistema. Las leyes en España (y en Europa) fueron escritas para gente que nace en pueblo de su madre, se casa allí y se muere allí! Estas leyes ya no son adecuadas.
Sobre el tema de nacionalidad, es España que ha decidido volver a inscribir los nacimientos que ya están inscritos en su lugar de nacimiento. Ningún otro país se preocupa por comprobar los datos de matrimonio de los padres y nombre de abuelos que en muchos casos ya ni están vivos. Es SU ley que lo exige. Y me sorprende que nadie pregunta para qué necesito esta información y hasta qué punto es necesario comprobarlo. A España le vendría muy bien gente formada fuera del país para enterarse cómo funcionan las cosas en otros países.
Le doy un ejemplo. Yo soy de padre danés y madre española. Mis padres inmigraron a Australia donde mi padre puso mi fecha de nacimiento mes-día-ano (en vez de día-mes-ano) porque pensaba que siguen el formato americano. Mi padre no encontraba mi partida de nacimiento así que ellos no comprobaron los datos. Años después cuando pido mi primer pasaporte resulta que mi fecha de nacimiento no coincide con lo que tienen en el sistema. En vez de 11 de mayo tenían 5 de noviembre. Me llamaron desde el oficia de pasaportes y me dijeron que tengo que llevar la partida de nacimiento a la oficina de datos públicos y ellos corrigen la fecha. El base de datos de oficina de pasaportes e inmigración se actualizara automáticamente cada noche. Me llegó el pasaporte dos días más tarde y junto con el pasaporte una carta pidiendo disculpas por el retraso!
En España todos padecéis por gusto; los funcionarios junto con el público. Habéis creado un sistema que no funciona y en vez de arreglarlo estáis preponiendo soluciones que en largo plazo causan más problemas (lo de notarios por ejemplo). Otra cosa que es cierto, es que lo más complicado el sistema, más fraude y más corrupción habrá. A la hora de escribir la ley hay que tener en cuenta que decir la verdad tiene que siempre ser más fácil que decir mentiras. En España es imposible solucionar las cosas diciendo la verdad. Nunca he mentido tanto en mi vida como cuando estoy en España. Me pongo enferma.
Añado otra cosa, que todos los tramites en Australia cuestan. Nada es gratis pero en cambio te tratan como un cliente. Pero os pregunto, quién no hubiera preferido pagar 500 € al solicitar la nacionalidad y en cambio tener su pasaporte las manos en 6 meses?????
Sobre el tema de nacionalidad, es España que ha decidido volver a inscribir los nacimientos que ya están inscritos en su lugar de nacimiento. Ningún otro país se preocupa por comprobar los datos de matrimonio de los padres y nombre de abuelos que en muchos casos ya ni están vivos. Es SU ley que lo exige. Y me sorprende que nadie pregunta para qué necesito esta información y hasta qué punto es necesario comprobarlo. A España le vendría muy bien gente formada fuera del país para enterarse cómo funcionan las cosas en otros países.
Le doy un ejemplo. Yo soy de padre danés y madre española. Mis padres inmigraron a Australia donde mi padre puso mi fecha de nacimiento mes-día-ano (en vez de día-mes-ano) porque pensaba que siguen el formato americano. Mi padre no encontraba mi partida de nacimiento así que ellos no comprobaron los datos. Años después cuando pido mi primer pasaporte resulta que mi fecha de nacimiento no coincide con lo que tienen en el sistema. En vez de 11 de mayo tenían 5 de noviembre. Me llamaron desde el oficia de pasaportes y me dijeron que tengo que llevar la partida de nacimiento a la oficina de datos públicos y ellos corrigen la fecha. El base de datos de oficina de pasaportes e inmigración se actualizara automáticamente cada noche. Me llegó el pasaporte dos días más tarde y junto con el pasaporte una carta pidiendo disculpas por el retraso!
En España todos padecéis por gusto; los funcionarios junto con el público. Habéis creado un sistema que no funciona y en vez de arreglarlo estáis preponiendo soluciones que en largo plazo causan más problemas (lo de notarios por ejemplo). Otra cosa que es cierto, es que lo más complicado el sistema, más fraude y más corrupción habrá. A la hora de escribir la ley hay que tener en cuenta que decir la verdad tiene que siempre ser más fácil que decir mentiras. En España es imposible solucionar las cosas diciendo la verdad. Nunca he mentido tanto en mi vida como cuando estoy en España. Me pongo enferma.
Añado otra cosa, que todos los tramites en Australia cuestan. Nada es gratis pero en cambio te tratan como un cliente. Pero os pregunto, quién no hubiera preferido pagar 500 € al solicitar la nacionalidad y en cambio tener su pasaporte las manos en 6 meses?????
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola a todos companeros
os cuento que tema de la jura antes de la notaria es legal y las inscripciones de nacimientos lo hace encargado en los registros igual como antes lo que ocurre ahora viene que los registradores por ejemplo hay un registro en comunidad de valencia n mas que tiene a uno que esta haciendo eso y esta trabajando con mismo ritmo que antes citas para 2014. y esperate cuando le da la gana pero ministerio de justicia lo esta haciendo todo bien que occurre con estos registradores
os cuento que tema de la jura antes de la notaria es legal y las inscripciones de nacimientos lo hace encargado en los registros igual como antes lo que ocurre ahora viene que los registradores por ejemplo hay un registro en comunidad de valencia n mas que tiene a uno que esta haciendo eso y esta trabajando con mismo ritmo que antes citas para 2014. y esperate cuando le da la gana pero ministerio de justicia lo esta haciendo todo bien que occurre con estos registradores
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Fíjate, Dex, que esos datos que aparecen en las inscripciones españolas de la filiación de los antepasados han servido ahora para que muchos descendientes de españoles que emigraron, hayan podido localizar la inscripción de su antepasado y con ello han podido optar a la nacionalidad española a través de la ley de memoria histórica.
Sólo porque uno de ellos haya podido encontrarlos y poder optar, ha merecido que la ley española recoja esos datos.
Si intento localizar a los antepasados daneses de un ciudadano sólo viendo la inscripción de su nacimiento, ¿sería posible?
¿Que se puede cambiar y no recoger esos datos? Perfecto. Si, se puede. Pero que se modifique la legislación que indica qué es lo que hay que poner en esas inscripciones.
Ahora que tenemos todos estos españoles que denuncian que el sistema no funciona, y dado que el sistema se cambia desde dentro, sería bueno que se presentasen y/o formasen parte de los partidos políticos que son los que tienen en su mano hacer esas modificaciones.
Porque por mucho que gritemos en los foros, no van a modificar nada.
Sólo porque uno de ellos haya podido encontrarlos y poder optar, ha merecido que la ley española recoja esos datos.
Si intento localizar a los antepasados daneses de un ciudadano sólo viendo la inscripción de su nacimiento, ¿sería posible?
¿Que se puede cambiar y no recoger esos datos? Perfecto. Si, se puede. Pero que se modifique la legislación que indica qué es lo que hay que poner en esas inscripciones.
Ahora que tenemos todos estos españoles que denuncian que el sistema no funciona, y dado que el sistema se cambia desde dentro, sería bueno que se presentasen y/o formasen parte de los partidos políticos que son los que tienen en su mano hacer esas modificaciones.
Porque por mucho que gritemos en los foros, no van a modificar nada.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
kárbiko,
En mi punto de vista, el peso de demostrar que los antepasados de uno son españoles es del individuo. El estado no tiene que ejercer este gran y costoso búsqueda de información A CASO que sirva de algo algún día. Y si llega el momento que necesitas demostrar tus raíces, siempre podrás presentarte en el lugar de nacimiento de tus padres y abuelos, y sacar una copia de sus papeles.
Por ejemplo cuando rellenaba los papeles en el registro civil, no sabía quiénes eran mis abuelos ya que los dos fallecieron hace años. Al funcionario de registro civil le pareció raro que yo no tenía esta información… deje muchos campos en blanco y espero que al momento de inscribirme no pidan más información, si no tengo que viajar a Dinamarca donde no hablo el idioma para sacar fechas de nacimiento y nombres de los abuelos fallecidos… traducirlos, legalizarlos… gastos de tiempo y de dinero…
Lo que me pregunto es: si alguien ya ha jurado ante notario significa que no le van a pedir más información (sobre los abuelos o matrimonio de los padres etc) o es posible que vuelvan a pedirla?
Entiendo tu punto de cambiar la ley… pero la gente tiene que exigir cambio, pero si no sabes que hay algo mejor, no exigirás cambios.
En mi punto de vista, el peso de demostrar que los antepasados de uno son españoles es del individuo. El estado no tiene que ejercer este gran y costoso búsqueda de información A CASO que sirva de algo algún día. Y si llega el momento que necesitas demostrar tus raíces, siempre podrás presentarte en el lugar de nacimiento de tus padres y abuelos, y sacar una copia de sus papeles.
Por ejemplo cuando rellenaba los papeles en el registro civil, no sabía quiénes eran mis abuelos ya que los dos fallecieron hace años. Al funcionario de registro civil le pareció raro que yo no tenía esta información… deje muchos campos en blanco y espero que al momento de inscribirme no pidan más información, si no tengo que viajar a Dinamarca donde no hablo el idioma para sacar fechas de nacimiento y nombres de los abuelos fallecidos… traducirlos, legalizarlos… gastos de tiempo y de dinero…
Lo que me pregunto es: si alguien ya ha jurado ante notario significa que no le van a pedir más información (sobre los abuelos o matrimonio de los padres etc) o es posible que vuelvan a pedirla?
Entiendo tu punto de cambiar la ley… pero la gente tiene que exigir cambio, pero si no sabes que hay algo mejor, no exigirás cambios.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Un nuevo partido político, de indignados con el Ministerio de Justicia...no es mala ideakárbiko escribió:Ahora que tenemos todos estos españoles que denuncian que el sistema no funciona, y dado que el sistema se cambia desde dentro, sería bueno que se presentasen y/o formasen parte de los partidos políticos que son los que tienen en su mano hacer esas modificaciones.
Porque por mucho que gritemos en los foros, no van a modificar nada.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola buenas a todos.
Acabo de llegar de realizar la primera jura en el colegio de notarios de Sevilla.
La verdad he salido muy contenta, al principio un poco de caos porque citan a muchas personas a la misma hora, pero al momento lo Solucionaron con turnos por orden de llegada.
Para revisar los datos es rapido y efectivamente sólo hace falta el nie y la resolución del expediente de nacionalidad.
Luego en una sala de forma colectiva se leyó lo que era general y luego uno por uno pasaba al frente juraba y firmaba su acta. Ya está.
Así que en total tardé 1 semana entre el correo solicitando cita y la jura como tal...cuando tenía la cita el 18 de diciembre.
Ya ellos telemáticamente lo envían al registro y por email o citación nos han dicho que nos darán el papel para poder pedir el dni/pasaporte.
Esta ha sido mi (por fin grata) experiencia.
espero que al resto también os vaya tan rápido como a mi.
Saludos.
Acabo de llegar de realizar la primera jura en el colegio de notarios de Sevilla.
La verdad he salido muy contenta, al principio un poco de caos porque citan a muchas personas a la misma hora, pero al momento lo Solucionaron con turnos por orden de llegada.
Para revisar los datos es rapido y efectivamente sólo hace falta el nie y la resolución del expediente de nacionalidad.
Luego en una sala de forma colectiva se leyó lo que era general y luego uno por uno pasaba al frente juraba y firmaba su acta. Ya está.
Así que en total tardé 1 semana entre el correo solicitando cita y la jura como tal...cuando tenía la cita el 18 de diciembre.
Ya ellos telemáticamente lo envían al registro y por email o citación nos han dicho que nos darán el papel para poder pedir el dni/pasaporte.
Esta ha sido mi (por fin grata) experiencia.
espero que al resto también os vaya tan rápido como a mi.
Saludos.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Me parece muy fuerte e increíble que los notarios muestren más sentido común que los registradores.
Acabas de poner un ejemplo de lo que sería una jura semi-colectiva, cheesacake..
Y creo que cualquier programador en España puede crear plataformas ágiles y prácticas para ventilar semejante atasco de juras.
Hay muchos modelos a seguir de otros paises, pero sigo sin leer propuestas al respecto, solo criticas, así que bienvenida sea la ayuda notarial y que a todos se les resuelva el tema de la jura lo antes posible.
Acabas de poner un ejemplo de lo que sería una jura semi-colectiva, cheesacake..
Y creo que cualquier programador en España puede crear plataformas ágiles y prácticas para ventilar semejante atasco de juras.
Hay muchos modelos a seguir de otros paises, pero sigo sin leer propuestas al respecto, solo criticas, así que bienvenida sea la ayuda notarial y que a todos se les resuelva el tema de la jura lo antes posible.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Desafortunadamente el sentido común no es el caso del Notariado de Madrid ... que parece ser un RC mas!
Si alguién tiene información de quando el Colegio de Notarios de Madrid van a empezar a citar ... agradezco inmenso!
Saludos!
Si alguién tiene información de quando el Colegio de Notarios de Madrid van a empezar a citar ... agradezco inmenso!
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola,
Si ya el colegio de notarios de madrid ha comenzado las citaciones. Estan llamando por telefono. A ver como es la cosa luego de la jura , en que se haga la inscripcion y llegue la partida literal.
Saludos,
Si ya el colegio de notarios de madrid ha comenzado las citaciones. Estan llamando por telefono. A ver como es la cosa luego de la jura , en que se haga la inscripcion y llegue la partida literal.
Saludos,
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola acabo de hacer la jura con una notaría de BCN, fue muy rápido y solo me dicen q ahora depende del registro civil. Efectivamente me he metido a cómo va lo mio y ahora me sale la nacionalidad concedida con fecha de hoy, como le ha pasado a varias personas que han hecho la jura. ¿Alguien de Barcelona sabe si el registro civil se ha pronunciado respecto a las inscripciones de las juras de los notario para las partidas? Gracias y un saludo.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Gracias por su información, desconozco totalmente como funciona el Registro Civil por dentro salvo en lo que atañe al Registro de la Propiedad (solicitud de certificados de defunción, nacimiento, anotación de separación de bienes, etc.), y espero NUNCA tener que saberlo, soy de los que firmó para que no se nos encomiende el Registro Civil.kárbiko escribió:Spoiler
Pepe, es que tenemos que comprobar y corroborar que todos los datos que has puesto al rellenar el formulario en el Notario se corresponden con los datos que aparecen en la/s inscripción/es que presentas.
Es que no se trata de hacer las inscripciones con los datos que tú pones.
Entonces yo me pongo que soy hijo de Amancio Ortega (el dueño de Zara, entre otros....) y venga, ya tengo un documento legal que me da la filiación..
Habrá que acreditar esos datos.
Y mi trabajo es comprobarlos y hacer la inscripción con los que la ley determina que se tienen que poner y, en determinados casos, con los que puedes elegir.
Para eso tengo que citarte para que traigas la documentación.
Esa documentación posiblemente ya me la habías presentado. Pero como quienes han registrado el expediente sólo me dejan ver un sólo documento de los que aportaste, pues no tengo cómo comprobarlos.
Si no los tienes, tengo que dejarte el acta con solamente los datos que aparecen en tu acta de nacimiento.
En algunos RC os dan la hoja de datos para que la rellenéis y creen que es con esos datos con los que ya hay que hacer la inscripción. Y eso no es así.
Esa hoja de datos «la inventó» el Registro Civil Central, para agrupar los datos que se presentaban en las certificaciones de nacimiento del interesado y en las de sus padres y el matrimonio de éstos, de manera que UNA VEZ COMPROBADOS QUE ESOS ERAN CORRECTOS (y, en su caso, corregirlos) pasarlos al funcionario que se encarga de hacer la inscripción y que no tuviera que estar comprobando dónde estaba uno u otro.
De ahí, a que ahora, en que tras la modificación del 2007 se ha permitido que la inscripción se haga (a vuestra elección) en el RC Encargado que ha tramitado el expediente o en el RC Central, los RC locales hayan tomado esa hoja de datos como «LA GUÍA» por la que hacer la inscripción,...... transcribiendo INCORRECTAMENTE todos los datos que pone quien la rellena,.... sin comprobar ni siquiera si son ciertos o no...
GRAN FALLO. Eso da lugar a que en las inscripciones de hermanos de los mismos padres, éstos tengan diferentes nombres, hayan nacido en diferentes lugares y diferentes fechas e incluso no coincidiendo los nombres de los abuelos.
¿Sabes qué significa eso? más trabajo para mi luego, si coincide que cuando vayas a corregirlo estás residiendo en uno de los municipios que forman parte de este partido judicial (y lo tendrás que hacer, pues todos quieren heredar de sus padres... y si éstos no coinciden no son hijos de ellos y no podrán hacerlo....., o la viuda no podrá cobrar la pensión correspondiente, o...... hay múltiples casos en los que será necesario corregirlos...).
Todo por no comprobarlo en este momento... Más trabajo para mi o para otro compañero al que le toque...
Y como no tenemos pocos tramitándose ahora que están falleciendo personas nacidas sobre todo entre los años 1920 a 1940 que tienen todos los datos diferentes en sus actas de nacimiento, matrimonio y nacimiento de sus hijos, pues que sigan generando nuevos para el futuro...
Ahora, si nos permiten los corregimos poniendo tipex encima,.... y perfecto.
Pero resulta que para rectificar un error hay que localizar a todas las personas que están afectados por esa corrección y notificarles que se va a llevar a cabo...
¿Sabes lo que significa eso en el caso de un señor que tuvo hijos, que éstos están casados y a su vez son ya padres de hijos mayores de edad..? Pues pon 4 hijos (cosa normal en los 50-60), con sus espos@s, y cada uno de ellos con ¿3? hijos y sus espos@s y éstos con ¿2 hijos mayores de edad?.... ¿Sumamos? 4+4 + 3+3+2=16. Habrá que citar y/o localizar a personas para tramitar ese expediente, en el que posiblemente habrá que modificar todas esas actas de nacimiento y matrimonio si el nombre del abuel@ está incorrectamente reflejado... Eso lleva un tiempito...
Eso,.... o cambian la ley y reglamento para modificar la tramitación de los expedientes y que no necesite que el fiscal informe,.... sino... ¿Un error? Pon una marginal e invéntate el número de expediente y pones que la hacemos de oficio porque nos acabamos de dar cuenta que se equivocaron al poner el año de tu fecha de nacimiento....
¿Y por qué no vamos a citar a nadie si precisamente esa pobre gente está esperando desde hace unos meses? ¿Porque resulta que son personas que no tienen los conocimientos para hacer la solicitud por internet y así se les han colado un montón a quienes se les ha concedido la nacionalidad con posterioridad, siendo éste el criterio del ministerio para llevar el orden en que se hagan las inscripciones.
¿Te pongo dónde lo dicen? Míralo:
Ahí está la directriz que tenemos ahora mismo de cómo y en qué orden tenemos que proveer los expedientes que nos llegan resueltos.
Luego yo cito y puede ser que no te localice o que tú no vengas el día que estaba previsto para ti y se haga el juramento de otro expediente que fue concedido posteriormente al tuyo. Pero yo he proveído tu expediente en el orden correcto.
¿Queremos que ésto se cambie?
Pues eso es lo que decimos. Que mientras no se dicte una disposición especial que cambie la legislación actual y la forma prevista para tramitar los expedientes, ni los notarios son funcionarios competentes para recibir declaraciones sobre adquisición, conservación o modificación de nacionalidad o vecindad civil (que el art. 20.2.a del Código Civil determina es el Encargado del Registro Civil.) Por eso, mientras no exista esa disposición especial esas declaraciones de voluntad es como si las recogiese mi hermano el enfermero del hosp¡tal..., que también es funcionario de carrera.
Entonces pueden aprovechar y cambian todo y hacen y deshacen como quieran hacerlo... o a la carta de cada uno que comparezca en el RC...
¿Y usted qué quiere que le pongamos? .... Eso pretendía una señora que venía con un nombre en su pasaporte colombiano, otro diferente en el NIE y otro diferente en su inscripción colombiana.
Para mayor complicación, el nombre en el pasaporte y NIE era de varón, cambiando el segundo apellido en éstas por la manía de poner el DE- (por ser "posesión" de su esposo, parece ser. Incluso a pesar de llevar cerca de 35 años ya sin convivir con él) y el «gran criterio» del funcionario que le hizo el NIE de quitarle el DE- y dejarle como segundo apellido suyo ¡¡¡¡el que era del esposo!!!...
Esa señora había rellenado la hoja de datos con un nombre y apellidos que luego no fueron los de su inscripción:
-el nombre no se permitió por ser de varón. Se le puso el suyo de nacimiento. Femenino
-el primer apellido era el común en todas las inscripciones.
-el segundo se le puso el de su madre. Justo el que no tenía sino en el acta de nacimiento que aportó.
Eso (y los datos de sus padres) nos llevó un ratillo estar analizando sus documentos para hacer luego su acta correctamente.
Precisamente donde hay muchos nacimientos o nacionalidades, hay especialización para que cada uno lleve lo suyo.
La «pobre gente que renunció a su nacionalidad» sigue siendo a ojos españoles un extranjero. No apátrida. Ya que el art. 23 del Código Civil establece como un de los requisitos para la validez de la adquisición, el que esté hecha la inscripción. Por tanto, aún no ha tenido validez y por tanto no ha tenido efecto esa pérdida en España, por lo que se sigue acreditando como extranjero.
Además, para su país sigue siendo nacional del mismo, ya que no reconoce que en este acto renuncie a su nacionalidad.
O sea, que sigue en la misma situación administrativa, con la circunstancia que desde que esté su inscripción hecha, podrá demostrar que los actos que ha hecho desde que juró eran de un español.
Por último, el único interés mío es que se hagan las cosas bien. Y que se lleven el registro a donde sea, pero cuando antes....
Ni mi puesto ni el de ningún compañero en los registros va a desaparecer.
Si. No llevaremos cuestiones de esta materia. Pero somos funcionarios de un juzgado y nos repartirán otra de las materias que se llevan...
A lo mejor me toca tu divorcio, ... o reclamar que te paguen algo o el desahucio de otros...
En el juzgado hay para entretenernos....
No estamos preocupados, porque perder nuestros trabajos no los vamos a perder....
Ahora si, desde que seas español tened por seguro que vais a tener que pasar por caja para estos servicios que ahora se hacen en los RC «sin coste impositivo directo» («gratuito» no hay nada. Si se hace es porque lo pagamos en los impuestos. Y yo también los pago...
Parece que algunos piensen que los que cotizan y pagan impuestos son exclusivamente ellos...)
Perdón por el tocho....
Pero espero aclarar dudas que se puedan tener
Saludos.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a todos,
Hoy he hecho la jura en una notaría de Hospitalet e inmediatamente ha cambiado la fecha de la concesión de la nacionalidad. Había pedido la cita el día 12 de junio o sea que han pasado 13 días. Ahora tendría que recibir la comunicación del registro civil por correo electrónico, de acuerdo con lo que me dijeron en la notaría.
Ya iré avisando.
Saludos...
Hoy he hecho la jura en una notaría de Hospitalet e inmediatamente ha cambiado la fecha de la concesión de la nacionalidad. Había pedido la cita el día 12 de junio o sea que han pasado 13 días. Ahora tendría que recibir la comunicación del registro civil por correo electrónico, de acuerdo con lo que me dijeron en la notaría.
Ya iré avisando.
Saludos...
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola kenny1023. yo juro mañana en la notaría de la florida. vamos a irnos informando por aqui te parece?
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Pedida cita para un notario de Barcelona, ya postearé cuánto tardan en responderme.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hoy se iniciaron las juras en el colegio de notarios de Madrid.
Citaron a 10 personas por ser la primera vez.. se estima que sean 90 diarias. Muy rapido , es jura semi colectiva. Revisan los documentos de todos, luego suben a una sala y llaman uno por uno, se jura y plan te vas.
Que te llega la partida literal por correo y no se dan fechas.
Eso es todo.
Ahora bien, los que tienen cita en el registro y ya juraron ante notario, no deberian ir al registro tambien a jurar porsia.... es que como todo esta nuevo, quizas se pierda o estanque algo... no sé..
Citaron a 10 personas por ser la primera vez.. se estima que sean 90 diarias. Muy rapido , es jura semi colectiva. Revisan los documentos de todos, luego suben a una sala y llaman uno por uno, se jura y plan te vas.
Que te llega la partida literal por correo y no se dan fechas.
Eso es todo.
Ahora bien, los que tienen cita en el registro y ya juraron ante notario, no deberian ir al registro tambien a jurar porsia.... es que como todo esta nuevo, quizas se pierda o estanque algo... no sé..
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola cheescacke
pedi la cita para la jura y me la han dado para el 28 de abril de 2014
Me puede contar como lo has hecho eso de pimera jura y asi tan rapido
gracias
pedi la cita para la jura y me la han dado para el 28 de abril de 2014
Me puede contar como lo has hecho eso de pimera jura y asi tan rapido
gracias
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola!
Gracias spray2k por informacion. Nie y que documentos mas piden , cuando solicito cita cuanto tiempo tardan darlo.
Un saludo.
Gracias spray2k por informacion. Nie y que documentos mas piden , cuando solicito cita cuanto tiempo tardan darlo.
Un saludo.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Spray2k: he llamando al colegio notarial de Madrid y me han dicho que aún no han empezado, me puedes decir si eres tan amable en que colegio de Madrid juraron esas 10 personas ...
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a modo de informacion, hoy he jurado en Santa Eulalia (Hospitalet de llobregat)
yo pedi la cita el jueves 20 de Junio y me la dieron para hoy.
la jura es tal cual comentan en este foro: llevar el Nie y nada mas luego te preguntan por tus datos y la vecindad civil
firmas el papel q te han leido y ya esta jura o promesa hecha! ahora toca esperar la bendita Partida o certificado de nacimiento
por cierto tb revise la web de como va lo mio y efectivamente cambio la fecha de resolucion a hoy q jure.
saludos y buenas noches a todos.
yo pedi la cita el jueves 20 de Junio y me la dieron para hoy.
la jura es tal cual comentan en este foro: llevar el Nie y nada mas luego te preguntan por tus datos y la vecindad civil
firmas el papel q te han leido y ya esta jura o promesa hecha! ahora toca esperar la bendita Partida o certificado de nacimiento
por cierto tb revise la web de como va lo mio y efectivamente cambio la fecha de resolucion a hoy q jure.
saludos y buenas noches a todos.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Ean83, ¿y ha quedado reflejado en el acta de jura en qué registro civil quieres que te inscriban como español?...
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
little : yo fui uno.
No haces nada llamando. ellos te llamaran, estan haciendo pruebas. Yo fui uno de los que metio la cita el 14 a primera hora. busca un poco en google" Así es la Jura de Nacionalidad en el Colegio de Notarios de Madrid " y fijate lo que te va a salir... ya iniciaron. no desesperen. mejor los notarios que esperar un año para el registro.
No haces nada llamando. ellos te llamaran, estan haciendo pruebas. Yo fui uno de los que metio la cita el 14 a primera hora. busca un poco en google" Así es la Jura de Nacionalidad en el Colegio de Notarios de Madrid " y fijate lo que te va a salir... ya iniciaron. no desesperen. mejor los notarios que esperar un año para el registro.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hace 2 dias que solicitado jura para mi hija, todavia no ha recibido nada y no sais si la solicitude estaba bien rellenada.
Soy de la bisbal de emporda, Girona, Catalunya
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Muy buenas, el dia 13/06 me concedieron la nacionalidad,
me fijé como era eso de la jura por notarios, puesto que el registro civil de San Javier-Murcia me daba turno para el año que viene,
En fín, me anoté vía internet en el" link de notarios" alguno cerca de mi casa y me llamaron avisándome que pasara cualquier dia de lunes a viernes de 10.00 a 13.00
ayer fuí jure/prometibandera,
ahora via telemática lo envían al Registro Civil para luego mi certificado de nacimiento,
he solicitado copia de jura y me la entregan mañana por no saber el precio aún de este trámite al ser nuevo para ellos..algo económico pero al querer "copia de mi jura" hay que pagarla......
Bueno solo hago el comentario de lo mío a ver si le sirve a alguien...mis saludos.....
me fijé como era eso de la jura por notarios, puesto que el registro civil de San Javier-Murcia me daba turno para el año que viene,
En fín, me anoté vía internet en el" link de notarios" alguno cerca de mi casa y me llamaron avisándome que pasara cualquier dia de lunes a viernes de 10.00 a 13.00
ayer fuí jure/prometi
ahora via telemática lo envían al Registro Civil para luego mi certificado de nacimiento,
he solicitado copia de jura y me la entregan mañana por no saber el precio aún de este trámite al ser nuevo para ellos..algo económico pero al querer "copia de mi jura" hay que pagarla......
Bueno solo hago el comentario de lo mío a ver si le sirve a alguien...mis saludos.....
PACIENCIA..!!!! TODO LLEGA!!!!
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Y en el acta de tu jura ¿pone en qué registro civil han de inscribirte?...
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Administrador:-
Lo que la web del Ministerio dice es lo siguiente: "Una vez completada la jura o promesa ante notario, el acta se envía telemáticamente para su inscripción al Registro Civil y, también telemáticamente, el interesado podrá obtener el certificado de nacimiento y nacionalidad a través de la sección Cómo va lo mío."
Pero no habla de cuanto tiempo va a tomar esta inscripción, igualmente en el acta del Notario no se específica a que Registro Civil se envía el acta.
Si la inscripción la envían a cada Registro Civil donde el interesado inicio su trámite creo que va a presentarse un cuello de botella ya que los Registros Civiles en las grandes ciudades están saturados. La otra posibilidad es que se inscriban en el Registro Central en Madrid, en fin a ver como evoluciona todo.
Lo que la web del Ministerio dice es lo siguiente: "Una vez completada la jura o promesa ante notario, el acta se envía telemáticamente para su inscripción al Registro Civil y, también telemáticamente, el interesado podrá obtener el certificado de nacimiento y nacionalidad a través de la sección Cómo va lo mío."
Pero no habla de cuanto tiempo va a tomar esta inscripción, igualmente en el acta del Notario no se específica a que Registro Civil se envía el acta.
Si la inscripción la envían a cada Registro Civil donde el interesado inicio su trámite creo que va a presentarse un cuello de botella ya que los Registros Civiles en las grandes ciudades están saturados. La otra posibilidad es que se inscriban en el Registro Central en Madrid, en fin a ver como evoluciona todo.
Ewing Jesús
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Esta mañana acudí al registro civil de Albacete, para actualizar mi domicilio, y de paso que me informaran el estado de la jura que hice el 17 junio ante el notario, la chica me dijo que era para agilizar las juras, pero que ellos iban a llamar por extricto orden de fecha de las concesiones. Espero estar equivocado, pero si esto no se resuelve, para efectos prácticos, habrá sido una pérdida de tiempo, ya que no agiliza ni desatasca nada.
He leído que en este foro que es necesario verificar los datos que hicimos en la jura ante los notarios, vale me parece bien, pero en el formulario que hemos cumplimentado no contiene ninguna información que no pueda verificar el notario con una simple ojeada del NIE. Por ejemplo: los nombres y apellidos, lugar y fecha de nacimiento, todo está allí en el NIE, incluso nuestra dirección de domicilio, por lo tanto no debe haber ningún error que los notarios no puedan detectar, lo único nuevo sería los nombres del padre y de la madre, y eso debe estar en las actas de nacimiento digitalizadas en cada uno de nuestros expediendientes. Si alguien logra obtener su certificado de nacimiento. Favor comentarlo. Saludos
He leído que en este foro que es necesario verificar los datos que hicimos en la jura ante los notarios, vale me parece bien, pero en el formulario que hemos cumplimentado no contiene ninguna información que no pueda verificar el notario con una simple ojeada del NIE. Por ejemplo: los nombres y apellidos, lugar y fecha de nacimiento, todo está allí en el NIE, incluso nuestra dirección de domicilio, por lo tanto no debe haber ningún error que los notarios no puedan detectar, lo único nuevo sería los nombres del padre y de la madre, y eso debe estar en las actas de nacimiento digitalizadas en cada uno de nuestros expediendientes. Si alguien logra obtener su certificado de nacimiento. Favor comentarlo. Saludos
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Aquí tienen una dirección para poder efectuar la jura ante notario y adelantarse a la de los Registros Civiles.
http://nacionalidad.notariado.org/lifer ... dad/inicio.
Creo que este sistema agiliza las nacionalidades, al igual que se hicieron con los Registradores, pues se están concediendo nacionalidades iniciadas hace menos de un año y eso antes era impensable.
Si de dos tramites (jura + inscripción) quitan 1 al R. Civil, lógicamente se tiene que adelantar.
Estoy completamente de acuerdo con las exposiciones de Dex, si se entregan unas partidas de nacimiento al inicia del expediente de la nacionalidad esa es la que vale ¿Que tienen que comprobar los R. Civiles? ¿El nombre de los abuelos? y llaman a Senegal, Dinamarca, Estonia, China, Albania, etc.. ¿tantos idiomas saben?.
Decirle a Kabiko que es son útiles sus consejos, pero si él debe estar en todo es que o bien el R. Civil es pequeño y esta solo o es grande y no delega en otras personas.
En el de Bilbao, que es el que conozco, para la nacionalidad hay 6 funcionarios y desde hace un tiempo lo único que te informan es "es que no sabemos", concentran las juras en dos días al mes citando a unas 300 personas y ese día solamente se dedican a eso (con lo cual y mediante los notarios, ya se ganan dos días de trabajo para inscripciones, por ejemplo).
En todos los trabajos existen puntos d mejora de la calidad y de la producción, lo que pasa es que porque unos trabajen mucho, no significa que lo hagan todos y que no se pueda mejorar.
Kabiko, yo soy cocinero, me imagino que alguna vez habrás ido a comer o cenar a un restaurante, te imaginas que vengas a donde yo trabajo y cuando pidas la comanda, lo primero que haga es ver los productos que necesito, me ponga a averiguar si están correctos o no, empiezo a llamar al suministrador, luego al transportista, pero como no quiero intoxicarte hago una prueba y se lo doy primero al gato y espero 2 horas a ver si le hace reacción, con lo cual te sirvo la comida tres horas después... no quiero que te intoxiques.
http://nacionalidad.notariado.org/lifer ... dad/inicio.
Creo que este sistema agiliza las nacionalidades, al igual que se hicieron con los Registradores, pues se están concediendo nacionalidades iniciadas hace menos de un año y eso antes era impensable.
Si de dos tramites (jura + inscripción) quitan 1 al R. Civil, lógicamente se tiene que adelantar.
Estoy completamente de acuerdo con las exposiciones de Dex, si se entregan unas partidas de nacimiento al inicia del expediente de la nacionalidad esa es la que vale ¿Que tienen que comprobar los R. Civiles? ¿El nombre de los abuelos? y llaman a Senegal, Dinamarca, Estonia, China, Albania, etc.. ¿tantos idiomas saben?.
Decirle a Kabiko que es son útiles sus consejos, pero si él debe estar en todo es que o bien el R. Civil es pequeño y esta solo o es grande y no delega en otras personas.
En el de Bilbao, que es el que conozco, para la nacionalidad hay 6 funcionarios y desde hace un tiempo lo único que te informan es "es que no sabemos", concentran las juras en dos días al mes citando a unas 300 personas y ese día solamente se dedican a eso (con lo cual y mediante los notarios, ya se ganan dos días de trabajo para inscripciones, por ejemplo).
En todos los trabajos existen puntos d mejora de la calidad y de la producción, lo que pasa es que porque unos trabajen mucho, no significa que lo hagan todos y que no se pueda mejorar.
Kabiko, yo soy cocinero, me imagino que alguna vez habrás ido a comer o cenar a un restaurante, te imaginas que vengas a donde yo trabajo y cuando pidas la comanda, lo primero que haga es ver los productos que necesito, me ponga a averiguar si están correctos o no, empiezo a llamar al suministrador, luego al transportista, pero como no quiero intoxicarte hago una prueba y se lo doy primero al gato y espero 2 horas a ver si le hace reacción, con lo cual te sirvo la comida tres horas después... no quiero que te intoxiques.
Spoiler
jl54 |
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola como estan
Tenia una duda que quizas alguno de ustedes los foreros me puedan aclarar, yo ya rellene el formuladio de la pagiuna "notarios.org" para realizar la jura ante notario, ahora bien, una vez logre hacer la jura o promesa, puedo terminar mi tramite en otro registro civil que no sea en el que comenze el tramite ? o es obligatorio tramitar la partida de nacimiento en el registro civil donde comenze el tramite?
Desde ya muchas gracias a todos !!!
Tenia una duda que quizas alguno de ustedes los foreros me puedan aclarar, yo ya rellene el formuladio de la pagiuna "notarios.org" para realizar la jura ante notario, ahora bien, una vez logre hacer la jura o promesa, puedo terminar mi tramite en otro registro civil que no sea en el que comenze el tramite ? o es obligatorio tramitar la partida de nacimiento en el registro civil donde comenze el tramite?
Desde ya muchas gracias a todos !!!
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