Buenas noches,
Mi marido tiene una tarjeta de familiar residente comunitario que expira en el 2015. Por motivos profesionales, me voy a trasladar a un tercer pais fuera de la UE para trabajar alli como expatriado pero con contrato español por un periodo de un año y quiero que mi marido me acompañe.
¿ Como quedaria su tarjeta ? ¿ Expiraria si esta fuera del pais mas de 6 meses? He leido un comentario en el foro pero era el titular de la tarjeta el que tenia el contrato. ¿ Se puede aplicar lo mismo si es el familiar español que da derecho a la tarjeta el que se desplaza fuera del pais por motivos profesionales?
¿ Habria que notificarlo a Extranjeria?
Gracias por su ayuda.
Estancia fuera de España por motivos profesionales
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- Mensajes: 2
- Registrado: 20 Mar 2014, 22:55
Re: Estancia fuera de España por motivos profesionales
Hola Campala,
A mi entender, si una persona tiene un permiso de residencia en España, ya sea comunitario o no, esta persona no puede estar más de seis meses por año fuera de España o de la UE.
Muchos saludos,
Carmencita
A mi entender, si una persona tiene un permiso de residencia en España, ya sea comunitario o no, esta persona no puede estar más de seis meses por año fuera de España o de la UE.
Muchos saludos,
Carmencita
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- Mensajes: 142
- Registrado: 29 May 2013, 12:57
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- Agradecimiento recibido: 20 veces
Re: Estancia fuera de España por motivos profesionales
No expira si viaja a España el menos una vez al año. Lo puedes leer en el mismo Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero:
http://www.boe.es/boe/dias/2007/02/28/p ... -08566.pdf
Cápitulo V
Artículo 14
Número 3
La vigencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caducará por las ausencias superiores a seis meses en un año. No obstante, dicha vigencia no se verá afectada por las ausencias de mayor duración del territorio español que se acredite sean debidas al cumplimiento de obligaciones militares o, que no se prolonguen más de doce meses consecutivos y sean debidas a motivos de gestación, parto, posparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional, o traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o a un tercer país.
O en la página de la policía:
http://www.policia.es/documentacion/com ... ti_reg.htm
Por cierto que es ilegal sellar o registrar las entradas y salidas de ciudadanos de la Unión y sus familiares de cualquier país.
http://www.boe.es/boe/dias/2007/02/28/p ... -08566.pdf
Cápitulo V
Artículo 14
Número 3
La vigencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caducará por las ausencias superiores a seis meses en un año. No obstante, dicha vigencia no se verá afectada por las ausencias de mayor duración del territorio español que se acredite sean debidas al cumplimiento de obligaciones militares o, que no se prolonguen más de doce meses consecutivos y sean debidas a motivos de gestación, parto, posparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional, o traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o a un tercer país.
O en la página de la policía:
http://www.policia.es/documentacion/com ... ti_reg.htm
Por cierto que es ilegal sellar o registrar las entradas y salidas de ciudadanos de la Unión y sus familiares de cualquier país.
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- Mensajes: 2
- Registrado: 20 Mar 2014, 22:55
Re: Estancia fuera de España por motivos profesionales
Gracias por la respuesta Cenv. A efectos practicos, hay que notificarlo a Extranjeria en algun momento? O como funciona? El otro dia fui a preguntar a la Oficina de Extranjeria que me corresponde y me dijeron que no podia ser, que si estaba fuera mas de 6 meses perdia la tarjeta etc...
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