Reforma de los Registros Civiles.
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Reforma de los Registros Civiles.
JUSTICIA ULTIMA LA REFORMA DE LOS REGISTROS CIVILES
Córdoba, a 15 de septiembre de 2.009 i‚¡Buenos dias, compañer@s!
El secretario de Estado, Juan Carlos Campo, afirma que estamos en el "momento idóneo para impulsar con firmeza y de modo definitivo su transformación".
Publicado el 11-09-2009 , por Victoria Martinez-Vares. Santander
http://www.expansion.com/2009/09/11/fun ... 51625.html
Juan Carlos Campo, secretario de Estado de Justicia, anunció este jueves en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que desde el Ministerio se está ultimando la modificación de la normativa reguladora del Registro Civil ya que, según indicó, "es el momento idóneo para impulsar con firmeza y de modo definitivo su transformación". En el transcurso de la inauguración del curso Las TIC (Tecnologias de la información y la comunicación) en la Justicia del Futuro, organizado por la Fundación Telefónica, en colaboración con la Fundación para la Magistratura y la Fundación Wolters Kluwer, Campo afirmó que para acometer este cambio cuentan con "el compromiso institucional y con la necesaria financiación". Al respecto, indicó que la reforma pretende crear un Registro Civil único y telemático, con una base de datos alimentada desde cualquier punto del territorio asi como desde las oficinas consulares. "Será un registro de personas, no de hechos, en el que cada ciudadano tendrá asignado un número de identificación y una clave de usuario que le permitirá operar con el Registro".
Sin embargo, reconoció que aún estando próximo en el tiempo "esto es todavia futuro". De momento, está previsto instalar en las sedes de los registros terminales electrónicos que permitan a los ciudadanos comunicarse con el Registro Civil, aliviando la actual carga de trabajo y agilizando la tramitación de procedimientos como los de nacionalidad o matrimonio. No quiso pronunciarse el secretario de Estado sobre qué operadores juridicos serán los encargados de gestionar el Registro Civil ya que, manifestó, esa es una cuestión que "tendrán que decidir las Cámaras". Sin embargo, en el transcurso de la jornada, el presidente de la Sala Quinta del Supremo, Ángel Calderón, abogó por desligar al Poder Judicial de los Registros al objeto de "recuperar a los jueces" que sirven en ellos para funciones jurisdiccionales ante la escasa ratio de jueces por habitante que existe en España.
En cuanto a la necesidad de implantar las nuevas tecnologias en la Justicia, los ponentes coincidieron en señalar que es un objetivo a alcanzar aunque algunos como el fiscal del Supremo, Antonio del Moral, señalaron que "aun siendo imprescindibles, las TIC no pueden hacernos olvidar lo esencial".
En su opinión, "la eficiencia a toda costa no sirve en la Justicia" y advirtió de que "no se puede sentenciar a destajo" porque iria en detrimento de la calidad.
Interconexión de juzgados
El secretario de Estado de Justicia aprovechó también su intervención para anunciar que en un mes firmarán los "convenios oportunos con el Consejo del Poder Judicial (CGPJ) y con la Fiscalia para poner en marcha el Esquema de Interoperabilidad" que interconectará los juzgados entre si. Estos convenios se firmarán también con las CCAA con competencias de Justicia transferidas, posiblemente en la Conferencia Sectorial que se celebrará en octubre. Por otra parte, Juan Carlos Campo avanzó que el Ministerio está a punto de poner en marcha en la Audiencia Nacional una experiencia para que el papel deje de ser el soporte prioritario en este órgano. Esta actuación afectará en un primera fase al orden penal, es decir, a los Juzgados Centrales de Instrucción, la Sala de lo Penal y el Juzgado Central Penal de la Audiencia Nacional. Este cambio, insistió, "supondrá la implantación de protocolos organizativos adecuados a la nueva forma de trabajo y un redimensionamiento de los recursos". En este sentido, la presidenta de la Fundación Wolters Kluwer, Rosalina Diaz Valcárcel, puso de relieve que "la efectiva implantación de las TIC en la Justicia supondrá emprender un camino que transforme radicalmente este servicio público para garantizar su eficacia".
Javier Nadal, vicepresidente de la Fundación Telefónica, anunció que en breve presentarán un libro que recogerá un informe sobre Justicia y TIC.
Mensajes creibles para convencer
Tanto el vocal del CGPJ, Antonio Montserrat, como el decano de los jueces de Valencia, Pedro Luis Viguer, apuntaron a que la carrera
judicial es resistente al cambio, pero también señalaron que ello es fruto de la información sensible que manejan. Por ello, ambos reclamaron
la necesidad de que la modernización de la Administración de Justicia lleve aparejado un buen plan de comunicación para transmitir las
ventajas del cambio "con mensajes creibles y que convenzan".
Córdoba, a 15 de septiembre de 2.009 i‚¡Buenos dias, compañer@s!
El secretario de Estado, Juan Carlos Campo, afirma que estamos en el "momento idóneo para impulsar con firmeza y de modo definitivo su transformación".
Publicado el 11-09-2009 , por Victoria Martinez-Vares. Santander
http://www.expansion.com/2009/09/11/fun ... 51625.html
Juan Carlos Campo, secretario de Estado de Justicia, anunció este jueves en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que desde el Ministerio se está ultimando la modificación de la normativa reguladora del Registro Civil ya que, según indicó, "es el momento idóneo para impulsar con firmeza y de modo definitivo su transformación". En el transcurso de la inauguración del curso Las TIC (Tecnologias de la información y la comunicación) en la Justicia del Futuro, organizado por la Fundación Telefónica, en colaboración con la Fundación para la Magistratura y la Fundación Wolters Kluwer, Campo afirmó que para acometer este cambio cuentan con "el compromiso institucional y con la necesaria financiación". Al respecto, indicó que la reforma pretende crear un Registro Civil único y telemático, con una base de datos alimentada desde cualquier punto del territorio asi como desde las oficinas consulares. "Será un registro de personas, no de hechos, en el que cada ciudadano tendrá asignado un número de identificación y una clave de usuario que le permitirá operar con el Registro".
Sin embargo, reconoció que aún estando próximo en el tiempo "esto es todavia futuro". De momento, está previsto instalar en las sedes de los registros terminales electrónicos que permitan a los ciudadanos comunicarse con el Registro Civil, aliviando la actual carga de trabajo y agilizando la tramitación de procedimientos como los de nacionalidad o matrimonio. No quiso pronunciarse el secretario de Estado sobre qué operadores juridicos serán los encargados de gestionar el Registro Civil ya que, manifestó, esa es una cuestión que "tendrán que decidir las Cámaras". Sin embargo, en el transcurso de la jornada, el presidente de la Sala Quinta del Supremo, Ángel Calderón, abogó por desligar al Poder Judicial de los Registros al objeto de "recuperar a los jueces" que sirven en ellos para funciones jurisdiccionales ante la escasa ratio de jueces por habitante que existe en España.
En cuanto a la necesidad de implantar las nuevas tecnologias en la Justicia, los ponentes coincidieron en señalar que es un objetivo a alcanzar aunque algunos como el fiscal del Supremo, Antonio del Moral, señalaron que "aun siendo imprescindibles, las TIC no pueden hacernos olvidar lo esencial".
En su opinión, "la eficiencia a toda costa no sirve en la Justicia" y advirtió de que "no se puede sentenciar a destajo" porque iria en detrimento de la calidad.
Interconexión de juzgados
El secretario de Estado de Justicia aprovechó también su intervención para anunciar que en un mes firmarán los "convenios oportunos con el Consejo del Poder Judicial (CGPJ) y con la Fiscalia para poner en marcha el Esquema de Interoperabilidad" que interconectará los juzgados entre si. Estos convenios se firmarán también con las CCAA con competencias de Justicia transferidas, posiblemente en la Conferencia Sectorial que se celebrará en octubre. Por otra parte, Juan Carlos Campo avanzó que el Ministerio está a punto de poner en marcha en la Audiencia Nacional una experiencia para que el papel deje de ser el soporte prioritario en este órgano. Esta actuación afectará en un primera fase al orden penal, es decir, a los Juzgados Centrales de Instrucción, la Sala de lo Penal y el Juzgado Central Penal de la Audiencia Nacional. Este cambio, insistió, "supondrá la implantación de protocolos organizativos adecuados a la nueva forma de trabajo y un redimensionamiento de los recursos". En este sentido, la presidenta de la Fundación Wolters Kluwer, Rosalina Diaz Valcárcel, puso de relieve que "la efectiva implantación de las TIC en la Justicia supondrá emprender un camino que transforme radicalmente este servicio público para garantizar su eficacia".
Javier Nadal, vicepresidente de la Fundación Telefónica, anunció que en breve presentarán un libro que recogerá un informe sobre Justicia y TIC.
Mensajes creibles para convencer
Tanto el vocal del CGPJ, Antonio Montserrat, como el decano de los jueces de Valencia, Pedro Luis Viguer, apuntaron a que la carrera
judicial es resistente al cambio, pero también señalaron que ello es fruto de la información sensible que manejan. Por ello, ambos reclamaron
la necesidad de que la modernización de la Administración de Justicia lleve aparejado un buen plan de comunicación para transmitir las
ventajas del cambio "con mensajes creibles y que convenzan".
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Buenas,
¿Alguien sabe en qué fase está esto? Ha pasado más de un año...
Gracias
¿Alguien sabe en qué fase está esto? Ha pasado más de un año...
Gracias
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Si hablásemos de Hacienda ya estaria hecho hace tiempo.Pilar Murillo escribió:Buenas,
¿Alguien sabe en qué fase está esto? Ha pasado más de un año...
Gracias
Pero estamos en Justicia.
Y, además, en España.
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Cuando se apruebe la reforma,... tardará en entrar en vigor 2 años..
O sea. como minimo para antes de 2013-2014 nadita.....
Dice la Disposición Final Séptima. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los dos años de su publicación en el Boletin Oficial del Estado.
O sea, que todavia lloverá...
O sea. como minimo para antes de 2013-2014 nadita.....
Dice la Disposición Final Séptima. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los dos años de su publicación en el Boletin Oficial del Estado.
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Con un poco de retraso, gracias a todos! La prensa ha ido comentando que ya habian enviado el Proyecto al Congreso, pero en la web del congreso, no está todavia, o sea, que no hay tramitación oficial.
Y si es como dice Kárbiko, largo me lo fiais, Sancho....
Y si es como dice Kárbiko, largo me lo fiais, Sancho....
Re: Reforma De Los Registros Civiles
¿Alguien sabe quienes seran los encargados de los nuevos Registros Civiles? ¿Se va a crear un cuerpo nuevo, unos Registradores Civiles? ¿O se lo darán, como se oye, a los Secretarios Judiciales? muchas gracias
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Según la ley en proyecto, que todavía no ha determinado por cierto - y probablemente lo dejará para un Reglamento o, incluso, un Decreto del Gobierno Central - qué funcionarios podrán trabajar en los RC, los nuevos Encargados serán: bien Funcionarios de los Cuerpos A del Ministerio de Justicia, bien Secretarios Judiciales, en este caso sólo en servicios especiales (no como destinos ordinarios).
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Muchas gracias, osea,... ¿que no se va a crear un cuerpo nuevo al que se pueda acceder vía oposición?
¿Alguien podría decirme si, con la nueva Ley del Registro Civil, se va a crear una oposición para ser encargado del Registro Civil?
Gracias por responder
¿Alguien podría decirme si, con la nueva Ley del Registro Civil, se va a crear una oposición para ser encargado del Registro Civil?
Gracias por responder
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- Registrado: 17 Jul 2008, 22:48
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Suponemos que, de momento, eso sólo lo saben el Sr. Caamaño y sus allegados más próximos en el Ministerio.
El común de los mortales no poseemos información alguna al respecto.
El común de los mortales no poseemos información alguna al respecto.
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Mirad este enlace por si os sirve de ayuda.
http://noticias.juridicas.com/articulos ... 35214.html
Un saludo
http://noticias.juridicas.com/articulos ... 35214.html
Un saludo
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Acabo de leer una noticia en la página de CCOO , parezco Urdazi, de que con la nueva ley piensan amortizar 3.000 puestos de trabajo y que estan recogiendo firmas para impedirlo. Pero luego me entero de que sindicatos y gobierno tienen pactada una bajada de pantalones, digo de sueldo para después de las elecciones.
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Lo de las firmas es cierto porque la pasada semana recibimos por fax el impreso de recogida de firmas para que se remitan de nuevo por fax. En cuanto al segundo extremo tambén oí simplemente comentarios y cuando el río suena....
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Va a haber un plan para estabilizar el euro que va a exigir nuevos recortes generales en la mayoría de los países de la Unión Europea, como el aprobado por el gobierno de Zapatero en enero y que taaaanto gustó en Bruselas.
De forma que el peligro de otro 5% vuelve a ondear sobre nuestras cabezas.
Personalmente, viendo el pésimo uso que se hace del personal en esta Administración y la falta del cumplimiento del horario por parte de la mayoría de los compañeros, yo no estoy de acuerdo con apoyar este tipo de campañas contra la amortización de plazas en Justicia (que realmente sobran si se gestionasen bien los recursos que se tienen) si luego no se pone el mismo o mayor interés en luchar por que no se nos siga rebajando el salario. La última huelga por este último motivo no la hizo casi ni Dios. No puede ser que se nos pague como a obreros por estar las plantillas infladas. Y lo están, aunque ya sé que la mayoría discreparéis de mí...
De forma que el peligro de otro 5% vuelve a ondear sobre nuestras cabezas.
Personalmente, viendo el pésimo uso que se hace del personal en esta Administración y la falta del cumplimiento del horario por parte de la mayoría de los compañeros, yo no estoy de acuerdo con apoyar este tipo de campañas contra la amortización de plazas en Justicia (que realmente sobran si se gestionasen bien los recursos que se tienen) si luego no se pone el mismo o mayor interés en luchar por que no se nos siga rebajando el salario. La última huelga por este último motivo no la hizo casi ni Dios. No puede ser que se nos pague como a obreros por estar las plantillas infladas. Y lo están, aunque ya sé que la mayoría discreparéis de mí...
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
En absoluto, una vez más , estoy totalmente de acuerdo contigo. Lo que realmente hace falta es una reordenación de efectivos. Lo que no puede ser, es que mientras unos llegamos al tajo a las 7'30 , salimos a las tres y volvemos alguna tarde, como es mi caso, otros vengan dos horas más tarde. Por no mencionar otros sitios , clínica forense y demás donde directamente el funcionario mira todo el día y sin contarse ni un pelo, se pasa la mañana a la puerta de su oficina, charlando con los de seguridad.
Pero qué sindicato le pone el cascabel a ese gato?
El pasado día 11 se inauguraban los nuevos juzgados , con la visita de Conde Pumpudo ... los sindicatos tenían previsto hacer una pitada... que suspendieron en cuanto el Consejero les dijo que hablaría con ellos sobre las 80 euros que nos acaba de quitar. Solo se hacen huelgas por dinero , que no digo yo que esté mal , pero no es lo único que debe de cambiar.
Pero qué sindicato le pone el cascabel a ese gato?
El pasado día 11 se inauguraban los nuevos juzgados , con la visita de Conde Pumpudo ... los sindicatos tenían previsto hacer una pitada... que suspendieron en cuanto el Consejero les dijo que hablaría con ellos sobre las 80 euros que nos acaba de quitar. Solo se hacen huelgas por dinero , que no digo yo que esté mal , pero no es lo único que debe de cambiar.
Re: Reforma De Los Registros Civiles
Vaya, al final parece que la llevanza del nuevo Registro civil se la van a encomendar a los secretarios judiciales y/o a los funcionarios del subgrupo A1;en las enmmiendas de los distintos partidos politicos nadie ha discutido este punto, prgunto ¿no era una pautas fundamentales de la nueva Ley quitar esta carga alos juzgados? ¿los Secretarios judiciales no forman parte de los juzgados?. Así va España colegas
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
En esta función no trabajarían dentro de ningún Juzgado, sino con competencia propia y exclusiva, no teniendo como superior más que al Ministerio de Justicia (órgano administrativo).
Mi twitter y mi Telegram: @abuelo333
Re: Reforma De Los Registros Civiles
Gracias abuelo. te agradeceria que me mantengas informado sobre el tema (estoy esperando a ver si sacaran plazas para ser "Registrador civil", aunque parece que va a ser que no). Gracias nuevamente y un saludo.
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
Os cuelgo la propuesta del Ministerio de Justicia respecto a la próxima entrada en vigor de la Ley 20/2011.
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Re: Reforma De Los Registros Civiles
http://sindicato-staj.blogspot.com/2017 ... istro.html
STAJ
Modificación Ley 20/2011, del REGISTRO CIVIL
STAJ
Modificación Ley 20/2011, del REGISTRO CIVIL
El Ministerio facilita a las CCAA y las organizaciones sindicales el texto de la propuesta de modificación.
Una vez analizado el documento presentado por el Ministerio, puede resumirse en los siguientes puntos fundamentales:
• El Registro civil permanece dentro de la Administración de Justicia, pero sin jueces.
• Los Letrados A.J. serán los Encargados del nuevo Registro Civil.• Los puestos de trabajo de las Oficinas Generales del registro civil sólo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
• Se mantiene el modelo organizativo previsto en la Ley de 2011: una Oficina Central y al menos una Oficina General en cada Comunidad Autónoma.
• Se elimina de la ley el límite máximo de 3 Oficinas Generales por Comunidad Autónoma, que preveía la Ley de 2011. Corresponde a éstas y al Ministerio de Justicia, en sus respectivos ámbitos, el diseño, creación y organización de las oficinas generales.
• El mapa actual del Registro Civil con sus 431 oficinas sólo se mantiene hasta que se desarrolle definitivamente la aplicación tecnológica para la implantación del folio único personal. A partir de ese momento, sólo permanecerán las oficinas que decidan Ministerio y Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos, como Oficinas Generales de Registro Civil, con sus correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo.
• Los Juzgados de Paz mantienen igualmente sus funciones actuales de Registro civil, sólo hasta que se implante definitivamente la aplicación tecnológica. A partir de ahí sólo tendrán funciones de recepción de solicitudes y documentación.
Los Jueces de Paz podrán también celebrar matrimonios (posibilidad introducida en la reforma de 2015). En esto tampoco hay cambios.
Una vez conocido el texto, se confirman las sospechas que teníamos desde STAJ: Si bien se confirma que la intención del Ministerio es mantener el Registro Civil dentro de la Administración de Justicia, la organización que del mismo hace la Ley de 2011 mediante unas pocas Oficinas Generales, apenas se altera a medio- largo plazo.
Queda, por tanto, a la decisión que al respecto adopten las Comunidades Autónomas y el Ministerio en sus respectivos ámbitos el número de Oficinas Generales con que contará el futuro Registro Civil.
Del mismo modo, las competencias de los Juzgados de Paz serán meramente auxiliares y residuales, por no decir que insignificantes. Así, lo único verdaderamente novedoso con respecto a la Ley de 2011 es que el Registro Civil permanecerá dentro de la Administración de Justicia y servido por funcionarios de Justicia, con los Letrados AJ como Encargados, y que ya no serán como máximo 3 oficinas en cada Comunidad Autónoma sino todas las que cada Comunidad Autónoma o Ministerio decidan (una sólo, o varias).
En consecuencia, tampoco se garantiza el mantenimiento de todos los puestos de trabajo que actualmente se dedican a Registro Civil, ni siquiera una hipotética o futura adscripción a otros órganos o a otras tareas, lo cual encierra una amortización de plazas encubierta que el Ministerio no nos dice.Desde STAJ hemos estado advirtiendo de los peligros de la Ley de 2011 desde que esta ley estaba en tramitación.
Ahora todos se sorprenden y se alarman, pero lo fundamental de la organización del Registro Civil ya estaba desde sus orígenes y por ello STAJ siempre se opuso a la aprobación de esta ley y después ha pedido con insistencia su derogación, al menos en lo referente a la organización y estructura del Registro civil.
En la siguiente tabla puede verse cuál era la estructura original del Registro civil, y cuáles son las novedades previstas en la propuesta que ahora hace el Ministerio de Justicia. Redacción original Ley 2011 Propuesta Ministerio 2017 Derecho aplicable Se siguen practicando los asientos en la forma prevista en la ley de 1957 (libros y secciones) únicamente en los libros que no estén digitalizados.
Se siguen practicando los asientos en la forma prevista en la ley de 1957 hasta que la aplicación tecnológica para el folio único esté completamente implantada. Tipos de Oficinas Oficina Central y Oficinas Generales, además de las consulares. Igual. Número de Oficinas Una Central y una Oficina General por Comunidad Autónoma. Puede crearse otra más por cada 500.000 habitantes.
Y excepcionalmente otras tres como máximo por Comunidad Autónoma, por razón de la singular distribución de la población o características del territorio. Igual pero no hay límite en cuanto al número de Oficinas Generales, pudiendo crearse una por cada 500.000 habitantes, y también, por razón de la singular distribución de la población o características del territorio, las que cada CCAA considere oportuno.
Registros civiles exclusivos. Desaparecen. Pero inicialmente se convierten en Oficinas Generales. Posteriormente podrán suprimirse como tales, siendo obligatorio únicamente que exista una Oficina General por CCAA.
Juzgados que compatibilizan funciones de Registro Civil. Dejan de tener funciones de Registro Civil. Dejan de tener funciones de Registro Civil.Transitoriamente, hasta que se implante aplicación tecnológica para folio único, mantienen sus competencias y su demarcación actuales.
Posteriormente, dependerá de la decisión de Ministerio y CCAA conforme a lo expresado anteriormente.
Juzgados de Paz Dejan de tener funciones de Registro Civil, salvo para mera recepción de solicitudes y documentos.
Jueces de Paz pueden celebrar matrimonios. Dejan de tener funciones de Registro Civil, salvo para mera recepción de solicitudes y documentos.
Jueces de Paz pueden celebrar matrimonios.Hasta que se implante la aplicación tecnológica para folio único, mantienen sus competencias y su demarcación actuales. Posteriormente, dependerá de la decisión de Ministerio y CCAA conforme a lo expresado anteriormente.
Personal de las Oficinas.Puestos de trabajo de las RPTs. Preferencia para ser ocupados por Funcionarios de Justicia, que pasan a situación de prestación de servicio en otra Administración. Los que no obtengan puesto en las Oficinas, se reordenarán a plazas vacantes de otros juzgados o fiscalías de la misma localidad.
Interinos cesan pues desaparecen todos los puestos. Las Oficinas de Registro Civil Central y Generales sólo pueden cubrirse por funcionarios de Justicia.
Reforma no prevé nada más, por lo que una vez se creen las Oficinas, si sobra personal será reordenado a otros puestos vacantes, conforme a las normas establecidas al efecto por la LOPJ y el Reglamento de Ingreso. Los interinos cesan si desaparecen sus puestos. STAJ no acepta ahora, como tampoco aceptó en 2011, este modelo de estructura de Registro Civil, aunque se mantenga en la Administración de Justicia. Así lo hemos expresado al Ministerio en las alegaciones presentadas antes de disponer el texto, y así lo reiteraremos en las que presentemos en los próximos días.
STAJ apuesta por un Registro Civil que mantenga oficinas en todos los partidos judiciales y en los Juzgados de Paz, con plenas competencias y con reconocimiento de las funciones que en la materia realizamos los funcionarios de Justicia.
STAJ, 28-02-20172017 febrero 28 Boletin STAJ Reforma Registro Civil.Una vez analizado el documento presentado por el Ministerio, puede resumirse en los siguientes puntos fundamentales:
• El Registro civil permanece dentro de la Administración de Justicia, pero sin jueces.
• Los Letrados A.J. serán los Encargados del nuevo Registro Civil.• Los puestos de trabajo de las Oficinas Generales del registro civil sólo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
• Se mantiene el modelo organizativo previsto en la Ley de 2011: una Oficina Central y al menos una Oficina General en cada Comunidad Autónoma.
• Se elimina de la ley el límite máximo de 3 Oficinas Generales por Comunidad Autónoma, que preveía la Ley de 2011. Corresponde a éstas y al Ministerio de Justicia, en sus respectivos ámbitos, el diseño, creación y organización de las oficinas generales.
• El mapa actual del Registro Civil con sus 431 oficinas sólo se mantiene hasta que se desarrolle definitivamente la aplicación tecnológica para la implantación del folio único personal. A partir de ese momento, sólo permanecerán las oficinas que decidan Ministerio y Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos, como Oficinas Generales de Registro Civil, con sus correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo.
• Los Juzgados de Paz mantienen igualmente sus funciones actuales de Registro civil, sólo hasta que se implante definitivamente la aplicación tecnológica. A partir de ahí sólo tendrán funciones de recepción de solicitudes y documentación.
Los Jueces de Paz podrán también celebrar matrimonios (posibilidad introducida en la reforma de 2015). En esto tampoco hay cambios.
Una vez conocido el texto, se confirman las sospechas que teníamos desde STAJ: Si bien se confirma que la intención del Ministerio es mantener el Registro Civil dentro de la Administración de Justicia, la organización que del mismo hace la Ley de 2011 mediante unas pocas Oficinas Generales, apenas se altera a medio- largo plazo.
Queda, por tanto, a la decisión que al respecto adopten las Comunidades Autónomas y el Ministerio en sus respectivos ámbitos el número de Oficinas Generales con que contará el futuro Registro Civil.
Del mismo modo, las competencias de los Juzgados de Paz serán meramente auxiliares y residuales, por no decir que insignificantes. Así, lo único verdaderamente novedoso con respecto a la Ley de 2011 es que el Registro Civil permanecerá dentro de la Administración de Justicia y servido por funcionarios de Justicia, con los Letrados AJ como Encargados, y que ya no serán como máximo 3 oficinas en cada Comunidad Autónoma sino todas las que cada Comunidad Autónoma o Ministerio decidan (una sólo, o varias).
En consecuencia, tampoco se garantiza el mantenimiento de todos los puestos de trabajo que actualmente se dedican a Registro Civil, ni siquiera una hipotética o futura adscripción a otros órganos o a otras tareas, lo cual encierra una amortización de plazas encubierta que el Ministerio no nos dice.Desde STAJ hemos estado advirtiendo de los peligros de la Ley de 2011 desde que esta ley estaba en tramitación.
Ahora todos se sorprenden y se alarman, pero lo fundamental de la organización del Registro Civil ya estaba desde sus orígenes y por ello STAJ siempre se opuso a la aprobación de esta ley y después ha pedido con insistencia su derogación, al menos en lo referente a la organización y estructura del Registro civil.
En la siguiente tabla puede verse cuál era la estructura original del Registro civil, y cuáles son las novedades previstas en la propuesta que ahora hace el Ministerio de Justicia. Redacción original Ley 2011 Propuesta Ministerio 2017 Derecho aplicable Se siguen practicando los asientos en la forma prevista en la ley de 1957 (libros y secciones) únicamente en los libros que no estén digitalizados.
Se siguen practicando los asientos en la forma prevista en la ley de 1957 hasta que la aplicación tecnológica para el folio único esté completamente implantada. Tipos de Oficinas Oficina Central y Oficinas Generales, además de las consulares. Igual. Número de Oficinas Una Central y una Oficina General por Comunidad Autónoma. Puede crearse otra más por cada 500.000 habitantes.
Y excepcionalmente otras tres como máximo por Comunidad Autónoma, por razón de la singular distribución de la población o características del territorio. Igual pero no hay límite en cuanto al número de Oficinas Generales, pudiendo crearse una por cada 500.000 habitantes, y también, por razón de la singular distribución de la población o características del territorio, las que cada CCAA considere oportuno.
Registros civiles exclusivos. Desaparecen. Pero inicialmente se convierten en Oficinas Generales. Posteriormente podrán suprimirse como tales, siendo obligatorio únicamente que exista una Oficina General por CCAA.
Juzgados que compatibilizan funciones de Registro Civil. Dejan de tener funciones de Registro Civil. Dejan de tener funciones de Registro Civil.Transitoriamente, hasta que se implante aplicación tecnológica para folio único, mantienen sus competencias y su demarcación actuales.
Posteriormente, dependerá de la decisión de Ministerio y CCAA conforme a lo expresado anteriormente.
Juzgados de Paz Dejan de tener funciones de Registro Civil, salvo para mera recepción de solicitudes y documentos.
Jueces de Paz pueden celebrar matrimonios. Dejan de tener funciones de Registro Civil, salvo para mera recepción de solicitudes y documentos.
Jueces de Paz pueden celebrar matrimonios.Hasta que se implante la aplicación tecnológica para folio único, mantienen sus competencias y su demarcación actuales. Posteriormente, dependerá de la decisión de Ministerio y CCAA conforme a lo expresado anteriormente.
Personal de las Oficinas.Puestos de trabajo de las RPTs. Preferencia para ser ocupados por Funcionarios de Justicia, que pasan a situación de prestación de servicio en otra Administración. Los que no obtengan puesto en las Oficinas, se reordenarán a plazas vacantes de otros juzgados o fiscalías de la misma localidad.
Interinos cesan pues desaparecen todos los puestos. Las Oficinas de Registro Civil Central y Generales sólo pueden cubrirse por funcionarios de Justicia.
Reforma no prevé nada más, por lo que una vez se creen las Oficinas, si sobra personal será reordenado a otros puestos vacantes, conforme a las normas establecidas al efecto por la LOPJ y el Reglamento de Ingreso. Los interinos cesan si desaparecen sus puestos. STAJ no acepta ahora, como tampoco aceptó en 2011, este modelo de estructura de Registro Civil, aunque se mantenga en la Administración de Justicia. Así lo hemos expresado al Ministerio en las alegaciones presentadas antes de disponer el texto, y así lo reiteraremos en las que presentemos en los próximos días.
STAJ apuesta por un Registro Civil que mantenga oficinas en todos los partidos judiciales y en los Juzgados de Paz, con plenas competencias y con reconocimiento de las funciones que en la materia realizamos los funcionarios de Justicia.
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