menor discapacitada

Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Responder

Topic Author
naipes
Mensajes: 3
Registrado: 27 May 2014, 13:40
    unknown unknown

menor discapacitada

Mensaje por naipes »

Hola a todos. Mi hermana ha obtenido la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica, reside en Cuba y nuestro abuelo era español. Tiene dos hijas menores de edad, solicitó la nacionalidad española para las dos y a la mayor se le han dado sin ningún problema, pero la pequeña es discapacitada mental y ha recibido un requerimiento donde le piden que debe aportar Auto de Tutela reconocido ante Juez de Primera Instancia en España. La niña tiene actualmente 16 años (aunque el trámite se inició mucho antes). Mi pregunta es si residiendo fuera de España te pueden solicitar un trámite que solo puede hacerse presencialmente en España, con todo lo que ello implica, o deberían ofrecer alguna alternativa consular o de otro tipo, que no obligue a desplazarse.
Gracias y saludos.

Javier2749c
Mensajes: 3117
Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
Agradecido : 14 veces
Agradecimiento recibido: 187 veces
    unknown unknown

Re: menor discapacitada

Mensaje por Javier2749c »

Supongo que lo que están pidiendo es una declaración de discapacidad por un juez y que la misma tenga validez en España.

Topic Author
naipes
Mensajes: 3
Registrado: 27 May 2014, 13:40
    unknown unknown

Re: menor discapacitada

Mensaje por naipes »

Gracias por responder Javier.
El requerimiento dice textualmente "Auto de tutela ante Juez de Primera Instancia en España".

Me dice mi hermana que en Cuba, al estar los menores de edad bajo la patria potestad de sus padres, no se realizan autos de tutela a los menores discapacitados porque se entiende que al ser menores la tutela la ostentan igualmente los padres.
Declaración de discapacidad sí, pero entiendo que si piden un auto de tutela no se refieren al hecho de demostrar una discapacidad.

En todo caso, yo me pregunto por una parte si no prevalece el hecho de ser menor al de ser discapacitada y por otra, no deberían contar con alguna opción consular que no obligue a viajar a los residentes fuera de España para hacer un trámite al que tienen derecho?

En el Consulado de La Habana es muy difícil hacer cualquier gestión o consulta presencialmente, los que te atienden no tienen información ni te explican nada y te remiten a una página web que no aclara casos particulares como este. ¿Qué me recomendáis?
¿Hay alguna explicación para este requerimiento?

Yo estuve mirando y en alguna parte he visto que a partir de los 14 años los menores deben consentir (o algo parecido) cuando optan por la nacionalidad. ¿Será por esto?

Aunque en realidad lo que creo es que están poniendo obstáculos para ver si mi hermana se cansa y desiste. No será la primera vez.

Javier2749c
Mensajes: 3117
Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
Agradecido : 14 veces
Agradecimiento recibido: 187 veces
    unknown unknown

Re: menor discapacitada

Mensaje por Javier2749c »

De la tutela en general

Artículo 222

Estarán sujetos a tutela:

1.º Los menores no emancipados que no estén bajo la patria potestad.
2.º Los incapacitados, cuando la sentencia lo haya establecido.
3.º Los sujetos a la patria potestad prorrogada, al cesar ésta, salvo que proceda la curatela.
4.º Los menores que se hallen en situación de desamparo.

Javier2749c
Mensajes: 3117
Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
Agradecido : 14 veces
Agradecimiento recibido: 187 veces
    unknown unknown

Re: menor discapacitada

Mensaje por Javier2749c »

Si tu hermana obtiene una sentencia de incapacidad, en todo caso habría que darle validez en España a esa sentencia mediante exequatur. No necesita trasladarse a España.
Espero que alguien con conocimiento pueda darte su opinión, porque requerir exequatur de una sentencia de incapacidad extranjera no me parece lógico.

Por cierto, esto es lo que dice el código civil en lo que refiere a la opción por la nacionalidad.
Artículo 20
1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
2. La declaración de opción se formulará:
a) Por el representante legal del optante, menor de catorce años o incapacitado. En este caso la opción requiere autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del declarante, previo dictamen del Ministerio Fiscal. Dicha autorización se concederá en interés del menor o incapaz.

Es decir que se requiere tramitar en el consulado un expediente de autorización previo a la opción cuando se trata de un menor de 14 o de un incapaz.

Topic Author
naipes
Mensajes: 3
Registrado: 27 May 2014, 13:40
    unknown unknown

Re: menor discapacitada

Mensaje por naipes »

Perdona Javier, pero sigue sin quedarme claro. La niña tiene de 16 años y es discapacitada, pero se encuentra bajo la patria potestad de sus padres (como todos los menores que no están en situación de desamparo, sean discapacitados o no), por lo tanto no veo la necesidad del auto de tutela hasta que no cumpla la mayoría de edad. Por otro lado, yo creo que si quisieran una declaración de discapacidad la pedirían tal cual y no un auto de tutela, que entiendo son dos procedimientos diferenciados con consecuencias legales distintas. ¿No te parece?
Gracias por tu respuesta y amabilidad.
Responder
  • Temas similares
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje

Volver a “Dudas Generales sobre Nacionalidad”