Soy nacida en Logroño en 1983. Mis padres solicitaron el traslado el Registro Civil del domicilio y cuando obtuve mi D.N.I. hicieron constar correctamente como lugar de nacimineto Logroño .
El error viene que al contraer matrimonio y practicarse dicha inscripcion en el Registro Civil de Rincón de Soto (La rioja) se cometió el error de poner como lugar de nacimineto el de Rincón de Soto.
He iniciado expediente de rectificación de error ante el Registro Civil de Calahorra (La Rioja) y me han denegado la rectificación, ya que segun dicho Registro Civil el lugar de nacimiento de una persona es aquel en el que está inscrito. Creo que desconocen que antes de 1991 nadie podía inscribir a sus hijos en las localidades donde vivían y que fue precisamente la modificación del artículo 16 en su punto el que a partir de Julio de 1991 los padres, cumpliendo los requisitos exigidos en el artículo 68 del Reglamento del Registro Civil , podían inscribir a sus hijos en el domicilio en que ellos residen .
Yo estoy convencida de que soy natural de Logroño, aunque la inscripción de mi nacimiento cosnte en otro lugar, pero hay quien opina lo contrario y lo que podía solucionarse facilmente me va a llevar mucho tiempo puesto que no me dan más opción que recurrir a la Dirección General de Registros y del Notariado.
Error en inscripcion de matrimonio respecto al lugar de nacimiento de los conyuges
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Re: Error en inscripcion de matrimonio respecto al lugar de nacimiento de los conyuges
Tienes toda la razón. En Calahorra están confundiendo un traslado hecho en virtud del art. 20 de la Ley del Registro Civil con lo dispuesto en su art. 16.2 que se refiere a inscripciones de nacimiento practicadas dentro de plazo en el registro del domicilio de los padres, distinto al del lugar de nacimiento.
Al solicitar la rectificación ¿no aportaste certificado literal de tu nacimiento?
Al solicitar la rectificación ¿no aportaste certificado literal de tu nacimiento?
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Re: Error en inscripcion de matrimonio respecto al lugar de nacimiento de los conyuges
Muchas gracias por la respuesta Torreblanca
Claro que aporté mi certificado de nacimiento literal y en ella consta, en observaciones, que la inscripción se practica en virtud de traslado del Registro civil de Logroño. En la casilla correspondiente al lugar de nacimiento consta Logroño. Yo lo veo claro, pero a pesar de ello la única opción que tengo es presentar recurso ante la Dirección General de Registros y del Notariado.
Los de la oficina del D.N.I. no tuvieron ninguna duda en su día al respecto y figura que mi lugar de nacimiento es Logroño, lugar donde se practicó la primera inscripción.
Claro que aporté mi certificado de nacimiento literal y en ella consta, en observaciones, que la inscripción se practica en virtud de traslado del Registro civil de Logroño. En la casilla correspondiente al lugar de nacimiento consta Logroño. Yo lo veo claro, pero a pesar de ello la única opción que tengo es presentar recurso ante la Dirección General de Registros y del Notariado.
Los de la oficina del D.N.I. no tuvieron ninguna duda en su día al respecto y figura que mi lugar de nacimiento es Logroño, lugar donde se practicó la primera inscripción.
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Re: Error en inscripcion de matrimonio respecto al lugar de nacimiento de los conyuges
Si ya se ha dictado resolución, las vías posibles son:
- Presentar recurso
- Dejar que la resolución adquiera firmeza y plantear nuevamente un procedimiento tendente a conseguir la corrección.
Si optas por la primera de las posibilidades, el recurso a presentar no sólo es el que resuelve la DGRN.
Previo a éste existe la posibilidad de presentar recurso ante el propio Encargado que dictó la resolución, en el plazo de 5 días desde la notificación de la misma.
No se si aún estás a tiempo de presentarlo en este plazo.
Si no se presenta en ese plazo, ya sólo queda la posibilidad de presentarlo ante la DGRN.
Si dejas que finalice ese procedimiento, puedes solicitar un nuevo expediente para que se declare con valor de simple presunción (art. 96 LRC y 335 y siguientes del Reglamento) que el lugar de tu nacimiento es Logroño.
El medio de prueba para que se declare que ese es el lugar lo debes aportar tú. (336 RRC).
Como parece que no le queda claro al RC Encargado de tu lugar de tu domicilio cuál es el lugar de tu nacimiento, puedes pedir al Registro Civil de Logroño que el Secretario certifique que ese municipio es el legal de tu nacimiento, y en el que constaba tu inscripción en el tomo x página y, hasta que fue trasladada al RC de Rincón de Soto, donde ahora figura en el tomo p página q.
Como no existe ese modelo de certificación, lo deberá certificar redactándolo con el procesador de textos que usen en esa administración.
Igual que se hace con los certificados de que alguien ha acudido a realizar cualquier trámite en el RC o en otras dependencias judiciales, pero indicando lo relativo a tu lugar de nacimiento.
Si estuvieras dentro del plazo de poder presentarlo aún ante el propio Encargado de Calahorra, en el escrito del recurso solicitaría que de oficio se solicitase esa consulta al Registro Civil de Logroño...
A ver qué te contestarían en la resolución de ese recurso.
Mantennos informados... y suerte..
Finalmente, si obtuvieras ese acuerdo en el que se certificase con valor de simple presunción que tu lugar de nacimiento es Logroño, (se pondría una inscripción marginal en tu inscripción de nacimiento que así lo reflejaría), entonces podrías incoar nuevo expediente de rectificación de error...
Un lío procesal, pero te entretienes un rato leyendo las resoluciones y sobre todo los fundamentos que te dan para denegar algo que parece tan claro.
- Presentar recurso
- Dejar que la resolución adquiera firmeza y plantear nuevamente un procedimiento tendente a conseguir la corrección.
Si optas por la primera de las posibilidades, el recurso a presentar no sólo es el que resuelve la DGRN.
Previo a éste existe la posibilidad de presentar recurso ante el propio Encargado que dictó la resolución, en el plazo de 5 días desde la notificación de la misma.
No se si aún estás a tiempo de presentarlo en este plazo.
Si no se presenta en ese plazo, ya sólo queda la posibilidad de presentarlo ante la DGRN.
Si dejas que finalice ese procedimiento, puedes solicitar un nuevo expediente para que se declare con valor de simple presunción (art. 96 LRC y 335 y siguientes del Reglamento) que el lugar de tu nacimiento es Logroño.
El medio de prueba para que se declare que ese es el lugar lo debes aportar tú. (336 RRC).
Como parece que no le queda claro al RC Encargado de tu lugar de tu domicilio cuál es el lugar de tu nacimiento, puedes pedir al Registro Civil de Logroño que el Secretario certifique que ese municipio es el legal de tu nacimiento, y en el que constaba tu inscripción en el tomo x página y, hasta que fue trasladada al RC de Rincón de Soto, donde ahora figura en el tomo p página q.
Como no existe ese modelo de certificación, lo deberá certificar redactándolo con el procesador de textos que usen en esa administración.
Igual que se hace con los certificados de que alguien ha acudido a realizar cualquier trámite en el RC o en otras dependencias judiciales, pero indicando lo relativo a tu lugar de nacimiento.
Si estuvieras dentro del plazo de poder presentarlo aún ante el propio Encargado de Calahorra, en el escrito del recurso solicitaría que de oficio se solicitase esa consulta al Registro Civil de Logroño...
A ver qué te contestarían en la resolución de ese recurso.
Mantennos informados... y suerte..
Finalmente, si obtuvieras ese acuerdo en el que se certificase con valor de simple presunción que tu lugar de nacimiento es Logroño, (se pondría una inscripción marginal en tu inscripción de nacimiento que así lo reflejaría), entonces podrías incoar nuevo expediente de rectificación de error...
Un lío procesal, pero te entretienes un rato leyendo las resoluciones y sobre todo los fundamentos que te dan para denegar algo que parece tan claro.
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Re: Error en inscripcion de matrimonio respecto al lugar de nacimiento de los conyuges
Gracias por la respuesta Kárbiko.
Quisiera saber en virtud de qué artículo puedo interponer recurso ante el Encargado del Registro Civil que dictó la resolución, en este caso el de Calahorra, en el plazo de 5 días, puesto que en dicha resolución solamente me da la opción de interponer recurso ante la DGRT. Ya que me pongo quiero hacer las cosas en condiciones. Un saludo.
Quisiera saber en virtud de qué artículo puedo interponer recurso ante el Encargado del Registro Civil que dictó la resolución, en este caso el de Calahorra, en el plazo de 5 días, puesto que en dicha resolución solamente me da la opción de interponer recurso ante la DGRT. Ya que me pongo quiero hacer las cosas en condiciones. Un saludo.
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