Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?

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iresu
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Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?

Mensaje por iresu »

2003 - Boliviano casado en Bolivia con ciudadana (Boliviano-Italiano), residencia habitual de ambos en España en régimen Comunitario.
2011 - Boliviano obtiene doble Nacionalidad por residencia (Boliviano-Español), presentó los papeles de casado en el trámite de la nacionalidad pero no llego a inscribir el matrimonio en el Registro Civil Central.
2013 - Se divorcian y sale sentencia de divorcio, tramitado todo en Bolivia
2014 - El nacionalizado quiere volver a casarse en España con Española, lo que hace es:
- Va al registro Civil de Madrid y le dicen que debe inscribir su divorcio en el Registro Civil Central para que le concedan la capacidad Matrimonial y que tiene que hacer un exequatur. Pero no se ha inscrito el Matrimonio anterior.
- Va al registro Civil Central y le dicen que no es necesario, que solo lleve la sentencia legalizada y otros papeles.

Consulta:
¿Hay que hacer el exequatur?
¿Cuánto tarda este trámite?

gracias
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kárbiko
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Re: Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?

Mensaje por kárbiko »

Si. Tienes que obtener el reconocimiento de esa sentencia (exequátur)

¿Cuánto tarda? Depende del Juzgado en el que toque....
En mi ciudad hay 2. En uno de ellos puede tardar unos 3-4 meses. En el otro,.... ummm, ummmmm..... ni se sabe...

Y después de eso, hay que inscribir ese matrimonio y esa Sentencia extranjera de divorcio.
Pero mejor, mírate este otro mensaje en el que cuento lo que hacemos en estos casos en el RC de mi municipio.
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