Hola buenas:
Usando el buscador del foro no he encontrado respuestas específicas para esta duda que me corroe
También he de decir que he recurrido al todopoderoso y omnipresente "San Google", el que casi siempre me deriva a sitios en los que logro despejar mis incógnitas, sin embargo esta vez no ha sido posible y lejos de hacerlo me he quedado con mas dudas aún si cabe........ ......
El año pasado gracias a ese "ente" superior que iluminó a nuestro gran ministro Gallardón y su archifamoso plan intensivo de nacionalidad, logré obtener por fin mi deseada y justa creo yo, nacionalidad española por residencia (después de una década viviendo el estilo de vida ibérico).
Gracias a la crisis que azota este pais y que dicho sea de paso, no quiere irse, me tendré que ir yo y convertirme nuevamente en un inmigrante por segunda vez. Voy a intentar buscarme la vida en algun pais de la UE, ya que tengo familiares viviendo por esos lares. Casi casi por casualidad en una de esas tertulias de parque de infantes con un paisano mio, me enteré que las personas que han obtenido la nacionalidad por residencia PUEDEN PERDERLA, si por ejemplo viviendo en el extranjero pasan TRES AÑOS sin usarla, es decir ante la ley no todos somos iguales, porque si un español de origen viaja a la cochinchina y vive allí hasta que se muere sin hacer ningún trámite con su nacionalidad española, nunca la va a perder (si me equivoco que alguien me corriga por favor); sin embargo los que la han obtenido por residencia y que no han renunciado a la de su origen (en mi caso por ser de origen latinoamericano) tienen que "usarla" de algún modo.
Imaginemos por un momento que decido ir a Suiza, y como buen ciudadano, respetuoso de las leyes (como siempre he sido) voy y me inscribo en el consulado español este año 2014, gracias a la gracia divina encuentro trabajo y me quedo a radicar por tiempo indefinido en las tierras de "Heidi y el abuelito", resulta que pasan los años y en el 2023 (que es cuando se me caducan el DNI y pasaporte español) decido ir al consulado a renovarlo ? .....que me dirán, que he perdido la nacionalidad ? ..... si la respuesta hipotéticamente es "SI".... que debería haber hecho ? inscribirme todos los años? o pasados tres años volver a inscribirme ? o hacer algo más ? como qué ?
Sin embargo barajo otra opción en mi aburrida vida y es la de volver a mi pais de origen y con la "desinteresada" ayuda de un familiar mio convertirme en seguidor del Atlético, es decir autónomo (sufridor) y poner un pequeño chiringuito ....en este caso que tendría que hacer ? ....lo mismo que si me fuera a un pais de la UE ? o cambiaría en algo la situación ?
Sigo siendo usuario de este foro porque sé que hay gente que trabaja en los Registros civiles y que son los que dominan el "patio", las respuestas estarán a la altura y asi lograré que, de una vez por todas mis dudas sean desterradas para siempre....... y colorín colorado este cuento ha petado.
Muchas gracias a quien(es) se dignen en despejar las dudas de este servidor.
Pérdida de nacionalidad española por residencia
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Pérdida de nacionalidad española por residencia
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Re: Pérdida de nacionalidad española por residencia
Si te vas a vivir a Suiza, (o donde sea), date de alta en el Registro de Matrícula del Consulado de España en ese país.
A partir de ese momento, recibirás en tu domicilio la documentación necesaria para poder votar -como ciudadano español- en las elecciones que se convoquen y que esté permitido que lo hagan los españoles ausentes... (por ejemplo, no puedes votar al alcalde de tu pueblo, porque ya no resides en España..)
Cuanto te llegue esa documentación, vas el día de votaciones al Consulado y ejerces tu derecho al voto. Aunque sea con un sobre vacío.
Pero ese es un acto que haces utilizando tu nacionalidad española y, por tanto, no pasa el tiempo que haría que perdieses la nacionalidad ... si en lugar de la española utilizases la nacionalidad que tenías antes de adquirir la española (cuestión que no creo que ocurra en Suiza,... aunque si a muchos hispano-cubanos que se han ido a Miami y que seguramente si usan allá la cubana porque les dan ayudas y prestaciones como tales y no como españoles, y, además, como no se han registrado en el Consulado, posiblemente si que pierdan la nacionalidad española).
A partir de ese momento, recibirás en tu domicilio la documentación necesaria para poder votar -como ciudadano español- en las elecciones que se convoquen y que esté permitido que lo hagan los españoles ausentes... (por ejemplo, no puedes votar al alcalde de tu pueblo, porque ya no resides en España..)
Cuanto te llegue esa documentación, vas el día de votaciones al Consulado y ejerces tu derecho al voto. Aunque sea con un sobre vacío.
Pero ese es un acto que haces utilizando tu nacionalidad española y, por tanto, no pasa el tiempo que haría que perdieses la nacionalidad ... si en lugar de la española utilizases la nacionalidad que tenías antes de adquirir la española (cuestión que no creo que ocurra en Suiza,... aunque si a muchos hispano-cubanos que se han ido a Miami y que seguramente si usan allá la cubana porque les dan ayudas y prestaciones como tales y no como españoles, y, además, como no se han registrado en el Consulado, posiblemente si que pierdan la nacionalidad española).
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Pérdida de nacionalidad española por residencia
La pérdida de la nacionalidad española por uso exclusivo de la nacionalidad a la que se declaró renunciar al adquirir la española no te afecta, ya que no declaraste renunciar a tu nacionalidad al obtener la española.
Lo que si te afectaría, por lo menos en la actual interpretación del Ministerio de Justicia es si adquirieras una nacionalidad de un tercer país (que no fuera iberoamericano, Portugal, etc). En ese caso sí perderías la nacionalidad española, aunque es claro que ello no era la voluntad del legislador.
De todos modos, es válido el consejo de kárbiko. Registrarse en el consulado, votar, y usar el pasaporte español siempre que sea posible.
Y recordar la dirección y teléfono del consulado de Francia por si ocurriera alguna catástrofe y requirieras ayuda consular
Spoiler
Artículo 25
1. Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:
a) Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieren declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
1. Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:
a) Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieren declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
De todos modos, es válido el consejo de kárbiko. Registrarse en el consulado, votar, y usar el pasaporte español siempre que sea posible.
Y recordar la dirección y teléfono del consulado de Francia por si ocurriera alguna catástrofe y requirieras ayuda consular
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Re: Pérdida de nacionalidad española por residencia
Yo estoy precisamente en ese caso.... soy nacionalizado español por opción y vine hace 5 años a Suiza, y me he inscrito en la matrícula consular al llegar, también he inscrito a mi hija que ha nacido aquí en Suiza, así que eso lo consideraría como usar la nacionalidad, no? (mi hija ya hace mas de tres años que nació) y siempre he votado aunque lo he hecho enviando el voto a Barcelona. Y bueno, claro está que aquí en Suiza vivo por la nacionalidad española porque la guatemalteca aquí no pinta nada para poder trabajar. Según entonces entiendo no hay ningún problema en que la pierda a menos que opte por la nacionalidad suiza.
He visto que hay jaleo en Inglaterra por la gente nacionalizada española que opta por el pasaporte británico y que no cuela lo del acta de convervación de la nacionalidad por no ser españoles de origen. Si yo optara por la nacionalidad suiza pierdo la nacionalidad española? Hay un vacío legal aquí?
Gracias por vuestra ayuda.
He visto que hay jaleo en Inglaterra por la gente nacionalizada española que opta por el pasaporte británico y que no cuela lo del acta de convervación de la nacionalidad por no ser españoles de origen. Si yo optara por la nacionalidad suiza pierdo la nacionalidad española? Hay un vacío legal aquí?
Gracias por vuestra ayuda.
Re: Pérdida de nacionalidad española por residencia
Podrias declarar tu voluntad de conservar la nacinalidad española aunque no seas español de origen ya que la DGRN asi lo expreso.surferboyllover escribió: ↑24 Feb 2020, 10:22 Si yo optara por la nacionalidad suiza pierdo la nacionalidad española? Hay un vacío legal aquí?
Consulta DGRN sobre quién puede conservar/recuperar nacionalidad española ¿sólo los de origen o también naturalizados?
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