Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
En Alemana tienes que aportar documentación de tu consulado para demostrar que has renunciado tu anterior nacionalidad. Sin eso no es posible adquirir la nacionalidad alemana. Otros países como Australia o Suiza prefieren que sus ciudadanos tenga más nacionalidades y de hecho en Australia te lo facilitan... si renuncias la nacionalidad australiana porque otro país donde pides nacionalidad te lo exige, podrás volver a adquirir la nacionalidad australiana después de renunciarla en un plazo de menos de 3 meses y sin ningún requisito.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Kárbiko,
¿podrías decirnos si ya tenéis preparada la aplicación INFOREG para ver las juras por notario? ¿En qué estado estáis? he leido en otro foro de otro registro civil que los trabajadores estaban un poco indignados con este nuevo sistema, y que no iban a dejar que nadie les manejase su agenda, así que ellos iban a seguir haciendo las inscripciones que tienen de la gente que jura en el registro. Espero que todo el mundo actúe para el bien común.
Un saludo y felices vacaciones para los que puedan descansar un poco.
¿podrías decirnos si ya tenéis preparada la aplicación INFOREG para ver las juras por notario? ¿En qué estado estáis? he leido en otro foro de otro registro civil que los trabajadores estaban un poco indignados con este nuevo sistema, y que no iban a dejar que nadie les manejase su agenda, así que ellos iban a seguir haciendo las inscripciones que tienen de la gente que jura en el registro. Espero que todo el mundo actúe para el bien común.
Un saludo y felices vacaciones para los que puedan descansar un poco.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola de nuevo!! Por favor me pueden orientar??
Quisiera hacer la jura ante notario por que al parecer en el registro dan cita para dentro de 8 meses, es cierto que es mas rápido? que pasos tengo que dar para poder hacerlo? Agradecería cualquier orientación.
Un saludo!
Quisiera hacer la jura ante notario por que al parecer en el registro dan cita para dentro de 8 meses, es cierto que es mas rápido? que pasos tengo que dar para poder hacerlo? Agradecería cualquier orientación.
Un saludo!
Exp: xxx/2013 (0) - Gerona - ¡¡CONCEDIDA el 12/7/2013!!
Spoiler
Exp. presentado al RC: diciembre-2011
Entrada RC Gerona: 11/12/2012
Entrada MJ: 11/01/2013
Informes Solicitados: 25/03/2013
Intervista poli : 10/05/2013
En estudio (al rededor del 8 de julio 2013)
Concedida la Nacionalidad con fecha 12-07-2013
Entrada RC Gerona: 11/12/2012
Entrada MJ: 11/01/2013
Informes Solicitados: 25/03/2013
Intervista poli : 10/05/2013
En estudio (al rededor del 8 de julio 2013)
Concedida la Nacionalidad con fecha 12-07-2013
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Yo he completado la peticion de cita el 26 de junio y hoy me ha llegado el email.
juro el 26 de julio.
GENIAL
juro el 26 de julio.
GENIAL
Exp: R-132xxx/2012 - Madrid (Pradillo)
El exp entrado en esta S. General con fecha 14/11/12.
19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
08/04/13 Ent. Policia
09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
25/06/13 Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 25/06/2013
26/07/13 Jura ante Notario Madrid
31/10/2013 DNI y Pasaporte
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gserra |
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19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
08/04/13 Ent. Policia
09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola vuelvo con noticias, hoy me encontré con la sorpresa que tengo cita para jurar en las escuela de notarios, ya les contare como me va, aunque después de un mes y medio de mi inscripción. al parecer Madrid ya esta descongestionando ese asunto, de todos modos esperare haber que pasa, dije anteriormente que me habían llamado de mi RC para quitarme la cita,, había entendido mal, solo me dijeron que debía anular la cita, cosa que no hice, y esperar como sale todo este asunto, ya les contare
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Buenos días,
Un par de preguntas para los funcionarios de los Registros Civiles. Sabéis si ya está funcionando la modificación de la aplicación INFOREG para que podáis inscribir las juras/promesas realizadas ante notario? En caso contrario, sabéis en qué estado se encuentra esta modificación y para cuando creéis que podrán comenzar a inscribirse las primeras juras/promesas?
Saludos,
Un par de preguntas para los funcionarios de los Registros Civiles. Sabéis si ya está funcionando la modificación de la aplicación INFOREG para que podáis inscribir las juras/promesas realizadas ante notario? En caso contrario, sabéis en qué estado se encuentra esta modificación y para cuando creéis que podrán comenzar a inscribirse las primeras juras/promesas?
Saludos,
Exp: 7.xxx/2011 - Barcelona
Spoiler
Solicitud cita RC: Agosto 2009
RC: Septiembre 2010
MJ: Febrero 2011
Policía: Mayo 2011
Cambio a recibido los informes, el expediente se encuentra en estudio: Febrero 2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
Jura ante notario
RC: Septiembre 2010
MJ: Febrero 2011
Policía: Mayo 2011
Cambio a recibido los informes, el expediente se encuentra en estudio: Febrero 2012
Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 30/12/2012 X:XX:XX.
Jura ante notario
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola Kárbiko. no se como habeis interpretados mi comentario: mirar solo quiero decir. 1º- que nunca se práctica la jura que sea ante notario o RC sin que manifieste si va a renunciar o no la nacionalidad anterior que sea pais que sea pero que hay que manifestarlo,ahora depende del pais,algunos tienen convenio con España de doble nacionalidad y otros no. esto quiero decir si una persona quiere doble nacionalidad y si su pais no tiene convenio de doble nacionalidad con España pues a esta persona no le dan la española hasta que renuncie espresamente de su nacionalidad anterior. 2º- quiero decir en cualquier pais sea pais que sea,para que este pais da su nacionalidad a una persona te preguntan si va o no renunciar de su nacionalidad anterior que no es solo España que hace esta pregunta sino se hecen en todo el mundo. 3º- que es imprescindible la pregunta,si una persona va o no renunciar a su nacionalidad anterior cuando esta persona quiere la nacionalidad de otro pais.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
todavia no esta,PepeBCN escribió:.... Sabéis si ya está funcionando la modificación de la aplicación INFOREG para que podáis inscribir las juras/promesas realizadas ante notario?
En caso contrario, sabéis en qué estado se encuentra esta modificación y para cuando creéis que podrán comenzar a inscribirse las primeras juras/promesas?
....,
no soy empleado pero por todo lo que vengo leyendo en distintos foros hasta finales de mes no estaria 100% operativo.
Al parecer estan haciendo pruebas de calidad.
Pero cree que nadie nos podria dar una fecha estimada, pero yo calculo que será en breve.
saludos
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El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
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09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
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19/03/13 Llego carta Policia.
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con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Tomado directamente de la web del Ministerio de Justicia: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... anica.htmljimson escribió:hola Kárbiko. no se como habeis interpretados mi comentario: mirar solo quiero decir. 1º- que nunca se práctica la jura que sea ante notario o RC sin que manifieste si va a renunciar o no la nacionalidad anterior que sea pais que sea pero que hay que manifestarlo,ahora depende del pais,algunos tienen convenio con España de doble nacionalidad y otros no. esto quiero decir si una persona quiere doble nacionalidad y si su pais no tiene convenio de doble nacionalidad con España pues a esta persona no le dan la española hasta que renuncie espresamente de su nacionalidad anterior. 2º- quiero decir en cualquier pais sea pais que sea,para que este pais da su nacionalidad a una persona te preguntan si va o no renunciar de su nacionalidad anterior que no es solo España que hace esta pregunta sino se hecen en todo el mundo. 3º- que es imprescindible la pregunta,si una persona va o no renunciar a su nacionalidad anterior cuando esta persona quiere la nacionalidad de otro pais.
"Tener la doble nacionalidad
¿Qué implicaciones tiene la doble nacionalidad?
La concurrencia de dos nacionalidades en una misma persona tiene como consecuencia la existencia de un doble vínculo jurídico. La persona con doble nacionalidad es, a un tiempo, nacional de dos países, gozando de la plena condición jurídica de nacionales de ambos Estados.
Sin embargo, esto no quiere decir que estas personas puedan estar sometidas simultáneamente a las legislaciones de ambos países sino que, por el contrario, se articulan medios para "dar preferencia a una de las nacionalidades" a la persona con doble nacionalidad para, de esta manera, tener un punto de referencia en lo relativo a las relaciones ciudadano-estado.
Para ello, la mayor parte de los convenios de doble nacionalidad toma el domicilio como punto de referencia, de tal manera que los ciudadanos con doble nacionalidad no estarán sometidos de forma constante a ambas legislaciones, sino sólo a la del país en el que tengan fijado su domicilio. Esto será aplicable para cuestiones tales como el otorgamiento de pasaporte, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones militares.
¿Cómo obtener la doble nacionalidad?
La doble nacionalidad se obtiene al acceder a la española teniendo alguna de las citadas en la seccion tipos de nacionalidad o accediendo a éstas teniendo la española, al no existir la obligación de renunciar a la nacionalidad preexistente.
¿Qué nacionalidades es posible compartir con la española?
No es necesario que renuncien a su nacionalidad quienes fueran naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Se consideran países iberoamericanos a estos efectos aquéllos en los que el español o el portugués sean una de las lenguas oficiales.
A efectos de adquirir la doble nacionalidad Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana no se consideran iberoamericanos mientras que Puerto Rico sí se considera iberoamericano."
El resto de países es obligatorio que renuncien a su otra nacionalidad para adquirir la española, supongo que le pedirán un certificado de renuncia de su antigua nacionalidad para poder proceder a la inscripción como español. no estoy seguro ya que no es mi caso.
Espero que quede claro el tema de la doble nacionalidad.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
En España no es necesario renunciar a las otras nacionalidades, sino que solamente se exige DECLARAR ante el Registro Civil español que se renuncia a ellas.Dex escribió:En Alemana tienes que aportar documentación de tu consulado para demostrar que has renunciado tu anterior nacionalidad. Sin eso no es posible adquirir la nacionalidad alemana. Otros países como Australia o Suiza prefieren que sus ciudadanos tenga más nacionalidades y de hecho en Australia te lo facilitan... si renuncias la nacionalidad australiana porque otro país donde pides nacionalidad te lo exige, podrás volver a adquirir la nacionalidad australiana después de renunciarla en un plazo de menos de 3 meses y sin ningún requisito.
Por supuesto, esta declaración no surte efectos ante otros países. No es necesario renunciar en forma efectiva a ninguna nacionalidad para obtener la española.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
De momento la versión que hay de inforeg es la misma desde que se empezaron a recibir los expedientes a través de él...
De momento no se sabe cuándo comenzarán las inscripciones, pues depende de que se habiliten las opciones necesarias en ese programa.
De momento no se sabe cuándo comenzarán las inscripciones, pues depende de que se habiliten las opciones necesarias en ese programa.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Creo que ya lo tengo claro:
Tienes que DECLARAR que renuncias la nacionalidad de origen.
Pero en realidad no tienes que hacer nada mas....
Lo declaras y asi lo dejas como esta. Y mientras usas tu identidad española en España todo sigue en regla.
Tienes que DECLARAR que renuncias la nacionalidad de origen.
Pero en realidad no tienes que hacer nada mas....
Lo declaras y asi lo dejas como esta. Y mientras usas tu identidad española en España todo sigue en regla.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Lo único que queda claro es que tú estás equivocado, y pegando informaciones del sitio del Ministerio de Justicia solamente lograrás confundirte y confundir a los demás.chechoalex82 escribió: El resto de países es obligatorio que renuncien a su otra nacionalidad para adquirir la española, supongo que le pedirán un certificado de renuncia de su antigua nacionalidad para poder proceder a la inscripción como español. no estoy seguro ya que no es mi caso.
Espero que quede claro el tema de la doble nacionalidad.
Aquí te copio textual de una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Ellos son quienes te otorgan la nacionalidad y por lo tanto poco importa la opinión del juez de tu registro, de los funcionarios, y mucho menos nuestra opinión:
RESOLUCIÓN 17 de septiembre de 2007,
BOE núm. 258 Sábado 27 octubre 2007 43835
http://www.boe.es/boe/dias/2007/10/27/p ... -43835.pdf
" …la renuncia a la nacionalidad anterior que exige el artículo 23.b) del Código civil como requisito de validez de la adquisición de la nacionalidad española ha sido interpretada por la doctrina oficial de esta Dirección General como un mero requisito formal de «declaración de la renuncia[/size]», con independencia de los efectos que tal declaración pueda desplegar para el Ordenamiento jurídico extranjero respectivo, es decir, al margen de que dicha renuncia produzca o no de «iure» la pérdida de la nacionalidad a la que se declara renunciar, ya que lo contrario implicaría subordinar la adquisición de la nacionalidad española a la concepción propia sobre la nacionalidad del Derecho extranjero (vid. Resolución de 24 de septiembre de 1971).
Esta consideración meramente formal de la «declaración de renuncia» exigida por el artículo 23 del Código civil ha llevado a algunos autores a abogar por la derogación del requisito, derogación que el legislador español ha acogido, si bien limitadamente para los supuestos de recuperación de la nacionalidad española previamente perdida (cfr. art. 26 C.c., en su redacción dada por Ley 36/ 2002, de 8 de octubre)...."
Por si lo anterior no te quedó claro, te copio el texto del artículo relevante del código civil:
Artículo 23
Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a) Que el mayor de catorce años, y capaz para prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.
b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Como le siguen dando al renunciar o no renunciar a la nacionalidad anterior,por favor...
¿por que no se hace un subforo al respecto y se quedan mas contentos?
yo no renuncie a la mia ante el notario y ya esta,
hay paises que tienen convenios y otros que no,
a mi me interesa mas saber cuando van a arreglar el programa de M....a para que hagan las inscripciones de una vez por todas y que nos den lo que nos corresponde despues de esperar 4 años de aqui para alla!
¿por que no se hace un subforo al respecto y se quedan mas contentos?
yo no renuncie a la mia ante el notario y ya esta,
hay paises que tienen convenios y otros que no,
a mi me interesa mas saber cuando van a arreglar el programa de M....a para que hagan las inscripciones de una vez por todas y que nos den lo que nos corresponde despues de esperar 4 años de aqui para alla!
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola
por favor dejar de hablar del tema de renunciar creo si estas en espana tienes que vivir como los espanoles
si quieres tu nacionalidad quedate con ella y no pides nacionalidad espanola.....cada pais tiene sus leyes
Aqui no no te obligan a ser espanol :¡: antes
de pedir nacionalidad espanola mira bien los requisitos y las condiciones de ser espanol
por favor dejar de hablar del tema de renunciar creo si estas en espana tienes que vivir como los espanoles
si quieres tu nacionalidad quedate con ella y no pides nacionalidad espanola.....cada pais tiene sus leyes
Aqui no no te obligan a ser espanol :¡: antes
de pedir nacionalidad espanola mira bien los requisitos y las condiciones de ser espanol
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Estoy de acuerdo con nagev...bravoooooooo!!!!
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Estimado Javier2749c pues creo que aquí el único confundido eres tu, yo lo tengo muy claro que hay paises que tienen que declarar que renuncian a su nacionalidad y otros no y creo que pongo cosas directamente del MJ porque ellos son los que llevan ésto y los que ponen las reglas del juego y el texto explica perfectamente que países están en el convenio de doble nacionalidad con España y cuales países no, lo cual era la duda de otros compañeros.Javier2749c escribió:
Lo único que queda claro es que tú estás equivocado, y pegando informaciones del sitio del Ministerio de Justicia solamente lograrás confundirte y confundir a los demás.
Aquí te copio textual de una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Ellos son quienes te otorgan la nacionalidad y por lo tanto poco importa la opinión del juez de tu registro, de los funcionarios, y mucho menos nuestra opinión:
RESOLUCIÓN 17 de septiembre de 2007,
BOE núm. 258 Sábado 27 octubre 2007 43835
http://www.boe.es/boe/dias/2007/10/27/p ... -43835.pdf
" …la renuncia a la nacionalidad anterior que exige el artículo 23.b) del Código civil como requisito de validez de la adquisición de la nacionalidad española ha sido interpretada por la doctrina oficial de esta Dirección General como un mero requisito formal de «declaración de la renuncia[/size]», .....
Lo único que hice fue aclarar que países tenían que renunciar y cuales no ya que había dudas sobre cuales y creo que quedó más que claro; ahora, el otro comentario mio "El resto de países es obligatorio que renuncien a su otra nacionalidad para adquirir la española, supongo que le pedirán un certificado de renuncia de su antigua nacionalidad para poder proceder a la inscripción como español. no estoy seguro ya que no es mi caso." , si leíste y entendiste bien, es una opinión personal y así lo hice saber .., por lo cual no sé si es simplemente un formalismo o no q declares que renuncias a la nacionalidad o bien si es necesario hacerlo y que te piden un comprobante, son dos temas muy diferentes.
Así que no veo a qué vienen tus comentarios además que los haz hecho de una manera un poco inadecuada y creo que con lo que haz puesto solo has aclarado que es un formalismo, así que excelente para los que tienen que declarar obligatoriamente que renuncian a su nacionalidad porque bien como tu dices es solo un formalismo y así en realidad no tendrán que hacerlo.
No veo por qué varios compañeros arremeten contra otros y contra varios administradores como Karbico y otros, si aquí simplemente lo que se hace es tratar de ayudar desinteresadamente y resolver dudas que todos tenemos sobre los diferentes temas.
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Estoy deacuerdo totalmente contigo creo que se está saliendo un poco del tema ya que éste tema es de juras ante notario y no del de doble nacionalidad.nagev escribió:Como le siguen dando al renunciar o no renunciar a la nacionalidad anterior,por favor...
¿por que no se hace un subforo al respecto y se quedan mas contentos?
....
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
quien me podria esplicar como puedo pedir cita en madrid ante un notario y cuanto hay q pagar gracias
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Aqui lo tienes:
http://www.parainmigrantes.info/como-ha ... taria-213/
Ahh y es completamente gratuito!!
Buena Suerte, en este paso final!
Andrés
http://www.parainmigrantes.info/como-ha ... taria-213/
Ahh y es completamente gratuito!!
Buena Suerte, en este paso final!
Andrés
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Primero, el titulo de este forro es 'Juras ante Notarios'... en este contexto lo que se firma el día de la jura (como renunciar o no renunciar y lo que significa) es directamente relevante.
Lo que no entiendo es como algunos piensan que el sistema de los registros civiles o inscripción de nacimiento tiene más que ver que lo que se firma el día de la jura. Por favor que dejen de exagerar. Si algo no lo ves interesante, no lo leas. Ademas ya hace tiempo que no hay novedades sobre el INFOREG.
Lo que no entiendo es como algunos piensan que el sistema de los registros civiles o inscripción de nacimiento tiene más que ver que lo que se firma el día de la jura. Por favor que dejen de exagerar. Si algo no lo ves interesante, no lo leas. Ademas ya hace tiempo que no hay novedades sobre el INFOREG.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Saludos a todos! Hoy he ido a las 6:45pm a la cita de la jura en el colegio de notarios de Alicante, todo muy organizado y muy amables. Han dicho q en 2 o 3 meses tendremos nuestros registros. Hay q esperar a ver q pasa y como evoluciona este ultimo paso. Algo muy importante no esperen a q les envien el correo con la fecha y hora, ya q nunca me llego. Pasadas 48 horas de enviar la solucitud he llamado y me la han dado para 10 dias despues
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Lilian14 |
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Bueno, ya he recibido cita para jurar en el Colegio Notarial de Madrid.
He pedido cita el 28 de Junio y me dan cita para el 30 de Julio, y como ya han mencionado otros, por lo menos en Madrid, el tiempo de espera total puede llegar a ser un mes.
Parece ser que ya se esta empezando a descongestionar el atasco inicial que habia en las primeras semanas, y seguramente los que pidan o pidieron cita en Julio (Madrid) podran jurar sin problemas mediados de Septiembre despues de las vacaciones.
Ya os contare si hay algun detalle fuera de lo habitual con la jura y todo el posproceso.
Animo a todos y paciencia.
He pedido cita el 28 de Junio y me dan cita para el 30 de Julio, y como ya han mencionado otros, por lo menos en Madrid, el tiempo de espera total puede llegar a ser un mes.
Parece ser que ya se esta empezando a descongestionar el atasco inicial que habia en las primeras semanas, y seguramente los que pidan o pidieron cita en Julio (Madrid) podran jurar sin problemas mediados de Septiembre despues de las vacaciones.
Ya os contare si hay algun detalle fuera de lo habitual con la jura y todo el posproceso.
Animo a todos y paciencia.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola amigos si alguien me puede responde a mis dudas se lo agradecería mucho.
el caso es que recién regrese de vacaciones y me entero de que ya se puede jurar en las notarias ,
Mi madre tiene concedida la nacionalidad desde febrero y tiene cita para jurar el 18 de diciembre de 2013
yo quería saber si ella podía cancelar esa cita y pedir en la notaria para jurar antes
me han dicho algo de un código que debe tener, pero en las cartas que ella tiene no hay ningún código y en como va lo mio de la web del MJ tampoco le sale ningún código .
:¿: por favor díganme donde puedo encontrar en dichoso código o a donde tengo que ir para que se lo den
Muchas gracias de antemano y suerte para todos.
el caso es que recién regrese de vacaciones y me entero de que ya se puede jurar en las notarias ,
Mi madre tiene concedida la nacionalidad desde febrero y tiene cita para jurar el 18 de diciembre de 2013
yo quería saber si ella podía cancelar esa cita y pedir en la notaria para jurar antes
me han dicho algo de un código que debe tener, pero en las cartas que ella tiene no hay ningún código y en como va lo mio de la web del MJ tampoco le sale ningún código .
:¿: por favor díganme donde puedo encontrar en dichoso código o a donde tengo que ir para que se lo den
Muchas gracias de antemano y suerte para todos.
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Hizaray |
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola
Si no tienes el CSV ,seguramente sea porque no esta incluida en el plan intensivo, y pertenezca a tramites de nacionalidad mas antiguos , como del 2009 o 2010 , en todo caso lo mejor seria que llames al ministerio de justicia!
Saludos !
Si no tienes el CSV ,seguramente sea porque no esta incluida en el plan intensivo, y pertenezca a tramites de nacionalidad mas antiguos , como del 2009 o 2010 , en todo caso lo mejor seria que llames al ministerio de justicia!
Saludos !
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
buenos dias, hoy he jurado en el colegio de notarios de madrid.
a las 9am.
ha ido todo muy bien, primero en la puerta comprueban la cita y los datos. y luego te hacen esperar para alguna de las salas.
una vez que pasas a las salas, haces una especia de prejura donde se comprueban los datos y luego ya para dentro de la sala.
esperan a que sean suficientes y el notario llama de a uno en uno, le lee unas pocas fraces y te hace firmar.
luego te da la mano y ya puedes marcharte.
Por cierto no dan copias de las juras, pero si pides te dan un justificante de que has ido al colegio de notarios a jurar la nacionalidad.
a las 9am.
ha ido todo muy bien, primero en la puerta comprueban la cita y los datos. y luego te hacen esperar para alguna de las salas.
una vez que pasas a las salas, haces una especia de prejura donde se comprueban los datos y luego ya para dentro de la sala.
esperan a que sean suficientes y el notario llama de a uno en uno, le lee unas pocas fraces y te hace firmar.
luego te da la mano y ya puedes marcharte.
Por cierto no dan copias de las juras, pero si pides te dan un justificante de que has ido al colegio de notarios a jurar la nacionalidad.
Exp: R-132xxx/2012 - Madrid (Pradillo)
El exp entrado en esta S. General con fecha 14/11/12.
19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
08/04/13 Ent. Policia
09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
25/06/13 Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 25/06/2013
26/07/13 Jura ante Notario Madrid
31/10/2013 DNI y Pasaporte
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gserra |
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19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Ok muchas gracias manugarcia si mi madre es de 2009 ,voy a llamar al MJ a ver que me dicen.manugarcia escribió:Hola
Si no tienes el CSV ,seguramente sea porque no esta incluida en el plan intensivo, y pertenezca a tramites de nacionalidad mas antiguos , como del 2009 o 2010 , en todo caso lo mejor seria que llames al ministerio de justicia!
Saludos !
Spoiler
Hizaray |
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a todos,
Tengo concedida la nacionalidad desde febrero 2013,
Estaba esperando la llamada de RC para darme una cita para jurar pero nada de eso..
Al final decidí hacer la jura por notario. El 04/07 rellene el formulario y 6 días después juré ante notario de mi barrio
A mi dieron copia de documento de jura pagando 3 eur,
Bueno, el notario me comento que lo antes posible me llegara la partida de nacimiento por email! .. Así que a día de hoy sigo esperando.
¿¿Alguien sabe cuando se emite la partida después de jurar ante notario? no es lógico que si juras en el RC te la dan el mismo día y se lo haces en notario tardara mucho!!!!
Por ultimo, en la web COMO VA LO MIO la fecha de concesión de mi nacionalidad era en Febrero 2013, pero después de Jurar ante notario aparece la fecha de la jura en Julio !!! Alguna explicación por favor, gracias de antemano.
Saludos
Tengo concedida la nacionalidad desde febrero 2013,
Estaba esperando la llamada de RC para darme una cita para jurar pero nada de eso..
Al final decidí hacer la jura por notario. El 04/07 rellene el formulario y 6 días después juré ante notario de mi barrio
A mi dieron copia de documento de jura pagando 3 eur,
Bueno, el notario me comento que lo antes posible me llegara la partida de nacimiento por email! .. Así que a día de hoy sigo esperando.
¿¿Alguien sabe cuando se emite la partida después de jurar ante notario? no es lógico que si juras en el RC te la dan el mismo día y se lo haces en notario tardara mucho!!!!
Por ultimo, en la web COMO VA LO MIO la fecha de concesión de mi nacionalidad era en Febrero 2013, pero después de Jurar ante notario aparece la fecha de la jura en Julio !!! Alguna explicación por favor, gracias de antemano.
Saludos
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HasBox |
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Importante Noticia sobre inscripcion de juras e inicio de Envio de Partidas via Telemática
Información aportada por Carlos Pinget
Información aportada por Carlos Pinget
Hola, buenos días a todos.
He llamado hoy 26 de julio al Registro Civil de Barcelona al teléfono 934 120 474 y tras mucho intentarlo (comunica sistemáticamente) me atendió una funcionaria muy amable.
Me dijo que el sistema para la inscripción está siendo instalado y que probablemente la semana próxima ya esté funcionando.
Intenté a ver si podía llevar el acta de jura ante Notario pero me dijo que no la pueden tomar; que como bien sabemos, es remitida telemáticamente. Saludos.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
@ HasBox:
leete el hilo y veras que tus preguntas han sido respondidas varias veces.....
leete el hilo y veras que tus preguntas han sido respondidas varias veces.....
Exp: R-132xxx/2012 - Madrid (Pradillo)
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola...
Vamos a dar una primicia en el foro, no sea que luego aparezca algún que otro anunciando que la dan en su web......
La semana que viene, por fin, nos van a actualizar la versión de INFOREG a la 3.3.1.0 a la 3.7.1.0.
Supongo,.. que con esta versión recibiremos EN FORMA DE AVALANCHA
Vamos a dar una primicia en el foro, no sea que luego aparezca algún que otro anunciando que la dan en su web......
La semana que viene, por fin, nos van a actualizar la versión de INFOREG a la 3.3.1.0 a la 3.7.1.0.
Supongo,.. que con esta versión recibiremos EN FORMA DE AVALANCHA
NO resuelvo consultas usando Mensajes Privados
Antes de preguntar,utiliza la búsqueda: Seguramente ya está resuelta en el foro.
La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola!
A mi también me comentaron en mi RC que en breve iban a actualizar la versión INFOREG. Espero que con la nueva actualización se agilicen los trámites y haya mas transparencia.
Saludos
A mi también me comentaron en mi RC que en breve iban a actualizar la versión INFOREG. Espero que con la nueva actualización se agilicen los trámites y haya mas transparencia.
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Ojala asi sea! y que esta ultima semana de agosto lo actualizan,asi nos quedamos mas tranquilos! Ahora la pregunta es...se aburriran luego en el foro sin que estemos preguntando cosas a cada rato cuando ya tengamos nuestros pasaportes en la mano? Igual podemos meternos al foro a saludarlos :)No soy muy creyente,pero cada dia que pasa miro al cielo a ver si al fin podemos ser los nuevos españoles!
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola a todos
Que buena noticia !!! La prisa no es por presumir de DNI ni Pasaporte, tampoco es una cuestión de que nos sintamos inferiores queriendo acceder a un "nivel superior"
Solo se trata de acceder a una serie de derechos y obligaciones que nos permite vivir tranquilos !!
Gracias por la noticia Karbiko!
Que buena noticia !!! La prisa no es por presumir de DNI ni Pasaporte, tampoco es una cuestión de que nos sintamos inferiores queriendo acceder a un "nivel superior"
Solo se trata de acceder a una serie de derechos y obligaciones que nos permite vivir tranquilos !!
Gracias por la noticia Karbiko!
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Gracias Kárbiko y andresmerinov profesoralex por sus buenas noticias!!! haber si pueden empezar a inscribir las juras ante notario.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
hola nuevamente estoy por aquí, ayer viernes fui a jurar ante notario, me atendieron pronto por lo que fui con un menor, hoy revise en como va lo mio y aparece la fecha cambiada, antes aparecía concedida en abril y ahora en junio y no julio, no se el xq del cambio,, espero saber si a alguien mas le ha pasado eso y esperar cuando me mandan notificación para ir al RC para ir por el registro
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Estaba escribiendo este mensaje y lo dejé a la mitad para acabarlo luego y, debí darle a publicarse sin darme cuenta,.... por lo que quedó a medias....
Supongo,.. que con esta versión recibiremos (seguro que EN FORMA DE AVALANCHA), ...
Seguía asi:
Supongo,.. que con esta versión recibiremos (seguro que EN FORMA DE AVALANCHA), las constancias de los actos de juramento que se han hecho en notarías...
¿Qué tendremos que hacer con ellas?? Pues, deberemos ir aprendiendo cómo se resuelven...
Se supone que tendremos que acceder a una web en la que tendremos que recibir esa formación...
Entre otras cosas, habrá que ver qué es lo que han hecho en las notarías, sobre todo en lo que respecta a los datos de los nombres y apellidos.... porque.... :
- ¿a alguno de los que ha jurado en la notaría le han indicado que su nombre tiene que modificarlo por no ser aceptado por la legislación española?
- O teniendo un sólo apellido en su país, ¿ha tenido que aportar el certificado de nacimiento de su madre para comprobar el apellido que le corresponde?
- ¿a alguien de los países cuyo nombre es compuesto con el patronímico le han indicado que en el cuerpo principal del acta de nacimiento han de ponerlo y que luego se puede eliminar en la marginal de la adquisición de la nacionalidad usando la marginal 108 correspondiente a la nacionalización con cambio de nombre/apellidos?
... - etc..
¿Se han hecho con los datos que habéis puesto, sin hacer ninguna otra comprobación?
Es que no he visto ningún mensaje en que alguien haya comentado esas dudas..., que si se plantean en los RC... (quizás porque si sabemos lo que dice la LRC y el RRC y a las notarías no les han dado instrucción sino de como rellenar el formulario...) No se...
Además, en muchos sitios los compañeros salen de vacaciones el día 1, y posiblemente se irán estando aún en ese periodo de formación, ... con lo cual el proceso con esta nueva aplicación será más lento en esos RC ...
Así que, sabiendo que está la aplicación y que lo que falta es que llegue el turno a tu inscripción, no hará falta que os acerquéis a preguntar cuando te van a tener la inscripción, ... porque vosotros no lo veis, pero en un proceso como éste que requiere concentración para no cometer errores, si se está interrumpiendo al personal, se comenten.... Y si los cometemos, tu inscripción no estará hasta posteriormente 2 o 3 meses en que se rectifique ese error, porque hay que abrir un expediente y hay que cumplir unos pasos hasta que el Juez dicte la resolución que permite la rectificación.
Por tanto, un poco de paciencia que irán saliendo y, parece ser (ahora lo veremos) que os llegarán a través del email que habéis indicado en el acto de la jura.
Supongo que si hay algún tipo de duda en el acta de la notaría, se os llamará para poder solventarla...
¿Ha quedado claro, verdad?
Como decían el Aquí no hay quien viva,....:
Un poquito de por favor....
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Aveces pregunto porque nos hacen pasa por todo estos procesos que no son útiles para verificar nada. Por lo menos se que en mi país aunque uno era asesino, puede saca un certificado policial limpio traducido, legalizado incluso por embajada de España. Entonces pregunto no hubiera ser mas valido el antecedente penales de aquí en primer lugar en vez de hacernos perder tiempo y dinero que no sirve para verifica nada. Los mismo digo sobre las partidas de nacimiento de país de origen al menos en mi país y lo que todo esto procesos de pedir estos ´documentos inútiles´ y sus nuevos condiciones es promociona corrupción en los países de origen por desgracia.
Si hay algo claro en lo que decía Karbiko, es que no les van a hacerlo fácil para los notario y que yo entiendo porque los de RCs están asi sobretodo últimamente. El ministerio tienes que poner su casa en orden y así podemos avanza un poco mas en todo esto proceso..
Paciencia amigos, todo llegara.. sin miedo!
Si hay algo claro en lo que decía Karbiko, es que no les van a hacerlo fácil para los notario y que yo entiendo porque los de RCs están asi sobretodo últimamente. El ministerio tienes que poner su casa en orden y así podemos avanza un poco mas en todo esto proceso..
Paciencia amigos, todo llegara.. sin miedo!
Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Karbico,
A mi para jurar me han obligado a llevarles la partida de nacimiento de mi madre para que me pongan el segundo apellido,
Otra duda que tengo es que: mi apellido en mi partida de nacimiento de mi pais de origen tiene un guion o sea es algo parecido a esto: EL-ARABI, pero tanto en mi nie como en mi pasaporte y en toda mi documentación excepto la partida de nacimiento esta en lugar del guion hay un espacio , es decir, asi: EL ARABI,
yo le comente al notario que quería que en mi partida haya el guion y me ha dicho algo asi como que no puede ser porque no lo permite la ley, y no sé si tiene razón o no.
A mi para jurar me han obligado a llevarles la partida de nacimiento de mi madre para que me pongan el segundo apellido,
Otra duda que tengo es que: mi apellido en mi partida de nacimiento de mi pais de origen tiene un guion o sea es algo parecido a esto: EL-ARABI, pero tanto en mi nie como en mi pasaporte y en toda mi documentación excepto la partida de nacimiento esta en lugar del guion hay un espacio , es decir, asi: EL ARABI,
yo le comente al notario que quería que en mi partida haya el guion y me ha dicho algo asi como que no puede ser porque no lo permite la ley, y no sé si tiene razón o no.
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Re: Noticia: Se plantea que las juras se hagan ante los notarios
Hola Kárbiko.- En primer lugar agradecerte por la información, seguidamente quería comentarte algo, estoy 100% seguro que las juras en las Notarías os van a representar más de un quebradero de cabeza. Lo digo porque usualmente el Notario se ha enfocado en la Jura en si misma, más que a ver los temas de apellidos y nombres de acuerdo a la legislación vigente.
Quizá los que hemos nacido en países del Sur de América, no les provocaremos mayores problemas porque los nombres y apellidos tienen mucho similitud con la forma de los nombres en España: uno o dos nombre + apellido paterno y materno.
Saludos y gracias de nuevo.
Quizá los que hemos nacido en países del Sur de América, no les provocaremos mayores problemas porque los nombres y apellidos tienen mucho similitud con la forma de los nombres en España: uno o dos nombre + apellido paterno y materno.
Saludos y gracias de nuevo.
Ewing Jesús
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