Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Buenos dias Karbiko y demas foreros.
Hace ya un mes jure en el RC de Pradillo y como sabia de esto que mencionas en tu mensaje acerca de la competencia del RC de pradillo para hacer la inscripcion de mi hija de 7 años nacida en el extranjero, se lo he comentado a la señorita que me ha atendido en la preparacion de la jura (en donde notifican la concesion de la nacionalidad) y me ha dicho que hasta que no tuviera el DNI, no lo podría hacer.
En fin que creo que ya es tarde para mi.
El tema es que ya tengo el DNI en mis manos y ahora tengo una duda:
Uno de los requisitos es este:
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DEL PROMOTOR/ES (A NOMBRE DE LOS PADRES Y DEL MENOR Y CADUCA A LOS TRES MESES),
Yo no vivo con mi esposa por lo que mi hija y mi esposa están empadronadas en Sevilla la Nueva y yo estoy en Madrid capital,
Entiendo que soy el promotor. Entonces ¿como hago en mi caso?,
El certificado de empadronamiento lo piden A NOMBRE DE LOS PADRES Y DEL MENOR.
Te agradezco por todas y cada unas de tus respuestas en este foro.
Hace ya un mes jure en el RC de Pradillo y como sabia de esto que mencionas en tu mensaje acerca de la competencia del RC de pradillo para hacer la inscripcion de mi hija de 7 años nacida en el extranjero, se lo he comentado a la señorita que me ha atendido en la preparacion de la jura (en donde notifican la concesion de la nacionalidad) y me ha dicho que hasta que no tuviera el DNI, no lo podría hacer.
En fin que creo que ya es tarde para mi.
El tema es que ya tengo el DNI en mis manos y ahora tengo una duda:
Uno de los requisitos es este:
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DEL PROMOTOR/ES (A NOMBRE DE LOS PADRES Y DEL MENOR Y CADUCA A LOS TRES MESES),
Yo no vivo con mi esposa por lo que mi hija y mi esposa están empadronadas en Sevilla la Nueva y yo estoy en Madrid capital,
Entiendo que soy el promotor. Entonces ¿como hago en mi caso?,
El certificado de empadronamiento lo piden A NOMBRE DE LOS PADRES Y DEL MENOR.
Te agradezco por todas y cada unas de tus respuestas en este foro.
Exp: 85xxx/2010 - Madrid
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Entrega Documentacion, Registro Civil Central de Madrid:2/6/2010
Entra MJusticia: 8/10/2010
Entra MJusticia: 8/10/2010
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
buenos días foreros.
Yo ingrese mis papeles para la nacionalidad por opción el día 24 de julio del 2012, el día 24 de Diciembre jure y me dijeron que me iban a mandar para que me hagan la inscripción en Madrid.
Hoy me llega una carta diciendo lo siguiente: El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General con fecha 29/01/2013. Está pendiente de informes solicitados con fecha 09/04/2013), pero lo raro es el porque en la carta me dice su solicitud de nacionalidad española por residencia?, y en la pagina tengo que consultarlo por residencia si yo hice todos los papeles por opción.
Yo ingrese mis papeles para la nacionalidad por opción el día 24 de julio del 2012, el día 24 de Diciembre jure y me dijeron que me iban a mandar para que me hagan la inscripción en Madrid.
Hoy me llega una carta diciendo lo siguiente: El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General con fecha 29/01/2013. Está pendiente de informes solicitados con fecha 09/04/2013), pero lo raro es el porque en la carta me dice su solicitud de nacionalidad española por residencia?, y en la pagina tengo que consultarlo por residencia si yo hice todos los papeles por opción.
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Tendrias que enviar una carta explicando que han cometido, según dices, un error.
¿Tienes copia del acta de opción que firmaste? De ser así, envíala también.
Dirección General de los Registros y del Notariado
Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil
Ministerio de Justicia
Plaza Jacinto Benavente, 3
28012 Madrid
España
¿Tienes copia del acta de opción que firmaste? De ser así, envíala también.
Dirección General de los Registros y del Notariado
Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Buenos dias
Yo queria hacerles una pregunta, o mas bien una aclaracion sobre la nacionalidad española por opcion.
Es con referencia al art. 20 del Codigo Civil, me podrian aclarar que significa exactamente que la opcion caduca a los 20 años de edad si estas emancipado?
Yo queria hacerles una pregunta, o mas bien una aclaracion sobre la nacionalidad española por opcion.
Es con referencia al art. 20 del Codigo Civil, me podrian aclarar que significa exactamente que la opcion caduca a los 20 años de edad si estas emancipado?
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
El art. 20, 2C dice:
c) Por el interesado, por sí solo, si está emancipado o es mayor de dieciocho años. La opción caducará a los veinte años de edad, pero si el optante no estuviera emancipado según su ley personal al llegar a los dieciocho años, el plazo para optar se prolongará hasta que transcurran dos años desde la emancipación.
Este apartado previene el caso en que la mayoria de edad, como ocurre en algunos paises, Argentina, Estados Unidos entre otros, no se produce a los 18 años, sino con otra edad (21 años en los dos casos mencionados) y entonces la posibilidad de optar se mantiene hasta que han pasado dos años desde la emancipación, o sea, pueden optar hasta el día antes de cumplir 23.
c) Por el interesado, por sí solo, si está emancipado o es mayor de dieciocho años. La opción caducará a los veinte años de edad, pero si el optante no estuviera emancipado según su ley personal al llegar a los dieciocho años, el plazo para optar se prolongará hasta que transcurran dos años desde la emancipación.
Este apartado previene el caso en que la mayoria de edad, como ocurre en algunos paises, Argentina, Estados Unidos entre otros, no se produce a los 18 años, sino con otra edad (21 años en los dos casos mencionados) y entonces la posibilidad de optar se mantiene hasta que han pasado dos años desde la emancipación, o sea, pueden optar hasta el día antes de cumplir 23.
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
En Argentina es de 18 años desde hace 4 años. En la mayoría de los Estados Unidos también es de 18. Creo que solamente Honduras mantiene los 21 en este continente.
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Hola Saludos a todos,
Mi historia le denegron la nacionalidad por residencia a mi hija menor de edad. Por lo que he leido por lo extricto del tiempo minimo le faltaban 29 dias al meter los papeles. Somos expedientes2010 -esto para otro topico-
Para este. Ya teniendo aprobada mi nacionaidad --con pre-jura el 8 de julio de este año--, puedo ejercer por opcion para m hija. Supongo que ser mas rapido que solicitarla nuevamente para ella.
Ahora mipregunta, en la Prejura deb decir que voy a ejercerla? Cuando haga la jura tambien? Que documentos debo presentar? Y de cuanto tiempo dispongo desde la jura.
Gracias.
JCB
-- 29 Ene 2014, 13:22 --
Saludos,
Hola NUevamente a todos y Feliz año a los que llevamos ya un tiempoto en el Foro.
Acabo de presentar la solicitud de Nacionalidad por Opcion de mi Hija. Pedimos la cita en Agosto 2013 en la planta baja del Registro Civil Central de Madrid presentando todos los papeles y nos dieron Cita para el 24 de Enero pasado.
Cuando te dan la cita te dan un numero de referencia impreso en un papel o folio, que tienes que colocar en la maquina que hay en planta baja del Registro y que a su vez te da un papelito para luego subir al piso 3 del edificio nuevo. Las citas van rapido y el numero sale de acurdo a tu hora de cita, si te vas temprano te dan un numero bajo pero aun asi te llaman no con la correspondencia de orden numeral de papelito si no por la hora de tu cita.
Cuando te llaman presentas los papeles, en nuetro caso fuimos con nuestra hija y alli la funcionaria recibio los papeles: Planilla de solicitud de nacionalidad por opcion(la que te dan en el registro al pedir la cita) - hay un formato en internet pero solo me aceptaron el que me dieron alli-; el certificado de empadronamiento donde aparezca el menor y los padres - creo que el individual no vale-; la copia del DNI y el NIE de ambos, el NIE de la madre tambien; el certificado de nacimiento apostillado del menor - del pais de origen-; el certificado de nacimiento del progenitor de nacionalidad española; copia del pasaporte de la menor.
Nos informaron que el proceso es mas rápido porque los menores no necesitan demostrar carencia de antecedentes penales, medios de vida, entrevista de integración, etc.
También nos dicen que hay un nuevo sistema para tramitar este tipo de expediente que acelera el proceso y que en dos meses recibiremos un mensaje de texto al móvil donde nos dirá cuando podemos pasar por los certificado de nacimiento español del menor, para hacer los tramites posteriores.
Hasta aquí la información genérica, pero como ven siempre tengo un cuento paralelo así que allí voy.
Cuando aceptan el expediente de nuestra hija nos informan que hay que cambiar el primer nombre. Como sabemos en España es normal llevar un solo nombre o compuestos que se rigen en la época moderna por unas reglas establecidas que los jueces deben hacer cumplir.
Nuestra hija tiene un nombre y un segundo-nombre, así que nos informaron que el nuevo nombre bajo las reglas españolas cambiaría por no cumplir las normas y proponían una solución. EN nuestro caso era cambiar una "LL" por una "L" y cambiar una "Y" por una "I", lo cual no aceptamos. La funcionaria indicó que teníamos tres días para apelar la propuesta del Registro.
Fuimos a la cuarta planta y redactamos una carta a mano con las razones por la cual apelábamos el cambio. Si quieren saberlas me escriben, para no poner mas polémica con este asunto.
Beatriz, una funcionaria del registro tomo nuestro caso y fue a hablar directamente sobre el tema con el Juez. Esperamos un rato y la funcionaria volvió con dos proposiciones intermedias al nombre una Castellana y otra de la raíz francesa. Igual no aceptamos. Luego volvió de hablar con el Juez y el accedió de colocarlo como nombre de fantasía, pero por normativa los dos nombres aparecen como principales en su listado y necesitan unirse por un guión medio "-".
Al acceder no hubo necesidad de la apelación y se redujo el tiempo del proceso y se redacto un nuevo documento de aceptación del expediente con el nombre unido con el guion medio.
Gracias por su lectura.
Un Saludo.
CBJ
Mi historia le denegron la nacionalidad por residencia a mi hija menor de edad. Por lo que he leido por lo extricto del tiempo minimo le faltaban 29 dias al meter los papeles. Somos expedientes2010 -esto para otro topico-
Para este. Ya teniendo aprobada mi nacionaidad --con pre-jura el 8 de julio de este año--, puedo ejercer por opcion para m hija. Supongo que ser mas rapido que solicitarla nuevamente para ella.
Ahora mipregunta, en la Prejura deb decir que voy a ejercerla? Cuando haga la jura tambien? Que documentos debo presentar? Y de cuanto tiempo dispongo desde la jura.
Gracias.
JCB
-- 29 Ene 2014, 13:22 --
Saludos,
Hola NUevamente a todos y Feliz año a los que llevamos ya un tiempoto en el Foro.
Acabo de presentar la solicitud de Nacionalidad por Opcion de mi Hija. Pedimos la cita en Agosto 2013 en la planta baja del Registro Civil Central de Madrid presentando todos los papeles y nos dieron Cita para el 24 de Enero pasado.
Cuando te dan la cita te dan un numero de referencia impreso en un papel o folio, que tienes que colocar en la maquina que hay en planta baja del Registro y que a su vez te da un papelito para luego subir al piso 3 del edificio nuevo. Las citas van rapido y el numero sale de acurdo a tu hora de cita, si te vas temprano te dan un numero bajo pero aun asi te llaman no con la correspondencia de orden numeral de papelito si no por la hora de tu cita.
Cuando te llaman presentas los papeles, en nuetro caso fuimos con nuestra hija y alli la funcionaria recibio los papeles: Planilla de solicitud de nacionalidad por opcion(la que te dan en el registro al pedir la cita) - hay un formato en internet pero solo me aceptaron el que me dieron alli-; el certificado de empadronamiento donde aparezca el menor y los padres - creo que el individual no vale-; la copia del DNI y el NIE de ambos, el NIE de la madre tambien; el certificado de nacimiento apostillado del menor - del pais de origen-; el certificado de nacimiento del progenitor de nacionalidad española; copia del pasaporte de la menor.
Nos informaron que el proceso es mas rápido porque los menores no necesitan demostrar carencia de antecedentes penales, medios de vida, entrevista de integración, etc.
También nos dicen que hay un nuevo sistema para tramitar este tipo de expediente que acelera el proceso y que en dos meses recibiremos un mensaje de texto al móvil donde nos dirá cuando podemos pasar por los certificado de nacimiento español del menor, para hacer los tramites posteriores.
Hasta aquí la información genérica, pero como ven siempre tengo un cuento paralelo así que allí voy.
Cuando aceptan el expediente de nuestra hija nos informan que hay que cambiar el primer nombre. Como sabemos en España es normal llevar un solo nombre o compuestos que se rigen en la época moderna por unas reglas establecidas que los jueces deben hacer cumplir.
Nuestra hija tiene un nombre y un segundo-nombre, así que nos informaron que el nuevo nombre bajo las reglas españolas cambiaría por no cumplir las normas y proponían una solución. EN nuestro caso era cambiar una "LL" por una "L" y cambiar una "Y" por una "I", lo cual no aceptamos. La funcionaria indicó que teníamos tres días para apelar la propuesta del Registro.
Fuimos a la cuarta planta y redactamos una carta a mano con las razones por la cual apelábamos el cambio. Si quieren saberlas me escriben, para no poner mas polémica con este asunto.
Beatriz, una funcionaria del registro tomo nuestro caso y fue a hablar directamente sobre el tema con el Juez. Esperamos un rato y la funcionaria volvió con dos proposiciones intermedias al nombre una Castellana y otra de la raíz francesa. Igual no aceptamos. Luego volvió de hablar con el Juez y el accedió de colocarlo como nombre de fantasía, pero por normativa los dos nombres aparecen como principales en su listado y necesitan unirse por un guión medio "-".
Al acceder no hubo necesidad de la apelación y se redujo el tiempo del proceso y se redacto un nuevo documento de aceptación del expediente con el nombre unido con el guion medio.
Gracias por su lectura.
Un Saludo.
CBJ
R-898xx/2010;
R-865xx/2010;
R-61xx/2011 (menor, de 5 años)
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Spoiler
Entrada Pradillo:Jun2010.Policía:Nov2010
Entrevista en domicilio:Feb 2011.Padres Niño en registro:Dic 2010.Entrada Ministerio Oct2010;Oct2010 y Feb2011.
Nacionalidad Concedida Abr 2013. R-898xx/2010;Jura Jun2013;DNI-Pasp Ago2013
Nacionalidad Negada TR por 15 dias R-865xx/2010 & R-61xx/2011;
Re-Nacionalidad Opcion Menor: Papeles Ene2014;Concedida Mar2014;DNI-Pasp Abr2014
Re-Solicitud Esposa: Entrega papeles Ene2014;EntMJ Abril2015-Exp.R-194xx/2014-0.Policia Jul2015.EnEstudio-Sep15.Concedida Nov15.PreJura 11Ene16.Jura19Ene16
Entrevista en domicilio:Feb 2011.Padres Niño en registro:Dic 2010.Entrada Ministerio Oct2010;Oct2010 y Feb2011.
Nacionalidad Concedida Abr 2013. R-898xx/2010;Jura Jun2013;DNI-Pasp Ago2013
Nacionalidad Negada TR por 15 dias R-865xx/2010 & R-61xx/2011;
Re-Nacionalidad Opcion Menor: Papeles Ene2014;Concedida Mar2014;DNI-Pasp Abr2014
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Es que el nombre unido por guión no lo tenéis que aceptar.
Se pone porque lo indica el art. 192 del Reglamento.
Con respecto a la «negociación» sobre el nombre de la menor, normalmente no se tramita así. Al menos en la mayoría de los registros que conozco. Sería una cosa más o menos así:
Se levante el acta de opción a la nacionalidad de vuestra hija y que se transcriba la inscripción de su nacimiento, en la que figura con ese nombre.
Una vez está hecho, se pasa la documentación al Juez, que dicta una resolución acordando que se practique o que se corrijan los defectos que observe.
Si observa que el nombre que tiene incumple lo dispuesto en el art. 54 de la Ley de RC, entonces acordará -mediante auto fundamentando la decisión- que se requiera a los padres para que designen un nuevo nombre en el plazo de 3 días.
Los padres comparecen y tienen que decir qué nombre indican, pudiendo presentar un recurso contra el acuerdo del juez en el plazo de 30 días desde la notificación del mismo.
De momento se hace la inscripción y se pone como nombre el que sea autorizado,
Si se presenta recurso, se pondrá además una marginal de que el nombre queda pendiente de que éste sea resuelto.
Una vez lo sea, se pone otra que indica si se confirma el nombre impuesto o se cambia por el que los padres pretendían..
Se pone porque lo indica el art. 192 del Reglamento.
Con respecto a la «negociación» sobre el nombre de la menor, normalmente no se tramita así. Al menos en la mayoría de los registros que conozco. Sería una cosa más o menos así:
Se levante el acta de opción a la nacionalidad de vuestra hija y que se transcriba la inscripción de su nacimiento, en la que figura con ese nombre.
Una vez está hecho, se pasa la documentación al Juez, que dicta una resolución acordando que se practique o que se corrijan los defectos que observe.
Si observa que el nombre que tiene incumple lo dispuesto en el art. 54 de la Ley de RC, entonces acordará -mediante auto fundamentando la decisión- que se requiera a los padres para que designen un nuevo nombre en el plazo de 3 días.
Los padres comparecen y tienen que decir qué nombre indican, pudiendo presentar un recurso contra el acuerdo del juez en el plazo de 30 días desde la notificación del mismo.
De momento se hace la inscripción y se pone como nombre el que sea autorizado,
Si se presenta recurso, se pondrá además una marginal de que el nombre queda pendiente de que éste sea resuelto.
Una vez lo sea, se pone otra que indica si se confirma el nombre impuesto o se cambia por el que los padres pretendían..
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Nacionalidad Por Opción: Pasos de la tramitación y Tiempo de duración
Hola Karbico,
Gracias por tu comentario. Al final el proceso duro poco, fui a buscar el certificado de nacimiento de mi hija luego de recibir el mensaje de texto. Fue casi exactamente mes desde que metimos los papeles. Nos dijeron que por el sistema nuevo tardarian unos dos meses, y al final fue solo uno. Tuve que pedir una correccion del certificado de nacimiento porque en el acta transcribieron mal el segundo apellido.
Me lo corrigieron en el momento destruyeron el cerficado anterior y me emitieron otro con una anotacion adicional con la correccion del segundo apellido.
Pedi la cita para sacar el DNI y el pasporte a mi hija. Y cuando fuimos la funcionaria coloco el nombre en el DNI y el pasaporte sin el guion medio(ver mi post anterior). Asi que al final no afecto en nada su nombre original.
Ya tenemos el pasaporte y el DNI de mi hija mucho mas rapido de lo que esperaba.
Ahora estoy en proceso de actualizar en la Agencia tributaria y en la Seguridad Social sus datos con el nuevo numero de DNI.
Ahora nos falta mi señora que sera un expediente 2014.
Gracias por su apoyo, gran trabajo.
JCBVen
Gracias por tu comentario. Al final el proceso duro poco, fui a buscar el certificado de nacimiento de mi hija luego de recibir el mensaje de texto. Fue casi exactamente mes desde que metimos los papeles. Nos dijeron que por el sistema nuevo tardarian unos dos meses, y al final fue solo uno. Tuve que pedir una correccion del certificado de nacimiento porque en el acta transcribieron mal el segundo apellido.
Me lo corrigieron en el momento destruyeron el cerficado anterior y me emitieron otro con una anotacion adicional con la correccion del segundo apellido.
Pedi la cita para sacar el DNI y el pasporte a mi hija. Y cuando fuimos la funcionaria coloco el nombre en el DNI y el pasaporte sin el guion medio(ver mi post anterior). Asi que al final no afecto en nada su nombre original.
Ya tenemos el pasaporte y el DNI de mi hija mucho mas rapido de lo que esperaba.
Ahora estoy en proceso de actualizar en la Agencia tributaria y en la Seguridad Social sus datos con el nuevo numero de DNI.
Ahora nos falta mi señora que sera un expediente 2014.
Gracias por su apoyo, gran trabajo.
JCBVen
R-898xx/2010;
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Entrada Pradillo:Jun2010.Policía:Nov2010
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Re-Solicitud Esposa: Entrega papeles Ene2014;EntMJ Abril2015-Exp.R-194xx/2014-0.Policia Jul2015.EnEstudio-Sep15.Concedida Nov15.PreJura 11Ene16.Jura19Ene16
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